En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de junio de 2016.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0902559, formulada a la Junta de Castilla y León por Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, Procuradores del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa al número de solicitudes de atención temprana.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0902559, se manifiesta lo siguiente:
Los datos de solicitudes de atención temprana recibidas que a continuación se expresan son los referidos al alumnado del segundo ciclo de educación infantil, que son aquellos casos sobre los cuales la Consejería de Educación tiene competencia, según lo dispuesto en el artículo 9.1c) del Decreto 53/2010, de 2 de diciembre, de coordinación interadministrativa en la atención temprana en Castilla y León.
En las provincias de León y Soria no se disponen de datos de solicitudes hasta el curso 2010/2011, momento en que con la aprobación del Decreto 53/2010 se comienza a transmitir derivaciones del Centro Base a la Dirección Provincial de Educación correspondiente.
Valladolid, 13 de junio de 2016.
EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.
PE/002559-2
CVE="BOCCL-09-009616"
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de junio de 2016.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0902559, formulada a la Junta de Castilla y León por Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, Procuradores del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa al número de solicitudes de atención temprana.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0902559, se manifiesta lo siguiente:
Los datos de solicitudes de atención temprana recibidas que a continuación se expresan son los referidos al alumnado del segundo ciclo de educación infantil, que son aquellos casos sobre los cuales la Consejería de Educación tiene competencia, según lo dispuesto en el artículo 9.1c) del Decreto 53/2010, de 2 de diciembre, de coordinación interadministrativa en la atención temprana en Castilla y León.
En las provincias de León y Soria no se disponen de datos de solicitudes hasta el curso 2010/2011, momento en que con la aprobación del Decreto 53/2010 se comienza a transmitir derivaciones del Centro Base a la Dirección Provincial de Educación correspondiente.
Valladolid, 13 de junio de 2016.
EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.
PE/002559-2
CVE="BOCCL-09-009616"