PE/001892-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001892-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Sarrión Andaluz, relativa a política de subvenciones a los ayuntamientos para la creación de empleo, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 88, de 25 de febrero de 2016.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001710, PE/001715, PE/001718 a PE/001720, PE/001722, PE/001724, PE/001726, PE/001732, PE/001735, PE/001741, PE/001742, PE/001745, PE/001746, PE/001750 a PE/001756, PE/001759, PE/001763, PE/001774 a PE/001785, PE/001793 a PE/001796, PE/001802, PE/001815, PE/001819, PE/001820, PE/001836, PE/001842 a PE/001853, PE/001857, PE/001865, PE/001876, PE/001879, PE/001888, PE/001890 a PE/001893, PE/001898, PE/001900 a PE/001903, PE/001905 a PE/001909, PE/001911, PE/001913 a PE/001919, PE/001921 a PE/001929, PE/001931 a PE/001935, PE/001937 a PE/001951, PE/001953 a PE/001955, PE/001961, PE/001962, PE/001964 a PE/001988, PE/001990, PE/001996, PE/001997, PE/002020, PE/002021, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de marzo de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./0901892, formulada por el Procurador D. José Sarrión Andaluz, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a política de subvenciones a los ayuntamientos para la creación de empleo.

En contestación a las cuestiones que se plantean en la pregunta de referencia se informa que la política del Servicio Público Empleo de Castilla y León dirigida a Ayuntamientos, aprobada en la II Estrategia Integrada de Empleo a través del Plan de Empleo Local, fomenta la contratación de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, buscando reforzar aquellas actividades de mayor impacto económico y con mayor potencial de generación de empleo, tales como los programas específicos dedicados a la realización de obras y servicios ligados al aprovechamiento de la biomasa forestal fomentando el empleo verde o el impulso del sector turístico, al tratarse de sectores que contribuyen al desarrollo económico sostenible, a la creación de empleo y a la cohesión territorial.

Además, en la programación de los incentivos al Empleo Local, se articulan medidas que tienen en cuenta tanto la población como la incidencia del desempleo en el territorio y se coordinan con las Entidades Locales, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de las personas y asentar población en los mismos.

En lo que se refiere a la creación de empleo, la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016-2020, establece la obligación de que las contrataciones serán a jornada completa y con un mínimo de 180 días. Obligación de la que se excluye a los municipios menores de 1.000 habitantes, que podrán realizar contrataciones a jornada parcial, en función de la naturaleza de la obra o servicio a realizar.

Para la mejora de las condiciones económicas de los cursos de formación, la Orden EYE/589/2014, de 30 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a la financiación del Programa Mixto de Formación y Empleo de Castilla y León, así como la Orden EYE/460/2015, de 1 de junio, por la que se modifica la Orden EYE/589/2014, de 30 de junio, establece en el art. 7.1 b) una subvención para sufragar los costes salariales hasta el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

Finalmente, poner de manifiesto que el Servicio Público de Castilla y León realiza anualmente un informe de inserción de acciones formativas para desempleados. El último elaborado, en cuanto a cursos de Formación dirigidos prioritariamente a trabajadores desempleados, corresponde al año 2013. En la actualidad se está elaborando el correspondiente al año 2014, que contendrá los alumnos cuyos cursos han finalizado el 31 de diciembre de 2014, y que han encontrado una ocupación en el año 2015. Los últimos datos serían de 11.619 alumnos formados y de 4.618 el número de inserciones brutas.

Igualmente, el citado Organismos elabora el informe de inserción del Programa Escuelas Taller, cuyos datos están referidos a la inserción producida en el año 2014, de los proyectos finalizados en el año 2013. Los últimos datos suponen 513 alumnos formados y un número de inserciones de 250.

Valladolid, 10 de marzo de 2016.

La Consejera,Rosa Valdeón Santiago.


PE/001892-2

CVE="BOCCL-09-006613"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 14258
BOCCL nº 115/9 del 14/4/2016
CVE: BOCCL-09-006613

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001892-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Sarrión Andaluz, relativa a política de subvenciones a los ayuntamientos para la creación de empleo, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 88, de 25 de febrero de 2016.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001710, PE/001715, PE/001718 a PE/001720, PE/001722, PE/001724, PE/001726, PE/001732, PE/001735, PE/001741, PE/001742, PE/001745, PE/001746, PE/001750 a PE/001756, PE/001759, PE/001763, PE/001774 a PE/001785, PE/001793 a PE/001796, PE/001802, PE/001815, PE/001819, PE/001820, PE/001836, PE/001842 a PE/001853, PE/001857, PE/001865, PE/001876, PE/001879, PE/001888, PE/001890 a PE/001893, PE/001898, PE/001900 a PE/001903, PE/001905 a PE/001909, PE/001911, PE/001913 a PE/001919, PE/001921 a PE/001929, PE/001931 a PE/001935, PE/001937 a PE/001951, PE/001953 a PE/001955, PE/001961, PE/001962, PE/001964 a PE/001988, PE/001990, PE/001996, PE/001997, PE/002020, PE/002021, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de marzo de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./0901892, formulada por el Procurador D. José Sarrión Andaluz, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a política de subvenciones a los ayuntamientos para la creación de empleo.

En contestación a las cuestiones que se plantean en la pregunta de referencia se informa que la política del Servicio Público Empleo de Castilla y León dirigida a Ayuntamientos, aprobada en la II Estrategia Integrada de Empleo a través del Plan de Empleo Local, fomenta la contratación de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, buscando reforzar aquellas actividades de mayor impacto económico y con mayor potencial de generación de empleo, tales como los programas específicos dedicados a la realización de obras y servicios ligados al aprovechamiento de la biomasa forestal fomentando el empleo verde o el impulso del sector turístico, al tratarse de sectores que contribuyen al desarrollo económico sostenible, a la creación de empleo y a la cohesión territorial.

Además, en la programación de los incentivos al Empleo Local, se articulan medidas que tienen en cuenta tanto la población como la incidencia del desempleo en el territorio y se coordinan con las Entidades Locales, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de las personas y asentar población en los mismos.

En lo que se refiere a la creación de empleo, la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016-2020, establece la obligación de que las contrataciones serán a jornada completa y con un mínimo de 180 días. Obligación de la que se excluye a los municipios menores de 1.000 habitantes, que podrán realizar contrataciones a jornada parcial, en función de la naturaleza de la obra o servicio a realizar.

Para la mejora de las condiciones económicas de los cursos de formación, la Orden EYE/589/2014, de 30 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a la financiación del Programa Mixto de Formación y Empleo de Castilla y León, así como la Orden EYE/460/2015, de 1 de junio, por la que se modifica la Orden EYE/589/2014, de 30 de junio, establece en el art. 7.1 b) una subvención para sufragar los costes salariales hasta el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

Finalmente, poner de manifiesto que el Servicio Público de Castilla y León realiza anualmente un informe de inserción de acciones formativas para desempleados. El último elaborado, en cuanto a cursos de Formación dirigidos prioritariamente a trabajadores desempleados, corresponde al año 2013. En la actualidad se está elaborando el correspondiente al año 2014, que contendrá los alumnos cuyos cursos han finalizado el 31 de diciembre de 2014, y que han encontrado una ocupación en el año 2015. Los últimos datos serían de 11.619 alumnos formados y de 4.618 el número de inserciones brutas.

Igualmente, el citado Organismos elabora el informe de inserción del Programa Escuelas Taller, cuyos datos están referidos a la inserción producida en el año 2014, de los proyectos finalizados en el año 2013. Los últimos datos suponen 513 alumnos formados y un número de inserciones de 250.

Valladolid, 10 de marzo de 2016.

La Consejera,Rosa Valdeón Santiago.


PE/001892-2

CVE="BOCCL-09-006613"



Sede de las Cortes de Castilla y León