PL/000016-03











1. Procedimientos Legislativos

110. Proyectos de Ley
PL/000016-03


Sumario:

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León. Enmiendas parciales presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Economía y Empleo de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 15 de mayo de 2013, ha admitido a trámite las Enmiendas parciales presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León, PL/000016.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de mayo de 2013.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 1

Al artículo: 1

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1:

1. El objeto de esta ley es promover la creación de empresas, correspondientes a cualquier actividad económica generadora de riqueza y empleo en Castilla y León, así como en trabajo autónomo a través de las personas emprendedoras.

Motivación:

Debe incorporarse específicamente el trabajo autónomo

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 2

Al artículo: 1

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado a) del punto 2:

a) Fomentar y potenciar la figura del empresario, el trabajador autónomo, el espíritu emprendedor, la creatividad y la innovación.

Motivación:

Debe incorporarse específicamente el trabajo autónomo

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 3

Al artículo: 1

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado b) del punto 2:

b) Crear un marco jurídico favorable al emprendimiento para la creación y consolidación de empresas y el establecimiento de trabajadores autónomos, a través de la reducción progresiva de las trabas y cargas administrativas y la coordinación de las políticas y servicios de apoyo.

Motivación:

Debe incorporarse específicamente el trabajo autónomo

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 4

Al artículo: 2

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1:

1. Son destinatarios de esta ley las personas emprendedoras. A efectos de la misma, se consideran como tal a aquellas personas físicas o jurídicas que se encuentren realizando o vayan a realizar los trámites necesarios para poder desarrollar una actividad económica bien como trabajadores autónomos, bien a través de cualquier fórmula admitida en derecho, o aquellas que hayan iniciado su actividad en los dos años siguientes a la fecha de la Declaración Censal de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y, en todo caso, que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en Castilla y León.

Motivación:

Debe incorporarse específicamente el trabajo autónomo

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 5

Al artículo: 2

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el primer párrafo del apartado 2 del artículo 2:

2.- Tendrá especial consideración, en relación a las medidas de apoyo previstas en el título IV, la creación de empresas en el medio rural, y la creación de empresas innovadoras y de base tecnológica, entendiendo por estas:

Motivación:

Debe contemplarse expresamente la creación de empresas en el mundo rural

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 6

Al artículo: 2

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el segundo párrafo del apartado 2 del artículo 2:

• Las personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad económica basada en productos, servicios, procesos o sistemas de gestión nuevos o mejorados y que son considerados de carácter innovador, tal y como se define por la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización, o aquellas que desarrollan proyectos que convierten el conocimiento tecnológico en nuevos productos, procesos o servicios que tienen la capacidad de introducirse en el mercado como novedad tecnológica.

Motivación:

Debe recogerse el criterio de calificación de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 7

Al artículo: 2

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo punto 4

4.- A efectos de la presente ley se considera trabajador autónomo a la persona física, con residencia y domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla y León que realice de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, dando o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.

Motivación:

Completar la Ley con la inclusión del trabajo autónomo.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 8

Al artículo: 4

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 3 con el siguiente contenido:

3. A tal fin se elaborará en el plazo de seis meses el Plan para el Fomento de la Iniciativa Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Castilla y León, al tiempo que se creará el Consejo de la Iniciativa Emprendedora de Castilla y León como órgano consultivo y de participación social del Plan.

Su finalidad será la de servir como espacio de encuentro entre todos los agentes implicados en el desarrollo del Plan, informar a través de los mismos al conjunto de la sociedad castellana y leonesa y recibir propuestas de mejora.

Formarán parte del mismo todas aquellas Consejerías implicadas en el Plan y cuantos agentes,

entidades e instituciones participantes en el Plan se considere oportuno, y su composición, funciones y régimen de funcionamiento serán determinados por orden conjunta de las Consejerías de Educación, y de Economía y Empleo.

Motivación:

Debe recogerse el Plan para el Fomento de la Iniciativa Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Castilla y León.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 9

Al artículo: 4

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 4 con el siguiente contenido:

4. Se creará en el plazo de seis meses la Comisión Interdepartamental para la Iniciativa Emprendedora, como órgano de coordinación entre las Consejerías implicadas en el Plan, adscrita a la Consejería de Economía y Empleo. Se regulará por orden conjunta de las Consejerías de Educación y de Economía y Empleo.

Motivación:

Debe crearse la Comisión Interdepartamental para la Iniciativa Emprendedora.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 10

Al artículo: 4

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 5 con el siguiente contenido:

5. Se creará en el plazo de seis meses la Comisión de Seguimiento y Coordinación Permanente del Plan, integrada por las Consejerías de Educación y de Economía y Empleo, junto con los Agentes Económicos y Sociales participantes en el Diálogo Social. Su composición, funciones y régimen de funcionamiento serán determinados por orden conjunta de las de las Consejerías de Educación y de Economía y Empleo, previo acuerdo con los Agentes anteriormente reseñados.

Motivación:

Crear la Comisión de Seguimiento y Coordinación Permanente del Plan para el Fomento de la Iniciativa Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Castilla y León.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 11

Al artículo: 6

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1 del artículo 6:

1. La Administración de la Comunidad de Castilla y León promoverá, en colaboración con otras Administraciones públicas presentes en la región, las organizaciones empresariales y sindicales, las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria, los colegios profesionales, las escuelas de negocios, agrupaciones empresariales innovadoras, las entidades representativas del trabajo autónomo o cualquier otra organización de la sociedad civil relacionada con la empresa y el emprendimiento, la celebración de cursos de formación entre otras materias, sobre cultura y ética empresarial, modelos de negocio, o gestión eficiente.

Motivación:

Deben contemplarse estas entidades

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 12

Al artículo: 10

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el primer párrado del apartado 3:

3. En su conjunto, la duración de todos los procedimientos necesarios para la creación e instalación de empresas no podrá exceder de tres meses, incluida la autorización o licencia provisional condicionada regulada en el artículo 12 de esta Ley, salvo que una norma estatal de carácter básico disponga un plazo superior.

Motivación:

Garantizar la efectividad del plazo que se establece.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 13

Al artículo: 10

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 4 con el siguiente contenido:

4. El silencio administrativo ante la falta de resolución en plazo será positivo.

Motivación:

Garantizar la eficacia de la regulación. Existiendo la posibilidad de suspender el plazo máximo de resolución para aquellos casos que se considere conveniente, no debería existir inconveniente en que el silencio fuera positivo.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 14

Al artículo: 11

Modificación que se propone:

En el apartado 2, donde dice

“…cinco días…”

Debe decir

“…diez días…”

Motivación:

Un plazo de audiencia de cinco días es excesivamente corto.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 15

Al artículo: 12.º

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1:

1. En los procedimientos de creación e instalación de empresas que precisen de autorización o licencia, la autoridad competente para resolver concederá una autorización o licencia provisional condicionada, excepto en los casos que de forma motivada por la administración se considere que tras la revisión de las condiciones técnicas básicas de la iniciativa procede concluir su incompatibilidad con la normativa aplicable.

Motivación:

Si se cumplen las condiciones técnicas básicas debe otorgarse la autorización provisional.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 16

Al artículo: 17

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1:

1. El Sistema Integral de Apoyo al Emprendedor para la creación de empresas (SIAE) ofrecerá apoyo a la creación y consolidación de empresas en todas sus etapas; además, será un sistema de apoyo permanente mediante la actualización periódica de los datos y herramientas empleadas, aportando recursos en diferentes soportes (papel, electrónico y CD rom), permitiendo su acceso de cualquier persona y en cualquier lugar.

Motivación:

Mejor delimitación del sistema

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 17

Al artículo: 18

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1:

1. El acceso de las personas emprendedoras al SIAE será único y coordinado en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León y se efectuará vía on-line y a través de una red de oficinas de apoyo a la creación de empresas.

Motivación:

Debe contemplarse este sistema.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 18

Al artículo: 20

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado g) con el siguiente contenido:

g) Implantar la responsabilidad social en la empresa.

Motivación:

Debe implantarse este concepto.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 19

Al artículo: 24

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 5 con el siguiente contenido:

5. Al Plan se le asignará con carácter anual recursos económicos suficientes por parte de la Administración Autonómica, los cuales tendrán reflejo explícito en los presupuestos generales de la comunidad.

Motivación:

Debe contemplarse una dotación suficiente.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 20

Al artículo: 24

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 6 con el siguiente contenido:

6. La vigencia del Plan será cuatrienal, y anualmente se efectuará una evaluación parcial del mismo, de cara intentar la máxima eficiencia en las actuaciones previstas.

Motivación:

Debe preverse esta vigencia así como evaluaciones intermedias.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 21

Al artículo: 24

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 7 con el siguiente contenido:

7. Dicho Plan hará referencia explícita al Plan para el Fomento de la Iniciativa Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Castilla y León, y buscará la máxima coordinación entre ambos.

Motivación:

Debe establecerse una coordinación entre ambos planes.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 22

Al artículo: 26

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 4 con el siguiente contenido:

4. El Foro Regional tendrá, al menos, una reunión anual con carácter ordinario, la cual se celebrará en el mes siguiente a la publicación de los datos del Directorio Central de Empresas (DIRCE) por parte del INE.

Motivación:

Debe preverse este régimen de reuniones.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 23

Al artículo: Disposición Adicional Segunda

Modificación que se propone:

Se propone la supresión de la Disposición Adicional Segunda:

Motivación:

No deben privatizarse las medidas de control ya que en muchos casos podría quedar comprometida su imparcialidad al tratarse de las mismas entidades que prestan sus servicios al sector privado. El control de la normativa debe corresponder a la administración

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 24

Al artículo: Disposición Adicional Cuarta

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para la Disposición Adicional Cuarta:

Disposición adicional cuarta. Plan de Apoyo a la Creación de Empresas.

En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, la Consejería competente en materia de promoción económica elevará, para su aprobación por la Junta de Castilla y León, un Plan de Apoyo a la Creación de Empresas y apoyo al trabajo autónomo en la Comunidad de Castilla y León.

Motivación:

Contemplar específicamente el trabajo autónomo

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 25

Al artículo: Disposición derogatoria única

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción:

Disposición derogatoria única.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Ley.

Motivación:

Son actividades que deben ser objeto de control para garantizar la seguridad de los participantes, en su gran mayoría menores.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 26

Al artículo: Disposición final segunda

Modificación que se propone:

Se propone la supresión de la disposición final segunda.

Motivación:

La concesión de autorizaciones implicaba la inspección de las instalaciones por parte de la administración. Debe mantenerse este sistema para evitar situaciones de riesgo en los participantes.

Parece existir más preocupación por evitar responsabilidades a la administración que por la seguridad de los asistentes.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 27

Al artículo: Disposición final segunda (Alternativa a la anterior)

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado dos:

Dos. Se modifica la letra a), del apartado 6, del artículo 84, con la siguiente redacción:

«b) Realización de actividades de aire libre sin haber obtenido previamente autorización administrativa o sin haber realizado la comunicación previa.»

Motivación:

Si se suprime la autorización previa sustituyéndola por la comunicación en el caso de actividades de aire libre la sanción por ausencia de esta debe ser la prevista para las actividades sin licencia. Se trata de actividades que en ocasiones conllevan riesgos para los participantes y deben adoptarse todas las cautelas para que la comunicación se realice y la administración pueda realizar las actividades inspectoras que estime.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PL/000016-03

CVE="BOCCL-08-014164"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 31277-31292
BOCCL nº 240/8 del 20/5/2013
CVE: BOCCL-08-014164

1. Procedimientos Legislativos
110. Proyectos de Ley
PL/000016-03
Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León. Enmiendas parciales presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Economía y Empleo de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 15 de mayo de 2013, ha admitido a trámite las Enmiendas parciales presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León, PL/000016.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de mayo de 2013.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 1

Al artículo: 1

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1:

1. El objeto de esta ley es promover la creación de empresas, correspondientes a cualquier actividad económica generadora de riqueza y empleo en Castilla y León, así como en trabajo autónomo a través de las personas emprendedoras.

Motivación:

Debe incorporarse específicamente el trabajo autónomo

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 2

Al artículo: 1

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado a) del punto 2:

a) Fomentar y potenciar la figura del empresario, el trabajador autónomo, el espíritu emprendedor, la creatividad y la innovación.

Motivación:

Debe incorporarse específicamente el trabajo autónomo

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 3

Al artículo: 1

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado b) del punto 2:

b) Crear un marco jurídico favorable al emprendimiento para la creación y consolidación de empresas y el establecimiento de trabajadores autónomos, a través de la reducción progresiva de las trabas y cargas administrativas y la coordinación de las políticas y servicios de apoyo.

Motivación:

Debe incorporarse específicamente el trabajo autónomo

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 4

Al artículo: 2

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1:

1. Son destinatarios de esta ley las personas emprendedoras. A efectos de la misma, se consideran como tal a aquellas personas físicas o jurídicas que se encuentren realizando o vayan a realizar los trámites necesarios para poder desarrollar una actividad económica bien como trabajadores autónomos, bien a través de cualquier fórmula admitida en derecho, o aquellas que hayan iniciado su actividad en los dos años siguientes a la fecha de la Declaración Censal de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y, en todo caso, que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en Castilla y León.

Motivación:

Debe incorporarse específicamente el trabajo autónomo

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 5

Al artículo: 2

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el primer párrafo del apartado 2 del artículo 2:

2.- Tendrá especial consideración, en relación a las medidas de apoyo previstas en el título IV, la creación de empresas en el medio rural, y la creación de empresas innovadoras y de base tecnológica, entendiendo por estas:

Motivación:

Debe contemplarse expresamente la creación de empresas en el mundo rural

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 6

Al artículo: 2

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el segundo párrafo del apartado 2 del artículo 2:

• Las personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad económica basada en productos, servicios, procesos o sistemas de gestión nuevos o mejorados y que son considerados de carácter innovador, tal y como se define por la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización, o aquellas que desarrollan proyectos que convierten el conocimiento tecnológico en nuevos productos, procesos o servicios que tienen la capacidad de introducirse en el mercado como novedad tecnológica.

Motivación:

Debe recogerse el criterio de calificación de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 7

Al artículo: 2

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo punto 4

4.- A efectos de la presente ley se considera trabajador autónomo a la persona física, con residencia y domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla y León que realice de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, dando o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.

Motivación:

Completar la Ley con la inclusión del trabajo autónomo.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 8

Al artículo: 4

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 3 con el siguiente contenido:

3. A tal fin se elaborará en el plazo de seis meses el Plan para el Fomento de la Iniciativa Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Castilla y León, al tiempo que se creará el Consejo de la Iniciativa Emprendedora de Castilla y León como órgano consultivo y de participación social del Plan.

Su finalidad será la de servir como espacio de encuentro entre todos los agentes implicados en el desarrollo del Plan, informar a través de los mismos al conjunto de la sociedad castellana y leonesa y recibir propuestas de mejora.

Formarán parte del mismo todas aquellas Consejerías implicadas en el Plan y cuantos agentes,

entidades e instituciones participantes en el Plan se considere oportuno, y su composición, funciones y régimen de funcionamiento serán determinados por orden conjunta de las Consejerías de Educación, y de Economía y Empleo.

Motivación:

Debe recogerse el Plan para el Fomento de la Iniciativa Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Castilla y León.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 9

Al artículo: 4

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 4 con el siguiente contenido:

4. Se creará en el plazo de seis meses la Comisión Interdepartamental para la Iniciativa Emprendedora, como órgano de coordinación entre las Consejerías implicadas en el Plan, adscrita a la Consejería de Economía y Empleo. Se regulará por orden conjunta de las Consejerías de Educación y de Economía y Empleo.

Motivación:

Debe crearse la Comisión Interdepartamental para la Iniciativa Emprendedora.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 10

Al artículo: 4

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 5 con el siguiente contenido:

5. Se creará en el plazo de seis meses la Comisión de Seguimiento y Coordinación Permanente del Plan, integrada por las Consejerías de Educación y de Economía y Empleo, junto con los Agentes Económicos y Sociales participantes en el Diálogo Social. Su composición, funciones y régimen de funcionamiento serán determinados por orden conjunta de las de las Consejerías de Educación y de Economía y Empleo, previo acuerdo con los Agentes anteriormente reseñados.

Motivación:

Crear la Comisión de Seguimiento y Coordinación Permanente del Plan para el Fomento de la Iniciativa Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Castilla y León.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 11

Al artículo: 6

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1 del artículo 6:

1. La Administración de la Comunidad de Castilla y León promoverá, en colaboración con otras Administraciones públicas presentes en la región, las organizaciones empresariales y sindicales, las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria, los colegios profesionales, las escuelas de negocios, agrupaciones empresariales innovadoras, las entidades representativas del trabajo autónomo o cualquier otra organización de la sociedad civil relacionada con la empresa y el emprendimiento, la celebración de cursos de formación entre otras materias, sobre cultura y ética empresarial, modelos de negocio, o gestión eficiente.

Motivación:

Deben contemplarse estas entidades

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 12

Al artículo: 10

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el primer párrado del apartado 3:

3. En su conjunto, la duración de todos los procedimientos necesarios para la creación e instalación de empresas no podrá exceder de tres meses, incluida la autorización o licencia provisional condicionada regulada en el artículo 12 de esta Ley, salvo que una norma estatal de carácter básico disponga un plazo superior.

Motivación:

Garantizar la efectividad del plazo que se establece.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 13

Al artículo: 10

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 4 con el siguiente contenido:

4. El silencio administrativo ante la falta de resolución en plazo será positivo.

Motivación:

Garantizar la eficacia de la regulación. Existiendo la posibilidad de suspender el plazo máximo de resolución para aquellos casos que se considere conveniente, no debería existir inconveniente en que el silencio fuera positivo.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 14

Al artículo: 11

Modificación que se propone:

En el apartado 2, donde dice

“…cinco días…”

Debe decir

“…diez días…”

Motivación:

Un plazo de audiencia de cinco días es excesivamente corto.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 15

Al artículo: 12.º

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1:

1. En los procedimientos de creación e instalación de empresas que precisen de autorización o licencia, la autoridad competente para resolver concederá una autorización o licencia provisional condicionada, excepto en los casos que de forma motivada por la administración se considere que tras la revisión de las condiciones técnicas básicas de la iniciativa procede concluir su incompatibilidad con la normativa aplicable.

Motivación:

Si se cumplen las condiciones técnicas básicas debe otorgarse la autorización provisional.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 16

Al artículo: 17

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1:

1. El Sistema Integral de Apoyo al Emprendedor para la creación de empresas (SIAE) ofrecerá apoyo a la creación y consolidación de empresas en todas sus etapas; además, será un sistema de apoyo permanente mediante la actualización periódica de los datos y herramientas empleadas, aportando recursos en diferentes soportes (papel, electrónico y CD rom), permitiendo su acceso de cualquier persona y en cualquier lugar.

Motivación:

Mejor delimitación del sistema

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 17

Al artículo: 18

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 1:

1. El acceso de las personas emprendedoras al SIAE será único y coordinado en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León y se efectuará vía on-line y a través de una red de oficinas de apoyo a la creación de empresas.

Motivación:

Debe contemplarse este sistema.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 18

Al artículo: 20

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado g) con el siguiente contenido:

g) Implantar la responsabilidad social en la empresa.

Motivación:

Debe implantarse este concepto.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 19

Al artículo: 24

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 5 con el siguiente contenido:

5. Al Plan se le asignará con carácter anual recursos económicos suficientes por parte de la Administración Autonómica, los cuales tendrán reflejo explícito en los presupuestos generales de la comunidad.

Motivación:

Debe contemplarse una dotación suficiente.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 20

Al artículo: 24

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 6 con el siguiente contenido:

6. La vigencia del Plan será cuatrienal, y anualmente se efectuará una evaluación parcial del mismo, de cara intentar la máxima eficiencia en las actuaciones previstas.

Motivación:

Debe preverse esta vigencia así como evaluaciones intermedias.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 21

Al artículo: 24

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 7 con el siguiente contenido:

7. Dicho Plan hará referencia explícita al Plan para el Fomento de la Iniciativa Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Castilla y León, y buscará la máxima coordinación entre ambos.

Motivación:

Debe establecerse una coordinación entre ambos planes.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 22

Al artículo: 26

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 4 con el siguiente contenido:

4. El Foro Regional tendrá, al menos, una reunión anual con carácter ordinario, la cual se celebrará en el mes siguiente a la publicación de los datos del Directorio Central de Empresas (DIRCE) por parte del INE.

Motivación:

Debe preverse este régimen de reuniones.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 23

Al artículo: Disposición Adicional Segunda

Modificación que se propone:

Se propone la supresión de la Disposición Adicional Segunda:

Motivación:

No deben privatizarse las medidas de control ya que en muchos casos podría quedar comprometida su imparcialidad al tratarse de las mismas entidades que prestan sus servicios al sector privado. El control de la normativa debe corresponder a la administración

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 24

Al artículo: Disposición Adicional Cuarta

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para la Disposición Adicional Cuarta:

Disposición adicional cuarta. Plan de Apoyo a la Creación de Empresas.

En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, la Consejería competente en materia de promoción económica elevará, para su aprobación por la Junta de Castilla y León, un Plan de Apoyo a la Creación de Empresas y apoyo al trabajo autónomo en la Comunidad de Castilla y León.

Motivación:

Contemplar específicamente el trabajo autónomo

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 25

Al artículo: Disposición derogatoria única

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción:

Disposición derogatoria única.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Ley.

Motivación:

Son actividades que deben ser objeto de control para garantizar la seguridad de los participantes, en su gran mayoría menores.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 26

Al artículo: Disposición final segunda

Modificación que se propone:

Se propone la supresión de la disposición final segunda.

Motivación:

La concesión de autorizaciones implicaba la inspección de las instalaciones por parte de la administración. Debe mantenerse este sistema para evitar situaciones de riesgo en los participantes.

Parece existir más preocupación por evitar responsabilidades a la administración que por la seguridad de los asistentes.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISION DE ECONOMÍA Y EMPLEO

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León:

ENMIENDA N.º 27

Al artículo: Disposición final segunda (Alternativa a la anterior)

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado dos:

Dos. Se modifica la letra a), del apartado 6, del artículo 84, con la siguiente redacción:

«b) Realización de actividades de aire libre sin haber obtenido previamente autorización administrativa o sin haber realizado la comunicación previa.»

Motivación:

Si se suprime la autorización previa sustituyéndola por la comunicación en el caso de actividades de aire libre la sanción por ausencia de esta debe ser la prevista para las actividades sin licencia. Se trata de actividades que en ocasiones conllevan riesgos para los participantes y deben adoptarse todas las cautelas para que la comunicación se realice y la administración pueda realizar las actividades inspectoras que estime.

Valladolid, 2 de mayo de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PL/000016-03

CVE="BOCCL-08-014164"



Sede de las Cortes de Castilla y León