PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de agosto de 2015, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000032, presentada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, instando a la Junta de Castilla y León a exigir al Gobierno de España la adopción de medidas en relación con las brigadas de refuerzo contra incendios forestales.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de agosto de 2015.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Luis Aceves Galindo y Ana Agudíez Calvo, Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:
ANTECEDENTES
El desarrollo estatal y las transferencias de servicios y competencias en materia de seguridad, protección de la vida, los bienes y el medio ambiente han creado diferencias fundamentales a lo largo del tiempo (aun integrándose en organismos con solo la función de ser deliberantes y consultivos) que estimamos no garantizan el mismo derecho de todos los ciudadanos a la protección de la vida, su seguridad, la protección de los bienes personales y, en un todo general, el medio ambiente.
La Constitución Española, y los sucesivos análisis en las sucesivas sentencias del Tribunal Constitucional, valoran la realidad de la estructura de funcionamiento como partes de un todo, dentro de un sistema global, en donde todas las Administraciones quedan trabadas por este concepto.
Por su parte, la Ley 4/1999, que reforma la referida anteriormente, reconoce una mayor sensibilidad y se menciona el principio de lealtad institucional "como criterio rector que facilite la cooperación entre las diferentes Administraciones Públicas".
Si entendemos el medio ambiente como un sistema formado por elementos naturales y artificiales, como una forma de vida de parte importante de la sociedad en el Estado Español, que incluye valores sociales, culturales y naturales, es fundamental para las generaciones actuales y futuras la conservación del ecosistema y sobre todo el impacto de éste en el importante aspecto socioeconómico.
Por ello, se hace necesario que el Gobierno y las diferentes fuerzas políticas del arco parlamentario reconozcan al colectivo BRIF como único medio a nivel estatal y se les reconozca la categoría de bomberos forestales, ya que luchan en la prevención y la extinción de los incendios forestales.
Esto último provocará que cesen las diferencias de condiciones que afectan al principio de igualdad reconocido en el art. 14 de la Constitución Española.
Otro aspecto importante, la NO privatización de este servicio de extinción de incendios. El fututo de los Bomberos Forestales BRIF debe formar parte de la Administración Pública, y por tanto, gozar de todas las potestades y dependencias por el hecho de pertenecer a ella. La prevención y extinción de los incendios tiene una indudable utilidad pública que no se puede dejar en manos de subcontratas privadas por varios aspectos:
1. Seguridad de los ciudadanos del Estado a la protección de la vida, sus bienes materiales y el medioambiente donde residen y forman su espacio socioeconómico en varias vertientes.
2. Gestión del dinero público, donde se invierta en un servicio altamente profesional y dependiente directamente de la administración, donde se ahorraría dinero al contribuyente sin alterar las prestaciones del servicio.
En Castilla y León prestan su servicio tres BRIF, situadas en Tabuyo del Monte (León), Lubia (Soria) y Puerto el Pico (Ávila).
Es por lo que presentamos la siguiente Proposición no de Ley con el fin de que se cree un marco común legal que garantice la igualdad de los administrados y la certeza de estos de una actuación administrativa homogénea.
Por todo ello se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que exija al Gobierno de España a adoptar, en su caso, en colaboración con el resto de Administraciones Públicas, las medidas oportunas para que:
1. Se produzca el reconocimiento a todas y todos los trabajadores BRIF la categoría laboral de Bombero Forestal.
2. Se regule la segunda actividad dentro de los Servicios, atendiendo a unos coeficientes de peligrosidad, penosidad, turnicidad, disponibilidad, localización, exposición a riesgos y número de accidentes.
3. Se apliquen coeficientes reductores para la edad de jubilación de las trabajadoras y trabajadores BRIF, según grupo profesional y categoría, atendiendo además a los coeficientes de peligrosidad y penosidad.
4. En el plano de la formación para las trabajadoras y trabajadores BRIF en activo, sea de obligado cumplimiento recibir la especificada en el RD 624/2013 de 2 de agosto (BOE 17 de septiembre de 2013, pág. 71048) y la obtención del Certificado de Profesionalidad en él contemplado.
5. Sea obligatorio que este servicio sea considerado como esencial para el conjunto de la sociedad y se contemplen como tales en todos los planes de emergencias nacionales y en la Ley Nacional de Protección Civil, siendo las BRIF el único dispositivo de ámbito Nacional y de refuerzo a las CCAA, con una sola uniformidad e identificación ante la ciudadanía, al igual que otros muchos Servicios Públicos.
6. Pasen las BRIF a la dependencia laboral directa, orgánica y funcional de la Administración Pública, como responsable originaria y obligada que es de la prestación de los Servicios, creando para ello la o las necesarias mesas de negociación con presencia de los agentes sociales y representantes del colectivo afectado, a fin de mejorar la calidad del servicio.
7. Se contrate todo el año el personal BRIF que lo compone, manteniendo y ampliando para ello tareas que vayan más allá de la estacionalidad de las temporadas de riesgo, en tareas preventivas, de mantenimiento y de formación teórico-práctica.
8. Se hagan unos concursos públicos, transparentes y con igualdad de condiciones sobre la selección de personal BRIF de nueva incorporación, concursos de traslados y todo lo referente sobre las plazas del personal del servicio, donde se cree una bolsa de trabajo pública”.
Valladolid, 20 de julio de 2015.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Luis Aceves Galindo y
Ana María Agudíez Calvo
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000032-01
CVE="BOCCL-09-000104"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de agosto de 2015, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000032, presentada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, instando a la Junta de Castilla y León a exigir al Gobierno de España la adopción de medidas en relación con las brigadas de refuerzo contra incendios forestales.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de agosto de 2015.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Luis Aceves Galindo y Ana Agudíez Calvo, Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:
ANTECEDENTES
El desarrollo estatal y las transferencias de servicios y competencias en materia de seguridad, protección de la vida, los bienes y el medio ambiente han creado diferencias fundamentales a lo largo del tiempo (aun integrándose en organismos con solo la función de ser deliberantes y consultivos) que estimamos no garantizan el mismo derecho de todos los ciudadanos a la protección de la vida, su seguridad, la protección de los bienes personales y, en un todo general, el medio ambiente.
La Constitución Española, y los sucesivos análisis en las sucesivas sentencias del Tribunal Constitucional, valoran la realidad de la estructura de funcionamiento como partes de un todo, dentro de un sistema global, en donde todas las Administraciones quedan trabadas por este concepto.
Por su parte, la Ley 4/1999, que reforma la referida anteriormente, reconoce una mayor sensibilidad y se menciona el principio de lealtad institucional "como criterio rector que facilite la cooperación entre las diferentes Administraciones Públicas".
Si entendemos el medio ambiente como un sistema formado por elementos naturales y artificiales, como una forma de vida de parte importante de la sociedad en el Estado Español, que incluye valores sociales, culturales y naturales, es fundamental para las generaciones actuales y futuras la conservación del ecosistema y sobre todo el impacto de éste en el importante aspecto socioeconómico.
Por ello, se hace necesario que el Gobierno y las diferentes fuerzas políticas del arco parlamentario reconozcan al colectivo BRIF como único medio a nivel estatal y se les reconozca la categoría de bomberos forestales, ya que luchan en la prevención y la extinción de los incendios forestales.
Esto último provocará que cesen las diferencias de condiciones que afectan al principio de igualdad reconocido en el art. 14 de la Constitución Española.
Otro aspecto importante, la NO privatización de este servicio de extinción de incendios. El fututo de los Bomberos Forestales BRIF debe formar parte de la Administración Pública, y por tanto, gozar de todas las potestades y dependencias por el hecho de pertenecer a ella. La prevención y extinción de los incendios tiene una indudable utilidad pública que no se puede dejar en manos de subcontratas privadas por varios aspectos:
1. Seguridad de los ciudadanos del Estado a la protección de la vida, sus bienes materiales y el medioambiente donde residen y forman su espacio socioeconómico en varias vertientes.
2. Gestión del dinero público, donde se invierta en un servicio altamente profesional y dependiente directamente de la administración, donde se ahorraría dinero al contribuyente sin alterar las prestaciones del servicio.
En Castilla y León prestan su servicio tres BRIF, situadas en Tabuyo del Monte (León), Lubia (Soria) y Puerto el Pico (Ávila).
Es por lo que presentamos la siguiente Proposición no de Ley con el fin de que se cree un marco común legal que garantice la igualdad de los administrados y la certeza de estos de una actuación administrativa homogénea.
Por todo ello se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que exija al Gobierno de España a adoptar, en su caso, en colaboración con el resto de Administraciones Públicas, las medidas oportunas para que:
1. Se produzca el reconocimiento a todas y todos los trabajadores BRIF la categoría laboral de Bombero Forestal.
2. Se regule la segunda actividad dentro de los Servicios, atendiendo a unos coeficientes de peligrosidad, penosidad, turnicidad, disponibilidad, localización, exposición a riesgos y número de accidentes.
3. Se apliquen coeficientes reductores para la edad de jubilación de las trabajadoras y trabajadores BRIF, según grupo profesional y categoría, atendiendo además a los coeficientes de peligrosidad y penosidad.
4. En el plano de la formación para las trabajadoras y trabajadores BRIF en activo, sea de obligado cumplimiento recibir la especificada en el RD 624/2013 de 2 de agosto (BOE 17 de septiembre de 2013, pág. 71048) y la obtención del Certificado de Profesionalidad en él contemplado.
5. Sea obligatorio que este servicio sea considerado como esencial para el conjunto de la sociedad y se contemplen como tales en todos los planes de emergencias nacionales y en la Ley Nacional de Protección Civil, siendo las BRIF el único dispositivo de ámbito Nacional y de refuerzo a las CCAA, con una sola uniformidad e identificación ante la ciudadanía, al igual que otros muchos Servicios Públicos.
6. Pasen las BRIF a la dependencia laboral directa, orgánica y funcional de la Administración Pública, como responsable originaria y obligada que es de la prestación de los Servicios, creando para ello la o las necesarias mesas de negociación con presencia de los agentes sociales y representantes del colectivo afectado, a fin de mejorar la calidad del servicio.
7. Se contrate todo el año el personal BRIF que lo compone, manteniendo y ampliando para ello tareas que vayan más allá de la estacionalidad de las temporadas de riesgo, en tareas preventivas, de mantenimiento y de formación teórico-práctica.
8. Se hagan unos concursos públicos, transparentes y con igualdad de condiciones sobre la selección de personal BRIF de nueva incorporación, concursos de traslados y todo lo referente sobre las plazas del personal del servicio, donde se cree una bolsa de trabajo pública”.
Valladolid, 20 de julio de 2015.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Luis Aceves Galindo y
Ana María Agudíez Calvo
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000032-01
CVE="BOCCL-09-000104"