PE/001278-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001278-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, relativa a cuestiones relativas al afianzamiento de responsabilidades por el concesionario de explotación a cielo abierto de la Fonfría y su incidencia en las tareas de restauración, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 54, de 17 de noviembre de 2015.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000086, PE/000194, PE/000618, PE/000663, PE/000876, PE/000880 a PE/000883, PE/000902 a PE/000913, PE/000916, PE/000917, PE/000919, PE/000921, PE/000923, PE/000924, PE/000926 a PE/000928, PE/000930 a PE/000935, PE/000937, PE/000939, PE/000940, PE/000942 a PE/000944, PE/000948, PE/000949, PE/000973, PE/000975, PE/000977 a PE/000981, PE/000983 a PE/000988, PE/000990, PE/000995, PE/001011, PE/001012, PE/001014, PE/001015, PE/001265, PE/001268, PE/001269, PE/001271, PE/001272, PE/001274, PE/001275, PE/001278, PE/001283, PE/001290, PE/001329 a PE/001334, PE/001351, PE/001355, PE/001356, PE/001358 a PE/001360 y PE/001373, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de diciembre de 2015.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./001278, formulada por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a las tareas de restauración del “cielo abierto” de la Fonfría.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, se informa lo siguiente:

De conformidad con lo establecido en el Decreto 329/1991, de 14 de noviembre, de restauración de espacios naturales afectados por actividades extractivas y en el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, de gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, la restauración de las explotaciones se efectúa con cargo a las garantías constituidas por la mercantil explotadora.

No obstante lo anterior, ante la situación de insuficiencia de las mismas para hacer frente a la totalidad de las restauraciones y la liquidación empresarial de Coto Minero del Cantábrico S.A., la Junta de Castilla y León procede, en la restauración de la explotación a cielo abierto Fonfría, a completar la insuficiencia con fondos públicos, sin perjuicio de activar los mecanismos necesarios para su resarcimiento posterior.

La ejecución subsidiaria con cargo a fondos procedentes de las garantías constituidas y complementada por fondos públicos encuentra su justificación en el intento de conjugar el incumplimiento de la obligación de restauración de Coto Minero del Cantábrico S.A., sociedad en liquidación, con el debido cumplimiento de la sentencia comunitaria C- 404/09 dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, toda vez que un eventual incumplimiento de la misma apreciado por dicho Tribunal implicaría al Estado Español asumir una sanción de cuantía multimillonaria a tanto alzado a la que habría que sumar multas coercitivas diarias hasta la completa ejecución de la sentencia; resultando en todo caso menos gravoso para las arcas públicas la alternativa adoptada.

Así mismo, respecto a la cuantía de los avales depositados por la empresa concesionaria, le informo que con fecha 14 de Octubre de 2.011 se emite por el Servicio Territorial de Hacienda de León Carta de Pago número 24-04-11-000935, relativa a la consignación de aval de la entidad Caja España a Coto Minero del Cantábrico por importe de 2.744.008 €, como garantía para la ejecución del plan de restauración de los espacios naturales afectados por las explotaciones, escombrera y lavadero en el grupo minero Villablino.

Se ha procedido a la incautación y cobro de la garantía constituida, con comunicación en el seno del concurso voluntario 475/2013, de las cuantías siguientes:

1.- Explotación de FEIXOLÍN: 1.647.184,58 €.

2.- Explotación de SALGUERO-PRÉGAME-VALDESEGADAS: 225.990,30 €.

3.- Explotación de FONFRÍA: 870.833,12 €.

4.- Total incautado y cobrado: 2.744.008 €.

Por otra parte, las actuaciones realizadas por la Junta de Castilla y León para recuperar la diferencia entre el importe de los avales y el coste de restauración vienen condicionadas por la liquidación de la mercantil Coto Minero del Cantábrico, S.A. y por tanto se han enmarcado en el seno del proceso concursal nº 475/2013 que se sigue en el Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid. Con las limitaciones que dispone la legislación concursal, la Junta de Castilla y León tratará de recuperar las cantidades destinadas a las restauraciones de las explotaciones afectadas y que no se cubran con el importe de las garantías incautadas.

Así, con fecha 5 de agosto de 2013 se publica en el Boletín Oficial del Estado la declaración del concurso ordinario voluntario, de especial trascendencia, de la mercantil Coto Minero del Cantábrico, S.A. haciendo un llamamiento a los acreedores para que comuniquen a la administración concursal la existencia de créditos a su favor.

Con fecha 26 de agosto de 2013 por parte de la Junta de Castilla y León se procede a comunicar los créditos existentes relativos a la falta de restauración de las explotaciones a cielo abierto Feixolín, Salguero-Prégame-Valdesegadas, Fonfría y Nueva Julia.

Con fecha 17 de septiembre de 2013 el Juzgado de lo Mercantil n° 5 de Madrid dicta Auto disolviendo a la mercantil Coto Minero del Cantábrico S.A. y con fecha 25 de febrero de 2014 se aprobó el plan de liquidación.

El Juzgado de lo Mercantil n° 5 de Madrid, en sentencia de fecha 26 de junio de 2015, ha reconocido un crédito total a favor de la Junta de Castilla y León por importe de 12.335.290,24 €, privilegiado al 50% y ordinario al 50%.

Con independencia de lo anterior, en caso de resultar necesario, la Junta de Castilla y León hará uso de fondos provenientes del Plan del Carbón 2013-2018 al amparo de lo establecido en el Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón, mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de restauración de zonas degradadas a causa de la actividad minera.

Finalmente cabe señalar, tal y como se ha indicado en la respuesta anterior, que la Junta de Castilla y León se encuentra personada como acreedor de Coto Minero del Cantábrico SA en el proceso concursal n° 475/2013 que se sigue en el Juzgado de lo Mercantil n° 5 de Madrid.

Valladolid, 9 de diciembre de 2015.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.


PE/001278-2

CVE="BOCCL-09-004759"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 10633
BOCCL nº 80/9 del 8/2/2016
CVE: BOCCL-09-004759

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001278-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, relativa a cuestiones relativas al afianzamiento de responsabilidades por el concesionario de explotación a cielo abierto de la Fonfría y su incidencia en las tareas de restauración, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 54, de 17 de noviembre de 2015.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000086, PE/000194, PE/000618, PE/000663, PE/000876, PE/000880 a PE/000883, PE/000902 a PE/000913, PE/000916, PE/000917, PE/000919, PE/000921, PE/000923, PE/000924, PE/000926 a PE/000928, PE/000930 a PE/000935, PE/000937, PE/000939, PE/000940, PE/000942 a PE/000944, PE/000948, PE/000949, PE/000973, PE/000975, PE/000977 a PE/000981, PE/000983 a PE/000988, PE/000990, PE/000995, PE/001011, PE/001012, PE/001014, PE/001015, PE/001265, PE/001268, PE/001269, PE/001271, PE/001272, PE/001274, PE/001275, PE/001278, PE/001283, PE/001290, PE/001329 a PE/001334, PE/001351, PE/001355, PE/001356, PE/001358 a PE/001360 y PE/001373, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de diciembre de 2015.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./001278, formulada por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a las tareas de restauración del “cielo abierto” de la Fonfría.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, se informa lo siguiente:

De conformidad con lo establecido en el Decreto 329/1991, de 14 de noviembre, de restauración de espacios naturales afectados por actividades extractivas y en el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, de gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, la restauración de las explotaciones se efectúa con cargo a las garantías constituidas por la mercantil explotadora.

No obstante lo anterior, ante la situación de insuficiencia de las mismas para hacer frente a la totalidad de las restauraciones y la liquidación empresarial de Coto Minero del Cantábrico S.A., la Junta de Castilla y León procede, en la restauración de la explotación a cielo abierto Fonfría, a completar la insuficiencia con fondos públicos, sin perjuicio de activar los mecanismos necesarios para su resarcimiento posterior.

La ejecución subsidiaria con cargo a fondos procedentes de las garantías constituidas y complementada por fondos públicos encuentra su justificación en el intento de conjugar el incumplimiento de la obligación de restauración de Coto Minero del Cantábrico S.A., sociedad en liquidación, con el debido cumplimiento de la sentencia comunitaria C- 404/09 dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, toda vez que un eventual incumplimiento de la misma apreciado por dicho Tribunal implicaría al Estado Español asumir una sanción de cuantía multimillonaria a tanto alzado a la que habría que sumar multas coercitivas diarias hasta la completa ejecución de la sentencia; resultando en todo caso menos gravoso para las arcas públicas la alternativa adoptada.

Así mismo, respecto a la cuantía de los avales depositados por la empresa concesionaria, le informo que con fecha 14 de Octubre de 2.011 se emite por el Servicio Territorial de Hacienda de León Carta de Pago número 24-04-11-000935, relativa a la consignación de aval de la entidad Caja España a Coto Minero del Cantábrico por importe de 2.744.008 €, como garantía para la ejecución del plan de restauración de los espacios naturales afectados por las explotaciones, escombrera y lavadero en el grupo minero Villablino.

Se ha procedido a la incautación y cobro de la garantía constituida, con comunicación en el seno del concurso voluntario 475/2013, de las cuantías siguientes:

1.- Explotación de FEIXOLÍN: 1.647.184,58 €.

2.- Explotación de SALGUERO-PRÉGAME-VALDESEGADAS: 225.990,30 €.

3.- Explotación de FONFRÍA: 870.833,12 €.

4.- Total incautado y cobrado: 2.744.008 €.

Por otra parte, las actuaciones realizadas por la Junta de Castilla y León para recuperar la diferencia entre el importe de los avales y el coste de restauración vienen condicionadas por la liquidación de la mercantil Coto Minero del Cantábrico, S.A. y por tanto se han enmarcado en el seno del proceso concursal nº 475/2013 que se sigue en el Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid. Con las limitaciones que dispone la legislación concursal, la Junta de Castilla y León tratará de recuperar las cantidades destinadas a las restauraciones de las explotaciones afectadas y que no se cubran con el importe de las garantías incautadas.

Así, con fecha 5 de agosto de 2013 se publica en el Boletín Oficial del Estado la declaración del concurso ordinario voluntario, de especial trascendencia, de la mercantil Coto Minero del Cantábrico, S.A. haciendo un llamamiento a los acreedores para que comuniquen a la administración concursal la existencia de créditos a su favor.

Con fecha 26 de agosto de 2013 por parte de la Junta de Castilla y León se procede a comunicar los créditos existentes relativos a la falta de restauración de las explotaciones a cielo abierto Feixolín, Salguero-Prégame-Valdesegadas, Fonfría y Nueva Julia.

Con fecha 17 de septiembre de 2013 el Juzgado de lo Mercantil n° 5 de Madrid dicta Auto disolviendo a la mercantil Coto Minero del Cantábrico S.A. y con fecha 25 de febrero de 2014 se aprobó el plan de liquidación.

El Juzgado de lo Mercantil n° 5 de Madrid, en sentencia de fecha 26 de junio de 2015, ha reconocido un crédito total a favor de la Junta de Castilla y León por importe de 12.335.290,24 €, privilegiado al 50% y ordinario al 50%.

Con independencia de lo anterior, en caso de resultar necesario, la Junta de Castilla y León hará uso de fondos provenientes del Plan del Carbón 2013-2018 al amparo de lo establecido en el Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón, mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de restauración de zonas degradadas a causa de la actividad minera.

Finalmente cabe señalar, tal y como se ha indicado en la respuesta anterior, que la Junta de Castilla y León se encuentra personada como acreedor de Coto Minero del Cantábrico SA en el proceso concursal n° 475/2013 que se sigue en el Juzgado de lo Mercantil n° 5 de Madrid.

Valladolid, 9 de diciembre de 2015.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.


PE/001278-2

CVE="BOCCL-09-004759"



Sede de las Cortes de Castilla y León