PNL/000367-02











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000367-02


Sumario:

Enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León a la Proposición No de Ley formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, para instar a la Junta de Castila y León a que en menor espacio de tiempo posible elabore y apruebe el Plan de Viviendas de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 79, de 5 de febrero de 2016.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León a la Proposición No de Ley, PNL/000367, formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, para instar a la Junta de Castila y León a que en menor espacio de tiempo posible elabore y apruebe el Plan de Viviendas de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 79, de 5 de febrero de 2016.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de febrero de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, en virtud del art. 163 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda de sustitución a la PROPOSICIÓN NO DE LEY publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 79, de 5 de febrero de 2016, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que:

1. En el plazo de tiempo más breve posible y contando con la participación de los diferentes sectores afectados, elabore, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León, el nuevo Plan de Vivienda de Castilla y León, como instrumento estratégico para la racionalización y la gestión eficaz del conjunto de actuaciones públicas a desarrollar en materia de vivienda en nuestra Comunidad, para que constituya un elemento integrador, entre otros aspectos, de los Planes Municipales de Vivienda. El mencionado Plan de Vivienda deberá hacer referencia, como mínimo, a los siguientes aspectos:

a) Evaluación del grado de ejecución y de los resultados del Plan anterior.

b) Análisis de la oferta y demanda de vivienda, y en particular de la vivienda de protección pública.

c) Estudio y evaluación de las necesidades de rehabilitación, así como del mantenimiento, mejora o sustitución de la edificación residencial existente, con especial atención a las situaciones y los procesos de infravivienda y chabolismo.

d) Estimación del suelo residencial en el que pueden efectuarse nuevos desarrollos y especialmente las referidas a vivienda de protección pública en el periodo de vigencia del Plan.

e) Conjunto de actuaciones y líneas de ayudas para la consecución de los objetivos y ejes estratégicos fijados en el Plan.

f) Vigencia del mismo.

2. Adopte las previsiones necesarias en el nuevo Plan de Vivienda para establecer un cauce permanente de coordinación entre la Administración Autonómica y los agentes vinculados con la vivienda, ya sean sociales, públicos o privados, cuyo objetivo sea la disposición de informes o estudios actualizados de la situación general de la vivienda en Castilla y León".

Valladolid, 16 de febrero de 2016.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000367-02

CVE="BOCCL-09-005280"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 11469-11470
BOCCL nº 90/9 del 29/2/2016
CVE: BOCCL-09-005280

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000367-02
Enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León a la Proposición No de Ley formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, para instar a la Junta de Castila y León a que en menor espacio de tiempo posible elabore y apruebe el Plan de Viviendas de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 79, de 5 de febrero de 2016.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León a la Proposición No de Ley, PNL/000367, formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, para instar a la Junta de Castila y León a que en menor espacio de tiempo posible elabore y apruebe el Plan de Viviendas de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 79, de 5 de febrero de 2016.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de febrero de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, en virtud del art. 163 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda de sustitución a la PROPOSICIÓN NO DE LEY publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 79, de 5 de febrero de 2016, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que:

1. En el plazo de tiempo más breve posible y contando con la participación de los diferentes sectores afectados, elabore, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León, el nuevo Plan de Vivienda de Castilla y León, como instrumento estratégico para la racionalización y la gestión eficaz del conjunto de actuaciones públicas a desarrollar en materia de vivienda en nuestra Comunidad, para que constituya un elemento integrador, entre otros aspectos, de los Planes Municipales de Vivienda. El mencionado Plan de Vivienda deberá hacer referencia, como mínimo, a los siguientes aspectos:

a) Evaluación del grado de ejecución y de los resultados del Plan anterior.

b) Análisis de la oferta y demanda de vivienda, y en particular de la vivienda de protección pública.

c) Estudio y evaluación de las necesidades de rehabilitación, así como del mantenimiento, mejora o sustitución de la edificación residencial existente, con especial atención a las situaciones y los procesos de infravivienda y chabolismo.

d) Estimación del suelo residencial en el que pueden efectuarse nuevos desarrollos y especialmente las referidas a vivienda de protección pública en el periodo de vigencia del Plan.

e) Conjunto de actuaciones y líneas de ayudas para la consecución de los objetivos y ejes estratégicos fijados en el Plan.

f) Vigencia del mismo.

2. Adopte las previsiones necesarias en el nuevo Plan de Vivienda para establecer un cauce permanente de coordinación entre la Administración Autonómica y los agentes vinculados con la vivienda, ya sean sociales, públicos o privados, cuyo objetivo sea la disposición de informes o estudios actualizados de la situación general de la vivienda en Castilla y León".

Valladolid, 16 de febrero de 2016.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000367-02

CVE="BOCCL-09-005280"



Sede de las Cortes de Castilla y León