PRESIDENCIA
La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 11 de julio de 2014, ha admitido a trámite la Enmienda Parcial presentada por el Grupo Parlamentario Popular al Proyecto de Ley de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, PL/000032.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de julio de 2014.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA
El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA DE MODIFICACIÓN al Proyecto de Ley de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
ENMIENDA N.° 1
Se propone modificar el artículo 10 del Proyecto de Ley de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en los siguientes términos:
"Artículo 10. Modificación de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
1. Se añade un apartado 5 al artículo 124, con la siguiente redacción:
"5. Las transferencias de crédito cuya autorización sea competencia de los consejeros deberán contabilizarse en el plazo de tres días desde que se notifiquen a la Consejería de Hacienda."
2. Se modifica el apartado 2 del artículo 200, que queda redactado en los siguientes términos:
"2. Los acuerdos de concesión de avales podrán determinar que los documentos de formalización contemplen las cláusulas que resulten usuales en los mercados financieros y, en los avales que garanticen operaciones de crédito concertadas con instituciones financieras multilaterales, el sometimiento a arbitraje o la remisión a una legislación o tribunales extranjeros, siempre que se observe lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley.
Los acuerdos de concesión se publicarán en el "Boletín Oficial de Castilla y León"."
Motivación:
Mejora técnica legislativa y adecuación a la normativa estatal.
Valladolid, 4 de julio de 2014.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Carlos Fernández Carriedo
PL/000032-03
CVE="BOCCL-08-020669"
PRESIDENCIA
La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 11 de julio de 2014, ha admitido a trámite la Enmienda Parcial presentada por el Grupo Parlamentario Popular al Proyecto de Ley de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, PL/000032.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de julio de 2014.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
TEXTO
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA
El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA DE MODIFICACIÓN al Proyecto de Ley de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
ENMIENDA N.° 1
Se propone modificar el artículo 10 del Proyecto de Ley de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en los siguientes términos:
"Artículo 10. Modificación de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
1. Se añade un apartado 5 al artículo 124, con la siguiente redacción:
"5. Las transferencias de crédito cuya autorización sea competencia de los consejeros deberán contabilizarse en el plazo de tres días desde que se notifiquen a la Consejería de Hacienda."
2. Se modifica el apartado 2 del artículo 200, que queda redactado en los siguientes términos:
"2. Los acuerdos de concesión de avales podrán determinar que los documentos de formalización contemplen las cláusulas que resulten usuales en los mercados financieros y, en los avales que garanticen operaciones de crédito concertadas con instituciones financieras multilaterales, el sometimiento a arbitraje o la remisión a una legislación o tribunales extranjeros, siempre que se observe lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley.
Los acuerdos de concesión se publicarán en el "Boletín Oficial de Castilla y León"."
Motivación:
Mejora técnica legislativa y adecuación a la normativa estatal.
Valladolid, 4 de julio de 2014.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Carlos Fernández Carriedo
PL/000032-03
CVE="BOCCL-08-020669"