PNL/000279-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000279-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo, D. Celestino Rodríguez Rubio, Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, D. Juan Carlos Montero Muñoz y Dña. María Consolación Pablos Labajo, instando a la Junta de Castilla y León a parar la licitación para contratar un servicio de rescate y salvamento y formalizar este servicio con características públicas, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 23 de octubre de 2015, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000279, presentada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo, D. Celestino Rodríguez Rubio, Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, D. Juan Carlos Montero Muñoz y Dña. María Consolación Pablos Labajo, instando a la Junta de Castilla y León a parar la licitación para contratar un servicio de rescate y salvamento y formalizar este servicio con características públicas.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de octubre de 2015.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Luis Aceves Galindo, Celestino Rodríguez Rubio, Ana María Muñoz de la Peña González, Juan Carlos Montero Muñoz y Consolación Pablos Labajo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

La Comunidad de Castilla y León viene ejerciendo las competencias que el Estatuto de Autonomía le atribuye en todas las materias que afectan a la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente, en especial las recogidas en los artículos 70 y 71, ya sea como competencias exclusivas o de desarrollo normativo. Por ello se indican las relativas a ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, ferrocarriles, carreteras y caminos que transcurran íntegramente por el territorio de la Comunidad y, en los mismos términos, los transportes terrestres, fluviales, por cable o tubería, aeropuertos y helipuertos que no desarrollen actividades comerciales, asistencia social, servicios sociales y desarrollo comunitario, espectáculos, industria, instalaciones de producción, de distribución y de transporte de cualesquier energías. También las referentes a vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones, coordinación de policías locales, y la promoción, prevención y restauración de la salud, protección del medio ambiente, montes, aprovechamientos y servicios forestales, así como transporte de mercancías y viajeros.

La LEY 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, establece el marco normativo de protección ciudadana en nuestra Comunidad Autónoma, ordenando y regulando las actuaciones y actividades dirigidas a la protección de las personas frente a los riesgos derivados de fenómenos naturales, tecnológicos o sociales.

Dicho texto legal establece en su Artículo 37 que tendrán la consideración de servicios esenciales para la asistencia ciudadana:

a) Los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.

b) Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

c) Los servicios de asistencia sanitaria en emergencias.

d) Los servicios de lucha contra incendios forestales.

e) Los servicios de socorro, rescate y salvamento.

Además en su Artículo 38 establece que los bomberos profesionales ostentan el carácter de agente de la autoridad en el ejercicio de las funciones encomendadas.

Igualmente, no podemos obviar que en nuestro ordenamiento jurídico está consolidado que las funciones públicas, cuyo cumplimiento queda reservado a funcionarios de carrera, implican ejercicio de autoridad general, y se reservan a los funcionarios para la mejor garantía de la objetividad, imparcialidad e independencia en el ejercicio de dichas funciones públicas.

La Junta de Castilla y León, al amparo de lo recogido en la Ley de Protección Ciudadana de la Comunidad, constituyó el Grupo de Rescate y Salvamento, formado por bomberos profesionales de los distintos parques municipales de Castilla y León, prestando dicho servicio a través de una asociación, empezando su actividad a finales del año 2006. Desde entonces tiene su base en la localidad vallisoletana de Alcazarén, desde la que se puede alcanzar el 90 por ciento del territorio de la Comunidad en un tiempo inferior a una hora de vuelo.

Esta asociación de bomberos implicados en la creación del grupo arrancaron de cero este proyecto, creando técnicas y procedimientos, organizando el servicio, llevando a cabo una labor preventiva hacia la sociedad y, en definitiva, consagrando este nuevo Grupo de Rescate a un nivel altamente destacado.

Dicho grupo de bomberos profesionales han intervenido en rescates en montaña, rescates acuáticos, rescates urbanos, rescates en simas y cuevas, búsquedas de desaparecidos, etc. En este periodo fueron rescatadas más de 650 personas en zonas de acceso difícil, en lugares inaccesibles para cualquier otro medio de actuación, todas ellas rescatadas con la máxima entrega, dedicación y profesionalidad.

Como podemos comprobar este servicio de Rescate público de la Junta de Castilla y León ha actuado de forma permanente en el territorio de Castilla y León, e incluso fuera de él, como, por ejemplo, tras el trágico terremoto de Haití.

De hecho, la satisfacción por el servicio público efectuado por estos profesionales llevó a que el Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera, recibiera el día 25 de enero de 2010, en la sede del Gobierno regional, al Grupo de Rescate de la Consejería de Interior y Justicia de la Junta de Castilla y León, del que formaban parte los sietes bomberos profesionales que habían participado durante siete días en misiones de rescate en Puerto Príncipe, la capital de Haití, que se vio seriamente afectada por un terrible terremoto el día 12 de enero de aquel año.

Hasta marzo de 2015 el Grupo de Rescate de Castilla y León (GRS) estaba formado por 30 bomberos profesionales, que ofrecían un servicio integral de rescate, aéreo y terrestre, todos los días del año, las 24 horas del día, repartidos por todo el territorio de la Comunidad. Desde sus inicios, el colectivo de bomberos profesionales buscó la negociación con la Junta de Castilla y León para buscar la regularización del GRS como marcaba la ley y para que se integrase dentro de los propios cuerpos de bomberos, mediante convenios de colaboración entre las diferentes Administraciones Públicas, algo viable ya que parece ser que los servicios jurídicos de la Junta avalaron esta opción. Sin embargo, por falta de voluntad política y capacidad de negociación entre administraciones, la Agencia de Protección Ciudadana ha optado por la salida más fácil, la privatización.

El pasado 1 de octubre de 2015, el BOCyL publicaba la RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2015, de la Agencia de Protección Civil, por la que se anuncia licitación para la contratación de un servicio de rescate y salvamento para labores de protección ciudadana y rescate en Castilla y León. Expte.: A2015/004222-PC-1/15.

Después el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, del pasado día 8 de octubre, ha aprobado la contratación del servicio de rescate y salvamento de la Agencia de Protección Civil para el año 2016 por un importe de 316.199 euros. La prestación del servicio incluye la presencia al menos de dos rescatadores para la realización de labores de protección ciudadana, búsqueda y rescate, especialmente en zonas de montaña. Indicando que el servicio estará disponible para una intervención de forma inmediata durante todos los días del año, desde las 10.00 horas hasta el ocaso, y en un tiempo máximo de diez minutos desde la recepción del aviso.

Con este anuncio la Junta de Castilla y León opta por la prestación de un servicio público mediante la contratación de una empresa privada en el territorio de esta Comunidad Autónoma, obviando que la propia norma autonómica, antes referenciada, identifica a los servicios de socorro, rescate y salvamento, como un servicio esencial y que además declara a los bomberos como agentes de la autoridad y por lo tanto funcionarios.

No parece lo más aconsejable que un servicio público creado para atender y auxiliar al ciudadano se preste de forma privada ya que, como es obvio, cualquier empresa buscará su rentabilidad económica para poder subsistir.

Con un presupuesto de licitación que alcanza los 316.199,62 € se duplica con creces el presupuesto que manejaba la Junta para compensar, formar y equipar a 30 rescatadores, y, sin embargo, ni siquiera se especifica en el pliego el personal mínimo obligatorio a contratar por la empresa adjudicataria. Tan solo se exige un mínimo de dos rescatadores diarios, es decir, que con un presupuesto que supera los 300.000 € bastaría con tener a cuatro trabajadores en plantilla.

Otro aspecto preocupante desde el punto de vista de un servicio público, que afecta a todos los ciudadanos, es el de la formación y capacitación de los trabajadores que formen parte de la empresa adjudicataria, ya que en ningún punto del pliego se especifica qué preparación o titulación debe poseer el personal que ejerza la labor de rescate, la cual, para actuar con garantías, debería certificar una alta cualificación y en este caso deja al arbitrio del adjudicatario.

Los bomberos que formaban el GRS habían superado en primer lugar una Oposición libre para acceder a las plantillas de sus respectivas Administraciones locales, en segundo lugar habían avalado dominio en técnicas de rescate y salvamento y justificado una experiencia en deportes de montaña y conocimiento del medio natural de Castilla y León, superando unas exigentes pruebas de alpinismo y escalada. Por último, el personal seleccionado debía superar un periodo de formación específico para aprender a afrontar cualquier rescate en cualquier situación.

Por lo tanto se generan muchas dudas jurídicas a la hora de la actuación de unos trabajadores que no son funcionarios, ni agentes de la autoridad, actuando ante casos complicados en rescate y salvamento, así como la responsabilidad penal.

El propio Procurador del Común, en su informe de 2014, establecía claramente que deben ser los bomberos profesionales y por lo tanto funcionarios los encargados de dirigir y planificar las actuaciones a emprender ante una situación de riesgo.

Desde la aparición de esta licitación, la Plataforma Unitaria de Bomberos de Castilla y León y las centrales sindicales representativas en el sector, se han opuesto firmemente a este proceso de licitación de este Servicio Público Esencial de Rescate y Salvamento y piden a la Junta que recapacite y no ponga en manos de empresas privadas, guiadas por un beneficio económico, un servicio en el que su primordial objetivo es la atención al ciudadano, precisamente en esos críticos momentos en los que una buena actuación puede marcar la diferencia entre la vida o la muerte.

Por lo anterior se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. A paralizar el proceso de licitación para la contratación de un servicio de rescate y salvamento para labores de protección ciudadana y rescate en Castilla y León. Expte.: A2015/004222-PC-1/15.

2. A formalizar y desarrollar un servicio de rescate y salvamento en nuestra Comunidad Autónoma de características públicas, bien mediante la creación de un cuerpo de bomberos funcionarios autonómicos con dicha responsabilidad o bien mediante la firma de convenios con las administraciones locales de la Comunidad que disponen de bomberos profesionales para prestar dicho servicio.

3. Desarrollar de forma completa la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, y de forma específica estableciendo un Estatuto Autonómico del Bombero Profesional.

4. A crear una Escuela Autonómica de formación de Bomberos profesionales".

Valladolid, 19 de octubre de 2015.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Luis Aceves Galindo,

Celestino Rodríguez Rubio,

Ana María Muñoz de la Peña González,

Juan Carlos Montero Muñoz y

María Consolación Pablos Labajo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000279-01

CVE="BOCCL-09-001973"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 5591-5595
BOCCL nº 46/9 del 30/10/2015
CVE: BOCCL-09-001973

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000279-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo, D. Celestino Rodríguez Rubio, Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, D. Juan Carlos Montero Muñoz y Dña. María Consolación Pablos Labajo, instando a la Junta de Castilla y León a parar la licitación para contratar un servicio de rescate y salvamento y formalizar este servicio con características públicas, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 23 de octubre de 2015, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000279, presentada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo, D. Celestino Rodríguez Rubio, Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, D. Juan Carlos Montero Muñoz y Dña. María Consolación Pablos Labajo, instando a la Junta de Castilla y León a parar la licitación para contratar un servicio de rescate y salvamento y formalizar este servicio con características públicas.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de octubre de 2015.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Luis Aceves Galindo, Celestino Rodríguez Rubio, Ana María Muñoz de la Peña González, Juan Carlos Montero Muñoz y Consolación Pablos Labajo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

La Comunidad de Castilla y León viene ejerciendo las competencias que el Estatuto de Autonomía le atribuye en todas las materias que afectan a la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente, en especial las recogidas en los artículos 70 y 71, ya sea como competencias exclusivas o de desarrollo normativo. Por ello se indican las relativas a ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, ferrocarriles, carreteras y caminos que transcurran íntegramente por el territorio de la Comunidad y, en los mismos términos, los transportes terrestres, fluviales, por cable o tubería, aeropuertos y helipuertos que no desarrollen actividades comerciales, asistencia social, servicios sociales y desarrollo comunitario, espectáculos, industria, instalaciones de producción, de distribución y de transporte de cualesquier energías. También las referentes a vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones, coordinación de policías locales, y la promoción, prevención y restauración de la salud, protección del medio ambiente, montes, aprovechamientos y servicios forestales, así como transporte de mercancías y viajeros.

La LEY 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, establece el marco normativo de protección ciudadana en nuestra Comunidad Autónoma, ordenando y regulando las actuaciones y actividades dirigidas a la protección de las personas frente a los riesgos derivados de fenómenos naturales, tecnológicos o sociales.

Dicho texto legal establece en su Artículo 37 que tendrán la consideración de servicios esenciales para la asistencia ciudadana:

a) Los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.

b) Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

c) Los servicios de asistencia sanitaria en emergencias.

d) Los servicios de lucha contra incendios forestales.

e) Los servicios de socorro, rescate y salvamento.

Además en su Artículo 38 establece que los bomberos profesionales ostentan el carácter de agente de la autoridad en el ejercicio de las funciones encomendadas.

Igualmente, no podemos obviar que en nuestro ordenamiento jurídico está consolidado que las funciones públicas, cuyo cumplimiento queda reservado a funcionarios de carrera, implican ejercicio de autoridad general, y se reservan a los funcionarios para la mejor garantía de la objetividad, imparcialidad e independencia en el ejercicio de dichas funciones públicas.

La Junta de Castilla y León, al amparo de lo recogido en la Ley de Protección Ciudadana de la Comunidad, constituyó el Grupo de Rescate y Salvamento, formado por bomberos profesionales de los distintos parques municipales de Castilla y León, prestando dicho servicio a través de una asociación, empezando su actividad a finales del año 2006. Desde entonces tiene su base en la localidad vallisoletana de Alcazarén, desde la que se puede alcanzar el 90 por ciento del territorio de la Comunidad en un tiempo inferior a una hora de vuelo.

Esta asociación de bomberos implicados en la creación del grupo arrancaron de cero este proyecto, creando técnicas y procedimientos, organizando el servicio, llevando a cabo una labor preventiva hacia la sociedad y, en definitiva, consagrando este nuevo Grupo de Rescate a un nivel altamente destacado.

Dicho grupo de bomberos profesionales han intervenido en rescates en montaña, rescates acuáticos, rescates urbanos, rescates en simas y cuevas, búsquedas de desaparecidos, etc. En este periodo fueron rescatadas más de 650 personas en zonas de acceso difícil, en lugares inaccesibles para cualquier otro medio de actuación, todas ellas rescatadas con la máxima entrega, dedicación y profesionalidad.

Como podemos comprobar este servicio de Rescate público de la Junta de Castilla y León ha actuado de forma permanente en el territorio de Castilla y León, e incluso fuera de él, como, por ejemplo, tras el trágico terremoto de Haití.

De hecho, la satisfacción por el servicio público efectuado por estos profesionales llevó a que el Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera, recibiera el día 25 de enero de 2010, en la sede del Gobierno regional, al Grupo de Rescate de la Consejería de Interior y Justicia de la Junta de Castilla y León, del que formaban parte los sietes bomberos profesionales que habían participado durante siete días en misiones de rescate en Puerto Príncipe, la capital de Haití, que se vio seriamente afectada por un terrible terremoto el día 12 de enero de aquel año.

Hasta marzo de 2015 el Grupo de Rescate de Castilla y León (GRS) estaba formado por 30 bomberos profesionales, que ofrecían un servicio integral de rescate, aéreo y terrestre, todos los días del año, las 24 horas del día, repartidos por todo el territorio de la Comunidad. Desde sus inicios, el colectivo de bomberos profesionales buscó la negociación con la Junta de Castilla y León para buscar la regularización del GRS como marcaba la ley y para que se integrase dentro de los propios cuerpos de bomberos, mediante convenios de colaboración entre las diferentes Administraciones Públicas, algo viable ya que parece ser que los servicios jurídicos de la Junta avalaron esta opción. Sin embargo, por falta de voluntad política y capacidad de negociación entre administraciones, la Agencia de Protección Ciudadana ha optado por la salida más fácil, la privatización.

El pasado 1 de octubre de 2015, el BOCyL publicaba la RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2015, de la Agencia de Protección Civil, por la que se anuncia licitación para la contratación de un servicio de rescate y salvamento para labores de protección ciudadana y rescate en Castilla y León. Expte.: A2015/004222-PC-1/15.

Después el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, del pasado día 8 de octubre, ha aprobado la contratación del servicio de rescate y salvamento de la Agencia de Protección Civil para el año 2016 por un importe de 316.199 euros. La prestación del servicio incluye la presencia al menos de dos rescatadores para la realización de labores de protección ciudadana, búsqueda y rescate, especialmente en zonas de montaña. Indicando que el servicio estará disponible para una intervención de forma inmediata durante todos los días del año, desde las 10.00 horas hasta el ocaso, y en un tiempo máximo de diez minutos desde la recepción del aviso.

Con este anuncio la Junta de Castilla y León opta por la prestación de un servicio público mediante la contratación de una empresa privada en el territorio de esta Comunidad Autónoma, obviando que la propia norma autonómica, antes referenciada, identifica a los servicios de socorro, rescate y salvamento, como un servicio esencial y que además declara a los bomberos como agentes de la autoridad y por lo tanto funcionarios.

No parece lo más aconsejable que un servicio público creado para atender y auxiliar al ciudadano se preste de forma privada ya que, como es obvio, cualquier empresa buscará su rentabilidad económica para poder subsistir.

Con un presupuesto de licitación que alcanza los 316.199,62 € se duplica con creces el presupuesto que manejaba la Junta para compensar, formar y equipar a 30 rescatadores, y, sin embargo, ni siquiera se especifica en el pliego el personal mínimo obligatorio a contratar por la empresa adjudicataria. Tan solo se exige un mínimo de dos rescatadores diarios, es decir, que con un presupuesto que supera los 300.000 € bastaría con tener a cuatro trabajadores en plantilla.

Otro aspecto preocupante desde el punto de vista de un servicio público, que afecta a todos los ciudadanos, es el de la formación y capacitación de los trabajadores que formen parte de la empresa adjudicataria, ya que en ningún punto del pliego se especifica qué preparación o titulación debe poseer el personal que ejerza la labor de rescate, la cual, para actuar con garantías, debería certificar una alta cualificación y en este caso deja al arbitrio del adjudicatario.

Los bomberos que formaban el GRS habían superado en primer lugar una Oposición libre para acceder a las plantillas de sus respectivas Administraciones locales, en segundo lugar habían avalado dominio en técnicas de rescate y salvamento y justificado una experiencia en deportes de montaña y conocimiento del medio natural de Castilla y León, superando unas exigentes pruebas de alpinismo y escalada. Por último, el personal seleccionado debía superar un periodo de formación específico para aprender a afrontar cualquier rescate en cualquier situación.

Por lo tanto se generan muchas dudas jurídicas a la hora de la actuación de unos trabajadores que no son funcionarios, ni agentes de la autoridad, actuando ante casos complicados en rescate y salvamento, así como la responsabilidad penal.

El propio Procurador del Común, en su informe de 2014, establecía claramente que deben ser los bomberos profesionales y por lo tanto funcionarios los encargados de dirigir y planificar las actuaciones a emprender ante una situación de riesgo.

Desde la aparición de esta licitación, la Plataforma Unitaria de Bomberos de Castilla y León y las centrales sindicales representativas en el sector, se han opuesto firmemente a este proceso de licitación de este Servicio Público Esencial de Rescate y Salvamento y piden a la Junta que recapacite y no ponga en manos de empresas privadas, guiadas por un beneficio económico, un servicio en el que su primordial objetivo es la atención al ciudadano, precisamente en esos críticos momentos en los que una buena actuación puede marcar la diferencia entre la vida o la muerte.

Por lo anterior se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. A paralizar el proceso de licitación para la contratación de un servicio de rescate y salvamento para labores de protección ciudadana y rescate en Castilla y León. Expte.: A2015/004222-PC-1/15.

2. A formalizar y desarrollar un servicio de rescate y salvamento en nuestra Comunidad Autónoma de características públicas, bien mediante la creación de un cuerpo de bomberos funcionarios autonómicos con dicha responsabilidad o bien mediante la firma de convenios con las administraciones locales de la Comunidad que disponen de bomberos profesionales para prestar dicho servicio.

3. Desarrollar de forma completa la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, y de forma específica estableciendo un Estatuto Autonómico del Bombero Profesional.

4. A crear una Escuela Autonómica de formación de Bomberos profesionales".

Valladolid, 19 de octubre de 2015.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Luis Aceves Galindo,

Celestino Rodríguez Rubio,

Ana María Muñoz de la Peña González,

Juan Carlos Montero Muñoz y

María Consolación Pablos Labajo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000279-01

CVE="BOCCL-09-001973"



Sede de las Cortes de Castilla y León