PNL/000554-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000554-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, D. Álvaro Lora Cumplido, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. Virginia Jiménez Campano, instando a la Junta de Castilla y León a implantar en la Comunidad en el primer semestre del 2016 el Sistema Arbitral para la resolución de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de abril de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000547 a PNL/000556.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de abril de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ana M.ª Muñoz de la Peña González, Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, D. Álvaro Lora Cumplido, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. Virginia Jiménez Campano, procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

ANTECEDENTES

Las personas con discapacidad cuentan con un sistema específico de defensa de sus intereses, sin acudir a la vía judicial, cuando quieran dirimir la resolución de sus conflictos, es el conocido como Sistema Arbitral, previsto en la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad.

El Real Decreto 1417/2006, de 1 de diciembre, estableció y reguló el Sistema Arbitral específico para la resolución de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal por razón de discapacidad.

El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, aprobó el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y estableció la regulación básica del Sistema Arbitral.

Las Juntas Arbitrales de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal son los órganos colegiados de gestión y administración del sistema arbitral.

La Junta Arbitral Central, adscrita al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, conocerá de las solicitudes de arbitraje en relación con quejas y reclamaciones que afecten a un ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma o a materias de competencia estatal de ejecución.

En cada Comunidad Autónoma se constituirá una Junta Arbitral Territorial, cuyo ámbito de actuación territorial coincidirá con el correspondiente al de dichas Administraciones Públicas.

Estas Juntas conocerán de las quejas y reclamaciones presentadas por personas con discapacidad domiciliadas en su ámbito territorial, así como cuando el conflicto haya tenido lugar en dicha zona la celebración, ejecución o cumplimiento del contrato o la actuación que diera lugar a la queja o reclamación, siempre que no se oponga expresamente una de las partes.

Los árbitros, personas honorables que cuentan con formación adecuada para resolver los conflictos que se someten a su consideración y que actúan con independencia, imparcialidad y confidencialidad, resolverán la reclamación siempre oyendo a ambas partes e intentando, en su caso, que éstas lleguen a un acuerdo.

La Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, establece, en su artículo 50, que la Junta de Castilla y León "dotará los medios y recursos necesarios para garantizar la aplicación del sistema arbitral para la resolución de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad", así mismo establece que "el sistema arbitral contará con la participación de las asociaciones representativas de las personas con discapacidad y de los demás sectores afectados".

Por lo se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a implantar el Sistema Arbitral en la Comunidad en el primer semestre del 2016, para la resolución de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad".

Valladolid, 29 de marzo de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ana María Muñoz de la Peña González,

María Josefa Díaz-Caneja Fernández,

Álvaro Lora Cumplido,

Jesús Guerrero Arroyo y

Virginia Jiménez Campano

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000554-01

CVE="BOCCL-09-006089"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 13583-13584
BOCCL nº 111/9 del 7/4/2016
CVE: BOCCL-09-006089

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000554-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, D. Álvaro Lora Cumplido, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. Virginia Jiménez Campano, instando a la Junta de Castilla y León a implantar en la Comunidad en el primer semestre del 2016 el Sistema Arbitral para la resolución de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de abril de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000547 a PNL/000556.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de abril de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ana M.ª Muñoz de la Peña González, Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, D. Álvaro Lora Cumplido, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. Virginia Jiménez Campano, procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

ANTECEDENTES

Las personas con discapacidad cuentan con un sistema específico de defensa de sus intereses, sin acudir a la vía judicial, cuando quieran dirimir la resolución de sus conflictos, es el conocido como Sistema Arbitral, previsto en la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad.

El Real Decreto 1417/2006, de 1 de diciembre, estableció y reguló el Sistema Arbitral específico para la resolución de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal por razón de discapacidad.

El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, aprobó el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y estableció la regulación básica del Sistema Arbitral.

Las Juntas Arbitrales de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal son los órganos colegiados de gestión y administración del sistema arbitral.

La Junta Arbitral Central, adscrita al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, conocerá de las solicitudes de arbitraje en relación con quejas y reclamaciones que afecten a un ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma o a materias de competencia estatal de ejecución.

En cada Comunidad Autónoma se constituirá una Junta Arbitral Territorial, cuyo ámbito de actuación territorial coincidirá con el correspondiente al de dichas Administraciones Públicas.

Estas Juntas conocerán de las quejas y reclamaciones presentadas por personas con discapacidad domiciliadas en su ámbito territorial, así como cuando el conflicto haya tenido lugar en dicha zona la celebración, ejecución o cumplimiento del contrato o la actuación que diera lugar a la queja o reclamación, siempre que no se oponga expresamente una de las partes.

Los árbitros, personas honorables que cuentan con formación adecuada para resolver los conflictos que se someten a su consideración y que actúan con independencia, imparcialidad y confidencialidad, resolverán la reclamación siempre oyendo a ambas partes e intentando, en su caso, que éstas lleguen a un acuerdo.

La Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, establece, en su artículo 50, que la Junta de Castilla y León "dotará los medios y recursos necesarios para garantizar la aplicación del sistema arbitral para la resolución de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad", así mismo establece que "el sistema arbitral contará con la participación de las asociaciones representativas de las personas con discapacidad y de los demás sectores afectados".

Por lo se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a implantar el Sistema Arbitral en la Comunidad en el primer semestre del 2016, para la resolución de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad".

Valladolid, 29 de marzo de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ana María Muñoz de la Peña González,

María Josefa Díaz-Caneja Fernández,

Álvaro Lora Cumplido,

Jesús Guerrero Arroyo y

Virginia Jiménez Campano

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000554-01

CVE="BOCCL-09-006089"



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