PNL/000486-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000486-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Natalia del Barrio Jiménez, Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, para instar a la Junta a que elabore un protocolo para todas las Corporaciones Locales que se acojan a los Planes de Empleo de la Junta, para su tramitación ante la Comisión de Empleo.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de marzo de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000472 a PNL/000502.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de marzo de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Dña. Natalia del Barrio Jiménez, Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, en virtud del art. 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Empleo:

ANTECEDENTES

Es cierto que la tasa de desempleo en Castilla y León es más baja que la media, pero no debemos de olvidar que se trata de un dato sesgado, ya que es más baja en la medida en que se ha reducido sustancialmente nuestra población activa. Ya lo afirmó el informe FUNCAS en su estudio sobre "Previsiones económicas para las Comunidades Autónomas 2015-2016" realizado en octubre de 2015 y que afirmaba que en nuestra Comunidad Autónoma "el descenso de la población será de una magnitud superior debido a la caída de la población activa, consecuencia a su vez de la reducción de la población en edad de trabajar".

Los últimos datos del padrón facilitados por el Instituto Nacional de Estadística han corroborado esta bajada de población con una pérdida de 22.738 personas en 2014, según los datos oficiales. Como también muestra esta estadística muchas de las personas son procedentes de municipios fuera de la capital de las provincias de nuestra Comunidad y un mayor porcentaje en el grupo de jóvenes y adultos en edad más productiva. Todo ello indica que el desempleo puede convertirse en algo estructural y con una tendencia preocupante a la cronificación en ciertos sectores de la población.

Más allá de los datos de la EPA y de paro registrado se evidencia cómo el triángulo desempleo-subempleo-precariedad laboral es una realidad perversa y palpable que destaca en el paisaje de nuestra Comunidad Autónoma.

En este contexto el empleo público que generan los ayuntamientos, a pesar de sus limitaciones, es una de las pocas oportunidades de empleo formal para importantes sectores de la población activa de nuestros municipios del ámbito rural. En este caso la mayor parte de las contrataciones laborales que desarrollan los ayuntamientos de nuestra provincia viene definida y subvencionada por los diferentes Planes de Empleo de la Junta de Castilla y León en convenio con las Corporaciones Locales. Cierto es que, en la mayoría de los casos, los criterios de contratación de desempleados vienen ya predefinidos por la Junta de Castilla y León, a través del ECYL, en las bases legales de la convocatoria. Pero no es menos cierto que el Ayuntamiento tiene un amplio margen de interpretación de la normativa y en la aplicación de la misma, lo que en la mayoría de los casos genera un sistema de selección de candidatos y contratación discrecional por parte del equipo de gobierno en función de diferentes criterios y circunstancias: vulnerabilidad informada por los servicios sociales, competencias profesionales y adecuación al puesto, interés especial de la corporación, etc. Se requiere, por tanto, el diseño de un procedimiento homogéneo y generalizable a todas las corporaciones locales que llenaría de transparencia el proceso y generaría confianza, basado principalmente en los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad recogidos en el artículo 103 de la Constitución y en el artículo 23.2 donde se apela al derecho a ser contratado como empleado público mediante los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Por todo lo anteriormente expuesto, proponemos la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla a:

1. A la elaboración de un protocolo de contratación que se ajuste a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para todas las Corporaciones Locales que se acojan a los Planes de Empleo de la Junta de Castilla y León. Estableciendo en ese protocolo cómo se evaluará la puntuación para la adecuación al puesto, los méritos y las cláusulas sociales a tener en cuenta (cargas familiares, tiempo en desempleo, vulnerabilidad social, otros ingresos familiares, etc...).

2. Estable es este protocolo unos criterios básicos en la composición de los tribunales y equipos de selección de acuerdo a criterios de eficiencia y garantías de imparcialidad y transparencia.

Valladolid, 16 de febrero de 2016.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Natalia del Barrio Jiménez,

Lorena González Guerrero y

Adela Pascual Álvarez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000486-01

CVE="BOCCL-09-005564"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 12085-12087
BOCCL nº 101/9 del 17/3/2016
CVE: BOCCL-09-005564

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000486-01
Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Natalia del Barrio Jiménez, Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, para instar a la Junta a que elabore un protocolo para todas las Corporaciones Locales que se acojan a los Planes de Empleo de la Junta, para su tramitación ante la Comisión de Empleo.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de marzo de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000472 a PNL/000502.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de marzo de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Dña. Natalia del Barrio Jiménez, Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, en virtud del art. 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Empleo:

ANTECEDENTES

Es cierto que la tasa de desempleo en Castilla y León es más baja que la media, pero no debemos de olvidar que se trata de un dato sesgado, ya que es más baja en la medida en que se ha reducido sustancialmente nuestra población activa. Ya lo afirmó el informe FUNCAS en su estudio sobre "Previsiones económicas para las Comunidades Autónomas 2015-2016" realizado en octubre de 2015 y que afirmaba que en nuestra Comunidad Autónoma "el descenso de la población será de una magnitud superior debido a la caída de la población activa, consecuencia a su vez de la reducción de la población en edad de trabajar".

Los últimos datos del padrón facilitados por el Instituto Nacional de Estadística han corroborado esta bajada de población con una pérdida de 22.738 personas en 2014, según los datos oficiales. Como también muestra esta estadística muchas de las personas son procedentes de municipios fuera de la capital de las provincias de nuestra Comunidad y un mayor porcentaje en el grupo de jóvenes y adultos en edad más productiva. Todo ello indica que el desempleo puede convertirse en algo estructural y con una tendencia preocupante a la cronificación en ciertos sectores de la población.

Más allá de los datos de la EPA y de paro registrado se evidencia cómo el triángulo desempleo-subempleo-precariedad laboral es una realidad perversa y palpable que destaca en el paisaje de nuestra Comunidad Autónoma.

En este contexto el empleo público que generan los ayuntamientos, a pesar de sus limitaciones, es una de las pocas oportunidades de empleo formal para importantes sectores de la población activa de nuestros municipios del ámbito rural. En este caso la mayor parte de las contrataciones laborales que desarrollan los ayuntamientos de nuestra provincia viene definida y subvencionada por los diferentes Planes de Empleo de la Junta de Castilla y León en convenio con las Corporaciones Locales. Cierto es que, en la mayoría de los casos, los criterios de contratación de desempleados vienen ya predefinidos por la Junta de Castilla y León, a través del ECYL, en las bases legales de la convocatoria. Pero no es menos cierto que el Ayuntamiento tiene un amplio margen de interpretación de la normativa y en la aplicación de la misma, lo que en la mayoría de los casos genera un sistema de selección de candidatos y contratación discrecional por parte del equipo de gobierno en función de diferentes criterios y circunstancias: vulnerabilidad informada por los servicios sociales, competencias profesionales y adecuación al puesto, interés especial de la corporación, etc. Se requiere, por tanto, el diseño de un procedimiento homogéneo y generalizable a todas las corporaciones locales que llenaría de transparencia el proceso y generaría confianza, basado principalmente en los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad recogidos en el artículo 103 de la Constitución y en el artículo 23.2 donde se apela al derecho a ser contratado como empleado público mediante los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Por todo lo anteriormente expuesto, proponemos la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla a:

1. A la elaboración de un protocolo de contratación que se ajuste a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para todas las Corporaciones Locales que se acojan a los Planes de Empleo de la Junta de Castilla y León. Estableciendo en ese protocolo cómo se evaluará la puntuación para la adecuación al puesto, los méritos y las cláusulas sociales a tener en cuenta (cargas familiares, tiempo en desempleo, vulnerabilidad social, otros ingresos familiares, etc...).

2. Estable es este protocolo unos criterios básicos en la composición de los tribunales y equipos de selección de acuerdo a criterios de eficiencia y garantías de imparcialidad y transparencia.

Valladolid, 16 de febrero de 2016.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Natalia del Barrio Jiménez,

Lorena González Guerrero y

Adela Pascual Álvarez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000486-01

CVE="BOCCL-09-005564"



Sede de las Cortes de Castilla y León