PE/002551-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002551-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, relativa a motivos para expulsar al Jefe de Servicio de Urbanismo de la Comisión de Medio Ambiente y Urbanismo en Segovia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 132, de 23 de mayo de 2016.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002268, PE/002301, PE/002312, PE/002328, PE/002358, PE/002362, PE/002365, PE/002388 a PE/002390, PE/002394, PE/002411 a PE/002415, PE/002430, PE/002441 a PE/002443, PE/002447, PE/002448, PE/002450 a PE/002454, PE/002458 a PE/002477, PE/002496 a PE/002499, PE/002505 a PE/002516, PE/002521 a PE/002528, PE/002530, PE/002534 a PE/002536, PE/002538, PE/002541 a PE/002545, PE/002547, PE/002549 a PE/002551, PE/002553, PE/002555, PE/002557, PE/002558, PE/002563, PE/002571, PE/002574, PE/002576 a PE/002578, PE/002580, PE/002581, PE/002584 a PE/002596, PE/002598, PE/002602, PE/002603, PE/002621 a PE/002623, PE/002628, PE/002705 y PE/002780, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de junio de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 0902551, formulada por D. José Luis Aceves Galindo y D.ª Ana María Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al desarrollo de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Segovia de 9 de marzo de 2016.

El Delegado Territorial de Segovia, como Presidente de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo, que tiene entre sus competencias la de asegurar y velar por el cumplimiento de las leyes, ordenó, en base al artículo 28.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, al vocal suplente designado por la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente a propuesta del centro directivo competente en materia de urbanismo y no como ponente técnico, que se abstuviera en la votación del punto número 10 del orden del día, por entender que se daba alguna de las circunstancias que aconsejaban su abstención, en concreto, tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado, incorporándose una vez finalizado el punto 10 con absoluta normalidad para debate del resto de los asuntos del orden del día.

El funcionario no había comunicado previamente motivo alguno de abstención a su superior inmediato, ni se tenía conocimiento en el Servicio Territorial de Fomento de Segovia de que éste conociera la circunstancia de que el asunto tenía relación con una persona que pudiera hacer conveniente la abstención, iniciándose en consecuencia el trámite con normalidad en la Comisión Territorial.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.3 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, las actuaciones de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas en los que concurran motivos de abstención, no implicará, necesariamente, la invalidez de los actos en que hayan intervenido. En esta situación, la falta de abstención podría considerarse una actuación irregular sometida a sospecha de parcialidad y que podría conllevar responsabilidades de diversa índole, pero que no tiene por qué comportar la ineficacia del acto de que se trate, salvo que el contenido de éste resulte afectado de manera cierta de esa falta de objetividad que se sospecha por razón de la incompatibilidad de su autor y que por ello incurra en una infracción del ordenamiento jurídico determinante de su nulidad o anulabilidad. Dado que el funcionario afectado forma parte de un órgano colegiado, que es quien debe adoptar las Resoluciones correspondientes y que el peso o influencia que su voto o intervención en la formación de la voluntad conjunta podría considerarse relevante, pudiendo dar lugar a una votación viciada que concluyera en la anulación de los acuerdos adoptados, se procedió a proponer a la Comisión Territorial recabar nuevos informes y dejar la toma de decisiones para una sesión posterior, lo que fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Territorial presentes, tratándose el asunto en cuestión con total normalidad en el punto 9° del cuarto apartado del orden del día de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Segovia de 11 de mayo de 2016.

Valladolid, 9 de junio de 2016.

El CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/002551-2

CVE="BOCCL-09-009567"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 18674
BOCCL nº 158/9 del 21/7/2016
CVE: BOCCL-09-009567

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002551-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, relativa a motivos para expulsar al Jefe de Servicio de Urbanismo de la Comisión de Medio Ambiente y Urbanismo en Segovia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 132, de 23 de mayo de 2016.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002268, PE/002301, PE/002312, PE/002328, PE/002358, PE/002362, PE/002365, PE/002388 a PE/002390, PE/002394, PE/002411 a PE/002415, PE/002430, PE/002441 a PE/002443, PE/002447, PE/002448, PE/002450 a PE/002454, PE/002458 a PE/002477, PE/002496 a PE/002499, PE/002505 a PE/002516, PE/002521 a PE/002528, PE/002530, PE/002534 a PE/002536, PE/002538, PE/002541 a PE/002545, PE/002547, PE/002549 a PE/002551, PE/002553, PE/002555, PE/002557, PE/002558, PE/002563, PE/002571, PE/002574, PE/002576 a PE/002578, PE/002580, PE/002581, PE/002584 a PE/002596, PE/002598, PE/002602, PE/002603, PE/002621 a PE/002623, PE/002628, PE/002705 y PE/002780, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de junio de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 0902551, formulada por D. José Luis Aceves Galindo y D.ª Ana María Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al desarrollo de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Segovia de 9 de marzo de 2016.

El Delegado Territorial de Segovia, como Presidente de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo, que tiene entre sus competencias la de asegurar y velar por el cumplimiento de las leyes, ordenó, en base al artículo 28.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, al vocal suplente designado por la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente a propuesta del centro directivo competente en materia de urbanismo y no como ponente técnico, que se abstuviera en la votación del punto número 10 del orden del día, por entender que se daba alguna de las circunstancias que aconsejaban su abstención, en concreto, tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado, incorporándose una vez finalizado el punto 10 con absoluta normalidad para debate del resto de los asuntos del orden del día.

El funcionario no había comunicado previamente motivo alguno de abstención a su superior inmediato, ni se tenía conocimiento en el Servicio Territorial de Fomento de Segovia de que éste conociera la circunstancia de que el asunto tenía relación con una persona que pudiera hacer conveniente la abstención, iniciándose en consecuencia el trámite con normalidad en la Comisión Territorial.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.3 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, las actuaciones de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas en los que concurran motivos de abstención, no implicará, necesariamente, la invalidez de los actos en que hayan intervenido. En esta situación, la falta de abstención podría considerarse una actuación irregular sometida a sospecha de parcialidad y que podría conllevar responsabilidades de diversa índole, pero que no tiene por qué comportar la ineficacia del acto de que se trate, salvo que el contenido de éste resulte afectado de manera cierta de esa falta de objetividad que se sospecha por razón de la incompatibilidad de su autor y que por ello incurra en una infracción del ordenamiento jurídico determinante de su nulidad o anulabilidad. Dado que el funcionario afectado forma parte de un órgano colegiado, que es quien debe adoptar las Resoluciones correspondientes y que el peso o influencia que su voto o intervención en la formación de la voluntad conjunta podría considerarse relevante, pudiendo dar lugar a una votación viciada que concluyera en la anulación de los acuerdos adoptados, se procedió a proponer a la Comisión Territorial recabar nuevos informes y dejar la toma de decisiones para una sesión posterior, lo que fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Territorial presentes, tratándose el asunto en cuestión con total normalidad en el punto 9° del cuarto apartado del orden del día de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Segovia de 11 de mayo de 2016.

Valladolid, 9 de junio de 2016.

El CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/002551-2

CVE="BOCCL-09-009567"



Sede de las Cortes de Castilla y León