PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001930, PE/001960, PE/001998, PE/002017, PE/002019, PE/002036 a PE/002043, PE/002065, PE/002114, PE/002128, PE/002245 a PE/002262, PE/002264 a PE/002267, PE/002270, PE/002271, PE/002274, PE/002276, PE/002277, PE/002279 a PE/002281, PE/002283 a PE/002285, PE/002288, PE/002292, PE/002306, PE/002307, PE/002309 a PE/002311, PE/002313, PE/002315 a PE/002321, PE/002324, PE/002327, PE/002354 a PE/002356, PE/002366, PE/002368, PE/002369 y PE/002372, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de mayo de 2016.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./0902283, formulada por el Procurador D. Óscar Álvarez Domínguez, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a las contrataciones producidas acogiéndose a la bonificación mensual de 300 euros para el empresario.
En contestación a las cuestiones que se plantean en la pregunta de referencia se informa que la bonificación en materia de apoyo a la contratación indefinida, en el marco de la Garantía Juvenil Indefinida, denominada Tarifa joven es competencia de Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Esta bonificación implica para las empresas, incluidos los trabajadores autónomos y las entidades de la Economía Social, una bonificación mensual en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social de 300 euros, durante un máximo de seis meses.
Valladolid, 20 de abril de 2016.
La Consejera,Rosa Valdeón Santiago.
PE/002283-2
CVE="BOCCL-09-007701"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001930, PE/001960, PE/001998, PE/002017, PE/002019, PE/002036 a PE/002043, PE/002065, PE/002114, PE/002128, PE/002245 a PE/002262, PE/002264 a PE/002267, PE/002270, PE/002271, PE/002274, PE/002276, PE/002277, PE/002279 a PE/002281, PE/002283 a PE/002285, PE/002288, PE/002292, PE/002306, PE/002307, PE/002309 a PE/002311, PE/002313, PE/002315 a PE/002321, PE/002324, PE/002327, PE/002354 a PE/002356, PE/002366, PE/002368, PE/002369 y PE/002372, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de mayo de 2016.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./0902283, formulada por el Procurador D. Óscar Álvarez Domínguez, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a las contrataciones producidas acogiéndose a la bonificación mensual de 300 euros para el empresario.
En contestación a las cuestiones que se plantean en la pregunta de referencia se informa que la bonificación en materia de apoyo a la contratación indefinida, en el marco de la Garantía Juvenil Indefinida, denominada Tarifa joven es competencia de Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Esta bonificación implica para las empresas, incluidos los trabajadores autónomos y las entidades de la Economía Social, una bonificación mensual en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social de 300 euros, durante un máximo de seis meses.
Valladolid, 20 de abril de 2016.
La Consejera,Rosa Valdeón Santiago.
PE/002283-2
CVE="BOCCL-09-007701"