POC/000024-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000024-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Educación, formulada por la Procuradora Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, relativa a emisión del Título de Grado de Enfermería por la Universidad Católica de Ávila, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 35, de 15 de octubre de 2015, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León, POC/000024, a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Educación, formulada por la Procuradora Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, relativa a emisión del Título de Grado de Enfermería por la Universidad Católica de Ávila, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 35, de 15 de octubre de 2015, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de enero de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la POC./0900024, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora doña María Josefa Rodríguez Tobal, del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a la emisión del título de Grado en Enfermería por la Universidad Católica de Ávila.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria POC./0900024, en relación a la legalidad del certificado emitido por la Universidad Católica “Santa Teresa de Jesús”, de Ávila, de fecha 19 de mayo, en el que se corrobora que los alumnos se encuentran en posesión del título de Graduado en Enfermería, se informa lo siguiente:

La expedición de los títulos académicos corresponde, en este caso, a la Rectora de la Universidad Católica “Santa Teresa de Jesús”, de Ávila, quien lo hace en virtud de lo dispuesto en el artículo 32.b) de sus Normas de organización y funcionamiento, aprobadas mediante Acuerdo 64/2009, de 11 de junio, de la Junta de Castilla y León. Por lo tanto, el certificado alusivo a la superación de los créditos de los que consta el Grado en Enfermería y, consecuentemente, al otorgamiento del título de Graduado en Enfermería a los correspondientes estudiantes, es legal y oficial.

El artículo 2.d) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece que la autonomía universitaria comprende “la elaboración aprobación de planes de estudio e investigación y de enseñanzas específicas de formación a lo largo de toda la vida”. Según esto, la Universidad Católica “Santa Teresa de Jesús”, de Ávila, se encuentra respaldada por la normativa vigente para poder organizar los calendarios académicos de las enseñanzas que oferta de acuerdo con los criterios internos que maneje. Paralelamente, si otras universidades de Castilla y León no han optado por un calendario que permita – entre otras cuestiones – la expedición de certificados en fechas como la que lo ha empleado la Universidad Católica “Santa Teresa de Jesús”, de Ávila, ello obedecerá a criterios internos amparados por la autonomía universitaria a la que se ha aludido anteriormente.

Valladolid, 12 de enero de 2016.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


POC/000024-2

CVE="BOCCL-09-004776"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 10680
BOCCL nº 81/9 del 9/2/2016
CVE: BOCCL-09-004776

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000024-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Educación, formulada por la Procuradora Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, relativa a emisión del Título de Grado de Enfermería por la Universidad Católica de Ávila, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 35, de 15 de octubre de 2015, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León, POC/000024, a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Educación, formulada por la Procuradora Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, relativa a emisión del Título de Grado de Enfermería por la Universidad Católica de Ávila, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 35, de 15 de octubre de 2015, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de enero de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la POC./0900024, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora doña María Josefa Rodríguez Tobal, del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a la emisión del título de Grado en Enfermería por la Universidad Católica de Ávila.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria POC./0900024, en relación a la legalidad del certificado emitido por la Universidad Católica “Santa Teresa de Jesús”, de Ávila, de fecha 19 de mayo, en el que se corrobora que los alumnos se encuentran en posesión del título de Graduado en Enfermería, se informa lo siguiente:

La expedición de los títulos académicos corresponde, en este caso, a la Rectora de la Universidad Católica “Santa Teresa de Jesús”, de Ávila, quien lo hace en virtud de lo dispuesto en el artículo 32.b) de sus Normas de organización y funcionamiento, aprobadas mediante Acuerdo 64/2009, de 11 de junio, de la Junta de Castilla y León. Por lo tanto, el certificado alusivo a la superación de los créditos de los que consta el Grado en Enfermería y, consecuentemente, al otorgamiento del título de Graduado en Enfermería a los correspondientes estudiantes, es legal y oficial.

El artículo 2.d) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece que la autonomía universitaria comprende “la elaboración aprobación de planes de estudio e investigación y de enseñanzas específicas de formación a lo largo de toda la vida”. Según esto, la Universidad Católica “Santa Teresa de Jesús”, de Ávila, se encuentra respaldada por la normativa vigente para poder organizar los calendarios académicos de las enseñanzas que oferta de acuerdo con los criterios internos que maneje. Paralelamente, si otras universidades de Castilla y León no han optado por un calendario que permita – entre otras cuestiones – la expedición de certificados en fechas como la que lo ha empleado la Universidad Católica “Santa Teresa de Jesús”, de Ávila, ello obedecerá a criterios internos amparados por la autonomía universitaria a la que se ha aludido anteriormente.

Valladolid, 12 de enero de 2016.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


POC/000024-2

CVE="BOCCL-09-004776"



Sede de las Cortes de Castilla y León