PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de mayo de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000671 a PNL/000689.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de mayo de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Javier Izquierdo Roncero, José Francisco Martín Martínez, Gloria María Acevedo Rodríguez, Luis Briones Martínez y Juan Luis Cepa Álvarez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Hacienda:
ANTECEDENTES
Es potestad reglamentaria de los ayuntamientos de Castilla y León presentar y aprobar las ordenanzas fiscales que deben regir cada ejercicio presupuestario y, dentro de ellas, establecer las cuantías y bonificaciones correspondientes al Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana.
Como es sabido, este impuesto está regulado por la Ley General Tributaria y el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ambas de carácter estatal.
El artículo 74 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, regula las bonificaciones potestativas que puede un ayuntamiento establecer en relación a este impuesto, en concreto el artículo 74.4 dice: "Las ordenanzas fiscales podrán regular una bonificación de hasta el 90 por ciento de la cuota íntegra del impuesto a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa.
La ordenanza deberá especificar la clase y características de los bienes inmuebles a que afecte, duración, cuantía anual y demás aspectos sustantivos y formales de esta bonificación, así como las condiciones de compatibilidad con otros beneficios fiscales".
Según la normativa vigente, estas bonificaciones potestativas de los ayuntamientos sólo permiten establecer la bonificación del IBI urbano a familias numerosas. La evolución y desarrollo sociológico que ha experimentado nuestro país y, por tanto también nuestra CCAA en los últimos 20-30 años, nos demuestran que en la actualidad el hecho de ser familia numerosa no va unido necesaria ni mayoritariamente al hecho de disponer de menos recursos económicos, sino más bien al contrario.
Por otra parte, en estos últimos cuatro años, muchos castellanos y leoneses han visto reducidos sus derechos y recursos socioeconómicos como consecuencia de las políticas de recortes y austeridad impuestas por los gobiernos del PP, tanto en España como en Castilla y León.
Dado que desde el PSOE de Castilla y León consideramos que las bonificaciones deben ir orientadas a las personas y familias con más dificultades económicas y que los ayuntamientos deben tener más autonomía para llevar a cabo aquellas políticas tendentes a dar respuesta a las necesidades de sus vecinos, proponemos la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para modificar la Ley Reguladora de las Haciendas Locales con objeto de que en las modificaciones potestativas de los Ayuntamientos para la elaboración de la ordenanza reguladora del IBI se puedan establecer bonificaciones dirigidas a aquellas personas y familias que más lo necesitan conforme a su capacidad económica y social, y no sólo por el hecho de ser familia numerosa.
Valladolid, 9 de mayo de 2016.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Javier Izquierdo Roncero,
José Francisco Martín Martínez,
Gloria María Acevedo Rodríguez,
Luis Briones Martínez y
Juan Luis Cepa Álvarez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000688-01
CVE="BOCCL-09-007358"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de mayo de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000671 a PNL/000689.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de mayo de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Javier Izquierdo Roncero, José Francisco Martín Martínez, Gloria María Acevedo Rodríguez, Luis Briones Martínez y Juan Luis Cepa Álvarez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Hacienda:
ANTECEDENTES
Es potestad reglamentaria de los ayuntamientos de Castilla y León presentar y aprobar las ordenanzas fiscales que deben regir cada ejercicio presupuestario y, dentro de ellas, establecer las cuantías y bonificaciones correspondientes al Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana.
Como es sabido, este impuesto está regulado por la Ley General Tributaria y el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ambas de carácter estatal.
El artículo 74 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, regula las bonificaciones potestativas que puede un ayuntamiento establecer en relación a este impuesto, en concreto el artículo 74.4 dice: "Las ordenanzas fiscales podrán regular una bonificación de hasta el 90 por ciento de la cuota íntegra del impuesto a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa.
La ordenanza deberá especificar la clase y características de los bienes inmuebles a que afecte, duración, cuantía anual y demás aspectos sustantivos y formales de esta bonificación, así como las condiciones de compatibilidad con otros beneficios fiscales".
Según la normativa vigente, estas bonificaciones potestativas de los ayuntamientos sólo permiten establecer la bonificación del IBI urbano a familias numerosas. La evolución y desarrollo sociológico que ha experimentado nuestro país y, por tanto también nuestra CCAA en los últimos 20-30 años, nos demuestran que en la actualidad el hecho de ser familia numerosa no va unido necesaria ni mayoritariamente al hecho de disponer de menos recursos económicos, sino más bien al contrario.
Por otra parte, en estos últimos cuatro años, muchos castellanos y leoneses han visto reducidos sus derechos y recursos socioeconómicos como consecuencia de las políticas de recortes y austeridad impuestas por los gobiernos del PP, tanto en España como en Castilla y León.
Dado que desde el PSOE de Castilla y León consideramos que las bonificaciones deben ir orientadas a las personas y familias con más dificultades económicas y que los ayuntamientos deben tener más autonomía para llevar a cabo aquellas políticas tendentes a dar respuesta a las necesidades de sus vecinos, proponemos la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para modificar la Ley Reguladora de las Haciendas Locales con objeto de que en las modificaciones potestativas de los Ayuntamientos para la elaboración de la ordenanza reguladora del IBI se puedan establecer bonificaciones dirigidas a aquellas personas y familias que más lo necesitan conforme a su capacidad económica y social, y no sólo por el hecho de ser familia numerosa.
Valladolid, 9 de mayo de 2016.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Javier Izquierdo Roncero,
José Francisco Martín Martínez,
Gloria María Acevedo Rodríguez,
Luis Briones Martínez y
Juan Luis Cepa Álvarez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000688-01
CVE="BOCCL-09-007358"