POC/000034-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000034-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Educación, formulada por la Procuradora Dña. María Victoria Moreno Saugar, relativa a concepto de Formación Profesional que maneja la Junta de Castilla y León en relación con la denominada FP-Dual, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 46, de 30 de octubre de 2015, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León, POC/000034, a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Educación, formulada por la Procuradora Dña. María Victoria Moreno Saugar, relativa a concepto de Formación Profesional que maneja la Junta de Castilla y León en relación con la denominada FP-Dual, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 46, de 30 de octubre de 2015, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de enero de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la POC./0900034, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora doña María Victoria Moreno Saugar, del Grupo Parlamentario Popular, relativa al concepto de Formación Profesional que maneja la Junta de Castilla y León en relación con la denominada FP-Dual.

En respuesta a la iniciativa Parlamentaria POC./0900034 se informa lo siguiente:

La Junta de Castilla y León maneja el concepto de Formación Profesional Dual (en adelante FP Dual) que ha sido definido en el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

El artículo 2 de la citada norma, establece que “a los efectos del presente real decreto, se entenderá por formación profesional dual el conjunto de las acciones e iniciativas formativas, mixtas de empleo y formación, que tienen por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral en una empresa con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo”.

En el ámbito del sistema educativo, tienen consideración de formación profesional dual los proyectos regulados en el título Ill de la norma, que son proyectos que se desarrollan con la coparticipación de los centros educativos y las empresas, sin que medie un contrato para la formación y el aprendizaje, y una vez que los centros docentes autorizados para impartir ciclos formativos de formación profesional establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente.

No obstante, la especificidad contemplada en la norma para el sistema educativo no impide que el alumnado que cursa formación profesional teóricamente pueda disfrutar de un contrato para la formación y el aprendizaje, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, para este tipo de contratos. El problema que tiene este alumnado es que el tiempo que puede dedicar a la formación generalmente es insuficiente para obtener un título de formación profesional del sistema educativo, ya que no suele superar las 380 horas anuales y un título de FP contempla 2.000 horas de formación.

El convenio suscrito con la empresa colaboradora, al que se refiere el artículo 31 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, especifica la programación para cada uno de los módulos profesionales. Contempla las actividades a realizar en el centro y en la empresa, la duración de las mismas y los criterios para su evaluación y calificación. Las actividades programadas deben permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje determinados en el currículo del título establecido por la Junta de Castilla y León. Como mínimo, el 33% de las horas de formación establecidas en el currículo deben ser desarrolladas con participación de la empresa (660 horas). Este porcentaje puede ampliarse en función de las características de cada módulo profesional y de la empresa participante. Es decir, en un ciclo de 2.000 horas de duración, al menos 660 horas deben llevarse a cabo en la empresa.

El alumnado debe cursar previamente la formación necesaria que garantice el desarrollo de la formación en la empresa con seguridad y eficacia. La actividad formativa en la empresa y en el centro educativo se coordina mediante reuniones mensuales de control en las que se hace un seguimiento de cada uno de los alumnos o alumnas. Para ello, se establecen tutorías específicas tanto en el centro de formación como en la empresa, con la designación de los tutores correspondientes por ambas partes.

En todo caso, la evaluación del alumnado es responsabilidad de los Profesores de los módulos profesionales del centro de adscripción, teniendo en cuenta las aportaciones de los formadores de la empresa y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma.

Para llevar a cabo todo este proceso de formación, y cuando las circunstancias lo aconsejan, la duración del ciclo formativo puede ser ampliada hasta un máximo de tres cursos escolares.

En cuanto a las modalidades de FP Dual, en base a lo regulado en el artículo 3 de la norma básica, los centros de formación y las empresas puedan optar por cinco tipos de modalidad:

1. Una Formación exclusiva en el centro formativo, que consiste en compatibilizar y alternar la formación que se adquiere en el centro de formación y la actividad laboral que se lleva a cabo en la empresa. Algo similar a las prácticas en las empresas implícitas en el módulo de Formación en el Centro de Trabajo o FCT que contiene el currículo de cada Título. Se alterna la formación en el centro con las prácticas en la empresa (alternancia centro-empresa).

2. Una Formación con participación de la empresa, consistente en que las empresas facilitan a los centros de formación los espacios, las instalaciones o los expertos para impartir total o parcialmente determinados módulos profesionales o módulos formativos (FP Dual en colaboración).

3. Una Formación en empresa autorizada o acreditada y en centro de formación, que consiste en la impartición de determinados módulos profesionales o módulos formativos en la empresa, complementariamente a los que se impartan en el centro de formación (FP Dual Complementaria).

4. Una Formación compartida entre el centro de formación y la empresa, que consiste en coparticipar en distinta proporción en los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en el centro de formación. La empresa deberá disponer de autorización de la Administración educativa y/o de la acreditación de la Administración laboral correspondiente para impartir este tipo de formación, y estará adscrita al centro con el que comparta la formación (FP Dual Integrada).

5. Una Formación exclusiva en la empresa, que consiste en que la formación se imparte en su totalidad en la empresa (FP Dual Exclusiva). Esta modalidad conlleva la firma de un contrato para la formación y el aprendizaje.

La modalidad más parecida a los modelos de FP Dual desarrollados en los países donde esta tiene una larga tradición, como Alemania, Suiza o Austria, es la Formación compartida (FP Dual Integrada) entre el centro de formación y la empresa. En estos países, la participación activa de las empresas en la formación del alumnado de FP hace que los contenidos de la misma se adapten mejor a las necesidades reales del mercado laboral y se facilite la transición del alumnado de los centros de formación a las empresas. Son países con una baja tasa de desempleo juvenil y con un alto grado de consideración social de los estudios de Formación Profesional.

Países como Suiza, desarrollan una formación profesional en alternancia al final de la enseñanza obligatoria, como alternativa a la escolarización general a tiempo completo. Allí, los alumnos y alumnas aprendices pasan 1.600 horas en clase y 600 en la empresa recibiendo formación, además de las horas que pasan trabajando en prácticas (2.200 horas de formación + prácticas). El programa tiene una duración de tres años, pasando el primero de ellos en el centro de formación y los dos siguientes en alternancia con la empresa.

La Junta de Castilla y León ha implantado el modelo de FP Dual descrito anteriormente a través del Programa Aula-Empresa, contemplándose como una línea de actuación dentro del Programa, junto a otras encaminadas a mejorar la calidad de la formación profesional, fomentar la colaboración entre los centros educativos y las empresas de su entorno, así como poner en práctica nuevos medios didácticos y recursos educativos que favorezcan el aprendizaje del alumnado.

El Programa contempla seis líneas de actuación:

1. Aprendiendo a emprender.

2. Hacer visible el centro en las empresas.

3. Investigación, Desarrollo e Innovación (l+D+l) en la Formación Profesional.

4. Aprender de las empresas.

5. Campeonatos de Formación Profesional.

6. Formación Profesional Dual.

Este programa cuenta una convocatoria de ayudas para su realización. El presupuesto destinado a las convocatorias de Aula-Empresa ha sido de 400.000 Euros en el curso 2013-14 y 725.425 euros en el curso 2014-15, entre ayudas a centros públicos y concertados.

Así, se han realizado algunas experiencias piloto en FP Dual, destacando la participación de la empresa Renfe en el desarrollo del currículo de grado medio “Mantenimiento de material rodante ferroviario”, para el cual, además se firmó un convenio para el desarrollo del currículo en modalidad dual. Los datos de los últimos cursos académicos son los siguientes:

Entre las empresas participantes cabe destacar, además de Renfe, Michelin, AB Azucarera Iberia S.L., Campofrío Food Group SA, Media Markt León Video SA, Renault España SA, Norma Doors Technologies SA, CIEMAT, Mecánicas de Precisión de Boecillo, Aerospace SL, Lingotes Especiales SA, Aciturri Composites SLU, Ascensores Zener, Crystal Pharma SAU, Nestlé España SA, Philips lndal SL o Leche Gaza SL.

En el último curso escolar, Valladolid fue la provincia con un mayor número de alumnado en FP Dual, con 149. La distribución por provincias fue la siguiente:

El porcentaje de alumnado que recibe algún tipo de compensación económica de la empresa no supera el 23%. Las compensaciones oscilan entre 120 €/mes hasta la más alta de 300 €/mes (la mayoría 220-250 €/mes), salvo el convenio firmado con Renfe que contempla una compensación de 600 €/mes a cada alumno durante su estancia en los talleres de la empresa.

Aunque ha aumentado cada año, el número de alumnos que realizan este tipo de formación no supera el 3% del alumnado de FP. La situación es similar en el resto de Comunidades Autónomas. Alcanzar un mayor porcentaje o aproximarse a los porcentajes que tienen países con una larga tradición en FP Dual, como Alemania, Suiza o Austria, requiere una mayor implicación de las Empresas. Para ello, hacen falta más que buenas intenciones.

En todo caso, la disposición de las empresas a formar al alumnado de FP es una conditio sine qua non. Por mucho que la Administración desee contar con un sistema de FP Dual, su implantación resultará inviable si las empresas no acceden a acoger y formar al alumnado. Y para ello, son necesarios argumentos de tipo económico. Prestar este servicio supone una inversión desde el punto de vista empresarial y, como tal, comprende costes, pero también beneficios. Lograr la implicación de las empresas de Castilla y León en la FP Dual dependerá, pues, de la capacidad para desarrollar un modelo que ofrezca a las empresas la posibilidad de compensar sus costes con beneficios, alcanzando un punto de equilibrio, teniendo en cuenta las características de los diferentes sectores y tipos de empresas de la Comunidad.

Por ello, la implantación de un modelo de FP Dual eficiente y eficaz en Castilla y León conlleva importantes dificultades. Entre ellas se encuentra la compensación del alumnado, que no tiene un contrato para la formación y aprendizaje, y la dificultad para encontrar empresas dispuestas a dedicar tiempo y esfuerzo a la formación de aprendices.

No obstante, el Consejo Económico y Social de Castilla y León, preocupado por el grave problema del acceso al empleo de los jóvenes, considera necesario fomentar medidas incentivadoras de contratación y adquisición de experiencia laboral para los jóvenes, preferentemente mediante la contratación ordinaria y, en los casos necesarios, promoviendo los contratos formativos y la formación dual, como vía de inserción laboral y cualificación. En consecuencia, la FP Dual se considera como una fórmula válida y recomendable.

Todo ello, aconseja en primer lugar analizar si la introducción y aplicación en Castilla y León de un sistema contrastado de FP Dual, como el modelo Suizo, puede dar unos resultados capaces de lograr la implicación de un número sustancial de empresas en la formación de aprendices o, por el contrario, es necesario introducir modificaciones en este tipo de modelos para que su desarrollo en un contexto socio-económico distinto, como el de Castilla y León, sea eficiente y eficaz, definiendo el modelo que mejor se ajuste a las características y necesidades de nuestra Comunidad.

En este proceso, resulta esencial un análisis detallado del coste y del beneficio de la FP Dual en Castilla y León, así como el estudio del impacto de otros factores como las regulaciones en materia de formación y empleo, (especialmente la Ley 30/2015 de formación para el empleo y su desarrollo reglamentario) y la política educativa en el plano nacional y regional, con el fin de establecer un modelo de FP Dual sostenible en el que pueda participar un importante número de alumnado.

Con este propósito, la Consejería con competencias en materia de Formación Profesional Inicial está analizando los resultados obtenidos hasta el momento con las diferentes experiencias que los centros que imparten formación profesional vienen llevando a cabo en el marco del Programa Aula-Empresa y está diseñando un nuevo marco de actuación que permita ajustar lo contemplado en el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, a las características de la Comunidad, así como posibilitar al alumnado que desea obtener una titulación del sistema educativo compatibilizar su formación con el disfrute de un contrato para la formación y el aprendizaje.

Con este fin, el Plan General de Formación profesional 2016-2020, que forma parte de la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación profesional, prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo, contempla un Programa operativo dedicado al impulso y desarrollo del modelo de FP Dual en Castilla y León. Dicho programa tiene como objetivo específico Impulsar la formación profesional dual para mejorar el desarrollo de competencias profesionales y favorecer la transición entre los centros de formación y de empleo, y se incluye en la línea dedicada a la conexión entre los centros de formación y las empresas. El programa trata de contribuir al logro del cuarto objetivo estratégico del Plan: “Reforzar el vínculo entre los centros de formación profesional y las empresas para ajustar la oferta de formación profesional a las necesidades de personal cualificado de los sectores productivos y potenciar el emprendimiento y el aprendizaje basado en el trabajo para facilitar la transición desde el centro de formación al empleo”.

El modelo contará con la debida regulación. Para ello, la Administración con competencias en materia de educación está impulsando la elaboración de un Anteproyecto de Decreto con la colaboración de los diferentes grupos de interés, Administración laboral, centros que imparten formación profesional, organizaciones empresariales y agentes sociales, entre otros. Este Anteproyecto será tramitado en los próximos meses.

Valladolid, 26 de enero de 2016.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


POC/000034-2

CVE="BOCCL-09-005443"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 11767
BOCCL nº 97/9 del 10/3/2016
CVE: BOCCL-09-005443

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000034-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Educación, formulada por la Procuradora Dña. María Victoria Moreno Saugar, relativa a concepto de Formación Profesional que maneja la Junta de Castilla y León en relación con la denominada FP-Dual, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 46, de 30 de octubre de 2015, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León, POC/000034, a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Educación, formulada por la Procuradora Dña. María Victoria Moreno Saugar, relativa a concepto de Formación Profesional que maneja la Junta de Castilla y León en relación con la denominada FP-Dual, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 46, de 30 de octubre de 2015, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de enero de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la POC./0900034, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora doña María Victoria Moreno Saugar, del Grupo Parlamentario Popular, relativa al concepto de Formación Profesional que maneja la Junta de Castilla y León en relación con la denominada FP-Dual.

En respuesta a la iniciativa Parlamentaria POC./0900034 se informa lo siguiente:

La Junta de Castilla y León maneja el concepto de Formación Profesional Dual (en adelante FP Dual) que ha sido definido en el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

El artículo 2 de la citada norma, establece que “a los efectos del presente real decreto, se entenderá por formación profesional dual el conjunto de las acciones e iniciativas formativas, mixtas de empleo y formación, que tienen por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral en una empresa con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo”.

En el ámbito del sistema educativo, tienen consideración de formación profesional dual los proyectos regulados en el título Ill de la norma, que son proyectos que se desarrollan con la coparticipación de los centros educativos y las empresas, sin que medie un contrato para la formación y el aprendizaje, y una vez que los centros docentes autorizados para impartir ciclos formativos de formación profesional establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente.

No obstante, la especificidad contemplada en la norma para el sistema educativo no impide que el alumnado que cursa formación profesional teóricamente pueda disfrutar de un contrato para la formación y el aprendizaje, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, para este tipo de contratos. El problema que tiene este alumnado es que el tiempo que puede dedicar a la formación generalmente es insuficiente para obtener un título de formación profesional del sistema educativo, ya que no suele superar las 380 horas anuales y un título de FP contempla 2.000 horas de formación.

El convenio suscrito con la empresa colaboradora, al que se refiere el artículo 31 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, especifica la programación para cada uno de los módulos profesionales. Contempla las actividades a realizar en el centro y en la empresa, la duración de las mismas y los criterios para su evaluación y calificación. Las actividades programadas deben permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje determinados en el currículo del título establecido por la Junta de Castilla y León. Como mínimo, el 33% de las horas de formación establecidas en el currículo deben ser desarrolladas con participación de la empresa (660 horas). Este porcentaje puede ampliarse en función de las características de cada módulo profesional y de la empresa participante. Es decir, en un ciclo de 2.000 horas de duración, al menos 660 horas deben llevarse a cabo en la empresa.

El alumnado debe cursar previamente la formación necesaria que garantice el desarrollo de la formación en la empresa con seguridad y eficacia. La actividad formativa en la empresa y en el centro educativo se coordina mediante reuniones mensuales de control en las que se hace un seguimiento de cada uno de los alumnos o alumnas. Para ello, se establecen tutorías específicas tanto en el centro de formación como en la empresa, con la designación de los tutores correspondientes por ambas partes.

En todo caso, la evaluación del alumnado es responsabilidad de los Profesores de los módulos profesionales del centro de adscripción, teniendo en cuenta las aportaciones de los formadores de la empresa y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma.

Para llevar a cabo todo este proceso de formación, y cuando las circunstancias lo aconsejan, la duración del ciclo formativo puede ser ampliada hasta un máximo de tres cursos escolares.

En cuanto a las modalidades de FP Dual, en base a lo regulado en el artículo 3 de la norma básica, los centros de formación y las empresas puedan optar por cinco tipos de modalidad:

1. Una Formación exclusiva en el centro formativo, que consiste en compatibilizar y alternar la formación que se adquiere en el centro de formación y la actividad laboral que se lleva a cabo en la empresa. Algo similar a las prácticas en las empresas implícitas en el módulo de Formación en el Centro de Trabajo o FCT que contiene el currículo de cada Título. Se alterna la formación en el centro con las prácticas en la empresa (alternancia centro-empresa).

2. Una Formación con participación de la empresa, consistente en que las empresas facilitan a los centros de formación los espacios, las instalaciones o los expertos para impartir total o parcialmente determinados módulos profesionales o módulos formativos (FP Dual en colaboración).

3. Una Formación en empresa autorizada o acreditada y en centro de formación, que consiste en la impartición de determinados módulos profesionales o módulos formativos en la empresa, complementariamente a los que se impartan en el centro de formación (FP Dual Complementaria).

4. Una Formación compartida entre el centro de formación y la empresa, que consiste en coparticipar en distinta proporción en los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en el centro de formación. La empresa deberá disponer de autorización de la Administración educativa y/o de la acreditación de la Administración laboral correspondiente para impartir este tipo de formación, y estará adscrita al centro con el que comparta la formación (FP Dual Integrada).

5. Una Formación exclusiva en la empresa, que consiste en que la formación se imparte en su totalidad en la empresa (FP Dual Exclusiva). Esta modalidad conlleva la firma de un contrato para la formación y el aprendizaje.

La modalidad más parecida a los modelos de FP Dual desarrollados en los países donde esta tiene una larga tradición, como Alemania, Suiza o Austria, es la Formación compartida (FP Dual Integrada) entre el centro de formación y la empresa. En estos países, la participación activa de las empresas en la formación del alumnado de FP hace que los contenidos de la misma se adapten mejor a las necesidades reales del mercado laboral y se facilite la transición del alumnado de los centros de formación a las empresas. Son países con una baja tasa de desempleo juvenil y con un alto grado de consideración social de los estudios de Formación Profesional.

Países como Suiza, desarrollan una formación profesional en alternancia al final de la enseñanza obligatoria, como alternativa a la escolarización general a tiempo completo. Allí, los alumnos y alumnas aprendices pasan 1.600 horas en clase y 600 en la empresa recibiendo formación, además de las horas que pasan trabajando en prácticas (2.200 horas de formación + prácticas). El programa tiene una duración de tres años, pasando el primero de ellos en el centro de formación y los dos siguientes en alternancia con la empresa.

La Junta de Castilla y León ha implantado el modelo de FP Dual descrito anteriormente a través del Programa Aula-Empresa, contemplándose como una línea de actuación dentro del Programa, junto a otras encaminadas a mejorar la calidad de la formación profesional, fomentar la colaboración entre los centros educativos y las empresas de su entorno, así como poner en práctica nuevos medios didácticos y recursos educativos que favorezcan el aprendizaje del alumnado.

El Programa contempla seis líneas de actuación:

1. Aprendiendo a emprender.

2. Hacer visible el centro en las empresas.

3. Investigación, Desarrollo e Innovación (l+D+l) en la Formación Profesional.

4. Aprender de las empresas.

5. Campeonatos de Formación Profesional.

6. Formación Profesional Dual.

Este programa cuenta una convocatoria de ayudas para su realización. El presupuesto destinado a las convocatorias de Aula-Empresa ha sido de 400.000 Euros en el curso 2013-14 y 725.425 euros en el curso 2014-15, entre ayudas a centros públicos y concertados.

Así, se han realizado algunas experiencias piloto en FP Dual, destacando la participación de la empresa Renfe en el desarrollo del currículo de grado medio “Mantenimiento de material rodante ferroviario”, para el cual, además se firmó un convenio para el desarrollo del currículo en modalidad dual. Los datos de los últimos cursos académicos son los siguientes:

Entre las empresas participantes cabe destacar, además de Renfe, Michelin, AB Azucarera Iberia S.L., Campofrío Food Group SA, Media Markt León Video SA, Renault España SA, Norma Doors Technologies SA, CIEMAT, Mecánicas de Precisión de Boecillo, Aerospace SL, Lingotes Especiales SA, Aciturri Composites SLU, Ascensores Zener, Crystal Pharma SAU, Nestlé España SA, Philips lndal SL o Leche Gaza SL.

En el último curso escolar, Valladolid fue la provincia con un mayor número de alumnado en FP Dual, con 149. La distribución por provincias fue la siguiente:

El porcentaje de alumnado que recibe algún tipo de compensación económica de la empresa no supera el 23%. Las compensaciones oscilan entre 120 €/mes hasta la más alta de 300 €/mes (la mayoría 220-250 €/mes), salvo el convenio firmado con Renfe que contempla una compensación de 600 €/mes a cada alumno durante su estancia en los talleres de la empresa.

Aunque ha aumentado cada año, el número de alumnos que realizan este tipo de formación no supera el 3% del alumnado de FP. La situación es similar en el resto de Comunidades Autónomas. Alcanzar un mayor porcentaje o aproximarse a los porcentajes que tienen países con una larga tradición en FP Dual, como Alemania, Suiza o Austria, requiere una mayor implicación de las Empresas. Para ello, hacen falta más que buenas intenciones.

En todo caso, la disposición de las empresas a formar al alumnado de FP es una conditio sine qua non. Por mucho que la Administración desee contar con un sistema de FP Dual, su implantación resultará inviable si las empresas no acceden a acoger y formar al alumnado. Y para ello, son necesarios argumentos de tipo económico. Prestar este servicio supone una inversión desde el punto de vista empresarial y, como tal, comprende costes, pero también beneficios. Lograr la implicación de las empresas de Castilla y León en la FP Dual dependerá, pues, de la capacidad para desarrollar un modelo que ofrezca a las empresas la posibilidad de compensar sus costes con beneficios, alcanzando un punto de equilibrio, teniendo en cuenta las características de los diferentes sectores y tipos de empresas de la Comunidad.

Por ello, la implantación de un modelo de FP Dual eficiente y eficaz en Castilla y León conlleva importantes dificultades. Entre ellas se encuentra la compensación del alumnado, que no tiene un contrato para la formación y aprendizaje, y la dificultad para encontrar empresas dispuestas a dedicar tiempo y esfuerzo a la formación de aprendices.

No obstante, el Consejo Económico y Social de Castilla y León, preocupado por el grave problema del acceso al empleo de los jóvenes, considera necesario fomentar medidas incentivadoras de contratación y adquisición de experiencia laboral para los jóvenes, preferentemente mediante la contratación ordinaria y, en los casos necesarios, promoviendo los contratos formativos y la formación dual, como vía de inserción laboral y cualificación. En consecuencia, la FP Dual se considera como una fórmula válida y recomendable.

Todo ello, aconseja en primer lugar analizar si la introducción y aplicación en Castilla y León de un sistema contrastado de FP Dual, como el modelo Suizo, puede dar unos resultados capaces de lograr la implicación de un número sustancial de empresas en la formación de aprendices o, por el contrario, es necesario introducir modificaciones en este tipo de modelos para que su desarrollo en un contexto socio-económico distinto, como el de Castilla y León, sea eficiente y eficaz, definiendo el modelo que mejor se ajuste a las características y necesidades de nuestra Comunidad.

En este proceso, resulta esencial un análisis detallado del coste y del beneficio de la FP Dual en Castilla y León, así como el estudio del impacto de otros factores como las regulaciones en materia de formación y empleo, (especialmente la Ley 30/2015 de formación para el empleo y su desarrollo reglamentario) y la política educativa en el plano nacional y regional, con el fin de establecer un modelo de FP Dual sostenible en el que pueda participar un importante número de alumnado.

Con este propósito, la Consejería con competencias en materia de Formación Profesional Inicial está analizando los resultados obtenidos hasta el momento con las diferentes experiencias que los centros que imparten formación profesional vienen llevando a cabo en el marco del Programa Aula-Empresa y está diseñando un nuevo marco de actuación que permita ajustar lo contemplado en el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, a las características de la Comunidad, así como posibilitar al alumnado que desea obtener una titulación del sistema educativo compatibilizar su formación con el disfrute de un contrato para la formación y el aprendizaje.

Con este fin, el Plan General de Formación profesional 2016-2020, que forma parte de la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación profesional, prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo, contempla un Programa operativo dedicado al impulso y desarrollo del modelo de FP Dual en Castilla y León. Dicho programa tiene como objetivo específico Impulsar la formación profesional dual para mejorar el desarrollo de competencias profesionales y favorecer la transición entre los centros de formación y de empleo, y se incluye en la línea dedicada a la conexión entre los centros de formación y las empresas. El programa trata de contribuir al logro del cuarto objetivo estratégico del Plan: “Reforzar el vínculo entre los centros de formación profesional y las empresas para ajustar la oferta de formación profesional a las necesidades de personal cualificado de los sectores productivos y potenciar el emprendimiento y el aprendizaje basado en el trabajo para facilitar la transición desde el centro de formación al empleo”.

El modelo contará con la debida regulación. Para ello, la Administración con competencias en materia de educación está impulsando la elaboración de un Anteproyecto de Decreto con la colaboración de los diferentes grupos de interés, Administración laboral, centros que imparten formación profesional, organizaciones empresariales y agentes sociales, entre otros. Este Anteproyecto será tramitado en los próximos meses.

Valladolid, 26 de enero de 2016.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


POC/000034-2

CVE="BOCCL-09-005443"



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