PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de abril de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000616 a PNL/000659.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de abril de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
D.ª Lorena González Guerrero y D.ª Adela Pascual Álvarez, Procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, en virtud del art. 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Educación.
ANTECEDENTES
En virtud del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, nuestra Comunidad tiene atribuidas las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
El decreto 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, establece, entre sus finalidades, "garantizar, dentro del derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro docente por progenitores o tutores, atendiendo en todo caso a una equilibrada distribución entre los centros escolares públicos y privados concertados de los alumnos".
Por otra parte, el 17 de febrero de 2016, el Procurador del Común emitió una resolución en la cual se puede leer, entre otras muchas cosas en la misma dirección, que "Es evidente que cada familia tiene sus motivos y justificaciones para elegir un centro u otro, pero el efecto conjunto que produce esta opción personal legítima es la consolidación de un sistema educativo segregado que no asegura la igualdad de oportunidades del alumnado, convirtiéndose para la administración educativa en una grave responsabilidad política".
En el informe de la OCDE de mayo de 2012, Equidad y calidad de la educación, se deja patente que "proporcionar plena libertad de elección de escuela a los padres puede resultar en segregación según competencias académicas y entornos socioeconómicos, y generar mayores desigualdades en los sistemas educativos. Los programas de elección pueden diseñarse y gestionarse para equilibrar la libertad de elección y limitar los efectos negativos sobre la equidad".
Con ello, cabe entender que el establecimiento de la zona única de escolarización para todos los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de Castilla y León puede generar graves consecuencias que derivarían en el fomento de la desigualdad educativa.
Desde Podemos Castilla y León defendemos que las leyes, y por tanto lo legítimo, ha de estar al servicio del bien común y de lo mejor para el conjunto de la ciudadanía y, en este caso, también al servicio del principio de equidad que, se supone, ha de regir nuestro sistema educativo. Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario de Podemos Castilla y León presenta la siguiente:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Suprimir los condicionantes que para el sistema educativo público castellano y leonés ha supuesto la existencia de una única área de influencia para todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos ubicados en un mismo municipio.
2. Delimitar nuevas áreas de influencia en cada municipio que vertebren a los centros educativos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato existentes; atendiendo eminentemente a criterios pedagógicos y socioeconómicos que beneficien al conjunto de la ciudadanía y al sistema educativo regional en su totalidad.
3. Implicar a la comunidad educativa en el diseño y elaboración de este nuevo marco organizativo que revise, además, el proceso de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en Castilla y León.
4. Legislar los citados cambios para que estén vigentes en 2017 y ordenen eI proceso de admisión del alumnado del curso 2017/2018.
Valladolid, 18 de abril de 2016.
LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Lorena González Guerrero y
Adela Pascual Álvarez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/000654-01
CVE="BOCCL-09-007182"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de abril de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000616 a PNL/000659.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de abril de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
D.ª Lorena González Guerrero y D.ª Adela Pascual Álvarez, Procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, en virtud del art. 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Educación.
ANTECEDENTES
En virtud del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, nuestra Comunidad tiene atribuidas las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
El decreto 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, establece, entre sus finalidades, "garantizar, dentro del derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro docente por progenitores o tutores, atendiendo en todo caso a una equilibrada distribución entre los centros escolares públicos y privados concertados de los alumnos".
Por otra parte, el 17 de febrero de 2016, el Procurador del Común emitió una resolución en la cual se puede leer, entre otras muchas cosas en la misma dirección, que "Es evidente que cada familia tiene sus motivos y justificaciones para elegir un centro u otro, pero el efecto conjunto que produce esta opción personal legítima es la consolidación de un sistema educativo segregado que no asegura la igualdad de oportunidades del alumnado, convirtiéndose para la administración educativa en una grave responsabilidad política".
En el informe de la OCDE de mayo de 2012, Equidad y calidad de la educación, se deja patente que "proporcionar plena libertad de elección de escuela a los padres puede resultar en segregación según competencias académicas y entornos socioeconómicos, y generar mayores desigualdades en los sistemas educativos. Los programas de elección pueden diseñarse y gestionarse para equilibrar la libertad de elección y limitar los efectos negativos sobre la equidad".
Con ello, cabe entender que el establecimiento de la zona única de escolarización para todos los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de Castilla y León puede generar graves consecuencias que derivarían en el fomento de la desigualdad educativa.
Desde Podemos Castilla y León defendemos que las leyes, y por tanto lo legítimo, ha de estar al servicio del bien común y de lo mejor para el conjunto de la ciudadanía y, en este caso, también al servicio del principio de equidad que, se supone, ha de regir nuestro sistema educativo. Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario de Podemos Castilla y León presenta la siguiente:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Suprimir los condicionantes que para el sistema educativo público castellano y leonés ha supuesto la existencia de una única área de influencia para todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos ubicados en un mismo municipio.
2. Delimitar nuevas áreas de influencia en cada municipio que vertebren a los centros educativos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato existentes; atendiendo eminentemente a criterios pedagógicos y socioeconómicos que beneficien al conjunto de la ciudadanía y al sistema educativo regional en su totalidad.
3. Implicar a la comunidad educativa en el diseño y elaboración de este nuevo marco organizativo que revise, además, el proceso de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en Castilla y León.
4. Legislar los citados cambios para que estén vigentes en 2017 y ordenen eI proceso de admisión del alumnado del curso 2017/2018.
Valladolid, 18 de abril de 2016.
LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Lorena González Guerrero y
Adela Pascual Álvarez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/000654-01
CVE="BOCCL-09-007182"