PE/002656-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002656-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, relativa a qué actuaciones concretas y en qué fechas ha desarrollado la Junta en cumplimiento de la PNL 1340 aprobada por el Pleno de 18 de marzo de 2015, así como los resultados de las mismas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 139, de 2 de junio de 2016.



Resolución:

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de junio de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0902656, formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a qué actuaciones concretas y en qué fechas ha desarrollado la Junta en cumplimiento de la PNL 1340 aprobada por el Pleno de 18 de marzo de 2015, así como los resultados de las mismas.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0902656, se manifiesta lo siguiente.

En los centros escolares, al igual que en otras dependencias y edificios, pueden producirse eventualidades como incendios, amenazas de bomba, inundaciones, etc. Para hacer frente a este tipo de situaciones, la legislación establece la obligación, para los titulares de los centros escolares, de realizar un plan de emergencia y evacuación del centro y, al mismo tiempo, establecer las distintas medidas de autoprotección que garanticen, con los propios recursos del centro, una correcta actuación ante la emergencia hasta que lleguen los servicios de protección externos.

Por otra parte, la normativa autonómica dispone que la Consejería de Educación promoverá, en colaboración con los órganos administrativos que tengan competencias en materia de seguridad pública y ciudadana, la adopción de medidas preventivas de seguridad tanto en el interior del recinto escolar como en el entorno del mismo.

Como consecuencia de lo anterior, los centros docentes cuentan con un plan de actuación ante emergencias, en el que se establecen las actuaciones que diligentemente deben desarrollarse durante las mismas.

De igual manera, este plan contiene instrucciones para enseñar al alumnado, docentes y personal no docente a conducirse adecuadamente en situaciones de emergencia y potenciar los comportamientos seguros de todos los integrantes de la comunidad educativa; además, se recogen las pautas para realizar las prácticas de evacuación (simulacros) durante los tres primeros meses del curso académico de acuerdo con lo que exige la normativa en materia de prevención de riesgos.

Aparte de las medidas de información ante emergencias dirigidas al alumnado que contienen los planes de actuación, la Consejería de Educación, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en redacción dada por la Ley Orgánica 8/2014, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, ha publicado su normativa propia, la cual incorpora los currículos básicos establecidos en los correspondientes Reales Decretos de acuerdo con las competencias que el Gobierno atribuye a las Administraciones educativas en el artículo 6bis de la LOE. En esta normativa se aborda la protección ante emergencias y catástrofes tanto como contenidos propios de las mismas como transversalmente, debidamente adaptados al nivel de comprensión y conocimientos propios del alumnado de cada etapa educativa.

Asimismo, se complementa con la formación del profesorado que se desarrolla en esta materia, a través de actividades do formación en los Centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa (cursos, jornadas), en los centros docentes (grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formación) y actividades de formación on-line. Se orientan estas actividades formativas hacia la mejora de las habilidades personales del profesorado en la identificación de situaciones de riesgo y adoptar las medidas de prevención y protección más adecuadas en cada caso.

Todas estas actuaciones se realizan de forma periódica, sistemática e incorporada a la práctica habitual de los centros educativos, contribuyendo decisivamente al incremento de la seguridad de alumnos y profesores en los centros.

Valladolid, 21 de junio de 2016.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/002656-2

CVE="BOCCL-09-009661"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 18910
BOCCL nº 159/9 del 22/7/2016
CVE: BOCCL-09-009661

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002656-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, relativa a qué actuaciones concretas y en qué fechas ha desarrollado la Junta en cumplimiento de la PNL 1340 aprobada por el Pleno de 18 de marzo de 2015, así como los resultados de las mismas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 139, de 2 de junio de 2016.

RESOLUCIÓN

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de junio de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0902656, formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a qué actuaciones concretas y en qué fechas ha desarrollado la Junta en cumplimiento de la PNL 1340 aprobada por el Pleno de 18 de marzo de 2015, así como los resultados de las mismas.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0902656, se manifiesta lo siguiente.

En los centros escolares, al igual que en otras dependencias y edificios, pueden producirse eventualidades como incendios, amenazas de bomba, inundaciones, etc. Para hacer frente a este tipo de situaciones, la legislación establece la obligación, para los titulares de los centros escolares, de realizar un plan de emergencia y evacuación del centro y, al mismo tiempo, establecer las distintas medidas de autoprotección que garanticen, con los propios recursos del centro, una correcta actuación ante la emergencia hasta que lleguen los servicios de protección externos.

Por otra parte, la normativa autonómica dispone que la Consejería de Educación promoverá, en colaboración con los órganos administrativos que tengan competencias en materia de seguridad pública y ciudadana, la adopción de medidas preventivas de seguridad tanto en el interior del recinto escolar como en el entorno del mismo.

Como consecuencia de lo anterior, los centros docentes cuentan con un plan de actuación ante emergencias, en el que se establecen las actuaciones que diligentemente deben desarrollarse durante las mismas.

De igual manera, este plan contiene instrucciones para enseñar al alumnado, docentes y personal no docente a conducirse adecuadamente en situaciones de emergencia y potenciar los comportamientos seguros de todos los integrantes de la comunidad educativa; además, se recogen las pautas para realizar las prácticas de evacuación (simulacros) durante los tres primeros meses del curso académico de acuerdo con lo que exige la normativa en materia de prevención de riesgos.

Aparte de las medidas de información ante emergencias dirigidas al alumnado que contienen los planes de actuación, la Consejería de Educación, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en redacción dada por la Ley Orgánica 8/2014, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, ha publicado su normativa propia, la cual incorpora los currículos básicos establecidos en los correspondientes Reales Decretos de acuerdo con las competencias que el Gobierno atribuye a las Administraciones educativas en el artículo 6bis de la LOE. En esta normativa se aborda la protección ante emergencias y catástrofes tanto como contenidos propios de las mismas como transversalmente, debidamente adaptados al nivel de comprensión y conocimientos propios del alumnado de cada etapa educativa.

Asimismo, se complementa con la formación del profesorado que se desarrolla en esta materia, a través de actividades do formación en los Centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa (cursos, jornadas), en los centros docentes (grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formación) y actividades de formación on-line. Se orientan estas actividades formativas hacia la mejora de las habilidades personales del profesorado en la identificación de situaciones de riesgo y adoptar las medidas de prevención y protección más adecuadas en cada caso.

Todas estas actuaciones se realizan de forma periódica, sistemática e incorporada a la práctica habitual de los centros educativos, contribuyendo decisivamente al incremento de la seguridad de alumnos y profesores en los centros.

Valladolid, 21 de junio de 2016.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/002656-2

CVE="BOCCL-09-009661"



Sede de las Cortes de Castilla y León