PE/002379-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/002379-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, D. Fernando Pablos Romo, D. Juan Carlos Montero Muñoz, Dña. Virginia Jiménez Campano y D. Ángel Hernández Martínez, relativa a relación de los bienes declarados de interés cultural que están dispensados de la obligación de facilitar la visita pública.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de marzo de 2016, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita, PE/002373 a PE/002394.

Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de abril de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Martín Benito, Fernando Pablos Romo, Juan Carlos Montero Muñoz, Virginia Jiménez Campano y Ángel Hernández Martínez, procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

En respuesta parlamentaria a la PE 0900087 firmada por la Consejera de Cultura en Valladolid a 19 de octubre de 2015 sobre los Bienes de Interés Cultural que no disponen de regímenes de visitas públicas, se da una relación en la que en buena parte de ellos no consta ni el término municipal ni la provincia, porque lo que se hace muy difícil la identificación de los mismos. Este tipo de respuestas, donde todo se mezcla y confunde, en una especie de "totum revolutum", viene siendo bastante habitual en la Consejería de Cultura y Turismo, no solo ahora, sino en anteriores Legislaturas, lo que dificulta y obstaculiza la labor del control parlamentario por parte del procurador o procuradores que formulan la pregunta.

En la respuesta se indica que "en el marco de lo establecido en la normativa vigente están dispensados de la obligación de facilitar la visita pública en atención a diversas circunstancias".

En virtud de ello se pregunta:

Relación de los bienes declarados de Interés Cultural que "están dispensados de la obligación de facilitar la visita pública", indicando el municipio y la provincia de cada uno de ellos, así como la circunstancia o caso concreto de cada BIC por la que están dispensados de dicho régimen de visitas, fecha de la solicitud de su propietario de dicha dispensa y fecha del acuerdo y organismo de la administración competente que acordó dicha dispensa.

Se ruega que la respuesta a la información solicitada del BIC sea ordenada por provincia y expuesta de manera correlativa en un formato EXCELL para cada BIC.

Valladolid, 28 de marzo de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ignacio Martín Benito,

Fernando Pablos Romo,

Juan Carlos Montero Muñoz,

Virginia Jiménez Campano y

Ángel Hernández Martínez


PE/002379-01

CVE="BOCCL-09-006116"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 13622-13623
BOCCL nº 113/9 del 11/4/2016
CVE: BOCCL-09-006116

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/002379-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, D. Fernando Pablos Romo, D. Juan Carlos Montero Muñoz, Dña. Virginia Jiménez Campano y D. Ángel Hernández Martínez, relativa a relación de los bienes declarados de interés cultural que están dispensados de la obligación de facilitar la visita pública.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de marzo de 2016, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita, PE/002373 a PE/002394.

Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de abril de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Martín Benito, Fernando Pablos Romo, Juan Carlos Montero Muñoz, Virginia Jiménez Campano y Ángel Hernández Martínez, procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

En respuesta parlamentaria a la PE 0900087 firmada por la Consejera de Cultura en Valladolid a 19 de octubre de 2015 sobre los Bienes de Interés Cultural que no disponen de regímenes de visitas públicas, se da una relación en la que en buena parte de ellos no consta ni el término municipal ni la provincia, porque lo que se hace muy difícil la identificación de los mismos. Este tipo de respuestas, donde todo se mezcla y confunde, en una especie de "totum revolutum", viene siendo bastante habitual en la Consejería de Cultura y Turismo, no solo ahora, sino en anteriores Legislaturas, lo que dificulta y obstaculiza la labor del control parlamentario por parte del procurador o procuradores que formulan la pregunta.

En la respuesta se indica que "en el marco de lo establecido en la normativa vigente están dispensados de la obligación de facilitar la visita pública en atención a diversas circunstancias".

En virtud de ello se pregunta:

Relación de los bienes declarados de Interés Cultural que "están dispensados de la obligación de facilitar la visita pública", indicando el municipio y la provincia de cada uno de ellos, así como la circunstancia o caso concreto de cada BIC por la que están dispensados de dicho régimen de visitas, fecha de la solicitud de su propietario de dicha dispensa y fecha del acuerdo y organismo de la administración competente que acordó dicha dispensa.

Se ruega que la respuesta a la información solicitada del BIC sea ordenada por provincia y expuesta de manera correlativa en un formato EXCELL para cada BIC.

Valladolid, 28 de marzo de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ignacio Martín Benito,

Fernando Pablos Romo,

Juan Carlos Montero Muñoz,

Virginia Jiménez Campano y

Ángel Hernández Martínez


PE/002379-01

CVE="BOCCL-09-006116"



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