PL/000038-02











1. Procedimientos Legislativos

110. Proyectos de Ley
PL/000038-02


Sumario:

Enmiendas a la Totalidad presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León. Enmienda a la Totalidad, con devolución del texto del Proyecto de Ley a la Junta, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Fomento y Medio Ambiente de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 30 de enero de 2015, ha admitido a trámite la Enmienda a la Totalidad con devolución del texto del Proyecto de Ley a la Junta, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León, PL/000038.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de enero de 2015.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA DE TOTALIDAD al Proyecto de Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León:

El Proyecto de Ley remitido a las Cortes presenta un importante retroceso en aspectos de conservación, preservación, recuperación y puesta el valor del Patrimonio Natural de Castilla y León, así como un retroceso en aspectos positivos contemplados en la Ley 8/1991 de Espacios Naturales de Castilla y León, que ahora se deroga.

El Proyecto de Ley tiene una redacción poco concisa y mucho más permisiva respecto a la conservación del Patrimonio Natural de Castilla y León, anteponiendo la planificación urbanística a la planificación medioambiental.

La efectividad y eficacia pretendida por el Proyecto de Ley queda condicionada al desarrollo normativo posterior en numerosos aspectos, a la conversión en presente de numerosos compromisos conjugados en futuros inciertos y condicionados, como por ejemplo a la puesta en marcha por parte de la administración, por elaboración, adaptación o nueva creación, de numerosos registros, normas, listados, redes, planes, fondos, órganos, catálogos, inventarios, etcétera, comprometidos y sin plazos concretos que aseguren su efectividad, así como la de la futura ley.

No se abordan asuntos fundamentales como, por ejemplo, los hábitats de aprovechamiento regulado, de manera que se excluiría de amparo normativo la protección y promoción de estos valores no quedaría tutelada tampoco de forma clara en este Proyecto de Ley.

El Proyecto de Ley deja desamparado el mantenimiento de los Espacios Naturales Protegidos, al no favorecer el desarrollo socioeconómico de las poblaciones locales y de las zonas de influencia, de forma compatible con los objetivos de conservación, pues determina que ayudas técnicas, económicas y financieras en las zonas de influencia socioeconómica de los espacios naturales protegidos, hasta ahora obligatorias por la Ley 8/1991 de Espacios Protegidos de Castilla y León, se conviertan con la futura ley en potestativas y dependientes de la voluntad política de la Junta de Castilla y León.

Es por tanto necesario establecer de forma clara y concisa ayudas e incentivos para fomentar la población, la actividad económica, el desarrollo social y el empleo en las zonas rurales de la comunidad y especialmente si están disponen de algún elemento de protección medioambiental.

El Proyecto de Ley es restrictivo respecto a la participación de los diferentes colectivos implicados, especialmente con las entidades locales, es poco transparente respecto a la información medioambiental y no garantiza financiación suficiente y adecuada para la puesta en marcha de la futura ley.

En determinados aspectos produce inseguridad jurídica, en otros no se garantiza la irretroactividad de las normas.

El Proyecto de Ley presentado no respeta la jerarquía normativa, tampoco existe coordinación con otras leyes lo que puede dar lugar a incompatibilidades, y manifiesta un profundo desconocimiento de programas gestionados y desarrollados por otras consejerías con los que puede entrar en confrontación.

Por estos motivos se solicita la devolución del Proyecto de Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León a la Junta de Castilla y León.

Valladolid, 15 de enero de 2015.

LA PORTAVOZ,

Fdo.: Ana María Carmen Redondo García


PL/000038-02

CVE="BOCCL-08-022692"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 54549-54550
BOCCL nº 503/8 del 3/2/2015
CVE: BOCCL-08-022692

1. Procedimientos Legislativos
110. Proyectos de Ley
PL/000038-02
Enmiendas a la Totalidad presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León. Enmienda a la Totalidad, con devolución del texto del Proyecto de Ley a la Junta, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Fomento y Medio Ambiente de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 30 de enero de 2015, ha admitido a trámite la Enmienda a la Totalidad con devolución del texto del Proyecto de Ley a la Junta, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León, PL/000038.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de enero de 2015.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA DE TOTALIDAD al Proyecto de Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León:

El Proyecto de Ley remitido a las Cortes presenta un importante retroceso en aspectos de conservación, preservación, recuperación y puesta el valor del Patrimonio Natural de Castilla y León, así como un retroceso en aspectos positivos contemplados en la Ley 8/1991 de Espacios Naturales de Castilla y León, que ahora se deroga.

El Proyecto de Ley tiene una redacción poco concisa y mucho más permisiva respecto a la conservación del Patrimonio Natural de Castilla y León, anteponiendo la planificación urbanística a la planificación medioambiental.

La efectividad y eficacia pretendida por el Proyecto de Ley queda condicionada al desarrollo normativo posterior en numerosos aspectos, a la conversión en presente de numerosos compromisos conjugados en futuros inciertos y condicionados, como por ejemplo a la puesta en marcha por parte de la administración, por elaboración, adaptación o nueva creación, de numerosos registros, normas, listados, redes, planes, fondos, órganos, catálogos, inventarios, etcétera, comprometidos y sin plazos concretos que aseguren su efectividad, así como la de la futura ley.

No se abordan asuntos fundamentales como, por ejemplo, los hábitats de aprovechamiento regulado, de manera que se excluiría de amparo normativo la protección y promoción de estos valores no quedaría tutelada tampoco de forma clara en este Proyecto de Ley.

El Proyecto de Ley deja desamparado el mantenimiento de los Espacios Naturales Protegidos, al no favorecer el desarrollo socioeconómico de las poblaciones locales y de las zonas de influencia, de forma compatible con los objetivos de conservación, pues determina que ayudas técnicas, económicas y financieras en las zonas de influencia socioeconómica de los espacios naturales protegidos, hasta ahora obligatorias por la Ley 8/1991 de Espacios Protegidos de Castilla y León, se conviertan con la futura ley en potestativas y dependientes de la voluntad política de la Junta de Castilla y León.

Es por tanto necesario establecer de forma clara y concisa ayudas e incentivos para fomentar la población, la actividad económica, el desarrollo social y el empleo en las zonas rurales de la comunidad y especialmente si están disponen de algún elemento de protección medioambiental.

El Proyecto de Ley es restrictivo respecto a la participación de los diferentes colectivos implicados, especialmente con las entidades locales, es poco transparente respecto a la información medioambiental y no garantiza financiación suficiente y adecuada para la puesta en marcha de la futura ley.

En determinados aspectos produce inseguridad jurídica, en otros no se garantiza la irretroactividad de las normas.

El Proyecto de Ley presentado no respeta la jerarquía normativa, tampoco existe coordinación con otras leyes lo que puede dar lugar a incompatibilidades, y manifiesta un profundo desconocimiento de programas gestionados y desarrollados por otras consejerías con los que puede entrar en confrontación.

Por estos motivos se solicita la devolución del Proyecto de Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León a la Junta de Castilla y León.

Valladolid, 15 de enero de 2015.

LA PORTAVOZ,

Fdo.: Ana María Carmen Redondo García


PL/000038-02

CVE="BOCCL-08-022692"



Sede de las Cortes de Castilla y León