PE/001976-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001976-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo, Dña. Ana María Agudíez Calvo y D. Fernando Pablos Romo, relativa a cambios en el mapa escolar de la provincia de Segovia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 92, de 2 de marzo de 2016.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001710, PE/001715, PE/001718 a PE/001720, PE/001722, PE/001724, PE/001726, PE/001732, PE/001735, PE/001741, PE/001742, PE/001745, PE/001746, PE/001750 a PE/001756, PE/001759, PE/001763, PE/001774 a PE/001785, PE/001793 a PE/001796, PE/001802, PE/001815, PE/001819, PE/001820, PE/001836, PE/001842 a PE/001853, PE/001857, PE/001865, PE/001876, PE/001879, PE/001888, PE/001890 a PE/001893, PE/001898, PE/001900 a PE/001903, PE/001905 a PE/001909, PE/001911, PE/001913 a PE/001919, PE/001921 a PE/001929, PE/001931 a PE/001935, PE/001937 a PE/001951, PE/001953 a PE/001955, PE/001961, PE/001962, PE/001964 a PE/001988, PE/001990, PE/001996, PE/001997, PE/002020, PE/002021, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de marzo de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0901976, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores Dña. Ana M.ª Agudíez Calvo, D. Fernando Pablos Romo y D. José Luis Aceves Galindo, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a cambios en el mapa escolar de la provincia de Segovia.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0901976 se manifiesta lo siguiente:

El paulatino descenso de la población escolar en algunas localidades ha conducido a que algunos centros estén conformados por comunidades educativas con un reducido número de alumnos y un exiguo número de profesores, lo que conlleva a un empobrecimiento de relaciones que limita y dificulta los procesos de enseñanza y aprendizaje.

Estas razones pedagógicas, aparecen recogidas en la LOE:

“Art. 91.2. Los profesores realizarán sus funciones bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo.

Art. 130.1. Corresponde a las Administraciones educativas potenciar los equipos de profesores que impartan clase en el mismo curso, así como la colaboración y el trabajo en equipo de los profesores que impartan clase a un mismo grupo de alumnos.”

También en la Orden EDU/519/2014, en el Anexo I.A., en relación con los principios metodológicos de la etapa de Educación Primaria:

“la coordinación docente es clave en el diseño, concreción y secuenciación de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación así como en la selección de materiales y recursos didácticos de calidad”.

Estas normas aconsejan que se acometan las actuaciones necesarias para mantener la calidad de los servicios educativos. Para ello, es necesario contar con un mínimo de número de unidades y, por consiguiente, de maestros por centro. Así, para promover la constitución de comunidades educativas más numerosas que impidan el aislamiento e individualismo del profesorado y favorecer la interrelación de padres, profesores y alumnado dentro del mismo centro, que estimule la formación educativa mediante la coordinación del profesorado, la socialización del alumnado y la colaboración intermunicipios de los padres que impulsen las zonas rurales a través de los CRAs, la Dirección Provincial de Educación de Segovia ha propuesto y propiciado la integración de centros con reducido tamaño integrándolos en otros de modo que se garantizan los servicios educativos en todas las localidades, no suponiendo en ningún caso merma en la educación del alumnado afectado ni pérdida de servicios complementarios como transporte escolar o comedor.

Con estas actuaciones se pretende garantizar:

a) La adecuada concreción del currículo, así como la selección de materiales y recursos didácticos.

b) La mejora de la atención educativa de los alumnos al disponer de un mínimo número de profesores que puedan apoyar y sustituir puntualmente a alguno de los maestros que se ausenten circunstancialmente.

c) La adecuada socialización de los alumnos, su trabajo colaborativo y aprendizaje en equipo, así como la organización de actividades grupales, educativas, deportivas o culturales, al contar el centro con un mínimo número de alumnos que lo posibilite.

d) El trabajo en equipo y coordinación docente del profesorado que enriquezca el trabajo de todos y cada uno de los maestros, mejorando y facilitando las actividades educativas conjuntas que impulsen la colaboración en la programación de propuestas y proyectos, así como el desarrollo de la propuesta curricular, el proyecto educativo y la Programación General Anual del centro.

e) Aumento y mejora de las actividades complementarias y extraescolares, al ampliar tanto el número de alumnos como el número de docentes que pueden intervenir en las mismas, así como la atención de todo el alumnado.

De igual manera, esta integración de estos centros escolares proporciona las siguientes características beneficiosas en los mismos:

• Centros que hasta ahora sólo tenían Director, que ejercía de Jefe de Estudios, de Secretario y de docente, pasan a más cargos directivos en el nuevo CRA.

• Los recursos humanos y materiales serán mayores.

• Los especialistas-tutores realizarán únicamente sus funciones propias. En estos centros muchos también eran tutores.

• Se favorece la convivencia y se posibilitan las salidas y excursiones por etapas.

Asimismo, los servicios complementarios se mantienen con la única modificación de la ruta que pasaba por Encinillas para trasladar a los alumnos a Carbonero, que se acorta, creándose una hasta Segovia.

En cualquier caso, se garantiza la obligación de transportar a todos los alumnos de educación obligatoria que residan en un municipio diferente de aquel en el que se encuentra la etapa correspondiente, ya que el transporte en cuanto servicio de apoyo a la educación, se adapta a las decisiones adoptadas para mejorar la calidad de la enseñanza.

Valladolid, 22 de marzo de 2016.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/001976-2

CVE="BOCCL-09-006680"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 14372
BOCCL nº 115/9 del 14/4/2016
CVE: BOCCL-09-006680

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001976-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo, Dña. Ana María Agudíez Calvo y D. Fernando Pablos Romo, relativa a cambios en el mapa escolar de la provincia de Segovia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 92, de 2 de marzo de 2016.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001710, PE/001715, PE/001718 a PE/001720, PE/001722, PE/001724, PE/001726, PE/001732, PE/001735, PE/001741, PE/001742, PE/001745, PE/001746, PE/001750 a PE/001756, PE/001759, PE/001763, PE/001774 a PE/001785, PE/001793 a PE/001796, PE/001802, PE/001815, PE/001819, PE/001820, PE/001836, PE/001842 a PE/001853, PE/001857, PE/001865, PE/001876, PE/001879, PE/001888, PE/001890 a PE/001893, PE/001898, PE/001900 a PE/001903, PE/001905 a PE/001909, PE/001911, PE/001913 a PE/001919, PE/001921 a PE/001929, PE/001931 a PE/001935, PE/001937 a PE/001951, PE/001953 a PE/001955, PE/001961, PE/001962, PE/001964 a PE/001988, PE/001990, PE/001996, PE/001997, PE/002020, PE/002021, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de marzo de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0901976, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores Dña. Ana M.ª Agudíez Calvo, D. Fernando Pablos Romo y D. José Luis Aceves Galindo, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a cambios en el mapa escolar de la provincia de Segovia.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0901976 se manifiesta lo siguiente:

El paulatino descenso de la población escolar en algunas localidades ha conducido a que algunos centros estén conformados por comunidades educativas con un reducido número de alumnos y un exiguo número de profesores, lo que conlleva a un empobrecimiento de relaciones que limita y dificulta los procesos de enseñanza y aprendizaje.

Estas razones pedagógicas, aparecen recogidas en la LOE:

“Art. 91.2. Los profesores realizarán sus funciones bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo.

Art. 130.1. Corresponde a las Administraciones educativas potenciar los equipos de profesores que impartan clase en el mismo curso, así como la colaboración y el trabajo en equipo de los profesores que impartan clase a un mismo grupo de alumnos.”

También en la Orden EDU/519/2014, en el Anexo I.A., en relación con los principios metodológicos de la etapa de Educación Primaria:

“la coordinación docente es clave en el diseño, concreción y secuenciación de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación así como en la selección de materiales y recursos didácticos de calidad”.

Estas normas aconsejan que se acometan las actuaciones necesarias para mantener la calidad de los servicios educativos. Para ello, es necesario contar con un mínimo de número de unidades y, por consiguiente, de maestros por centro. Así, para promover la constitución de comunidades educativas más numerosas que impidan el aislamiento e individualismo del profesorado y favorecer la interrelación de padres, profesores y alumnado dentro del mismo centro, que estimule la formación educativa mediante la coordinación del profesorado, la socialización del alumnado y la colaboración intermunicipios de los padres que impulsen las zonas rurales a través de los CRAs, la Dirección Provincial de Educación de Segovia ha propuesto y propiciado la integración de centros con reducido tamaño integrándolos en otros de modo que se garantizan los servicios educativos en todas las localidades, no suponiendo en ningún caso merma en la educación del alumnado afectado ni pérdida de servicios complementarios como transporte escolar o comedor.

Con estas actuaciones se pretende garantizar:

a) La adecuada concreción del currículo, así como la selección de materiales y recursos didácticos.

b) La mejora de la atención educativa de los alumnos al disponer de un mínimo número de profesores que puedan apoyar y sustituir puntualmente a alguno de los maestros que se ausenten circunstancialmente.

c) La adecuada socialización de los alumnos, su trabajo colaborativo y aprendizaje en equipo, así como la organización de actividades grupales, educativas, deportivas o culturales, al contar el centro con un mínimo número de alumnos que lo posibilite.

d) El trabajo en equipo y coordinación docente del profesorado que enriquezca el trabajo de todos y cada uno de los maestros, mejorando y facilitando las actividades educativas conjuntas que impulsen la colaboración en la programación de propuestas y proyectos, así como el desarrollo de la propuesta curricular, el proyecto educativo y la Programación General Anual del centro.

e) Aumento y mejora de las actividades complementarias y extraescolares, al ampliar tanto el número de alumnos como el número de docentes que pueden intervenir en las mismas, así como la atención de todo el alumnado.

De igual manera, esta integración de estos centros escolares proporciona las siguientes características beneficiosas en los mismos:

• Centros que hasta ahora sólo tenían Director, que ejercía de Jefe de Estudios, de Secretario y de docente, pasan a más cargos directivos en el nuevo CRA.

• Los recursos humanos y materiales serán mayores.

• Los especialistas-tutores realizarán únicamente sus funciones propias. En estos centros muchos también eran tutores.

• Se favorece la convivencia y se posibilitan las salidas y excursiones por etapas.

Asimismo, los servicios complementarios se mantienen con la única modificación de la ruta que pasaba por Encinillas para trasladar a los alumnos a Carbonero, que se acorta, creándose una hasta Segovia.

En cualquier caso, se garantiza la obligación de transportar a todos los alumnos de educación obligatoria que residan en un municipio diferente de aquel en el que se encuentra la etapa correspondiente, ya que el transporte en cuanto servicio de apoyo a la educación, se adapta a las decisiones adoptadas para mejorar la calidad de la enseñanza.

Valladolid, 22 de marzo de 2016.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/001976-2

CVE="BOCCL-09-006680"



Sede de las Cortes de Castilla y León