OTC/000001-01











2. Declaración Institucional, Convenios, Acuerdos y Comunicaciones

240. Comunicaciones
OTC/000001-01


Sumario:

Comunicación de la Presidencia de la Junta de Castilla y León dando cuenta a las Cortes de Castilla y León del Decreto 2/2015, de 7 de julio, de reestructuración de consejerías y de los Acuerdos 6/2015, 7/2015 y 8/2015, de 7 de julio, por los que se formaliza el fin de las funciones de los Consejeros de la Junta de Castilla y León, por el que se nombra Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León a D.ª Rosa María Valdeón Santiago y por el que se nombran Consejeros de la Junta de Castilla y León, respectivamente.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León de la Comunicación de la Presidencia de la Junta de Castilla y León dando cuenta a las Cortes de Castilla y León del Decreto 2/2015, de 7 de julio, de reestructuración de consejerías y de los Acuerdos 6/2015, 7/2015 y 8/2015, de 7 de julio, por los que se formaliza el fin de las funciones de los Consejeros de la Junta de Castilla y León, por el que se nombra Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León a D.ª Rosa María Valdeón Santiago y por el que se nombran Consejeros de la Junta de Castilla y León, respectivamente.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de julio de 2015.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.12 y 45.1 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, tengo el honor de comunicar a V. E. que por Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, se ha reestructurado la organización administrativa de la Junta de Castilla y León.

Asimismo, y al amparo del artículo 27.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y los artículos 7.2 y 25 de la Ley citada en el párrafo anterior; y por Acuerdo 6/2015, del Presidente de la Junta de Castilla y León, se ha dispuesto el fin de las funciones de los Consejeros de la Junta de Castilla y León.

Por otra parte, y conforme a lo previsto en el artículo 27.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y en los artículos 7.2 y 23.1 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y por Acuerdo 7/2015, del Presidente de la Junta de Castilla y León, se nombra Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León a D.ª Rosa María Valdeón Santiago.

Finalmente, y al amparo del artículo 27.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y en los artículos 7.2 y 25 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y por Acuerdo 8/2015, del Presidente de la Junta de Castilla y León, se dispone el nombramiento de:

- Consejero de la Presidencia a D. José Antonio de Santiago-Juárez López.

- Consejera de Economía y Hacienda a D.ª Pilar del Olmo Moro.

- Consejera de Empleo a D.ª Rosa María Valdeón Santiago.

- Consejero de Fomento y Medio Ambiente a D. Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.

- Consejera de Agricultura y Ganadería a D.ª Milagros Marcos Ortega.

- Consejero de Sanidad a D. Antonio María Sáez Aguado.

- Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades a D.ª Alicia García Rodríguez.

- Consejero de Educación a D. Fernando Rey Martínez.

- Consejera de Cultura y Turismo a D.ª María Josefa García Cirac.

Lo que comunico a V. E. a los efectos oportunos, acompañándole copia del Decreto y Acuerdos anteriormente mencionados.

Valladolid, 10 de julio de 2015.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

José Antonio de Santiago-Juárez López

DECRETO 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías.

El ejercicio de las políticas públicas implica la necesidad de establecer la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con la finalidad de alcanzar una eficaz acción de gobierno.

En su virtud, y de acuerdo con los artículos 7.12 y 45.1 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, según los cuales la creación, modificación y supresión de Consejerías corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León mediante Decreto,

DISPONGO

Artículo 1. Organización departamental de la Administración.

1.– La Administración de la Comunidad de Castilla y León se organiza en los siguientes departamentos:

– Consejería de la Presidencia

– Consejería de Economía y Hacienda

– Consejería de Empleo

– Consejería de Fomento y Medio Ambiente

– Consejería de Agricultura y Ganadería

– Consejería de Sanidad

– Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

– Consejería de Educación

– Consejería de Cultura y Turismo

2.– El orden de prelación de las Consejerías será el establecido en el apartado anterior.

Artículo 2. Distribución de competencias.

a) La Consejería de la Presidencia ejercerá las competencias que tenía atribuidas hasta el momento excepto las referidas a colegios profesionales y asumirá las de atención al ciudadano, simplificación administrativa, función pública, prevención de riesgos laborales, inspección y calidad de los servicios hasta ahora atribuidas a la Consejería de Hacienda.

Además, corresponderá a esta Consejería el impulso y seguimiento del Programa de Gobierno y en especial de las medidas de regeneración democrática y calidad política.

b) La Consejería de Economía y Hacienda ejercerá las competencias que hasta ahora correspondían a la Consejería de Hacienda excepto las atribuidas por el presente Decreto a la Consejería de la Presidencia y las referidas a la informática y red corporativa. Igualmente asumirá las competencias en materia de colegios profesionales hasta ahora encomendadas a la Consejería de la Presidencia y las competencias que hasta ahora correspondían a la Consejería de Economía y Empleo excepto las competencias en materia de ejecución de la legislación laboral, política de seguridad y salud laboral y economía social.

A esta Consejería estarán adscritos la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León y el Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León.

Corresponderá a esta Consejería la gestión administrativa de las Delegaciones Territoriales.

c) La Consejería de Empleo ejercerá las competencias en materia de ejecución de la legislación laboral, de economía social y la política de seguridad y salud laboral que hasta el momento correspondían a la Consejería de Economía y Empleo.

A esta Consejería estará adscrito el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

d) La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, además de las competencias que hasta el momento tenía atribuidas, ejercerá las competencias en materia de informática y red corporativa que hasta ahora correspondían a la Consejería de Hacienda.

e) El resto de Consejerías enumeradas en el artículo 1.1 de este decreto ejercerán las competencias hasta ahora atribuidas y mantendrán la adscripción de las entidades de la Administración Institucional actuales.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Adaptación de referencias competenciales.

Las referencias que en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se realizan al Consejero de Presidencia y Administración Territorial, se entenderán efectuadas, a partir de la entrada en vigor del presente decreto al titular de la Consejería de Economía y Hacienda.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera. Denominación y atribuciones orgánicas.

Hasta la entrada en vigor de los correspondientes decretos de estructura orgánica, todos los órganos actualmente existentes con rango inferior a Consejero, conservarán su denominación y atribuciones, bajo la dependencia que se dispone en este decreto.

Segunda. Gestión de créditos presupuestarios de personal.

Los funcionarios y demás personal afectado por las modificaciones establecidas en este decreto seguirán percibiendo sus retribuciones con cargo a los créditos presupuestarios a los que venían imputándose hasta que se proceda a las correspondientes adaptaciones presupuestarias.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Determinación de atribuciones orgánicas.

Las correspondientes normas de estructura orgánica procederán a la determinación del contenido de las atribuciones a que se refiere el presente decreto, así como de los órganos encargados de desarrollarlas.

Segunda. Autorización de transferencias y habilitaciones de crédito.

Se autoriza a la Consejería de Economía y Hacienda para efectuar o, en su caso, proponer a la Junta, las transferencias y habilitaciones de crédito necesarias, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el presente decreto.

Tercera. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 7 de julio de 2015.

El Presidente,

Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo

ACUERDO 6/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se formaliza el fin de las funciones de los Consejeros de la Junta de Castilla y León.

De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, adopto el siguiente

ACUERDO

Declarar el fin de las funciones de D. José Antonio de Santiago-Juárez López, como Consejero de la Presidencia; D.ª Pilar del Olmo Moro, como Consejera de Hacienda; D. Tomás Villanueva Rodríguez, como Consejero de Economía y Empleo; D. Antonio María Sáez Aguado, como Consejero de Sanidad; D.ª Milagros Marcos Ortega, como Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades; D. Juan José Mateos Otero, como Consejero de Educación; y D.ª Alicia García Rodríguez, como Consejera de Cultura y Turismo.

Valladolid, 7 de julio de 2015.

El Presidente,

Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo

ACUERDO 7/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se nombra Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León a D.ª Rosa María Valdeón Santiago.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León y en los artículos 7 y 23 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, adopto el siguiente

ACUERDO

Nombrar a D.ª Rosa María Valdeón Santiago Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León.

Valladolid, 7 de julio de 2015.

El Presidente,Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo

ACUERDO 8/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se nombran Consejeros de la Junta de Castilla y León.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y en los artículos 7 y 25 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, adopto el siguiente

ACUERDO

Nombrar:

– Consejero de la Presidencia a D. José Antonio de Santiago-Juárez López.

– Consejera de Economía y Hacienda a D.ª Pilar del Olmo Moro.

– Consejera de Empleo a D.ª Rosa María Valdeón Santiago.

– Consejero de Fomento y Medio Ambiente a D. Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.

– Consejera de Agricultura y Ganadería a D.ª Milagros Marcos Ortega. – Consejero de Sanidad a D. Antonio María Sáez Aguado.

– Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades a D.ª Alicia García Rodríguez.

– Consejero de Educación a D. Fernando Rey Martínez.

– Consejera de Cultura y Turismo a D.ª María Josefa García Cirac.

Valladolid, 7 de julio de 2015.

El Presidente,

Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo


OTC/000001-01

CVE="BOCCL-09-000058"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 83-88
BOCCL nº 8/9 del 27/7/2015
CVE: BOCCL-09-000058

2. Declaración Institucional, Convenios, Acuerdos y Comunicaciones
240. Comunicaciones
OTC/000001-01
Comunicación de la Presidencia de la Junta de Castilla y León dando cuenta a las Cortes de Castilla y León del Decreto 2/2015, de 7 de julio, de reestructuración de consejerías y de los Acuerdos 6/2015, 7/2015 y 8/2015, de 7 de julio, por los que se formaliza el fin de las funciones de los Consejeros de la Junta de Castilla y León, por el que se nombra Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León a D.ª Rosa María Valdeón Santiago y por el que se nombran Consejeros de la Junta de Castilla y León, respectivamente.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León de la Comunicación de la Presidencia de la Junta de Castilla y León dando cuenta a las Cortes de Castilla y León del Decreto 2/2015, de 7 de julio, de reestructuración de consejerías y de los Acuerdos 6/2015, 7/2015 y 8/2015, de 7 de julio, por los que se formaliza el fin de las funciones de los Consejeros de la Junta de Castilla y León, por el que se nombra Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León a D.ª Rosa María Valdeón Santiago y por el que se nombran Consejeros de la Junta de Castilla y León, respectivamente.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de julio de 2015.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.12 y 45.1 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, tengo el honor de comunicar a V. E. que por Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, se ha reestructurado la organización administrativa de la Junta de Castilla y León.

Asimismo, y al amparo del artículo 27.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y los artículos 7.2 y 25 de la Ley citada en el párrafo anterior; y por Acuerdo 6/2015, del Presidente de la Junta de Castilla y León, se ha dispuesto el fin de las funciones de los Consejeros de la Junta de Castilla y León.

Por otra parte, y conforme a lo previsto en el artículo 27.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y en los artículos 7.2 y 23.1 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y por Acuerdo 7/2015, del Presidente de la Junta de Castilla y León, se nombra Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León a D.ª Rosa María Valdeón Santiago.

Finalmente, y al amparo del artículo 27.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y en los artículos 7.2 y 25 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y por Acuerdo 8/2015, del Presidente de la Junta de Castilla y León, se dispone el nombramiento de:

- Consejero de la Presidencia a D. José Antonio de Santiago-Juárez López.

- Consejera de Economía y Hacienda a D.ª Pilar del Olmo Moro.

- Consejera de Empleo a D.ª Rosa María Valdeón Santiago.

- Consejero de Fomento y Medio Ambiente a D. Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.

- Consejera de Agricultura y Ganadería a D.ª Milagros Marcos Ortega.

- Consejero de Sanidad a D. Antonio María Sáez Aguado.

- Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades a D.ª Alicia García Rodríguez.

- Consejero de Educación a D. Fernando Rey Martínez.

- Consejera de Cultura y Turismo a D.ª María Josefa García Cirac.

Lo que comunico a V. E. a los efectos oportunos, acompañándole copia del Decreto y Acuerdos anteriormente mencionados.

Valladolid, 10 de julio de 2015.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

José Antonio de Santiago-Juárez López

DECRETO 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías.

El ejercicio de las políticas públicas implica la necesidad de establecer la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con la finalidad de alcanzar una eficaz acción de gobierno.

En su virtud, y de acuerdo con los artículos 7.12 y 45.1 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, según los cuales la creación, modificación y supresión de Consejerías corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León mediante Decreto,

DISPONGO

Artículo 1. Organización departamental de la Administración.

1.– La Administración de la Comunidad de Castilla y León se organiza en los siguientes departamentos:

– Consejería de la Presidencia

– Consejería de Economía y Hacienda

– Consejería de Empleo

– Consejería de Fomento y Medio Ambiente

– Consejería de Agricultura y Ganadería

– Consejería de Sanidad

– Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

– Consejería de Educación

– Consejería de Cultura y Turismo

2.– El orden de prelación de las Consejerías será el establecido en el apartado anterior.

Artículo 2. Distribución de competencias.

a) La Consejería de la Presidencia ejercerá las competencias que tenía atribuidas hasta el momento excepto las referidas a colegios profesionales y asumirá las de atención al ciudadano, simplificación administrativa, función pública, prevención de riesgos laborales, inspección y calidad de los servicios hasta ahora atribuidas a la Consejería de Hacienda.

Además, corresponderá a esta Consejería el impulso y seguimiento del Programa de Gobierno y en especial de las medidas de regeneración democrática y calidad política.

b) La Consejería de Economía y Hacienda ejercerá las competencias que hasta ahora correspondían a la Consejería de Hacienda excepto las atribuidas por el presente Decreto a la Consejería de la Presidencia y las referidas a la informática y red corporativa. Igualmente asumirá las competencias en materia de colegios profesionales hasta ahora encomendadas a la Consejería de la Presidencia y las competencias que hasta ahora correspondían a la Consejería de Economía y Empleo excepto las competencias en materia de ejecución de la legislación laboral, política de seguridad y salud laboral y economía social.

A esta Consejería estarán adscritos la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León y el Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León.

Corresponderá a esta Consejería la gestión administrativa de las Delegaciones Territoriales.

c) La Consejería de Empleo ejercerá las competencias en materia de ejecución de la legislación laboral, de economía social y la política de seguridad y salud laboral que hasta el momento correspondían a la Consejería de Economía y Empleo.

A esta Consejería estará adscrito el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

d) La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, además de las competencias que hasta el momento tenía atribuidas, ejercerá las competencias en materia de informática y red corporativa que hasta ahora correspondían a la Consejería de Hacienda.

e) El resto de Consejerías enumeradas en el artículo 1.1 de este decreto ejercerán las competencias hasta ahora atribuidas y mantendrán la adscripción de las entidades de la Administración Institucional actuales.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Adaptación de referencias competenciales.

Las referencias que en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se realizan al Consejero de Presidencia y Administración Territorial, se entenderán efectuadas, a partir de la entrada en vigor del presente decreto al titular de la Consejería de Economía y Hacienda.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera. Denominación y atribuciones orgánicas.

Hasta la entrada en vigor de los correspondientes decretos de estructura orgánica, todos los órganos actualmente existentes con rango inferior a Consejero, conservarán su denominación y atribuciones, bajo la dependencia que se dispone en este decreto.

Segunda. Gestión de créditos presupuestarios de personal.

Los funcionarios y demás personal afectado por las modificaciones establecidas en este decreto seguirán percibiendo sus retribuciones con cargo a los créditos presupuestarios a los que venían imputándose hasta que se proceda a las correspondientes adaptaciones presupuestarias.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Determinación de atribuciones orgánicas.

Las correspondientes normas de estructura orgánica procederán a la determinación del contenido de las atribuciones a que se refiere el presente decreto, así como de los órganos encargados de desarrollarlas.

Segunda. Autorización de transferencias y habilitaciones de crédito.

Se autoriza a la Consejería de Economía y Hacienda para efectuar o, en su caso, proponer a la Junta, las transferencias y habilitaciones de crédito necesarias, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el presente decreto.

Tercera. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 7 de julio de 2015.

El Presidente,

Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo

ACUERDO 6/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se formaliza el fin de las funciones de los Consejeros de la Junta de Castilla y León.

De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, adopto el siguiente

ACUERDO

Declarar el fin de las funciones de D. José Antonio de Santiago-Juárez López, como Consejero de la Presidencia; D.ª Pilar del Olmo Moro, como Consejera de Hacienda; D. Tomás Villanueva Rodríguez, como Consejero de Economía y Empleo; D. Antonio María Sáez Aguado, como Consejero de Sanidad; D.ª Milagros Marcos Ortega, como Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades; D. Juan José Mateos Otero, como Consejero de Educación; y D.ª Alicia García Rodríguez, como Consejera de Cultura y Turismo.

Valladolid, 7 de julio de 2015.

El Presidente,

Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo

ACUERDO 7/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se nombra Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León a D.ª Rosa María Valdeón Santiago.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León y en los artículos 7 y 23 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, adopto el siguiente

ACUERDO

Nombrar a D.ª Rosa María Valdeón Santiago Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León.

Valladolid, 7 de julio de 2015.

El Presidente,Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo

ACUERDO 8/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se nombran Consejeros de la Junta de Castilla y León.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y en los artículos 7 y 25 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, adopto el siguiente

ACUERDO

Nombrar:

– Consejero de la Presidencia a D. José Antonio de Santiago-Juárez López.

– Consejera de Economía y Hacienda a D.ª Pilar del Olmo Moro.

– Consejera de Empleo a D.ª Rosa María Valdeón Santiago.

– Consejero de Fomento y Medio Ambiente a D. Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.

– Consejera de Agricultura y Ganadería a D.ª Milagros Marcos Ortega. – Consejero de Sanidad a D. Antonio María Sáez Aguado.

– Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades a D.ª Alicia García Rodríguez.

– Consejero de Educación a D. Fernando Rey Martínez.

– Consejera de Cultura y Turismo a D.ª María Josefa García Cirac.

Valladolid, 7 de julio de 2015.

El Presidente,

Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo


OTC/000001-01

CVE="BOCCL-09-000058"



Sede de las Cortes de Castilla y León