PNL/000776-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000776-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, para instar a la Junta a que exhorte al Gobierno para que reforme la LOREG en relación a la participación de las personas con discapacidad intelectual o de desarrollo, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de junio de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000770 a PNL/000777.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de junio de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario PODEMOS CyL, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

En la actualidad, más de 80.000 personas con discapacidad que han sido declaradas incapacitadas judicialmente, se encuentran además privadas de su derecho al voto en nuestro país.

La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de julio, establece que en los procedimientos judiciales de modificación de la capacidad, la retirada del derecho al voto deberá ser valorada expresamente por el o la juez al dictar la sentencia. Sin embargo, es habitual que en dichos procedimientos esta medida se decida sin realizar dicha valoración y que se asocie automáticamente a la incapacidad la pérdida del derecho al voto. Por este motivo, las personas tuteladas están siendo excluidas de la posibilidad de votar, y esto se debe revisar, porque la legislación protege el derecho a votar de las personas con discapacidad intelectual.

Desde distintas organizaciones de la sociedad civil como Plena inclusión (antes FEAPS) o CERMI, se viene denunciando reiteradamente esta situación, ante la inacción del Gobierno, a pesar de la obligación legal de modificar la normativa electoral para garantizar el derecho al voto de las personas con discapacidad.

La ciudadanía plena sólo se alcanza a través de una participación real en la vida pública, la garantía de esa participación de los individuos se encuentra en varios preceptos de nuestra Constitución de 1978 y, sobre todo para la democracia, es el derecho al sufragio.

En este sentido, España ratificó en 2008 la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con discapacidad, lo cual obliga a nuestro país a modificar la normativa electoral, que actualmente impide votar en estas circunstancias de "incapacidad" jurídica debido a su discapacidad intelectual o de desarrollo. De hecho, el artículo 29 de la Convención de las Naciones Unidas se puede leer que los Estados partes asegurarán que "las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las demás, directamente o a través de representantes libremente elegidos, incluidos el derecho y la posibilidad de las personas con discapacidad a votar".

Además, muchas personas con discapacidad intelectual o de desarrollo tienen la capacidad de votar si se les proporcionan apoyos y si la información es accesible, como sería la opción de la lectura fácil o lenguaje llano. Además es obligación de los Estados asegurar que las personas con discapacidad puedan entender la información sobre la forma de votar.

Cinco años más tarde, en 2013, la Comisión Constitucional del Congreso instó al Gobierno a modificar la LOREG, pero el Ejecutivo de Mariano Rajoy no planteó ninguna propuesta, ni en su mandato ni estando en funciones. Teniendo en cuenta que el derecho al voto es un ejercicio democrático que toda persona ha de tener, ya que con ese derecho es posible un principio de participación política, consideramos un grave error no atender esa demanda para ejercer en democracia como ciudadanos y ciudadanas en igualdad de participación y oportunidad.

Por todo ello se presenta la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que exhorten al Gobierno de España a:

1.- Reformar la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) siguiendo las recomendaciones de la Convención de la ONU para

- garantizar el acceso al voto a las personas con discapacidad intelectual o de desarrollo.

- garantizar que los materiales, procedimientos e instalaciones sean adecuadas, accesibles y fáciles de entender.

2.- Adaptar la normativa relativa al ejercicio de la capacidad de obrar de las personas con discapacidad intelectual o de desarrollo en cuanto a su derecho a voto en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos y ciudadanas y en colaboración estrecha con las organizaciones que representan a esas personas.

En Valladolid, a 23 de junio de 2016.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000776-01

CVE="BOCCL-09-009279"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 18190-18192
BOCCL nº 152/9 del 5/7/2016
CVE: BOCCL-09-009279

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000776-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, para instar a la Junta a que exhorte al Gobierno para que reforme la LOREG en relación a la participación de las personas con discapacidad intelectual o de desarrollo, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de junio de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000770 a PNL/000777.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de junio de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario PODEMOS CyL, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

En la actualidad, más de 80.000 personas con discapacidad que han sido declaradas incapacitadas judicialmente, se encuentran además privadas de su derecho al voto en nuestro país.

La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de julio, establece que en los procedimientos judiciales de modificación de la capacidad, la retirada del derecho al voto deberá ser valorada expresamente por el o la juez al dictar la sentencia. Sin embargo, es habitual que en dichos procedimientos esta medida se decida sin realizar dicha valoración y que se asocie automáticamente a la incapacidad la pérdida del derecho al voto. Por este motivo, las personas tuteladas están siendo excluidas de la posibilidad de votar, y esto se debe revisar, porque la legislación protege el derecho a votar de las personas con discapacidad intelectual.

Desde distintas organizaciones de la sociedad civil como Plena inclusión (antes FEAPS) o CERMI, se viene denunciando reiteradamente esta situación, ante la inacción del Gobierno, a pesar de la obligación legal de modificar la normativa electoral para garantizar el derecho al voto de las personas con discapacidad.

La ciudadanía plena sólo se alcanza a través de una participación real en la vida pública, la garantía de esa participación de los individuos se encuentra en varios preceptos de nuestra Constitución de 1978 y, sobre todo para la democracia, es el derecho al sufragio.

En este sentido, España ratificó en 2008 la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con discapacidad, lo cual obliga a nuestro país a modificar la normativa electoral, que actualmente impide votar en estas circunstancias de "incapacidad" jurídica debido a su discapacidad intelectual o de desarrollo. De hecho, el artículo 29 de la Convención de las Naciones Unidas se puede leer que los Estados partes asegurarán que "las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las demás, directamente o a través de representantes libremente elegidos, incluidos el derecho y la posibilidad de las personas con discapacidad a votar".

Además, muchas personas con discapacidad intelectual o de desarrollo tienen la capacidad de votar si se les proporcionan apoyos y si la información es accesible, como sería la opción de la lectura fácil o lenguaje llano. Además es obligación de los Estados asegurar que las personas con discapacidad puedan entender la información sobre la forma de votar.

Cinco años más tarde, en 2013, la Comisión Constitucional del Congreso instó al Gobierno a modificar la LOREG, pero el Ejecutivo de Mariano Rajoy no planteó ninguna propuesta, ni en su mandato ni estando en funciones. Teniendo en cuenta que el derecho al voto es un ejercicio democrático que toda persona ha de tener, ya que con ese derecho es posible un principio de participación política, consideramos un grave error no atender esa demanda para ejercer en democracia como ciudadanos y ciudadanas en igualdad de participación y oportunidad.

Por todo ello se presenta la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que exhorten al Gobierno de España a:

1.- Reformar la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) siguiendo las recomendaciones de la Convención de la ONU para

- garantizar el acceso al voto a las personas con discapacidad intelectual o de desarrollo.

- garantizar que los materiales, procedimientos e instalaciones sean adecuadas, accesibles y fáciles de entender.

2.- Adaptar la normativa relativa al ejercicio de la capacidad de obrar de las personas con discapacidad intelectual o de desarrollo en cuanto a su derecho a voto en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos y ciudadanas y en colaboración estrecha con las organizaciones que representan a esas personas.

En Valladolid, a 23 de junio de 2016.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000776-01

CVE="BOCCL-09-009279"



Sede de las Cortes de Castilla y León