Normas que desarrollan el artículo 118.3 del Reglamento, en lo relativo a las enmiendas transaccionales presentadas durante el debate en Pleno de textos legislativos

Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 6 de marzo de 1989



La referencia al artículo 118.3 de esta Resolución debe entenderse referida al artículo 119.3 de la redacción actual tras la reforma del Reglamento de las Cortes de Castilla y León de 11 de mayo de 2005

Esta Presidencia, considerando la necesidad de completar lo establecido en el artículo 118.3 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León en lo relativo a las enmiendas de transacción presentadas durante el debate en Pleno de textos legislativos, en uso de las facultades que le confiere el artículo 29 del Reglamento de las Cámara, previo acuerdo favorable de la Mesa y de la Junta de Portavoces, ha dictado la siguiente


RESOLUCIÓN


Primera. Las enmiendas de transacción entre las enmiendas presentadas y el texto del Dictamen de los proyectos legislativos que se pretendan introducir en Pleno deberán presentarse mediante escrito dirigido a la Presidencia de la Cámara antes del comienzo del debate de los artículos o preceptos a los que afecten.

En el citado escrito deberá constar con precisión la modificación concreta que se pretende introducir en el proyecto, la identificación de las enmiendas o votos particulares que, de admitirse a trámite la enmienda, quedarán retirados, así como la aceptación de su tramitación por todos los Grupos Parlamentarios de la Cámara a través de la firma de sus respectivos Portavoces.


Segunda. Corresponde al Presidente de las Cortes de Castilla y León la calificación y admisión a trámite de las enmiendas de transacción presentadas. Para ello, comprobará si las enmiendas tienen ese carácter y si han sido presentadas en la forma establecida en la norma anterior.

La decisión del Presidente sobre este asunto no dará lugar a debate alguno.

Antes de someterlas a su correspondiente debate y votación, las enmiendas de transacción admitidas a trámite serán leídas a la Cámara por uno de los Secretarios de la misma.





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