PL/000030-06











1. Procedimientos Legislativos

110. Proyectos de Ley
PL/000030-06


Sumario:

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo. Enmiendas parciales presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Fomento y Medio Ambiente de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 15 de julio de 2014, ha admitido a trámite las Enmiendas Parciales presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo, PL/000030.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de julio de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 1

Al artículo: 3.

Modificación que se propone:

En el Art. 3 Objetivos de la actividad urbanística pública. Nuevo apartado f) del Art. 4 Ley 5/1999 de Urbanismo donde dice:

"f) Impulsar la rehabilitación edificatoria, así como la regeneración y la renovación urbanas, de forma preferente en los espacios urbanos vulnerables, entendiendo como tales aquellas áreas urbanas que sufran procesos de abandono, obsolescencia o degradación del tejido urbano o del patrimonio edificado,..."

se propone el siguiente texto:

"f) Impulsar la rehabilitación edificatoria, así como la regeneración y la renovación urbanas de forma preferente en los espacios urbanos vulnerables, entendiendo como tales aquellas áreas urbanas que sufran procesos de abandono, degradación de los condiciones básicas de funcionalidad, seguridad y habitabilidad de las edificaciones y viviendas, obsolescencia, vulnerabilidad de barrios, de ámbitos o de conjuntos urbanos homogéneos, degradación del tejido urbano o del patrimonio edificado o situaciones de pobreza energética."

Motivación:

Hacer referencia a las necesidades de los edificios y viviendas que lógicamente reflejan la necesidad y vulnerabilidad de las familias que los habitan.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 2

Al artículo: 3.

Modificación que se propone:

En el Art. 3 Objetivos de la actividad urbanística pública. Nuevo apartado f) del Art. 4 Ley 5/1999 de Urbanismo se propone eliminar el siguiente texto:

, "o donde un porcentaje mayoritario de la población residente se encuentre en riesgo de exclusión por razones de desempleo, insuficiencia de ingresos, edad, discapacidad u otros factores de vulnerabilidad social"

Motivación:

Mera declaración de intenciones sin concreción ni regulación alguna.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 3

Al artículo: 3.

Modificación que se propone:

En el Art. 3 Objetivos de la actividad urbanística pública, se propone la siguiente redacción para el encabezamiento del artículo:

Se añaden dos nuevos el apartados f) y g)al artículo 4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, que tendrán la siguiente redacción:

Motivación:

En coherencia con la adición del nuevo apartado.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

ENMIENDA N.º 4

Al artículo: 3.

Modificación que se propone:

En el Art. Objetivos de la actividad urbanística pública, se propone añadir un nuevo apartado apartado g) al Art. 4 Ley 5/1999 de Urbanismo con el siguiente contenido:

"g) Impulsar la rehabilitación edificatoria de forma preferente en las infraviviendas entendiendo como tal aquella edificación, o parte de ella, destinada a vivienda, que no reúna las condiciones mínimas exigidas de conformidad con la legislación aplicable. En todo caso, se entenderá que no reúnen dichas condiciones las viviendas que incumplan los requisitos de superficie, número, dimensión y características de las piezas habitables, las que presenten deficiencias graves en sus dotaciones e instalaciones básicas y las que no cumplan los requisitos mínimos de seguridad, accesibilidad universal y habitabilidad exigibles a la edificación"

Motivación:

Aclarar la prioridad de rehabilitación en las infraviviendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 5

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 151 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado 2:

2. A las actuaciones de rehabilitación se aplicará el régimen del suelo urbano consolidado, así como en los edificios existentes situados en suelo rústico que no estén fuera de ordenación o disconformes con el planeamiento.

Motivación:

Hay edificios singulares situados en suelo rústico que también necesitan y pueden beneficiarse de la rehabilitación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 6

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 152 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado 4:

4. Las actuaciones de regeneración urbana serán declaradas "área de regeneración urbana integrada" por la Administración de la Comunidad, cuando:

a) Articulen medidas sociales, ambientales y económicas que estén enmarcadas en una estrategia administrativa global y unitaria.

b) Cuenten con un Plan Especial de conservación, protección y rehabilitación o figura similar establecido por la Comunidad.

c) Cumplan los requisitos establecidos de antigüedad, perímetro concreto y destino, requisitos a los que de manera excepcional y debidamente motivado se podrán determinar cifras inferiores

La declaración requerirá la formulación de un convenio urbanístico con participación de los residentes y de la entidad local correspondiente. El convenio tendrá como efecto la habilitación para recibir financiación pública preferente.

Motivación:

Mayor concreción.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 7

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 152 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo apartado 5 con el siguiente contenido:

"5.- Se habilitará un Plan de Áreas de Rehabilitación Integral para centros históricos, centros urbanos, barrios con degradación física, social o ambiental y municipios rurales. Se consideraran acciones de actuación preferente aquellas que vayan dirigidas a la erradicación del chabolismo y la infravivienda"

Motivación:

Concretar el programa específico que se aplicarán en estos casos así como donde se actuará y los requisitos que deben concurrir para poder declarar el Plan.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 8

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 153 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado 4:

Las actuaciones de renovación urbana serán declaradas "área de renovación urbana integrada" por la Administración de la Comunidad, cuando:

a) Articulen medidas sociales, ambientales y económicas que estén enmarcadas en una estrategia administrativa global y unitaria.

b) Cumplan los requisitos establecidos de antigüedad, perímetro concreto y agrupación, requisitos respecto de los que, de manera excepcional y debidamente motivada, se podrán determinar cifras inferiores.

c) Sus requisitos básicos de la edificación estén por debajo de los estándares mínimos establecidos en el Código Técnico de Edificación y demás normas de aplicación.

La declaración requerirá la formulación de un convenio urbanístico con participación de los residentes y de la entidad local correspondiente. El convenio tendrá como efecto la habilitación para recibir financiación pública preferente.

Motivación:

Establecer una obligación más concreta y una mayor responsabilidad y compromiso de la administración.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 9

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 153 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo apartado 5 con el siguiente contenido:

5. Se habilitará un Plan de renovación integral de barrios o conjunto de edificios de viviendas que precisen de actuaciones de demolición o sustitución de los edificios, de urbanización o reurbanización, de creación de dotaciones o equipamientos y de mejora de accesibilidad de espacios públicos, incluyendo, en su caso, procesos de realojo temporal de los residentes.

Motivación:

Concretar el programa específico que se aplicarán en estos casos, así como donde se actuará y los requisitos que deben concurrir.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 10

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, se propone la adición de un nuevo artículo 153 bis de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, con la siguiente redacción:

Artículo 153 bis. Categorías de área de rehabilitación integrada.

1.- En función de sus características, se distinguen las siguientes categorías de área de rehabilitación integrada, que deben cumplir las condiciones que se indican en cada caso:

a) Áreas de rehabilitación de conjunto histórico, cuando su ámbito haya sido declarado o incoado bien de interés cultural, y haya sido aprobado inicialmente el Plan Especial de Protección o instrumento de planeamiento que cumpla sus objetivos, en el marco de la normativa sobre patrimonio cultural.

b) Áreas de rehabilitación de centro urbano, cuando haya sido aprobado inicialmente el instrumento de planeamiento específico correspondiente, o bien el instrumento de planeamiento general que incluya las determinaciones necesarias para planificar la actuación.

c) Áreas de rehabilitación de barrio degradado, cuando haya sido aprobado inicialmente el instrumento de planeamiento específico correspondiente, o bien el instrumento de planeamiento general que incluya las determinaciones necesarias para planificar la actuación.

d) Áreas de rehabilitación de municipio rural, cuando su ámbito se sitúe en municipios con poblacióninferior a 5.000 habitantes, y haya sido aprobado inicialmente el planeamiento general que lo delimitey prevea sus características básicas.

Motivación:

Establecer claramente los programas que pueden darse de rehabilitación, regeneración y renovación urbana.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 11

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, se propone la adición de un nuevo artículo 153 ter de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, con la siguiente redacción:

Artículo 153 ter. Financiación pública

"La Junta de Castilla y León aprobará programas de financiación pública y ayudas directas, así como sus bases reguladoras, para impulsar los programas de rehabilitación, regeneración y renovación urbana que contarán con financiación pública suficiente. Así mismo podrá firmar convenios con entidades financieras con el objeto de incentivar la concesión de financiación para las actuaciones contempladas en esta Ley"

Motivación:

Facilitar financiación para estos programas, tanto pública como privada, posibilitando la firma de convenios con bancos para incentivar la concesión de financiación para rehabilitación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 12

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 154 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado 1:

"1.- Las actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana deben plantearse de forma preferente sobre los espacios urbanos vulnerables y las infraviviendas definidos en el artículo 4.f) y 4.g)"

Motivación:

En coherencia con la enmienda que propone la inclusión del apartado 4 g).

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 13

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 154 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del apartado 2.a)

Motivación:

Esta limitación podría hacer inviables algunos planes.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 14

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, se propone la supresión del artículo 155 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

Supone una alteración de la naturaleza y régimen de estas entidades urbanísticas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 15

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 156 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto 11 en el apartado b) con el siguiente contenido:

11º La creación y extensión de las infraestructuras necesarias para reducir el consumo de agua y su reutilización.

Motivación:

Debe contemplarse la reducción del consumo de agua y su reutilización.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 16

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 156 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto 12 en el apartado b) con el siguiente contenido:

12º Serán prioritarias las medidas que procedan para eliminar situaciones de infravivienda, para garantizar la seguridad, salubridad, conservación y accesibilidad universal y un uso racional de la energía.

Motivación:

Priorizar y facilitar la eliminación de infraviviendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 17

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 156 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone, en el apartado c) 2, eliminar la expresión:

"...así como de sus propietarios y ocupantes legales"

Motivación:

Puede confrontar con la Ley de protección de datos.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 18

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 157 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para el apartado 3. d):

"d) La realización de las obras y la implantación de instalaciones para la reducción del consumo de agua y su reutilización, la centralización o dotación de instalaciones energéticas comunes, así como para la instalación de captadores solares en la fachada o cubierta, que reduzcan al menos un 30 por ciento el consumo anual de energía primaria no renovable del edificio."

Motivación:

Debe contemplarse la reducción del consumo de agua y su reutilización.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 19

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 157 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del punto 5.

Motivación:

Innecesario.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 20

Al artículo: 5.

Modificación que se propone:

En el artículo 5. 1, en la redacción dada al apartado 1 b) 2º del artículo 8 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone añadir al final del mismo:

"....orden de ejecución regulado en el artículo 106"...."quecontarán con ayudas públicas."

Motivación:

En los deberes de uso y conservación cuando se refieren a "obras adicionales que se impongan por razones de interés general" deberían establecerse las ayudas públicas correspondientes.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 21

Al artículo: 5.

Modificación que se propone:

En el artículo 5. 2, en la redacción dada al apartado 2. b) del artículo 17 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción:

b) En suelo urbano no consolidado y urbanizable con ordenación detallada, el aprovechamiento que resulte de aplicar a la superficie bruta de las parcelas los siguientes porcentajes del aprovechamiento medio del sector:

1º. En municipios de más de 20.000 habitantes, el 85 por ciento.

2º. En municipios de menos de 20.000 habitantes que cuenten con Plan General, el 90 por ciento.

3º. En el resto de municipios, el 90 por ciento en suelo urbanizable y el 95 por ciento en suelo urbano no consolidado.

4º. En todos los casos, en sectores incluidos totalmente en ámbitos declarados Bien de Interés Cultural se aplicará íntegramente el aprovechamiento medio.

5º En otros sectores que tengan por objeto actuaciones de regeneración o renovación urbana; el 95 por ciento.

Motivación:

Mejor regulación. Regulación conjunta del suelo urbano no consolidado y urbanizable.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 22

Al artículo: 5.

Modificación que se propone:

En el artículo 5. 2, en la redacción dada al apartado 2. c) del artículo 17 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción:

c) Excepcionalmente y de forma motivada, el Plan General podrá determinar sectores en los que el aprovechamiento que corresponda a los propietarios se reduzca hasta el 80 por ciento del aprovechamiento medio del sector aplicado sobre la superficie bruta de sus parcelas.

Motivación:

Completar la regulación y por coherencia con la enmienda al apartado b) en la que ya se incluye el suelo urbanizable.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 23

Al artículo: 5 Alternativa.

Modificación que se propone:

En el artículo 5. 2, en la redacción dada al apartado 2. b) del artículo 17 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del apartado b) 3º.

Motivación:

Para las actuaciones de renovación solo se les pueden aplicar el régimen de suelo urbano no consolidado.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 24

Al artículo: 5 Alternativa.

Modificación que se propone:

En el artículo 5. 2, en la redacción dada al apartado 2. c) del artículo 17 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción:

c) "En suelo urbanizable con ordenación detallada, el aprovechamiento que resulte de aplicar a la superficie bruta de sus parcelas el 85 por ciento del aprovechamiento medio del sector"

Motivación:

Tiene que ser con ordenación detallada.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 25

Al artículo: 5.

Modificación que se propone:

En el artículo 5.3, en la redacción dada al apartado b) del artículo 20 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su encabezamiento:

b) Entregar al Ayuntamiento, con destino al correspondiente patrimonio público de suelo, los terrenos aptos para materializar el aprovechamiento que exceda del correspondiente a los propietarios, libres de cargas de urbanización.

Motivación:

No debe contemplarse el supuesto de entrega en un complejo inmobiliario.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 26

Al artículo: 5.

Modificación que se propone:

En el artículo 5.3, en la redacción dada al apartado b) del artículo 20 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión de su apartado 2º: (En otro caso, previo convenio en el que se acredite que los terrenos no pueden destinarse a la construcción de viviendas con protección pública.)

Motivación:

Perjudicial para la construcción de vivienda protegida.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 27

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6 apartado 1, en la redacción dada al apartado 4 del artículo 34 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición del siguiente nuevo párrafo a continuación del actual:

A estos efectos, en los términos que reglamentariamente se establezcan, los procesos de rehabilitación, regeneración y renovación urbana posibilitarán la transferencia de aprovechamiento a sectores externos, en suelo urbano no consolidado o urbanizable.

Motivación:

Debe contemplarse esta transferencia del aprovechamiento a fin de no sobre densificar.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 28

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6, se propone la supresión del apartado 2.

Motivación: El nuevo apartado e) del artículo 36 supone un modelo sobre densificado de ciudad urbana.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 29

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6, se propone la supresión del apartado 3.

Motivación:

Reduce las cesiones en áreas de regeneración urbana a la vez que permite incrementar su densidad.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 30

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6, apartado 5, en la nueva redacción dada al apartado 1 del artículo 49 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición del siguiente texto:

"...Con tal fin pueden aplicarse en cualquier clase de suelo ... "...priorizándose los suelos urbanos consolidados y no consolidados".

Motivación:

Con tal fin pueden aplicarse a cualquier clase de suelo, debería priorizarse a los suelos urbanos consolidados y no consolidados.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 31

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6, apartado 5, en el nuevo punto 3 del artículo 49 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del apartado b)

(Excluir el criterio de mantenimiento de la trama urbana, las alineaciones y las rasantes existentes, salvo en los bienes de interés cultural y su entorno de protección)

Motivación:

Lo que se ha protegido siempre son las alineaciones en conjuntos históricos, el resto no es problema. Es una adición innecesaria.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 32

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6, apartado 6, se propone la supresión del nuevo apartado c) del artículo 58 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

Se eliminan garantías al no incluirse de manera expresa la preceptividad del dictamen del Consejo Consultivo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 33

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6,apartado 6, se propone la supresión del nuevo apartado d) del artículo 58 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

Se eliminan garantías al no incluirse de manera expresa la preceptividad del dictamen del Consejo Consultivo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 34

Al artículo: 7.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del artículo

Motivación:

Debe mantenerse la redacción anterior.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 35

Al artículo: 8.

Modificación que se propone:

En el artículo 8, apartado 1, se propone la supresión del nuevo apartado c) añadido al apartado 1 del artículo 106 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

La modificación tendría como efecto primar la expropiación frente a la rehabilitación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 36

Al artículo: 8.

Modificación que se propone:

En el artículo 8, apartado 1, se propone la supresión del nuevo apartado d) añadido al apartado 1 del artículo 106 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

La modificación tendría como efecto primar la expropiación frente a la rehabilitación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 37

Al artículo: 8.

Modificación que se propone:

En el artículo 8, apartado 1, en la redacción del apartado 5 del artículo 106 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la eliminación del siguiente texto:

".... Asimismo podrá elevar el límite máximo del deber de conservación hasta el 75 por ciento del coste de reposición de la construcción correspondiente"

Motivación:

Elevar el límite máximo del deber de conservación al 75% del coste de reposición de la construcción correspondiente es hacer inviable la misma.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 38

Al artículo: 8.

Modificación que se propone:

En el artículo 8, se propone la supresión del apartado 2, ( nueva redacción del apartado 1 del artículo 109 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León)

Motivación:

Permite la expropiación cuando se incumpla la Orden de Ejecución para el deber de edificar, o rehabilitar en los plazos establecidos, lo que no se considera adecuado.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 39

Al artículo: 10.

Modificación que se propone:

En el artículo 10 apartado 2, en la nueva redacción dada al punto 2 del artículo 34 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para el apartado a)

a) El crecimiento urbano se orientará a completar las tramas urbanas existentes y a solucionar los problemas urbanísticos de las áreas degradadas favoreciendo la reconversión y reutilización de los inmuebles abandonados, así como su rehabilitación, regeneración y renovación urbana, con prioridad a los proceso de extensión discontinua o exterior a los núcleos.

Motivación:

Modificación inadecuada de la Ley de Urbanismo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 40

Al artículo: 10.

Modificación que se propone:

En el artículo 10 apartado 2, en la nueva redacción dada al punto 2 del artículo 34 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para el apartado b)

b) Salvo cuando los instrumentos de ordenación del territorio señalen criterios diferentes, no se crearán nuevos núcleos de población, ni se ampliarán, ni se modificarán los existentes más allá de la capacidad de las redes de servicios de interés general.

Motivación:

Modificación inadecuada de la Ley de Urbanismo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 41

Al artículo: 10.

Modificación que se propone:

En el artículo 10 apartado 2, en la nueva redacción dada al punto 2 del artículo 34 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. se propone la supresión del apartado c)

Motivación:

No se ajusta a un crecimiento acorde a las necesidades de la población.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 42

Al artículo: 11.

Modificación que se propone:

En el artículo 11 apartado 1, en la nueva redacción dada a la letra a) del apartado 2 del artículo 36 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. se propone la siguiente redacción para el punto 1º:

1º. La recuperación de los cauces fluviales y sus zonas de afección, y su integración respetuosa con el medio urbano, todo ello en coordinación, cooperación y colaboración con el Organismo de Cuenca correspondiente.

Motivación:

Hay que contar con la autorización y colaboración de la Confederación Hidrográfica correspondiente.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 43

Al artículo: 11.

Modificación que se propone:

En el artículo 11 apartado 2, en la redacción dada al apartado 3 del artículo 36 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. se propone la siguiente redacción para la letra a):

a) Las líneas de transporte y distribución de energía eléctrica, las subestaciones transformadoras y las antenas de imagen, datos o telefonía móvil respetarán las distancias a las construcciones e instalaciones con ocupación humana que, con carácter mínimo, se determinen reglamentariamente o vengan establecidas en las correspondientes ordenanzas municipales.

Motivación:

Hay que tener en cuenta las antenas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 44

Al artículo: 12.

Modificación que se propone:

En el artículo 12 apartado 1, (adición de un nuevo artículo 36 bis a la la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. se propone la siguiente redacción para el punto 3º de la letra a):

"3º Se fomentará los aparcamientos disuasorios en la periferia urbana, con acceso al transporte público, cuyos mínimos se determinarán reglamentariamente y que, en todo caso, serán proporcionales en número a la necesidad de cada tipo de municipio."

Motivación:

Es necesario establecer uno mínimos suficientes d, aunque sean genéricos, de necesidad de aparcamiento disuasorios en las periferias, que garanticen suficientemente la movilidad de los ciudadanos con sus vehículos en grandes áreas urbanas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 45

Al artículo: 12.

Modificación que se propone:

En el artículo 12 apartado 1, (adición de un nuevo artículo 36 bis a la la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León). se propone la adición de un nuevo punto 3º en el apartado b):

3º La administración autonómica colaborará con los Ayuntamientos en la elaboración del estudio de movilidad y en el diseño, aplicación y financiación del Plan Coordinado de Explotación del Transporte Metropolitano, a que de lugar el estudio, de manera que la coordinación entre los servicios de transportes urbano e interurbanos faciliten y garanticen las necesidades de movilidad ciudadana, la accesibilidad, el respeto al medio ambiente y la cohesión de la red de transportes públicos que operen en el municipio, contribuyendo de esta manera a la sostenibilidad.

Motivación:

Garantizar el derecho de movilidad ciudadana y el respeto a las competencias de cada administración.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 46

Al artículo: 12.

Modificación que se propone:

En el artículo 12 se propone la supresión del apartado 2

Motivación:

La modificación del 42.2.b) implica sobre densificación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 47

Al artículo: 13.

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para la intitulación del artículo

"Artículo 13. Eficiencia energética, energías renovables y agua"

Motivación:

Debe incluirse el agua.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 48

Al artículo: 13.

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 2 en el artículo 13, pasando el texto actual a constituir el apartado 1, con el siguiente contenido:

2. Se añade el artículo 36 quinque a la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, que tendrá la siguiente redacción:

"Artículo 36 quinque. Racionalización del uso del agua

1. El planeamiento urbanístico facilitará las actuaciones de racionalización del consumo de agua y la reutilización de aguas pluviales, y a tal efecto:

a) Se promoverá la reducción del consumo de agua asegurando su control por los distintos usuarios, tanto públicos como privados, mediante elementos economizadores y de medición y control.

b) Los instrumentos de planeamiento de desarrollo contendrán medidas para la utilización de recursos hídricos alternativos, estableciendo sistemas de captación, almacenamiento y tratamiento de las aguas de lluvia en los edificios, en vías urbanas y aparcamientos y en campos y pistas deportivas.

c) Toda promoción de edificios destinados a actividades económicas, equipamiento o residencial que disponga de zonas ajardinadas superiores a la superficie que se determine, deberá incorporar, en la fase de proyecto, un estudio de viabilidad de una instalación común de reutilización, reciclado o aprovechamiento de aguas para riego."

Motivación:

Incorporar medidas de racionalización del uso del agua.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 49

Al artículo: 13.

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 3 en el artículo 13, con el siguiente contenido:

2. Se añade el artículo 36 sexties a la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, que tendrá la siguiente redacción:

Articulo 36 sexties. Fomento de las actuaciones en eficiencia energética y racionalización del uso del agua

Por la Junta de Castilla y León se habilitarán partidas presupuestarias específicas destinadas al impulso de las actuaciones en eficiencia energética y racionalización del uso del agua.

Motivación:

Debe contemplarse esta medidas de fomento.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 50

Al artículo: 14.

Modificación que se propone:

En el artículo 14 de adición de un nuevo artículo 36 quater a la la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente modificación en su primer párrafo:

Donde dice:

"Para establecer sus determinaciones, el planeamiento tendrá en cuenta..."

Debe decir:

"Para establecer sus determinaciones, y previo informe preceptivo del organismo de cuenca correspondiente, el planeamiento tendrá en cuenta..."

Motivación:

Debe contemplarse la intervención del organismo de cuenca ya que es preceptivo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 51

Al artículo: 14.

Modificación que se propone:

En el artículo 14 de adición de un nuevo artículo 36 quater a la la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado a):

a) Los terrenos afectados por avenidas con períodos de retorno de 100 años solo podrán ser clasificados como suelo urbano o urbanizable cuando tuvieran anteriormente dicha clasificación. Dichos terrenos quedarán sometidos a las determinaciones especiales que reglamentariamente se determinen.

Reglamentariamente se establecerá un procedimiento de desclasificación aplicable cuando no se hubieran cumplido los deberes urbanísticos en los plazos correspondientes. Dicha desclasificación en ningún caso dará lugar a indemnización.

Motivación:

Mejor redacción y completar.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 52

Al artículo: 14.

Modificación que se propone:

En el artículo 14 de adición de un nuevo artículo 36 quater a la la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado b):

b) Los terrenos afectados por avenidas con períodos de retorno de 500 años solo podrán ser clasificados como suelo urbano o urbanizable cuando tuvieran anteriormente dicha clasificacióno cuando de adopten las restricciones específicas que reglamentariamente se determinen.

Reglamentariamente se establecerá un procedimiento de desclasificación aplicable cuando no se hubieran cumplido los deberes urbanísticos en los plazos correspondientes. Dicha desclasificación en ningún caso dará lugar a indemnización.

Motivación:

Mejor redacción y completar.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 53

Al artículo: 15 Alternativa.

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 3 del nuevo artículo 39 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León:

3. La ocupación de suelo, subsuelo y vuelo por ascensores, aparcamientos adaptados u otras actuaciones vinculadas a la accesibilidad y supresión de barreras legalmente exigibles o previstos en actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana no será tenida en cuenta a efectos de las limitaciones de edificabilidad, altura, volumen o distancias mínimas.

Motivación:

La redacción propuesta estaba vinculada a este tipo de actuaciones.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 54

Al artículo: 16.

Modificación que se propone:

En el artículo 16 se propone la supresión del apartado 1, (modificación del apartado 1 del artículo 34 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León)

Motivación:

Se extralimita al objetivo de esa Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 55

Al artículo: 16.

Modificación que se propone:

En el artículo 16 se propone la supresión del apartado 2, (añade la disposición adicional novena a la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León)

Motivación:

Se extralimita al objetivo de esa Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 56

Al artículo: Capítulo IV del Título I nuevo.

Modificación que se propone:

Se propone la agrupación de los artículos 17 a 21 en un nuevo capítulo IV denominado "Otras determinaciones"

Motivación:

Se trata de un conjunto de artículos que no se refieren a coordinación (denominación del capítulo en el que ahora se enmarcan) y con variados contenidos.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 57

Al artículo: 17.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 1 del artículo 17

Motivación:

Permite que se califique como suelo urbanizable terrenos cuyo uso predominante sea industrial, logístico o vinculado a otras actividades productivas, aunque no cumplan el requisito de colindancia con el suelo urbano de un núcleo de población. Por ello no es procedente esta modificación del artículo 13 de la LU.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 58

Al artículo: 17.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 2 del artículo 17

Motivación:

No es congruente con el objeto de esta Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 59

Al artículo: 17.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 3 del artículo 17

Motivación:

No es congruente con el objeto de esta Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 60

Al artículo: 18.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 1 del artículo 18

Motivación:

Se extralimita al objetivo de esta Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 61

Al artículo: 18.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 2 del artículo 18

Motivación:

Se extralimita al objetivo de esta Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 62

Al artículo: 20.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 1

Motivación:

Se eleva enormemente la prescripción cuando esto no sería necesario con una actuación diligente de la administración. Esto puede generar inseguridad.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 63

Al artículo: 20.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 2

Motivación:

Mala definición de los supuestos, "no pueda" es insuficiente y debe establecerse con mayor precisión la intervención de las Diputaciones Provinciales.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 64

Al artículo: 21.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 1

Motivación:

No encaja con el objeto de esta Ley. El establecimiento del sistema de acreditación no puede dejarse totalmente abierto al desarrollo reglamentario.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 65

Al artículo: 21.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 2

Motivación:

Esta función corresponde a las administraciones públicas a través de los funcionarios públicos.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 66

Al artículo: 22.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del artículo

Motivación:

Supondría que, en un Plan Parcial sin urbanizar, se puedan autorizar anticipadamente los usos y comenzar la construcción. Permite edificar sin ordenación detallada.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 67

Al artículo: 23.

Modificación que se propone:

En el artículo 23 apartado 2, en la modificación de la letra d) del artículo 41 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción:

d) Catálogo de los elementos que por sus valores naturales o culturales, o por su relación con el dominio público, deban ser conservados o recuperados, con las medidas de protección que procedan.

Motivación:

Debe mantenerse esta cautela.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 68

Al artículo: 23.

Modificación que se propone:

En el artículo 23 apartado 3, en la modificación del apartado 1 del artículo 42 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León se propone:

En el primer párrafo del apartado 1, donde dice "podrá establecer"

debe decir

"establecerá"

Motivación:

No debe ser potestativo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 69

Al artículo: 23.

Modificación que se propone:

En el artículo 23 apartado 3, en la modificación del apartado 1 del artículo 42 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León se propone la siguiente redacción para el apartado g)

g) Normas y medidas de protección para los elementos catalogados o inventariados por sus valores culturales o naturales

Motivación:

Reforzar las medidas de protección.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 70

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 1 del artículo 24

Motivación:

Se debe mantener la rúbrica original del capítulo "Licencia urbanística".

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 71

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 2 del artículo 24

Motivación:

Sección innecesaria. En coherencia con la enmienda anterior.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 72

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, en la nueva redacción dada al punto d) del apartado 1, se propone la eliminación de la expresión:

"...cuando tengan carácter integral o total"

Motivación:

Supone que una obra de rehabilitación que no sea integral o total no necesitará licencia urbanística, y sin ser integral o total puede afectar a elementos esenciales de la edificación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 73

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, en el punto i) del apartado 1

se propone la eliminación del término "...vertidos..."

Motivación:

Los vertidos necesitarán licencia ambiental no urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 74

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del punto j) del apartado 1. (j. Constitución y modificación de complejos inmobiliarios)

Motivación:

Debe mantenerse la redacción actual.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 75

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del punto k) del apartado 1. (k . Ejecución de obras e instalaciones en el subsuelo, cuando tengan entidad equiparable a las obras de nueva planta o afecten a elementos estructurales.)

Motivación:

Debe mantenerse el actualmente vigente.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 76

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto K bis) en el apartado 1 con el siguiente contenido:

"K bis) Ejecución de obras e instalaciones en el subsuelo."

Motivación:

Todas las obras en el subsuelo necesitarán licencia urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 77

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del punto m) del apartado 1. (M. " vallas y carteles publicitarios visibles de la vía pública.)

Motivación:

Debe mantenerse el actualmente vigente.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 78

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto ñ) en el apartado 1 con el siguiente contenido:

ñ) Instalación de tendidos eléctricos, telefónicos y similares.

Motivación:

Deben someterse a licencia urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 79

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto o) en el apartado 1 con el siguiente contenido:

o) Uso del vuelo sobre construcciones e instalaciones.

Motivación:

Deben someterse a licencia urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 80

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto p) en el apartado 1 con el siguiente contenido:

p) Trabajos previos a la construcción, tales como sondeos, prospecciones, catas, ensayos y limpieza de solares.

Motivación:

Deben someterse a licencia urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 81

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto q) en el apartado 1 con el siguiente contenido:

q) Obras menores tales como sustitución, renovación o reparación de revestimientos, alicatados, pavimentos, falsos techos, carpintería interior, fontanería, instalaciones eléctricas, enlucidos y pinturas.

Motivación:

Deben someterse a licencia urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 82

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para el primer párrafo del apartado 2:

2. No requerirán licencia urbanística municipal:

Motivación:

No deben incluirse de ninguna manera "los actos contenidos en proyectos de contenido más amplio previamente aprobados y autorizados". En macro proyectos supondría un riesgo importante.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 83

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 4 del artículo 24, por el que se modifica el apartado 3 del artículo 99 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto d) con el siguiente contenido:

d) Cuando se prevea en una norma con rango de ley y se justifique en razones imperiosas de interés general.

Motivación:

Según establece el Art. 43 de la Ley 30/1992.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 84

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 5 del artículo 24 por el que se modifica el artículo 102 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

Mejor redacción la actual.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 85

Al artículo: 25.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del artículo 25

Motivación:

No puede sustituirse la licencia urbanística o de obras por una declaración responsable.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 86

Al artículo: 27.

Modificación que se propone:

En el apartado 1 del artículo 27 por el que se añade la letra c) al apartado 2 del artículo 38 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para la letra c)

c) En los terrenos destinados a dotaciones urbanísticas, el planeamiento podrá establecer una calificación diferente para el subsuelo permitiendo la implantación de aparcamientos o usos de titularidad pública o afectos a dominio del servicio público, siempre que se garantice la viabilidad del uso dotacional sobre rasante

Motivación:

Evitar posible especulación con el subsuelo público para beneficio privado.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 87

Al artículo: 27.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 3 del artículo 27 por el que se añade la letra c) al apartado 2 del artículo 38 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

No procede la modificación propuesta.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 88

Al artículo: 27.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 4 del artículo 27 por el que se añade el apartado 3 del artículo 61 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

No procede la modificación propuesta.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 89

Al artículo: 27.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 6 del artículo 27 por el que se modifica la letra e) del apartado 3 del artículo 75 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

Es mejor la regulación actual.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 90

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, se propone añadir las siguiente modificación a la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León mediante la adición deun nuevo párrafo:

"Se añade al final del apartado 1 del artículo 14 el siguiente nuevo párrafo:

Una vez aprobado el mapa de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio, previsto en el artículo 6 de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, las áreas de aplicación de las Directrices de Ordenación de ámbito subregional estarán integradas por una unidad básica de ordenación y servicios del territorio o por varias contiguas."

Motivación:

Mismo modelo de delimitación geográfica que el previsto la Ley 7/2013 para las áreas funcionales estratégicas, que se delimitan mediante este mismo instrumento de OT de ámbito subregional.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 91

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, se propone añadir las siguiente modificación a la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León mediante la adición deun nuevo párrafo:

"Se añade un nuevo apartado b bis) en el punto 2 del artículo 14 con el siguiente contenido:

b bis) Concretar las estrategias territoriales para la aplicación de los instrumentos de equilibrio económico y demográfico previstos en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León: El Fondo autonómico de compensación y el Plan Plurianual de Convergencia Interior."

Motivación:

Adaptación a la última reforma del Estatuto de Autonomía.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 92

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al artículo 17 letra e) se propone el siguiente texto:

e) Criterios y normas para el desarrollo urbanístico y urbano sostenible, la regeneración y renovación urbana y para la implantación de nuevos usos y actividades sobre el territorio, en función de las disponibilidades de recursos, de los riesgos naturales y tecnológicos y de su incidencia territorial.

Motivación:

No es lo mismo urbano que urbanístico.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 93

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al artículo 18 apartado 3.b), se propone el siguiente texto:

Informe de los Ayuntamientos afectados por las Directrices, así como de la Delegación del Gobierno, de la Diputación Provincial, del Consejo Comarcal y del correspondiente órgano de gobierno de las mancomunidades de interés general.

Motivación:

Homologar la referencia a órganos de gobierno.

Adaptación a la Ley 7/2013.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 94

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al artículo 18 apartado 6, se propone el siguiente texto:

6. La Junta de Castilla y León aprobará las Directrices de Ordenación de ámbito subregional, mediante Decreto que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y se notificará a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma y a las Diputaciones Provinciales, Consejos Comarcales y mancomunidades de interés general, en su caso, y Municipios afectados. Las Directrices de ámbito subregional atenderán siempre que lo permita el interés general autonómico, las propuestas realizadas por las administraciones locales afectadas.

Motivación:

Se recupera la coherencia entre la jerarquía funcional y la jerarquía normativa de los instrumentos de OT.

Se pretende sustituir un procedimiento complejo y participativo por otro simplificado, unilateral y de mera información a las administraciones destinatarias.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 95

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al artículo 19 apartado 3, se propone el siguiente texto:

"Las modificaciones de las Directrices de Ordenación de ámbito subregional se someterán al procedimiento establecido en el artículo anterior."

Motivación:

Se elimina el siguiente texto para evitar limitar la participación en modificaciones que bien pueden ser tan relevantes como la propia aprobación de las Directrices: "si bien el periodo de información pública y audiencia a las Administraciones públicas será de un mes."

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 96

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, se propone añadir las siguiente modificación a la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León mediante la adición de un nuevo párrafo:

"Se da la siguiente redacción al apartado 3 del artículo 24:

3. Simultáneamente al inicio del periodo de información pública, se solicitará Informe de los Municipios y , en su caso, de las mancomunidades de interés general afectados por el plan o proyecto, salvo en el caso de los PlanesRegionales de ámbito sectorial, en los que el informe corresponderá a la Federación Regional de Municipios y Provincias. Estos informes se entenderán favorables si no se produce resolución expresa en el plazo de cuarenta y cincodías."

Motivación:

Adaptación a la Ley 7/2013.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 97

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al artículo 24 apartado 6, se propone añadir el siguiente texto a continuación del actual:

"Los planes o proyectos regionales atenderán, siempre que lo permita el interés general autonómico, las propuestas realizadas por las administraciones locales afectadas."

Motivación:

Atención preferente a las propuestas de las administraciones locales.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 98

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, se propone la supresión de la modificación que se realiza al artículo 25 apartado 2.

Motivación:

No deben reducirse estos plazos.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 99

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al apartado 1 del artículo 29, se propone añadir el siguiente texto a continuación del actual:

"...de ordenación del territorio en la Comunidad Autónoma." ..."... Se garantizará, en número suficiente, la representación social, sindical, empresarial y agrícola-ganadera en el Consejo y sus órganos, así como de todas las administraciones e instituciones."

Motivación:

Debe garantizarse esta representación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 100

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, se propone añadir las siguiente modificación a la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León mediante la adición de un nuevo párrafo :

"Se da la siguiente redacción al apartado 3 del artículo 29:

"En la composición del Consejo se asegurará la participación de las Administraciones públicas, con criterios que aseguren la pluralidad política, territorial e institucional , y de las organizaciones sociales cuya aportación sea necesaria para asegurar la representación de la pluralidad de intereses afectados para alcanzar el mayor consenso en los procesos de definición y desarrollo de la Ordenación del Territorio en la Comunidad Autónoma."

Motivación:

Se reconoce e incorpora la pluralidad de intereses afectados por los instrumentos de OT.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 101

Al artículo: 29.

Modificación que se propone:

En el artículo 29 apartado 1, se propone la siguiente redacción para la modificación de laletra c) del apartado 3 del artículo 67 de la Ley 10/2013, de 16 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda:

Donde dice:

• La letra c) del apartado 3 del artículo 67, que queda redactada del siguiente modo:

c) En el caso de transmisiones o arrendamientos de una vivienda de protección pública a personas jurídicas públicas o privadas.

Debe decir:

"El artículo 67 queda redactado del siguiente modo:

Artículo 67. El visado de las transmisiones y arrendamientos

1. Las transmisiones de viviendas de protección pública y los contratos de arrendamientos de las viviendas de protección pública sujetas en ambos casos a limitación de precio de venta y renta, así como sus anejos, vinculados o no, deberán presentarse para su visado ante la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en los términos y condiciones previstos reglamentariamente mientras dure su régimen legal de protección.

2. El visado consistirá en una resolución por la que se declare acreditado el cumplimiento de los requisitos objetivos y subjetivos en la adquisición o arrendamiento de una vivienda de protección pública y sus anejos vinculados, así como la inclusión de las cláusulas obligatorias.

Cuando se trate de anejos no vinculados el visado se limitará a comprobar que el precio de la compraventa no exceda del precio máximo legal vigente en el momento de la transmisión.

3. En el caso de segundas y posteriores transmisiones de viviendas de protección pública, el plazo para resolver y notificar la resolución será de 10 días desde que la solicitud de visado haya tenido entrada en el registro del órgano competente para resolver; transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución expresa podrá considerarse estimada la solicitud por silencio administrativo."

Motivación:

Mejor regulación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 102

Al artículo: 29.

Modificación que se propone:

En el artículo 29 apartado 2, por el que se modifica la disposición transitoria segunda de la Ley 10/2013, de 16 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda, se propone la siguiente redacción para dicha DT 2ª:

"Los procedimientos de calificación de viviendas de protección pública así como del resto de actuaciones en materia de vivienda iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán rigiéndose por la normativa vigente a su fecha de inicio hasta su finalización, salvo en cuanto resulten afectados por la presente Ley en aquello que resultase un trato más favorable para el administrado. Los procedimientos de calificación de viviendas de protección pública así como del resto de actuaciones en materia de vivienda iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán rigiéndose por la normativa vigente a su fecha de inicio hasta su finalización, salvo en cuanto resulten afectados por la presente Ley en aquello que resultase un trato más favorable para el administrado.

Motivación:

Mejor regulación y mayores garantías para los ciudadanos.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 103

Al artículo: 30.

Modificación que se propone:

En el artículo 30, modificaciones a la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, en su segundo apartado, modificación del apartado 1 del artículo 28, en el segundo párrafo, donde dice:

"...no se prevean impactos acústicos directos en el emplazamiento de la nueva vivienda..."

debe decir

" ...no se prevean impactos acústicos directos en el emplazamiento de la vivienda..."

Motivación:

Debe eliminarse la referencia a la "nueva" vivienda.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 104

Al artículo: 30.

Modificación que se propone:

En el artículo 30, modificaciones a la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, en su tercer apartado, modificación del apartado 1 del artículo 29, en el segundo párrafo, donde dice:

"Junto a la documentación que deba presentarse a los efectos de obtener la licencia de primera ocupación de las edificaciones citadas en el artículo anterior que precisen dicha licencia,..."

Debe decir

"Junto a la documentación que deba presentarse a los efectos de obtener la licencia de primera ocupación de las edificaciones que precisen dicha licencia,..."

Motivación:

No puede hacer referencia a las viviendas citadas en el apartado anterior, ya que las viviendas nuevas no se rehabilitan, y solo las viviendas nuevas necesitan licencia de primera ocupación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 105

Al artículo: Disposición Adicional (nueva).

Modificación que se propone:

Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"A efectos de los programas de rehabilitación en la Comunidad de Castilla y León se mantienen las áreas de rehabilitación integral, renovación urbana y similares ya declaradas al amparo de normativas anteriores."

Motivación:

Conviene declarar vigentes las ARI, ARCH, ARU ya en marcha de planes estatales anteriores, para evitar posibles cancelaciones de estas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 106

Al artículo: Disposición Adicional (nueva).

Modificación que se propone:

Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En todo caso, las líneas de transporte y distribución de energía eléctrica, las subestaciones transformadoras y las antenas de imagen, datos o telefonía móvil deberán contar con la correspondiente licencia urbanística.

Motivación:

Cautela que debe establecerse en virtud de las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de salud pública y de protección del medio ambiente.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 107

Al artículo: Disposición Transitoria Tercera.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado b)

Motivación:

No se debe reiniciar el proceso liberalizador del suelo a través de este tratamiento para suelo urbanizable no delimitado.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 108

Al artículo: Disposición derogatoria.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado b) (El apartado 3 del artículo 21 de la Ley 5/1999...)

Motivación:

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 109

Al artículo: Disposición derogatoria.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado c) (El inciso...)

Motivación:

La modificación de las directrices de Ordenación de ámbito subregional debe realizarse a través de los procedimientos específicos previstos para ello.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 110

Al artículo: Disposición derogatoria.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado d) (La condición...)

Motivación:

No debe modificarse a través de esta Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 111

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión de los apartados I, II y III

Motivación:

El proyecto no da soluciones a los problemas planteados.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 112

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del primer párrafo del apartado IV

Motivación:

No se ajusta a la realidad.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 113

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

En el segundo párrafo del apartado IV se propone la supresión de la expresión "A tal fin..."

Motivación:

Por coherencia con la enmienda anterior.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 114

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

En el cuarto párrafo del apartado V se propone la supresión del texto desde "Destaca también... hasta "... viviendas protegidas"

Motivación:

Por coherencia con las enmiendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 115

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del quinto párrafo del apartado VII (Por último...)

Motivación:

Por coherencia con las enmiendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 116

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del segundo párrafo del apartado VIII. (Muy especial atención...)

Motivación:

Por coherencia con las enmiendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 117

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del cuarto párrafo del apartado VIII (Otras reformas...)

Motivación:

Por coherencia con las enmiendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 118

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del quinto párrafo del apartado VIII (Una última mención...)

Motivación:

Por coherencia con las enmiendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PL/000030-06

CVE="BOCCL-08-020677"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 47512-47580
BOCCL nº 439/8 del 23/7/2014
CVE: BOCCL-08-020677

1. Procedimientos Legislativos
110. Proyectos de Ley
PL/000030-06
Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo. Enmiendas parciales presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Fomento y Medio Ambiente de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 15 de julio de 2014, ha admitido a trámite las Enmiendas Parciales presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo, PL/000030.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de julio de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 1

Al artículo: 3.

Modificación que se propone:

En el Art. 3 Objetivos de la actividad urbanística pública. Nuevo apartado f) del Art. 4 Ley 5/1999 de Urbanismo donde dice:

"f) Impulsar la rehabilitación edificatoria, así como la regeneración y la renovación urbanas, de forma preferente en los espacios urbanos vulnerables, entendiendo como tales aquellas áreas urbanas que sufran procesos de abandono, obsolescencia o degradación del tejido urbano o del patrimonio edificado,..."

se propone el siguiente texto:

"f) Impulsar la rehabilitación edificatoria, así como la regeneración y la renovación urbanas de forma preferente en los espacios urbanos vulnerables, entendiendo como tales aquellas áreas urbanas que sufran procesos de abandono, degradación de los condiciones básicas de funcionalidad, seguridad y habitabilidad de las edificaciones y viviendas, obsolescencia, vulnerabilidad de barrios, de ámbitos o de conjuntos urbanos homogéneos, degradación del tejido urbano o del patrimonio edificado o situaciones de pobreza energética."

Motivación:

Hacer referencia a las necesidades de los edificios y viviendas que lógicamente reflejan la necesidad y vulnerabilidad de las familias que los habitan.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 2

Al artículo: 3.

Modificación que se propone:

En el Art. 3 Objetivos de la actividad urbanística pública. Nuevo apartado f) del Art. 4 Ley 5/1999 de Urbanismo se propone eliminar el siguiente texto:

, "o donde un porcentaje mayoritario de la población residente se encuentre en riesgo de exclusión por razones de desempleo, insuficiencia de ingresos, edad, discapacidad u otros factores de vulnerabilidad social"

Motivación:

Mera declaración de intenciones sin concreción ni regulación alguna.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 3

Al artículo: 3.

Modificación que se propone:

En el Art. 3 Objetivos de la actividad urbanística pública, se propone la siguiente redacción para el encabezamiento del artículo:

Se añaden dos nuevos el apartados f) y g)al artículo 4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, que tendrán la siguiente redacción:

Motivación:

En coherencia con la adición del nuevo apartado.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

ENMIENDA N.º 4

Al artículo: 3.

Modificación que se propone:

En el Art. Objetivos de la actividad urbanística pública, se propone añadir un nuevo apartado apartado g) al Art. 4 Ley 5/1999 de Urbanismo con el siguiente contenido:

"g) Impulsar la rehabilitación edificatoria de forma preferente en las infraviviendas entendiendo como tal aquella edificación, o parte de ella, destinada a vivienda, que no reúna las condiciones mínimas exigidas de conformidad con la legislación aplicable. En todo caso, se entenderá que no reúnen dichas condiciones las viviendas que incumplan los requisitos de superficie, número, dimensión y características de las piezas habitables, las que presenten deficiencias graves en sus dotaciones e instalaciones básicas y las que no cumplan los requisitos mínimos de seguridad, accesibilidad universal y habitabilidad exigibles a la edificación"

Motivación:

Aclarar la prioridad de rehabilitación en las infraviviendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 5

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 151 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado 2:

2. A las actuaciones de rehabilitación se aplicará el régimen del suelo urbano consolidado, así como en los edificios existentes situados en suelo rústico que no estén fuera de ordenación o disconformes con el planeamiento.

Motivación:

Hay edificios singulares situados en suelo rústico que también necesitan y pueden beneficiarse de la rehabilitación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 6

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 152 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado 4:

4. Las actuaciones de regeneración urbana serán declaradas "área de regeneración urbana integrada" por la Administración de la Comunidad, cuando:

a) Articulen medidas sociales, ambientales y económicas que estén enmarcadas en una estrategia administrativa global y unitaria.

b) Cuenten con un Plan Especial de conservación, protección y rehabilitación o figura similar establecido por la Comunidad.

c) Cumplan los requisitos establecidos de antigüedad, perímetro concreto y destino, requisitos a los que de manera excepcional y debidamente motivado se podrán determinar cifras inferiores

La declaración requerirá la formulación de un convenio urbanístico con participación de los residentes y de la entidad local correspondiente. El convenio tendrá como efecto la habilitación para recibir financiación pública preferente.

Motivación:

Mayor concreción.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 7

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 152 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo apartado 5 con el siguiente contenido:

"5.- Se habilitará un Plan de Áreas de Rehabilitación Integral para centros históricos, centros urbanos, barrios con degradación física, social o ambiental y municipios rurales. Se consideraran acciones de actuación preferente aquellas que vayan dirigidas a la erradicación del chabolismo y la infravivienda"

Motivación:

Concretar el programa específico que se aplicarán en estos casos así como donde se actuará y los requisitos que deben concurrir para poder declarar el Plan.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 8

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 153 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado 4:

Las actuaciones de renovación urbana serán declaradas "área de renovación urbana integrada" por la Administración de la Comunidad, cuando:

a) Articulen medidas sociales, ambientales y económicas que estén enmarcadas en una estrategia administrativa global y unitaria.

b) Cumplan los requisitos establecidos de antigüedad, perímetro concreto y agrupación, requisitos respecto de los que, de manera excepcional y debidamente motivada, se podrán determinar cifras inferiores.

c) Sus requisitos básicos de la edificación estén por debajo de los estándares mínimos establecidos en el Código Técnico de Edificación y demás normas de aplicación.

La declaración requerirá la formulación de un convenio urbanístico con participación de los residentes y de la entidad local correspondiente. El convenio tendrá como efecto la habilitación para recibir financiación pública preferente.

Motivación:

Establecer una obligación más concreta y una mayor responsabilidad y compromiso de la administración.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 9

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 153 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo apartado 5 con el siguiente contenido:

5. Se habilitará un Plan de renovación integral de barrios o conjunto de edificios de viviendas que precisen de actuaciones de demolición o sustitución de los edificios, de urbanización o reurbanización, de creación de dotaciones o equipamientos y de mejora de accesibilidad de espacios públicos, incluyendo, en su caso, procesos de realojo temporal de los residentes.

Motivación:

Concretar el programa específico que se aplicarán en estos casos, así como donde se actuará y los requisitos que deben concurrir.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 10

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, se propone la adición de un nuevo artículo 153 bis de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, con la siguiente redacción:

Artículo 153 bis. Categorías de área de rehabilitación integrada.

1.- En función de sus características, se distinguen las siguientes categorías de área de rehabilitación integrada, que deben cumplir las condiciones que se indican en cada caso:

a) Áreas de rehabilitación de conjunto histórico, cuando su ámbito haya sido declarado o incoado bien de interés cultural, y haya sido aprobado inicialmente el Plan Especial de Protección o instrumento de planeamiento que cumpla sus objetivos, en el marco de la normativa sobre patrimonio cultural.

b) Áreas de rehabilitación de centro urbano, cuando haya sido aprobado inicialmente el instrumento de planeamiento específico correspondiente, o bien el instrumento de planeamiento general que incluya las determinaciones necesarias para planificar la actuación.

c) Áreas de rehabilitación de barrio degradado, cuando haya sido aprobado inicialmente el instrumento de planeamiento específico correspondiente, o bien el instrumento de planeamiento general que incluya las determinaciones necesarias para planificar la actuación.

d) Áreas de rehabilitación de municipio rural, cuando su ámbito se sitúe en municipios con poblacióninferior a 5.000 habitantes, y haya sido aprobado inicialmente el planeamiento general que lo delimitey prevea sus características básicas.

Motivación:

Establecer claramente los programas que pueden darse de rehabilitación, regeneración y renovación urbana.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 11

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, se propone la adición de un nuevo artículo 153 ter de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, con la siguiente redacción:

Artículo 153 ter. Financiación pública

"La Junta de Castilla y León aprobará programas de financiación pública y ayudas directas, así como sus bases reguladoras, para impulsar los programas de rehabilitación, regeneración y renovación urbana que contarán con financiación pública suficiente. Así mismo podrá firmar convenios con entidades financieras con el objeto de incentivar la concesión de financiación para las actuaciones contempladas en esta Ley"

Motivación:

Facilitar financiación para estos programas, tanto pública como privada, posibilitando la firma de convenios con bancos para incentivar la concesión de financiación para rehabilitación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 12

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 154 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado 1:

"1.- Las actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana deben plantearse de forma preferente sobre los espacios urbanos vulnerables y las infraviviendas definidos en el artículo 4.f) y 4.g)"

Motivación:

En coherencia con la enmienda que propone la inclusión del apartado 4 g).

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 13

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 154 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del apartado 2.a)

Motivación:

Esta limitación podría hacer inviables algunos planes.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 14

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, se propone la supresión del artículo 155 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

Supone una alteración de la naturaleza y régimen de estas entidades urbanísticas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 15

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 156 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto 11 en el apartado b) con el siguiente contenido:

11º La creación y extensión de las infraestructuras necesarias para reducir el consumo de agua y su reutilización.

Motivación:

Debe contemplarse la reducción del consumo de agua y su reutilización.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 16

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 156 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto 12 en el apartado b) con el siguiente contenido:

12º Serán prioritarias las medidas que procedan para eliminar situaciones de infravivienda, para garantizar la seguridad, salubridad, conservación y accesibilidad universal y un uso racional de la energía.

Motivación:

Priorizar y facilitar la eliminación de infraviviendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 17

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 156 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone, en el apartado c) 2, eliminar la expresión:

"...así como de sus propietarios y ocupantes legales"

Motivación:

Puede confrontar con la Ley de protección de datos.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 18

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 157 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para el apartado 3. d):

"d) La realización de las obras y la implantación de instalaciones para la reducción del consumo de agua y su reutilización, la centralización o dotación de instalaciones energéticas comunes, así como para la instalación de captadores solares en la fachada o cubierta, que reduzcan al menos un 30 por ciento el consumo anual de energía primaria no renovable del edificio."

Motivación:

Debe contemplarse la reducción del consumo de agua y su reutilización.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 19

Al artículo: 4.

Modificación que se propone:

En el artículo 4, en la redacción dada al artículo 157 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del punto 5.

Motivación:

Innecesario.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 20

Al artículo: 5.

Modificación que se propone:

En el artículo 5. 1, en la redacción dada al apartado 1 b) 2º del artículo 8 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone añadir al final del mismo:

"....orden de ejecución regulado en el artículo 106"...."quecontarán con ayudas públicas."

Motivación:

En los deberes de uso y conservación cuando se refieren a "obras adicionales que se impongan por razones de interés general" deberían establecerse las ayudas públicas correspondientes.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 21

Al artículo: 5.

Modificación que se propone:

En el artículo 5. 2, en la redacción dada al apartado 2. b) del artículo 17 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción:

b) En suelo urbano no consolidado y urbanizable con ordenación detallada, el aprovechamiento que resulte de aplicar a la superficie bruta de las parcelas los siguientes porcentajes del aprovechamiento medio del sector:

1º. En municipios de más de 20.000 habitantes, el 85 por ciento.

2º. En municipios de menos de 20.000 habitantes que cuenten con Plan General, el 90 por ciento.

3º. En el resto de municipios, el 90 por ciento en suelo urbanizable y el 95 por ciento en suelo urbano no consolidado.

4º. En todos los casos, en sectores incluidos totalmente en ámbitos declarados Bien de Interés Cultural se aplicará íntegramente el aprovechamiento medio.

5º En otros sectores que tengan por objeto actuaciones de regeneración o renovación urbana; el 95 por ciento.

Motivación:

Mejor regulación. Regulación conjunta del suelo urbano no consolidado y urbanizable.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 22

Al artículo: 5.

Modificación que se propone:

En el artículo 5. 2, en la redacción dada al apartado 2. c) del artículo 17 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción:

c) Excepcionalmente y de forma motivada, el Plan General podrá determinar sectores en los que el aprovechamiento que corresponda a los propietarios se reduzca hasta el 80 por ciento del aprovechamiento medio del sector aplicado sobre la superficie bruta de sus parcelas.

Motivación:

Completar la regulación y por coherencia con la enmienda al apartado b) en la que ya se incluye el suelo urbanizable.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 23

Al artículo: 5 Alternativa.

Modificación que se propone:

En el artículo 5. 2, en la redacción dada al apartado 2. b) del artículo 17 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del apartado b) 3º.

Motivación:

Para las actuaciones de renovación solo se les pueden aplicar el régimen de suelo urbano no consolidado.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 24

Al artículo: 5 Alternativa.

Modificación que se propone:

En el artículo 5. 2, en la redacción dada al apartado 2. c) del artículo 17 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción:

c) "En suelo urbanizable con ordenación detallada, el aprovechamiento que resulte de aplicar a la superficie bruta de sus parcelas el 85 por ciento del aprovechamiento medio del sector"

Motivación:

Tiene que ser con ordenación detallada.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 25

Al artículo: 5.

Modificación que se propone:

En el artículo 5.3, en la redacción dada al apartado b) del artículo 20 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su encabezamiento:

b) Entregar al Ayuntamiento, con destino al correspondiente patrimonio público de suelo, los terrenos aptos para materializar el aprovechamiento que exceda del correspondiente a los propietarios, libres de cargas de urbanización.

Motivación:

No debe contemplarse el supuesto de entrega en un complejo inmobiliario.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 26

Al artículo: 5.

Modificación que se propone:

En el artículo 5.3, en la redacción dada al apartado b) del artículo 20 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión de su apartado 2º: (En otro caso, previo convenio en el que se acredite que los terrenos no pueden destinarse a la construcción de viviendas con protección pública.)

Motivación:

Perjudicial para la construcción de vivienda protegida.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 27

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6 apartado 1, en la redacción dada al apartado 4 del artículo 34 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición del siguiente nuevo párrafo a continuación del actual:

A estos efectos, en los términos que reglamentariamente se establezcan, los procesos de rehabilitación, regeneración y renovación urbana posibilitarán la transferencia de aprovechamiento a sectores externos, en suelo urbano no consolidado o urbanizable.

Motivación:

Debe contemplarse esta transferencia del aprovechamiento a fin de no sobre densificar.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 28

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6, se propone la supresión del apartado 2.

Motivación: El nuevo apartado e) del artículo 36 supone un modelo sobre densificado de ciudad urbana.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 29

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6, se propone la supresión del apartado 3.

Motivación:

Reduce las cesiones en áreas de regeneración urbana a la vez que permite incrementar su densidad.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 30

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6, apartado 5, en la nueva redacción dada al apartado 1 del artículo 49 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la adición del siguiente texto:

"...Con tal fin pueden aplicarse en cualquier clase de suelo ... "...priorizándose los suelos urbanos consolidados y no consolidados".

Motivación:

Con tal fin pueden aplicarse a cualquier clase de suelo, debería priorizarse a los suelos urbanos consolidados y no consolidados.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 31

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6, apartado 5, en el nuevo punto 3 del artículo 49 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del apartado b)

(Excluir el criterio de mantenimiento de la trama urbana, las alineaciones y las rasantes existentes, salvo en los bienes de interés cultural y su entorno de protección)

Motivación:

Lo que se ha protegido siempre son las alineaciones en conjuntos históricos, el resto no es problema. Es una adición innecesaria.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 32

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6, apartado 6, se propone la supresión del nuevo apartado c) del artículo 58 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

Se eliminan garantías al no incluirse de manera expresa la preceptividad del dictamen del Consejo Consultivo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 33

Al artículo: 6.

Modificación que se propone:

En el artículo 6,apartado 6, se propone la supresión del nuevo apartado d) del artículo 58 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

Se eliminan garantías al no incluirse de manera expresa la preceptividad del dictamen del Consejo Consultivo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 34

Al artículo: 7.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del artículo

Motivación:

Debe mantenerse la redacción anterior.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 35

Al artículo: 8.

Modificación que se propone:

En el artículo 8, apartado 1, se propone la supresión del nuevo apartado c) añadido al apartado 1 del artículo 106 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

La modificación tendría como efecto primar la expropiación frente a la rehabilitación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 36

Al artículo: 8.

Modificación que se propone:

En el artículo 8, apartado 1, se propone la supresión del nuevo apartado d) añadido al apartado 1 del artículo 106 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

La modificación tendría como efecto primar la expropiación frente a la rehabilitación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 37

Al artículo: 8.

Modificación que se propone:

En el artículo 8, apartado 1, en la redacción del apartado 5 del artículo 106 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la eliminación del siguiente texto:

".... Asimismo podrá elevar el límite máximo del deber de conservación hasta el 75 por ciento del coste de reposición de la construcción correspondiente"

Motivación:

Elevar el límite máximo del deber de conservación al 75% del coste de reposición de la construcción correspondiente es hacer inviable la misma.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 38

Al artículo: 8.

Modificación que se propone:

En el artículo 8, se propone la supresión del apartado 2, ( nueva redacción del apartado 1 del artículo 109 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León)

Motivación:

Permite la expropiación cuando se incumpla la Orden de Ejecución para el deber de edificar, o rehabilitar en los plazos establecidos, lo que no se considera adecuado.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 39

Al artículo: 10.

Modificación que se propone:

En el artículo 10 apartado 2, en la nueva redacción dada al punto 2 del artículo 34 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para el apartado a)

a) El crecimiento urbano se orientará a completar las tramas urbanas existentes y a solucionar los problemas urbanísticos de las áreas degradadas favoreciendo la reconversión y reutilización de los inmuebles abandonados, así como su rehabilitación, regeneración y renovación urbana, con prioridad a los proceso de extensión discontinua o exterior a los núcleos.

Motivación:

Modificación inadecuada de la Ley de Urbanismo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 40

Al artículo: 10.

Modificación que se propone:

En el artículo 10 apartado 2, en la nueva redacción dada al punto 2 del artículo 34 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para el apartado b)

b) Salvo cuando los instrumentos de ordenación del territorio señalen criterios diferentes, no se crearán nuevos núcleos de población, ni se ampliarán, ni se modificarán los existentes más allá de la capacidad de las redes de servicios de interés general.

Motivación:

Modificación inadecuada de la Ley de Urbanismo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 41

Al artículo: 10.

Modificación que se propone:

En el artículo 10 apartado 2, en la nueva redacción dada al punto 2 del artículo 34 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. se propone la supresión del apartado c)

Motivación:

No se ajusta a un crecimiento acorde a las necesidades de la población.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 42

Al artículo: 11.

Modificación que se propone:

En el artículo 11 apartado 1, en la nueva redacción dada a la letra a) del apartado 2 del artículo 36 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. se propone la siguiente redacción para el punto 1º:

1º. La recuperación de los cauces fluviales y sus zonas de afección, y su integración respetuosa con el medio urbano, todo ello en coordinación, cooperación y colaboración con el Organismo de Cuenca correspondiente.

Motivación:

Hay que contar con la autorización y colaboración de la Confederación Hidrográfica correspondiente.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 43

Al artículo: 11.

Modificación que se propone:

En el artículo 11 apartado 2, en la redacción dada al apartado 3 del artículo 36 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. se propone la siguiente redacción para la letra a):

a) Las líneas de transporte y distribución de energía eléctrica, las subestaciones transformadoras y las antenas de imagen, datos o telefonía móvil respetarán las distancias a las construcciones e instalaciones con ocupación humana que, con carácter mínimo, se determinen reglamentariamente o vengan establecidas en las correspondientes ordenanzas municipales.

Motivación:

Hay que tener en cuenta las antenas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 44

Al artículo: 12.

Modificación que se propone:

En el artículo 12 apartado 1, (adición de un nuevo artículo 36 bis a la la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. se propone la siguiente redacción para el punto 3º de la letra a):

"3º Se fomentará los aparcamientos disuasorios en la periferia urbana, con acceso al transporte público, cuyos mínimos se determinarán reglamentariamente y que, en todo caso, serán proporcionales en número a la necesidad de cada tipo de municipio."

Motivación:

Es necesario establecer uno mínimos suficientes d, aunque sean genéricos, de necesidad de aparcamiento disuasorios en las periferias, que garanticen suficientemente la movilidad de los ciudadanos con sus vehículos en grandes áreas urbanas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 45

Al artículo: 12.

Modificación que se propone:

En el artículo 12 apartado 1, (adición de un nuevo artículo 36 bis a la la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León). se propone la adición de un nuevo punto 3º en el apartado b):

3º La administración autonómica colaborará con los Ayuntamientos en la elaboración del estudio de movilidad y en el diseño, aplicación y financiación del Plan Coordinado de Explotación del Transporte Metropolitano, a que de lugar el estudio, de manera que la coordinación entre los servicios de transportes urbano e interurbanos faciliten y garanticen las necesidades de movilidad ciudadana, la accesibilidad, el respeto al medio ambiente y la cohesión de la red de transportes públicos que operen en el municipio, contribuyendo de esta manera a la sostenibilidad.

Motivación:

Garantizar el derecho de movilidad ciudadana y el respeto a las competencias de cada administración.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 46

Al artículo: 12.

Modificación que se propone:

En el artículo 12 se propone la supresión del apartado 2

Motivación:

La modificación del 42.2.b) implica sobre densificación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 47

Al artículo: 13.

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para la intitulación del artículo

"Artículo 13. Eficiencia energética, energías renovables y agua"

Motivación:

Debe incluirse el agua.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 48

Al artículo: 13.

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 2 en el artículo 13, pasando el texto actual a constituir el apartado 1, con el siguiente contenido:

2. Se añade el artículo 36 quinque a la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, que tendrá la siguiente redacción:

"Artículo 36 quinque. Racionalización del uso del agua

1. El planeamiento urbanístico facilitará las actuaciones de racionalización del consumo de agua y la reutilización de aguas pluviales, y a tal efecto:

a) Se promoverá la reducción del consumo de agua asegurando su control por los distintos usuarios, tanto públicos como privados, mediante elementos economizadores y de medición y control.

b) Los instrumentos de planeamiento de desarrollo contendrán medidas para la utilización de recursos hídricos alternativos, estableciendo sistemas de captación, almacenamiento y tratamiento de las aguas de lluvia en los edificios, en vías urbanas y aparcamientos y en campos y pistas deportivas.

c) Toda promoción de edificios destinados a actividades económicas, equipamiento o residencial que disponga de zonas ajardinadas superiores a la superficie que se determine, deberá incorporar, en la fase de proyecto, un estudio de viabilidad de una instalación común de reutilización, reciclado o aprovechamiento de aguas para riego."

Motivación:

Incorporar medidas de racionalización del uso del agua.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 49

Al artículo: 13.

Modificación que se propone:

Se propone la adición de un nuevo apartado 3 en el artículo 13, con el siguiente contenido:

2. Se añade el artículo 36 sexties a la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, que tendrá la siguiente redacción:

Articulo 36 sexties. Fomento de las actuaciones en eficiencia energética y racionalización del uso del agua

Por la Junta de Castilla y León se habilitarán partidas presupuestarias específicas destinadas al impulso de las actuaciones en eficiencia energética y racionalización del uso del agua.

Motivación:

Debe contemplarse esta medidas de fomento.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 50

Al artículo: 14.

Modificación que se propone:

En el artículo 14 de adición de un nuevo artículo 36 quater a la la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente modificación en su primer párrafo:

Donde dice:

"Para establecer sus determinaciones, el planeamiento tendrá en cuenta..."

Debe decir:

"Para establecer sus determinaciones, y previo informe preceptivo del organismo de cuenca correspondiente, el planeamiento tendrá en cuenta..."

Motivación:

Debe contemplarse la intervención del organismo de cuenca ya que es preceptivo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 51

Al artículo: 14.

Modificación que se propone:

En el artículo 14 de adición de un nuevo artículo 36 quater a la la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado a):

a) Los terrenos afectados por avenidas con períodos de retorno de 100 años solo podrán ser clasificados como suelo urbano o urbanizable cuando tuvieran anteriormente dicha clasificación. Dichos terrenos quedarán sometidos a las determinaciones especiales que reglamentariamente se determinen.

Reglamentariamente se establecerá un procedimiento de desclasificación aplicable cuando no se hubieran cumplido los deberes urbanísticos en los plazos correspondientes. Dicha desclasificación en ningún caso dará lugar a indemnización.

Motivación:

Mejor redacción y completar.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 52

Al artículo: 14.

Modificación que se propone:

En el artículo 14 de adición de un nuevo artículo 36 quater a la la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para su apartado b):

b) Los terrenos afectados por avenidas con períodos de retorno de 500 años solo podrán ser clasificados como suelo urbano o urbanizable cuando tuvieran anteriormente dicha clasificacióno cuando de adopten las restricciones específicas que reglamentariamente se determinen.

Reglamentariamente se establecerá un procedimiento de desclasificación aplicable cuando no se hubieran cumplido los deberes urbanísticos en los plazos correspondientes. Dicha desclasificación en ningún caso dará lugar a indemnización.

Motivación:

Mejor redacción y completar.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 53

Al artículo: 15 Alternativa.

Modificación que se propone:

Se propone la siguiente redacción para el apartado 3 del nuevo artículo 39 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León:

3. La ocupación de suelo, subsuelo y vuelo por ascensores, aparcamientos adaptados u otras actuaciones vinculadas a la accesibilidad y supresión de barreras legalmente exigibles o previstos en actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana no será tenida en cuenta a efectos de las limitaciones de edificabilidad, altura, volumen o distancias mínimas.

Motivación:

La redacción propuesta estaba vinculada a este tipo de actuaciones.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 54

Al artículo: 16.

Modificación que se propone:

En el artículo 16 se propone la supresión del apartado 1, (modificación del apartado 1 del artículo 34 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León)

Motivación:

Se extralimita al objetivo de esa Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 55

Al artículo: 16.

Modificación que se propone:

En el artículo 16 se propone la supresión del apartado 2, (añade la disposición adicional novena a la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León)

Motivación:

Se extralimita al objetivo de esa Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 56

Al artículo: Capítulo IV del Título I nuevo.

Modificación que se propone:

Se propone la agrupación de los artículos 17 a 21 en un nuevo capítulo IV denominado "Otras determinaciones"

Motivación:

Se trata de un conjunto de artículos que no se refieren a coordinación (denominación del capítulo en el que ahora se enmarcan) y con variados contenidos.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 57

Al artículo: 17.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 1 del artículo 17

Motivación:

Permite que se califique como suelo urbanizable terrenos cuyo uso predominante sea industrial, logístico o vinculado a otras actividades productivas, aunque no cumplan el requisito de colindancia con el suelo urbano de un núcleo de población. Por ello no es procedente esta modificación del artículo 13 de la LU.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 58

Al artículo: 17.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 2 del artículo 17

Motivación:

No es congruente con el objeto de esta Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 59

Al artículo: 17.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 3 del artículo 17

Motivación:

No es congruente con el objeto de esta Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 60

Al artículo: 18.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 1 del artículo 18

Motivación:

Se extralimita al objetivo de esta Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 61

Al artículo: 18.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 2 del artículo 18

Motivación:

Se extralimita al objetivo de esta Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 62

Al artículo: 20.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 1

Motivación:

Se eleva enormemente la prescripción cuando esto no sería necesario con una actuación diligente de la administración. Esto puede generar inseguridad.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 63

Al artículo: 20.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 2

Motivación:

Mala definición de los supuestos, "no pueda" es insuficiente y debe establecerse con mayor precisión la intervención de las Diputaciones Provinciales.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 64

Al artículo: 21.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 1

Motivación:

No encaja con el objeto de esta Ley. El establecimiento del sistema de acreditación no puede dejarse totalmente abierto al desarrollo reglamentario.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 65

Al artículo: 21.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 2

Motivación:

Esta función corresponde a las administraciones públicas a través de los funcionarios públicos.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 66

Al artículo: 22.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del artículo

Motivación:

Supondría que, en un Plan Parcial sin urbanizar, se puedan autorizar anticipadamente los usos y comenzar la construcción. Permite edificar sin ordenación detallada.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 67

Al artículo: 23.

Modificación que se propone:

En el artículo 23 apartado 2, en la modificación de la letra d) del artículo 41 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción:

d) Catálogo de los elementos que por sus valores naturales o culturales, o por su relación con el dominio público, deban ser conservados o recuperados, con las medidas de protección que procedan.

Motivación:

Debe mantenerse esta cautela.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 68

Al artículo: 23.

Modificación que se propone:

En el artículo 23 apartado 3, en la modificación del apartado 1 del artículo 42 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León se propone:

En el primer párrafo del apartado 1, donde dice "podrá establecer"

debe decir

"establecerá"

Motivación:

No debe ser potestativo.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 69

Al artículo: 23.

Modificación que se propone:

En el artículo 23 apartado 3, en la modificación del apartado 1 del artículo 42 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León se propone la siguiente redacción para el apartado g)

g) Normas y medidas de protección para los elementos catalogados o inventariados por sus valores culturales o naturales

Motivación:

Reforzar las medidas de protección.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 70

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 1 del artículo 24

Motivación:

Se debe mantener la rúbrica original del capítulo "Licencia urbanística".

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 71

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 2 del artículo 24

Motivación:

Sección innecesaria. En coherencia con la enmienda anterior.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 72

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, en la nueva redacción dada al punto d) del apartado 1, se propone la eliminación de la expresión:

"...cuando tengan carácter integral o total"

Motivación:

Supone que una obra de rehabilitación que no sea integral o total no necesitará licencia urbanística, y sin ser integral o total puede afectar a elementos esenciales de la edificación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 73

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, en el punto i) del apartado 1

se propone la eliminación del término "...vertidos..."

Motivación:

Los vertidos necesitarán licencia ambiental no urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 74

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del punto j) del apartado 1. (j. Constitución y modificación de complejos inmobiliarios)

Motivación:

Debe mantenerse la redacción actual.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 75

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del punto k) del apartado 1. (k . Ejecución de obras e instalaciones en el subsuelo, cuando tengan entidad equiparable a las obras de nueva planta o afecten a elementos estructurales.)

Motivación:

Debe mantenerse el actualmente vigente.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 76

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto K bis) en el apartado 1 con el siguiente contenido:

"K bis) Ejecución de obras e instalaciones en el subsuelo."

Motivación:

Todas las obras en el subsuelo necesitarán licencia urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 77

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la supresión del punto m) del apartado 1. (M. " vallas y carteles publicitarios visibles de la vía pública.)

Motivación:

Debe mantenerse el actualmente vigente.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 78

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto ñ) en el apartado 1 con el siguiente contenido:

ñ) Instalación de tendidos eléctricos, telefónicos y similares.

Motivación:

Deben someterse a licencia urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 79

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto o) en el apartado 1 con el siguiente contenido:

o) Uso del vuelo sobre construcciones e instalaciones.

Motivación:

Deben someterse a licencia urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 80

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto p) en el apartado 1 con el siguiente contenido:

p) Trabajos previos a la construcción, tales como sondeos, prospecciones, catas, ensayos y limpieza de solares.

Motivación:

Deben someterse a licencia urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 81

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto q) en el apartado 1 con el siguiente contenido:

q) Obras menores tales como sustitución, renovación o reparación de revestimientos, alicatados, pavimentos, falsos techos, carpintería interior, fontanería, instalaciones eléctricas, enlucidos y pinturas.

Motivación:

Deben someterse a licencia urbanística.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 82

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 3 del artículo 24, por el que se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 97 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para el primer párrafo del apartado 2:

2. No requerirán licencia urbanística municipal:

Motivación:

No deben incluirse de ninguna manera "los actos contenidos en proyectos de contenido más amplio previamente aprobados y autorizados". En macro proyectos supondría un riesgo importante.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 83

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

En el apartado 4 del artículo 24, por el que se modifica el apartado 3 del artículo 99 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la adición de un nuevo punto d) con el siguiente contenido:

d) Cuando se prevea en una norma con rango de ley y se justifique en razones imperiosas de interés general.

Motivación:

Según establece el Art. 43 de la Ley 30/1992.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 84

Al artículo: 24.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 5 del artículo 24 por el que se modifica el artículo 102 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

Mejor redacción la actual.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 85

Al artículo: 25.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del artículo 25

Motivación:

No puede sustituirse la licencia urbanística o de obras por una declaración responsable.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 86

Al artículo: 27.

Modificación que se propone:

En el apartado 1 del artículo 27 por el que se añade la letra c) al apartado 2 del artículo 38 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se propone la siguiente redacción para la letra c)

c) En los terrenos destinados a dotaciones urbanísticas, el planeamiento podrá establecer una calificación diferente para el subsuelo permitiendo la implantación de aparcamientos o usos de titularidad pública o afectos a dominio del servicio público, siempre que se garantice la viabilidad del uso dotacional sobre rasante

Motivación:

Evitar posible especulación con el subsuelo público para beneficio privado.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 87

Al artículo: 27.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 3 del artículo 27 por el que se añade la letra c) al apartado 2 del artículo 38 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

No procede la modificación propuesta.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 88

Al artículo: 27.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 4 del artículo 27 por el que se añade el apartado 3 del artículo 61 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

No procede la modificación propuesta.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 89

Al artículo: 27.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado 6 del artículo 27 por el que se modifica la letra e) del apartado 3 del artículo 75 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Motivación:

Es mejor la regulación actual.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 90

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, se propone añadir las siguiente modificación a la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León mediante la adición deun nuevo párrafo:

"Se añade al final del apartado 1 del artículo 14 el siguiente nuevo párrafo:

Una vez aprobado el mapa de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio, previsto en el artículo 6 de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, las áreas de aplicación de las Directrices de Ordenación de ámbito subregional estarán integradas por una unidad básica de ordenación y servicios del territorio o por varias contiguas."

Motivación:

Mismo modelo de delimitación geográfica que el previsto la Ley 7/2013 para las áreas funcionales estratégicas, que se delimitan mediante este mismo instrumento de OT de ámbito subregional.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 91

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, se propone añadir las siguiente modificación a la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León mediante la adición deun nuevo párrafo:

"Se añade un nuevo apartado b bis) en el punto 2 del artículo 14 con el siguiente contenido:

b bis) Concretar las estrategias territoriales para la aplicación de los instrumentos de equilibrio económico y demográfico previstos en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León: El Fondo autonómico de compensación y el Plan Plurianual de Convergencia Interior."

Motivación:

Adaptación a la última reforma del Estatuto de Autonomía.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 92

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al artículo 17 letra e) se propone el siguiente texto:

e) Criterios y normas para el desarrollo urbanístico y urbano sostenible, la regeneración y renovación urbana y para la implantación de nuevos usos y actividades sobre el territorio, en función de las disponibilidades de recursos, de los riesgos naturales y tecnológicos y de su incidencia territorial.

Motivación:

No es lo mismo urbano que urbanístico.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 93

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al artículo 18 apartado 3.b), se propone el siguiente texto:

Informe de los Ayuntamientos afectados por las Directrices, así como de la Delegación del Gobierno, de la Diputación Provincial, del Consejo Comarcal y del correspondiente órgano de gobierno de las mancomunidades de interés general.

Motivación:

Homologar la referencia a órganos de gobierno.

Adaptación a la Ley 7/2013.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 94

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al artículo 18 apartado 6, se propone el siguiente texto:

6. La Junta de Castilla y León aprobará las Directrices de Ordenación de ámbito subregional, mediante Decreto que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y se notificará a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma y a las Diputaciones Provinciales, Consejos Comarcales y mancomunidades de interés general, en su caso, y Municipios afectados. Las Directrices de ámbito subregional atenderán siempre que lo permita el interés general autonómico, las propuestas realizadas por las administraciones locales afectadas.

Motivación:

Se recupera la coherencia entre la jerarquía funcional y la jerarquía normativa de los instrumentos de OT.

Se pretende sustituir un procedimiento complejo y participativo por otro simplificado, unilateral y de mera información a las administraciones destinatarias.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 95

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al artículo 19 apartado 3, se propone el siguiente texto:

"Las modificaciones de las Directrices de Ordenación de ámbito subregional se someterán al procedimiento establecido en el artículo anterior."

Motivación:

Se elimina el siguiente texto para evitar limitar la participación en modificaciones que bien pueden ser tan relevantes como la propia aprobación de las Directrices: "si bien el periodo de información pública y audiencia a las Administraciones públicas será de un mes."

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 96

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, se propone añadir las siguiente modificación a la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León mediante la adición de un nuevo párrafo:

"Se da la siguiente redacción al apartado 3 del artículo 24:

3. Simultáneamente al inicio del periodo de información pública, se solicitará Informe de los Municipios y , en su caso, de las mancomunidades de interés general afectados por el plan o proyecto, salvo en el caso de los PlanesRegionales de ámbito sectorial, en los que el informe corresponderá a la Federación Regional de Municipios y Provincias. Estos informes se entenderán favorables si no se produce resolución expresa en el plazo de cuarenta y cincodías."

Motivación:

Adaptación a la Ley 7/2013.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 97

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al artículo 24 apartado 6, se propone añadir el siguiente texto a continuación del actual:

"Los planes o proyectos regionales atenderán, siempre que lo permita el interés general autonómico, las propuestas realizadas por las administraciones locales afectadas."

Motivación:

Atención preferente a las propuestas de las administraciones locales.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 98

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, se propone la supresión de la modificación que se realiza al artículo 25 apartado 2.

Motivación:

No deben reducirse estos plazos.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 99

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, en la redacción dada al apartado 1 del artículo 29, se propone añadir el siguiente texto a continuación del actual:

"...de ordenación del territorio en la Comunidad Autónoma." ..."... Se garantizará, en número suficiente, la representación social, sindical, empresarial y agrícola-ganadera en el Consejo y sus órganos, así como de todas las administraciones e instituciones."

Motivación:

Debe garantizarse esta representación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 100

Al artículo: 28.

Modificación que se propone:

En el artículo 28, modificaciones de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, se propone añadir las siguiente modificación a la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León mediante la adición de un nuevo párrafo :

"Se da la siguiente redacción al apartado 3 del artículo 29:

"En la composición del Consejo se asegurará la participación de las Administraciones públicas, con criterios que aseguren la pluralidad política, territorial e institucional , y de las organizaciones sociales cuya aportación sea necesaria para asegurar la representación de la pluralidad de intereses afectados para alcanzar el mayor consenso en los procesos de definición y desarrollo de la Ordenación del Territorio en la Comunidad Autónoma."

Motivación:

Se reconoce e incorpora la pluralidad de intereses afectados por los instrumentos de OT.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 101

Al artículo: 29.

Modificación que se propone:

En el artículo 29 apartado 1, se propone la siguiente redacción para la modificación de laletra c) del apartado 3 del artículo 67 de la Ley 10/2013, de 16 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda:

Donde dice:

• La letra c) del apartado 3 del artículo 67, que queda redactada del siguiente modo:

c) En el caso de transmisiones o arrendamientos de una vivienda de protección pública a personas jurídicas públicas o privadas.

Debe decir:

"El artículo 67 queda redactado del siguiente modo:

Artículo 67. El visado de las transmisiones y arrendamientos

1. Las transmisiones de viviendas de protección pública y los contratos de arrendamientos de las viviendas de protección pública sujetas en ambos casos a limitación de precio de venta y renta, así como sus anejos, vinculados o no, deberán presentarse para su visado ante la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en los términos y condiciones previstos reglamentariamente mientras dure su régimen legal de protección.

2. El visado consistirá en una resolución por la que se declare acreditado el cumplimiento de los requisitos objetivos y subjetivos en la adquisición o arrendamiento de una vivienda de protección pública y sus anejos vinculados, así como la inclusión de las cláusulas obligatorias.

Cuando se trate de anejos no vinculados el visado se limitará a comprobar que el precio de la compraventa no exceda del precio máximo legal vigente en el momento de la transmisión.

3. En el caso de segundas y posteriores transmisiones de viviendas de protección pública, el plazo para resolver y notificar la resolución será de 10 días desde que la solicitud de visado haya tenido entrada en el registro del órgano competente para resolver; transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución expresa podrá considerarse estimada la solicitud por silencio administrativo."

Motivación:

Mejor regulación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 102

Al artículo: 29.

Modificación que se propone:

En el artículo 29 apartado 2, por el que se modifica la disposición transitoria segunda de la Ley 10/2013, de 16 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda, se propone la siguiente redacción para dicha DT 2ª:

"Los procedimientos de calificación de viviendas de protección pública así como del resto de actuaciones en materia de vivienda iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán rigiéndose por la normativa vigente a su fecha de inicio hasta su finalización, salvo en cuanto resulten afectados por la presente Ley en aquello que resultase un trato más favorable para el administrado. Los procedimientos de calificación de viviendas de protección pública así como del resto de actuaciones en materia de vivienda iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán rigiéndose por la normativa vigente a su fecha de inicio hasta su finalización, salvo en cuanto resulten afectados por la presente Ley en aquello que resultase un trato más favorable para el administrado.

Motivación:

Mejor regulación y mayores garantías para los ciudadanos.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 103

Al artículo: 30.

Modificación que se propone:

En el artículo 30, modificaciones a la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, en su segundo apartado, modificación del apartado 1 del artículo 28, en el segundo párrafo, donde dice:

"...no se prevean impactos acústicos directos en el emplazamiento de la nueva vivienda..."

debe decir

" ...no se prevean impactos acústicos directos en el emplazamiento de la vivienda..."

Motivación:

Debe eliminarse la referencia a la "nueva" vivienda.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 104

Al artículo: 30.

Modificación que se propone:

En el artículo 30, modificaciones a la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, en su tercer apartado, modificación del apartado 1 del artículo 29, en el segundo párrafo, donde dice:

"Junto a la documentación que deba presentarse a los efectos de obtener la licencia de primera ocupación de las edificaciones citadas en el artículo anterior que precisen dicha licencia,..."

Debe decir

"Junto a la documentación que deba presentarse a los efectos de obtener la licencia de primera ocupación de las edificaciones que precisen dicha licencia,..."

Motivación:

No puede hacer referencia a las viviendas citadas en el apartado anterior, ya que las viviendas nuevas no se rehabilitan, y solo las viviendas nuevas necesitan licencia de primera ocupación.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 105

Al artículo: Disposición Adicional (nueva).

Modificación que se propone:

Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"A efectos de los programas de rehabilitación en la Comunidad de Castilla y León se mantienen las áreas de rehabilitación integral, renovación urbana y similares ya declaradas al amparo de normativas anteriores."

Motivación:

Conviene declarar vigentes las ARI, ARCH, ARU ya en marcha de planes estatales anteriores, para evitar posibles cancelaciones de estas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 106

Al artículo: Disposición Adicional (nueva).

Modificación que se propone:

Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En todo caso, las líneas de transporte y distribución de energía eléctrica, las subestaciones transformadoras y las antenas de imagen, datos o telefonía móvil deberán contar con la correspondiente licencia urbanística.

Motivación:

Cautela que debe establecerse en virtud de las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de salud pública y de protección del medio ambiente.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 107

Al artículo: Disposición Transitoria Tercera.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado b)

Motivación:

No se debe reiniciar el proceso liberalizador del suelo a través de este tratamiento para suelo urbanizable no delimitado.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Medidas sobre rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo:

ENMIENDA N.º 108

Al artículo: Disposición derogatoria.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado b) (El apartado 3 del artículo 21 de la Ley 5/1999...)

Motivación:

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 109

Al artículo: Disposición derogatoria.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado c) (El inciso...)

Motivación:

La modificación de las directrices de Ordenación de ámbito subregional debe realizarse a través de los procedimientos específicos previstos para ello.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 110

Al artículo: Disposición derogatoria.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del apartado d) (La condición...)

Motivación:

No debe modificarse a través de esta Ley.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 111

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión de los apartados I, II y III

Motivación:

El proyecto no da soluciones a los problemas planteados.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 112

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del primer párrafo del apartado IV

Motivación:

No se ajusta a la realidad.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 113

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

En el segundo párrafo del apartado IV se propone la supresión de la expresión "A tal fin..."

Motivación:

Por coherencia con la enmienda anterior.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 114

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

En el cuarto párrafo del apartado V se propone la supresión del texto desde "Destaca también... hasta "... viviendas protegidas"

Motivación:

Por coherencia con las enmiendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 115

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del quinto párrafo del apartado VII (Por último...)

Motivación:

Por coherencia con las enmiendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 116

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del segundo párrafo del apartado VIII. (Muy especial atención...)

Motivación:

Por coherencia con las enmiendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 117

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del cuarto párrafo del apartado VIII (Otras reformas...)

Motivación:

Por coherencia con las enmiendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda

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ENMIENDA N.º 118

Al artículo: Exposición de motivos.

Modificación que se propone:

Se propone la supresión del quinto párrafo del apartado VIII (Una última mención...)

Motivación:

Por coherencia con las enmiendas.

Valladolid, 19 de junio de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


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