PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de abril de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000563 a PNL/000612.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de abril de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
María Josefa Rodríguez Tobal, Laura Domínguez Arroyo, Félix Díez Romero y Ricardo López Prieto, procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Economía y Hacienda.
ANTECEDENTES
Analizar las desigualdades de género supone adecuar la perspectiva de género a todos los ámbitos de la vida cotidiana. La perspectiva de género en el ámbito económico es uno de los imprescindibles, entendiendo la economía como base fundamental de nuestras relaciones, también en lo que conlleva las desigualdades entre hombres y mujeres.
A la hora del consumo de productos y servicios, sumado a la desigualdad laboral y la precarización económica de las mujeres, nos encontramos una desigualdad difícilmente sustentable en un estado de derecho que pondría la igualdad como uno de sus principios fundamentales.
En esta reflexión nos encontramos problemáticas como la de la llamada "tasa rosa" o como el problema del que vamos a ocuparnos, el IVA de los productos de higiene femenina. Este debate, discutido ampliamente y de manera relevante tras el incremento del IVA en 2012, supone introducir una perspectiva de género a un problema económico. El IVA se incrementó hasta el 21 %, si bien es cierto que los productos de higiene femenina pasaron de estar en el tipo general a estar en el tipo reducido del 10 %. Desde luego, fue un avance el entender al fin que estos productos no podían estar en el tipo general, pero no suficiente.
A través de un estudio realizado por FACUA, se detectaron diferencias de precio entre las distintas marcas de hasta un 400 % en el caso de las compresas y de un 185 % en el caso de los tampones. Evidentemente, desde las administraciones públicas no se pueden modificar los precios de mercado, pero sí se puede actuar sobre el IVA que las grava.
El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo independientemente de la renta, tiene por tanto carácter regresivo. No es susceptible de cambio este hecho, pero sí la cuantía porcentual en relación a cada tipo. En España, los productos de higiene femenina y otros similares están en el tipo reducido del 10 % como ya hemos apuntado, obviando que son productos de primera necesidad.
Desde julio del año pasado los productos de higiene femenina están exentos de impuestos y otros países como Reino Unido y Australia están llevando a cabo potentes campañas en ese sentido. En España, la petición realizada a través de Change.Org lleva 108.000 firmas para que se pase este tipo de productos al IVA superreducido del 4 %.
La carga económica que supone para las mujeres la adquisición de estos productos a un IVA reducido se incrementa además con la realidad que viven las mujeres de nuestra Comunidad, con una brecha salarial de un 25 %, una de las más altas de España. Además, la mayoría de personas que perciben una Renta Garantizada de Ciudadanía son mujeres, un 60 %. El 35 % cobra menos del SMI y la tasa de desempleo es casi cinco puntos mayor.
Este debate lleva años sobre la mesa, relegado como suele suceder con las políticas de género. Cabe recordar una vez más que esto afecta a la mitad de la población entre, aproximadamente, los 13 y los 50 años y que por tanto estamos penalizando a las mujeres y no dando una respuesta clara y firme debido a la falta de sensibilidad de las administraciones públicas en las problemáticas que afectan a las mujeres.
Por todo lo expuesto, presentamos la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que exhorte al Gobierno de España a reducir el IVA del tipo reducido del 10 % al tipo superreducido del 4 % en los productos de higiene femenina; tampones, compresas y copas menstruales y similares.
En Valladolid, a 16 de marzo de 2016.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: María Josefa Rodríguez Tobal,
Laura Domínguez Arroyo,
Félix Díez Romero y
Ricardo López Prieto
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/000578-01
CVE="BOCCL-09-006745"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de abril de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000563 a PNL/000612.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de abril de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
María Josefa Rodríguez Tobal, Laura Domínguez Arroyo, Félix Díez Romero y Ricardo López Prieto, procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Economía y Hacienda.
ANTECEDENTES
Analizar las desigualdades de género supone adecuar la perspectiva de género a todos los ámbitos de la vida cotidiana. La perspectiva de género en el ámbito económico es uno de los imprescindibles, entendiendo la economía como base fundamental de nuestras relaciones, también en lo que conlleva las desigualdades entre hombres y mujeres.
A la hora del consumo de productos y servicios, sumado a la desigualdad laboral y la precarización económica de las mujeres, nos encontramos una desigualdad difícilmente sustentable en un estado de derecho que pondría la igualdad como uno de sus principios fundamentales.
En esta reflexión nos encontramos problemáticas como la de la llamada "tasa rosa" o como el problema del que vamos a ocuparnos, el IVA de los productos de higiene femenina. Este debate, discutido ampliamente y de manera relevante tras el incremento del IVA en 2012, supone introducir una perspectiva de género a un problema económico. El IVA se incrementó hasta el 21 %, si bien es cierto que los productos de higiene femenina pasaron de estar en el tipo general a estar en el tipo reducido del 10 %. Desde luego, fue un avance el entender al fin que estos productos no podían estar en el tipo general, pero no suficiente.
A través de un estudio realizado por FACUA, se detectaron diferencias de precio entre las distintas marcas de hasta un 400 % en el caso de las compresas y de un 185 % en el caso de los tampones. Evidentemente, desde las administraciones públicas no se pueden modificar los precios de mercado, pero sí se puede actuar sobre el IVA que las grava.
El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo independientemente de la renta, tiene por tanto carácter regresivo. No es susceptible de cambio este hecho, pero sí la cuantía porcentual en relación a cada tipo. En España, los productos de higiene femenina y otros similares están en el tipo reducido del 10 % como ya hemos apuntado, obviando que son productos de primera necesidad.
Desde julio del año pasado los productos de higiene femenina están exentos de impuestos y otros países como Reino Unido y Australia están llevando a cabo potentes campañas en ese sentido. En España, la petición realizada a través de Change.Org lleva 108.000 firmas para que se pase este tipo de productos al IVA superreducido del 4 %.
La carga económica que supone para las mujeres la adquisición de estos productos a un IVA reducido se incrementa además con la realidad que viven las mujeres de nuestra Comunidad, con una brecha salarial de un 25 %, una de las más altas de España. Además, la mayoría de personas que perciben una Renta Garantizada de Ciudadanía son mujeres, un 60 %. El 35 % cobra menos del SMI y la tasa de desempleo es casi cinco puntos mayor.
Este debate lleva años sobre la mesa, relegado como suele suceder con las políticas de género. Cabe recordar una vez más que esto afecta a la mitad de la población entre, aproximadamente, los 13 y los 50 años y que por tanto estamos penalizando a las mujeres y no dando una respuesta clara y firme debido a la falta de sensibilidad de las administraciones públicas en las problemáticas que afectan a las mujeres.
Por todo lo expuesto, presentamos la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que exhorte al Gobierno de España a reducir el IVA del tipo reducido del 10 % al tipo superreducido del 4 % en los productos de higiene femenina; tampones, compresas y copas menstruales y similares.
En Valladolid, a 16 de marzo de 2016.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: María Josefa Rodríguez Tobal,
Laura Domínguez Arroyo,
Félix Díez Romero y
Ricardo López Prieto
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/000578-01
CVE="BOCCL-09-006745"