PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de agosto de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000784 a PNL/000847.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de agosto de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Luis Aceves Galindo y Celestino Rodríguez Rubio, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:
ANTECEDENTES
Los avances tecnológicos, la digitalización y el uso cotidiano de todas las herramientas que la ciencia ha puesto a disposición de las administraciones y de la población en general permiten la implementación de sistemas informáticos de tramitación de infinidad de procesos administrativos, entre ellos, la detección, información, registro, pago y gestión de infracciones administrativas.
Un ejemplo es el sistema informático de detección y registro de las infracciones en las carreteras, que puso en marcha el Gobierno de España, a través de la Dirección General de Tráfico y que funciona desde hace ocho años desde el Centro Nacional de Tratamiento de Denuncias Automáticas de León.
Estos sistemas permiten que los datos de las denuncias lleguen a una sede a través de terminales y que la denuncia sea tramitada automáticamente, agilizando considerablemente ese proceso y haciéndolo más seguro y transparente.
Este nuevo sistema permite a los agentes de la autoridad usar agendas electrónicas en lugar de la tradicional denuncia en papel para tramitar las denuncias. Actualmente este procedimiento se puede realizar mediante terminales tipo Smarfone que conectarán con una base a través de telefonía móvil, pudiendo tener acceso a muchos más datos en el momento de la denuncia, aparte de tramitarla directamente.
La falta de cobertura en zonas de sombra ya no es ningún problema pues las empresas que dan este tipo de servicios, almacena la información en la memoria de los equipos y son enviadas a sus destinos en el momento en que el terminal entra de nuevo en cobertura.
Nuestro Estatuto de Autonomía, en su artículo 4, establece que el patrimonio natural es un valor esencial para la identidad de la Comunidad de Castilla y León y será objeto de especial protección y apoyo, junto con otros valores arraigados en nuestra tierra.
Dicho Estatuto contempla en el artículo 70, como competencias exclusivas: Ordenación del Territorio, urbanismo y vivienda; Pesca fluvial y lacustre, acuicultura, caza y explotaciones cinegéticas. Protección de los ecosistemas en que se desarrollen dichas actividades.
Y en el artículo 71, como competencias de desarrollo normativo y de ejecución: Protección del medio ambiente y de los ecosistemas. Prevención ambiental. Vertidos a la atmósfera y a las aguas superficiales y subterráneas; Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos; Protección civil, incluyendo en todo caso la regulación, planificación y ejecución de medidas relativas a las emergencias y la seguridad civil, así como la coordinación y formación de los servicios de protección civil, entre ellos los de prevención y extinción de incendios.
Como se puede observar un amplio abanico de competencias que suponen la necesidad de tramitar expedientes sancionadores por infracciones a las diferentes normativas que desarrollan tales competencias.
En el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma el DECRETO 189/1994, de 25 de agosto, aprobó el Reglamento Regulador del Procedimiento Sancionador de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Herramienta que necesita una revisión para su adaptación a la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que pronto entrará en vigor.
Igualmente, parece adecuado adaptar los porcentajes de reducción a cada uno de los procedimientos sancionadores en las distintas materias competencia de la Comunidad, entre ellas las relativas al medio Ambiente.
La Junta de Castilla y León cuenta con funcionarios especializados y dedicados a la vigilancia, protección y custodia de los recursos naturales y el medio ambiente. Las Escalas de Agentes Forestales y Medioambientales, existentes en la Comunidad Autónoma con carácter general, constituyen una policía ambiental de naturaleza mixta, administrativa y judicial, que aglutina actualmente a unos ochocientos cincuenta funcionarios públicos al servicio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Asimismo otras fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, también realizan actuaciones en defensa de la naturaleza, presentando denuncias.
En los últimos años una media de más de 7000 expedientes sancionadoras, con años con cerca de 9000 expedientes, son tramitados en los diferentes Servicios Territoriales de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. Eso significa un volumen importante de actividad que requiere mejoras, tanto en el funcionamiento interno como cara al exterior la posibilidad del pago de las sanciones de forma ágil y directa por parte de los interesados.
Desde luego es necesario también una reflexión sobre la posibilidad de implantar reducciones en los importes a abonar en los expedientes sancionadores por pronto pago, lo que significaría con seguridad agilidad en los procedimientos.
Por lo cual, la oportunidad de que la Administración de la Comunidad cuente con una nueva herramienta de Informatización de Denuncias, dentro de un proyecto de revisión del procedimiento sancionador, para hacerlo más ágil, eficaz y eficiente, así como más accesible para la ciudadanía, es una cuestión fundamental para el futuro.
Por todo ello se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1) Modificar la normativa propia de la Comunidad Autónoma y, entre ella el Reglamento Regulador del Procedimiento Sancionador de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para adaptarla a las previsiones de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en lo referente a la terminación de expedientes sancionadores y la aplicación del pago reducido por "pronto pago" en las infracciones medioambientales.
2) Modificar las normativas sectoriales autonómicas en materia de medio ambiente oportunas, para poder aplicar la reducción por el pronto pago en las infracciones administrativas.
3) Estudiar la implantación de un sistema informático de denuncia, información y gestión de infracciones administrativas en medio ambiente así como del pago de sanciones, realizando las modificaciones normativas que fueran necesarias en este sentido y dotando al personal del material necesario para la ejecución de este nuevo sistema.
Valladolid, 19 de agosto de 2016.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Luis Aceves Galindo y
Celestino Rodríguez Rubio
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000826-01
CVE="BOCCL-09-010819"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de agosto de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000784 a PNL/000847.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de agosto de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Luis Aceves Galindo y Celestino Rodríguez Rubio, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:
ANTECEDENTES
Los avances tecnológicos, la digitalización y el uso cotidiano de todas las herramientas que la ciencia ha puesto a disposición de las administraciones y de la población en general permiten la implementación de sistemas informáticos de tramitación de infinidad de procesos administrativos, entre ellos, la detección, información, registro, pago y gestión de infracciones administrativas.
Un ejemplo es el sistema informático de detección y registro de las infracciones en las carreteras, que puso en marcha el Gobierno de España, a través de la Dirección General de Tráfico y que funciona desde hace ocho años desde el Centro Nacional de Tratamiento de Denuncias Automáticas de León.
Estos sistemas permiten que los datos de las denuncias lleguen a una sede a través de terminales y que la denuncia sea tramitada automáticamente, agilizando considerablemente ese proceso y haciéndolo más seguro y transparente.
Este nuevo sistema permite a los agentes de la autoridad usar agendas electrónicas en lugar de la tradicional denuncia en papel para tramitar las denuncias. Actualmente este procedimiento se puede realizar mediante terminales tipo Smarfone que conectarán con una base a través de telefonía móvil, pudiendo tener acceso a muchos más datos en el momento de la denuncia, aparte de tramitarla directamente.
La falta de cobertura en zonas de sombra ya no es ningún problema pues las empresas que dan este tipo de servicios, almacena la información en la memoria de los equipos y son enviadas a sus destinos en el momento en que el terminal entra de nuevo en cobertura.
Nuestro Estatuto de Autonomía, en su artículo 4, establece que el patrimonio natural es un valor esencial para la identidad de la Comunidad de Castilla y León y será objeto de especial protección y apoyo, junto con otros valores arraigados en nuestra tierra.
Dicho Estatuto contempla en el artículo 70, como competencias exclusivas: Ordenación del Territorio, urbanismo y vivienda; Pesca fluvial y lacustre, acuicultura, caza y explotaciones cinegéticas. Protección de los ecosistemas en que se desarrollen dichas actividades.
Y en el artículo 71, como competencias de desarrollo normativo y de ejecución: Protección del medio ambiente y de los ecosistemas. Prevención ambiental. Vertidos a la atmósfera y a las aguas superficiales y subterráneas; Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos; Protección civil, incluyendo en todo caso la regulación, planificación y ejecución de medidas relativas a las emergencias y la seguridad civil, así como la coordinación y formación de los servicios de protección civil, entre ellos los de prevención y extinción de incendios.
Como se puede observar un amplio abanico de competencias que suponen la necesidad de tramitar expedientes sancionadores por infracciones a las diferentes normativas que desarrollan tales competencias.
En el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma el DECRETO 189/1994, de 25 de agosto, aprobó el Reglamento Regulador del Procedimiento Sancionador de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Herramienta que necesita una revisión para su adaptación a la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que pronto entrará en vigor.
Igualmente, parece adecuado adaptar los porcentajes de reducción a cada uno de los procedimientos sancionadores en las distintas materias competencia de la Comunidad, entre ellas las relativas al medio Ambiente.
La Junta de Castilla y León cuenta con funcionarios especializados y dedicados a la vigilancia, protección y custodia de los recursos naturales y el medio ambiente. Las Escalas de Agentes Forestales y Medioambientales, existentes en la Comunidad Autónoma con carácter general, constituyen una policía ambiental de naturaleza mixta, administrativa y judicial, que aglutina actualmente a unos ochocientos cincuenta funcionarios públicos al servicio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Asimismo otras fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, también realizan actuaciones en defensa de la naturaleza, presentando denuncias.
En los últimos años una media de más de 7000 expedientes sancionadoras, con años con cerca de 9000 expedientes, son tramitados en los diferentes Servicios Territoriales de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. Eso significa un volumen importante de actividad que requiere mejoras, tanto en el funcionamiento interno como cara al exterior la posibilidad del pago de las sanciones de forma ágil y directa por parte de los interesados.
Desde luego es necesario también una reflexión sobre la posibilidad de implantar reducciones en los importes a abonar en los expedientes sancionadores por pronto pago, lo que significaría con seguridad agilidad en los procedimientos.
Por lo cual, la oportunidad de que la Administración de la Comunidad cuente con una nueva herramienta de Informatización de Denuncias, dentro de un proyecto de revisión del procedimiento sancionador, para hacerlo más ágil, eficaz y eficiente, así como más accesible para la ciudadanía, es una cuestión fundamental para el futuro.
Por todo ello se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1) Modificar la normativa propia de la Comunidad Autónoma y, entre ella el Reglamento Regulador del Procedimiento Sancionador de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para adaptarla a las previsiones de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en lo referente a la terminación de expedientes sancionadores y la aplicación del pago reducido por "pronto pago" en las infracciones medioambientales.
2) Modificar las normativas sectoriales autonómicas en materia de medio ambiente oportunas, para poder aplicar la reducción por el pronto pago en las infracciones administrativas.
3) Estudiar la implantación de un sistema informático de denuncia, información y gestión de infracciones administrativas en medio ambiente así como del pago de sanciones, realizando las modificaciones normativas que fueran necesarias en este sentido y dotando al personal del material necesario para la ejecución de este nuevo sistema.
Valladolid, 19 de agosto de 2016.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Luis Aceves Galindo y
Celestino Rodríguez Rubio
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000826-01
CVE="BOCCL-09-010819"