PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de noviembre de 2015, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000313 a PNL/000332.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de noviembre de 2015.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
D. David Castaño Sequeros, procurador perteneciente al grupo parlamentario CIUDADANOS, de las Cortes de Castilla y León, al amparo del artículo 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:
El objetivo de las campañas de saneamiento ganadero tiene el objetivo de erradicar la brucelosis y tuberculosis bovina de la cabaña española. La prevalencia en nuestra cabaña ganadera sobre la tuberculosis bovina ha ido reduciéndose paulatinamente pasando de un 2.24 % a un 1.39 en el 2013.
Sin embargo esta tendencia se ha interrumpido por moderados ascensos, aunque según los datos del programa nacional de erradicación de tuberculosis bovina puede ser debido al elevado número de pruebas de gamma-interferón realizadas sobre todo en el 2013 y que han arrojado más positivos a las estadísticas. No debemos bajar la guardia en nuestra Comunidad y debemos converger hacia la prevalencia inferior al 1 %, que en una Comunidad como la de Castilla y León traería grandes beneficios y ahorro en medidas sanitarias.
Los ganaderos castellanoleoneses son los verdaderos cómplices de que las políticas sanitarias en nuestra Comunidad tengan éxito. Son grandes profesionales que ponen todo su empeño en mantener su explotación libre de cualquier enfermedad infecciosa. Por tanto podemos decir sin miedo a equivocarnos que cuando se produce un positivo en una explotación ganadera no ha sido por negligencia del ganadero. Es el que padece las pérdidas económicas, es el que soporta el éxito o fracaso de nuestras políticas de saneamiento ganadero.
Es elección del ganadero el cebar o no su ganado, el cerrar el ciclo de su explotación. El cebo en explotaciones de menos de 50 nodrizas muchas veces es una mala opción debido a los escasos márgenes de beneficio, al coste de las instalaciones y al no beneficiarse de la compra al por mayor de piensos, forrajes y silos. Es por esto por lo que muchos ganaderos pequeños no quieren cerrar el ciclo y deciden vender los animales entre 6 y 8 meses a cebaderos donde se cierra el ciclo con su último traslado al sacrificio en matadero. Esta opción tiene muchas ventajas competitivas. El ganadero se beneficia de los pastos, de la otoñada, de la primavera, de los rastrojos en verano, etcétera, y el cebadero se beneficia de la reducción de costes de cebar al por mayor.
Cuando una explotación ganadera pierde su calificación, su "carta verde", ve restringidos sus movimientos, de tal manera que una explotación que decidía vender sus animales a cebaderos ve muy limitada y restringidas sus posibilidades de venta. Se han calculado pérdidas de entre 60 y 120 euros por animal.
Prácticamente el 100 % de los animales procedentes de estas explotaciones positivas se ceban fuera de nuestra Comunidad dejando ese valor añadido en otras Comunidades.
Conocidas las nuevas condiciones para la autorización de movimientos de terneros de explotaciones positivas (T2+, Ts, Tr) a cebaderos no calificados no incluidos en el Programa Nacional de erradicación de la tuberculosis bovina, de aplicación a partir del 1 de noviembre de 2015.
PROPOSICIÓN
Las Cortes de Castilla y León instamos a la mayor brevedad posible a la Junta de Castilla y León a cumplir con las nuevas normas y favorecer en la medida de lo posible que los animales negativos de las explotaciones T2+, Ts y Tr puedan ir hacia cebaderos no incluidos en el PNETB que se clasifiquen en el REGA como T1 en Castilla y León, tal y como indican las nuevas medidas del Programa Nacional.
Valladolid, 9 de noviembre de 2015.
EL PROCURADOR,
Fdo.: David Castaño Sequeros
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
PNL/000320-01
CVE="BOCCL-09-002941"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de noviembre de 2015, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000313 a PNL/000332.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de noviembre de 2015.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
D. David Castaño Sequeros, procurador perteneciente al grupo parlamentario CIUDADANOS, de las Cortes de Castilla y León, al amparo del artículo 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:
El objetivo de las campañas de saneamiento ganadero tiene el objetivo de erradicar la brucelosis y tuberculosis bovina de la cabaña española. La prevalencia en nuestra cabaña ganadera sobre la tuberculosis bovina ha ido reduciéndose paulatinamente pasando de un 2.24 % a un 1.39 en el 2013.
Sin embargo esta tendencia se ha interrumpido por moderados ascensos, aunque según los datos del programa nacional de erradicación de tuberculosis bovina puede ser debido al elevado número de pruebas de gamma-interferón realizadas sobre todo en el 2013 y que han arrojado más positivos a las estadísticas. No debemos bajar la guardia en nuestra Comunidad y debemos converger hacia la prevalencia inferior al 1 %, que en una Comunidad como la de Castilla y León traería grandes beneficios y ahorro en medidas sanitarias.
Los ganaderos castellanoleoneses son los verdaderos cómplices de que las políticas sanitarias en nuestra Comunidad tengan éxito. Son grandes profesionales que ponen todo su empeño en mantener su explotación libre de cualquier enfermedad infecciosa. Por tanto podemos decir sin miedo a equivocarnos que cuando se produce un positivo en una explotación ganadera no ha sido por negligencia del ganadero. Es el que padece las pérdidas económicas, es el que soporta el éxito o fracaso de nuestras políticas de saneamiento ganadero.
Es elección del ganadero el cebar o no su ganado, el cerrar el ciclo de su explotación. El cebo en explotaciones de menos de 50 nodrizas muchas veces es una mala opción debido a los escasos márgenes de beneficio, al coste de las instalaciones y al no beneficiarse de la compra al por mayor de piensos, forrajes y silos. Es por esto por lo que muchos ganaderos pequeños no quieren cerrar el ciclo y deciden vender los animales entre 6 y 8 meses a cebaderos donde se cierra el ciclo con su último traslado al sacrificio en matadero. Esta opción tiene muchas ventajas competitivas. El ganadero se beneficia de los pastos, de la otoñada, de la primavera, de los rastrojos en verano, etcétera, y el cebadero se beneficia de la reducción de costes de cebar al por mayor.
Cuando una explotación ganadera pierde su calificación, su "carta verde", ve restringidos sus movimientos, de tal manera que una explotación que decidía vender sus animales a cebaderos ve muy limitada y restringidas sus posibilidades de venta. Se han calculado pérdidas de entre 60 y 120 euros por animal.
Prácticamente el 100 % de los animales procedentes de estas explotaciones positivas se ceban fuera de nuestra Comunidad dejando ese valor añadido en otras Comunidades.
Conocidas las nuevas condiciones para la autorización de movimientos de terneros de explotaciones positivas (T2+, Ts, Tr) a cebaderos no calificados no incluidos en el Programa Nacional de erradicación de la tuberculosis bovina, de aplicación a partir del 1 de noviembre de 2015.
PROPOSICIÓN
Las Cortes de Castilla y León instamos a la mayor brevedad posible a la Junta de Castilla y León a cumplir con las nuevas normas y favorecer en la medida de lo posible que los animales negativos de las explotaciones T2+, Ts y Tr puedan ir hacia cebaderos no incluidos en el PNETB que se clasifiquen en el REGA como T1 en Castilla y León, tal y como indican las nuevas medidas del Programa Nacional.
Valladolid, 9 de noviembre de 2015.
EL PROCURADOR,
Fdo.: David Castaño Sequeros
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
PNL/000320-01
CVE="BOCCL-09-002941"