PE/002685-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002685-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, relativa a qué actuaciones concretas y en qué fechas ha desarrollado la Junta en cumplimiento de la PNL 1208 aprobada por el Pleno de 30 de abril de 2013, así como los resultados de las mismas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 139, de 2 de junio de 2016.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002480, PE/002504, PE/002517, PE/002520, PE/002532, PE/002537, PE/002539, PE/002540, PE/002546, PE/002548, PE/002572, PE/002582, PE/002597, PE/002601, PE/002616, PE/002618, PE/002619, PE/002631, PE/002641, PE/002642, PE/002644, PE/002645, PE/002658, PE/002668, PE/002671, PE/002672, PE/002681, PE/002682, PE/002683, PE/002685, PE/002689, PE/002695, PE/002708, PE/002770, PE/002772, PE/002774, PE/002775, PE/002779, PE/002785 a PE/003549, PE/003551, PE/003554 a PE/003556, PE/003562 a PE/003565, PE/003576 a PE/003587, PE/003592 a PE/003594, PE/003604 a PE/003610, PE/003612 a PE/003614, PE/003616, PE/003619, PE/003620, PE/003622, PE/003624, PE/003630, PE/003633, PE/003645, PE/003646, PE/003649, PE/003657, PE/003659, PE/003662 y PE/003671, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de julio de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./002685, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a actuaciones en relación a la Proposición No de Ley 1208 debatida con fecha 30 de abril de 2013.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada se informa lo siguiente:

1º.- El Gobierno de la Nación, a través del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, desarrolló durante el segundo semestre de 2014, una intensa campaña informativa sobre el nuevo sistema de facturación eléctrica introducido por el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación. Dotada con un presupuesto de 4 millones de euros, se ha realizado a través de los medios de comunicación convencionales y de Internet, con un portal informativo y aplicaciones para dispositivos móviles, además de la distribución de 26 millones de folletos junto a la factura de las empresas comercializadoras a los consumidores.

Por otra parte, el propio Real Decreto 216/2014, en su artículo 20, exige informar gratuitamente a los consumidores por dos vías alternativas. En primer lugar, todas las empresas comercializadoras informan a sus consumidores, en cada una de sus facturas, sobre las opciones de contratación existentes y disponen de un teléfono gratuito de atención al consumidor, así como una dirección de correo electrónico, donde puede dirigir todas sus quejas y peticiones de información. En segundo lugar, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia informa en su página web sobre las características de las distintas modalidades de contratación, actualizada con los datos de contacto de cada una de las empresas comercializadoras existentes y sus diferentes ofertas, junto con una herramienta informática que permite al consumidor simular el cálculo de su facturación y realizar comparaciones entre dichas ofertas.

De hecho, el modelo de factura establecido mediante la Resolución de 23 de mayo de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por el que se establece el contenido mínimo y el modelo de factura de electricidad, incluye un extenso apartado de información al consumidor en el que se le explica el cálculo detallado de cada uno de los conceptos que componen su facturación, así como las alternativas existentes de contratación del suministro, los teléfonos gratuitos de atención al cliente y las diferentes páginas web donde puede ampliar su información al respecto.

2°.- La implantación de los nuevos equipos de medida del suministro eléctrico con capacidad de telemedida y telegestión, que es gratuita para los pequeños consumidores, sigue los hitos establecidos en la Orden 290/2012, de 16 de febrero, que exige la sustitución del 70 % del parque de contadores (de hasta 15 kW) a finales de este año 2016, hasta llegar a completarse en 2018. De hecho, muchas empresas distribuidoras superan ampliamente dichos cupos mínimos en Castilla y León, e incluso algunas de ellas han adelantado su finalización varios años.

3°.- El pequeño consumidor ya puede rescindir libremente el contrato de suministro a precio voluntario sin coste alguno, tal y como establece el artículo 5.8 del citado Real Decreto 216/2014.

Valladolid, 24 de junio de 2016.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.


PE/002685-2

CVE="BOCCL-09-009757"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 19223
BOCCL nº 163/9 del 3/8/2016
CVE: BOCCL-09-009757

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002685-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, relativa a qué actuaciones concretas y en qué fechas ha desarrollado la Junta en cumplimiento de la PNL 1208 aprobada por el Pleno de 30 de abril de 2013, así como los resultados de las mismas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 139, de 2 de junio de 2016.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002480, PE/002504, PE/002517, PE/002520, PE/002532, PE/002537, PE/002539, PE/002540, PE/002546, PE/002548, PE/002572, PE/002582, PE/002597, PE/002601, PE/002616, PE/002618, PE/002619, PE/002631, PE/002641, PE/002642, PE/002644, PE/002645, PE/002658, PE/002668, PE/002671, PE/002672, PE/002681, PE/002682, PE/002683, PE/002685, PE/002689, PE/002695, PE/002708, PE/002770, PE/002772, PE/002774, PE/002775, PE/002779, PE/002785 a PE/003549, PE/003551, PE/003554 a PE/003556, PE/003562 a PE/003565, PE/003576 a PE/003587, PE/003592 a PE/003594, PE/003604 a PE/003610, PE/003612 a PE/003614, PE/003616, PE/003619, PE/003620, PE/003622, PE/003624, PE/003630, PE/003633, PE/003645, PE/003646, PE/003649, PE/003657, PE/003659, PE/003662 y PE/003671, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de julio de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./002685, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a actuaciones en relación a la Proposición No de Ley 1208 debatida con fecha 30 de abril de 2013.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada se informa lo siguiente:

1º.- El Gobierno de la Nación, a través del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, desarrolló durante el segundo semestre de 2014, una intensa campaña informativa sobre el nuevo sistema de facturación eléctrica introducido por el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación. Dotada con un presupuesto de 4 millones de euros, se ha realizado a través de los medios de comunicación convencionales y de Internet, con un portal informativo y aplicaciones para dispositivos móviles, además de la distribución de 26 millones de folletos junto a la factura de las empresas comercializadoras a los consumidores.

Por otra parte, el propio Real Decreto 216/2014, en su artículo 20, exige informar gratuitamente a los consumidores por dos vías alternativas. En primer lugar, todas las empresas comercializadoras informan a sus consumidores, en cada una de sus facturas, sobre las opciones de contratación existentes y disponen de un teléfono gratuito de atención al consumidor, así como una dirección de correo electrónico, donde puede dirigir todas sus quejas y peticiones de información. En segundo lugar, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia informa en su página web sobre las características de las distintas modalidades de contratación, actualizada con los datos de contacto de cada una de las empresas comercializadoras existentes y sus diferentes ofertas, junto con una herramienta informática que permite al consumidor simular el cálculo de su facturación y realizar comparaciones entre dichas ofertas.

De hecho, el modelo de factura establecido mediante la Resolución de 23 de mayo de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por el que se establece el contenido mínimo y el modelo de factura de electricidad, incluye un extenso apartado de información al consumidor en el que se le explica el cálculo detallado de cada uno de los conceptos que componen su facturación, así como las alternativas existentes de contratación del suministro, los teléfonos gratuitos de atención al cliente y las diferentes páginas web donde puede ampliar su información al respecto.

2°.- La implantación de los nuevos equipos de medida del suministro eléctrico con capacidad de telemedida y telegestión, que es gratuita para los pequeños consumidores, sigue los hitos establecidos en la Orden 290/2012, de 16 de febrero, que exige la sustitución del 70 % del parque de contadores (de hasta 15 kW) a finales de este año 2016, hasta llegar a completarse en 2018. De hecho, muchas empresas distribuidoras superan ampliamente dichos cupos mínimos en Castilla y León, e incluso algunas de ellas han adelantado su finalización varios años.

3°.- El pequeño consumidor ya puede rescindir libremente el contrato de suministro a precio voluntario sin coste alguno, tal y como establece el artículo 5.8 del citado Real Decreto 216/2014.

Valladolid, 24 de junio de 2016.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.


PE/002685-2

CVE="BOCCL-09-009757"



Sede de las Cortes de Castilla y León