PNL/000985-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000985-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, D. José Ignacio Martín Benito y D. José Francisco Martín Martínez, para instar a la Junta al establecimiento de medidas de reparto del Fondo de Compensación Interterritorial para el reparto del volumen total de los proyectos entre las provincias y para que adopte las medidas necesarias para que en la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad estén determinados los proyectos individuales que formarán parte de cada uno de los superproyectos que se presenten al Fondo, para su tramitación ante la Comisión de Economía y Hacienda.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de septiembre de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000885 a PNL/000992.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de septiembre de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ángel Hernández Martínez, José Ignacio Martín Benito y José Francisco Martín Martínez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Hacienda:

ANTECEDENTES

Los Fondos de Compensación Interterritorial se encuentran en la Constitución Española, en su artículo 138.1 en el que se obliga al Estado a garantizar la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2, en concreto dispone que el Estado debe velar por: "... el establecimiento de un equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español...". Uno de los instrumentos previstos en la propia norma se contempla en su artículo 158.2 donde se dispone que: "con el fin de corregir los desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un fondo de compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales". La Ley 7/1984, de 31 de marzo, articula la gestión del FCI, designando como beneficiarias a todas las Comunidades Autónomas, y vinculando sus recursos a aquellos proyectos de inversión que favorezcan el desarrollo de los territorios más desfavorecidos, y a las necesidades de gasto en inversiones nuevas derivadas de los servicios traspasados por el Estado. Dicho Fondo se divide a su vez en dos: el Fondo de Compensación, que se destinará a financiar los gastos de inversión en los territorios comparativamente menos desarrollados y el Fondo Complementario que servirá para financiar gastos necesarios para poner en marcha las inversiones financiadas con cargo al Fondo de Composición o a este Fondo durante un período máximo de dos años. Los criterios de distribución del Fondo de Compensación Interterritorial entre las distintas Comunidades Autónomas están perfectamente reglados a través de la Ley 22/2001, así como los proyectos financiables con cargo al Fondo, destinando las transferencias recibidas a financiar proyectos de infraestructuras, obras públicas, regadíos, ordenación del territorio, vivienda y equipamiento colectivo, mejora del hábitat rural, transportes y comunicaciones y, en general, aquellas inversiones que contribuyan a disminuir las diferencias de renta y riqueza en el territorio español.

La determinación de los proyectos de inversión financiables con fondos se realiza en el seno del Comité de Inversiones Públicas, donde la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía deciden de común acuerdo la asignación de los recursos a los proyectos de inversión. Los distintos informes que elabora el Consejo de Cuentas de Castilla y León sobre la fiscalización de los expedientes justificados el Fondo de Compensación Interterritorial en los últimos años ponen de manifiesto una desigualdad en algunas de las provincias de la Comunidad, existiendo diferencias en los porcentajes de asignación que no concuerdan con el espíritu de corregir los desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad que está previsto en los objetivos del Fondo de Compensación Interterritorial.

Por todo lo expuesto se propone la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1.- Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León al establecimiento de medidas en el reparto del Fondo de Compensación Interterritorial por el que se establezca que el volumen total de los proyectos se reparta entre las provincias de la Comunidad con el objetivo de corregir los desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad.

2.- Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a adoptar las medidas necesarias a fin de que en el momento de elaboración del Proyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad para cada ejercicio estén determinados los proyectos individuales que formarán parte de cada uno de los superproyectos que se presenten al Fondo de Compensación Interterritorial, de forma que los fondos destinados a estos proyectos puedan servir, además, como mecanismo de compensación de los desequilibrios territoriales de la propia Comunidad Autónoma.

Valladolid, 22 de septiembre de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ángel Hernández Martínez,

José Ignacio Martín Benito y

José Francisco Martín Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000985-01

CVE="BOCCL-09-011400"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 20966-20967
BOCCL nº 182/9 del 11/10/2016
CVE: BOCCL-09-011400

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000985-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, D. José Ignacio Martín Benito y D. José Francisco Martín Martínez, para instar a la Junta al establecimiento de medidas de reparto del Fondo de Compensación Interterritorial para el reparto del volumen total de los proyectos entre las provincias y para que adopte las medidas necesarias para que en la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad estén determinados los proyectos individuales que formarán parte de cada uno de los superproyectos que se presenten al Fondo, para su tramitación ante la Comisión de Economía y Hacienda.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de septiembre de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000885 a PNL/000992.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de septiembre de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ángel Hernández Martínez, José Ignacio Martín Benito y José Francisco Martín Martínez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Hacienda:

ANTECEDENTES

Los Fondos de Compensación Interterritorial se encuentran en la Constitución Española, en su artículo 138.1 en el que se obliga al Estado a garantizar la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2, en concreto dispone que el Estado debe velar por: "... el establecimiento de un equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español...". Uno de los instrumentos previstos en la propia norma se contempla en su artículo 158.2 donde se dispone que: "con el fin de corregir los desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un fondo de compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales". La Ley 7/1984, de 31 de marzo, articula la gestión del FCI, designando como beneficiarias a todas las Comunidades Autónomas, y vinculando sus recursos a aquellos proyectos de inversión que favorezcan el desarrollo de los territorios más desfavorecidos, y a las necesidades de gasto en inversiones nuevas derivadas de los servicios traspasados por el Estado. Dicho Fondo se divide a su vez en dos: el Fondo de Compensación, que se destinará a financiar los gastos de inversión en los territorios comparativamente menos desarrollados y el Fondo Complementario que servirá para financiar gastos necesarios para poner en marcha las inversiones financiadas con cargo al Fondo de Composición o a este Fondo durante un período máximo de dos años. Los criterios de distribución del Fondo de Compensación Interterritorial entre las distintas Comunidades Autónomas están perfectamente reglados a través de la Ley 22/2001, así como los proyectos financiables con cargo al Fondo, destinando las transferencias recibidas a financiar proyectos de infraestructuras, obras públicas, regadíos, ordenación del territorio, vivienda y equipamiento colectivo, mejora del hábitat rural, transportes y comunicaciones y, en general, aquellas inversiones que contribuyan a disminuir las diferencias de renta y riqueza en el territorio español.

La determinación de los proyectos de inversión financiables con fondos se realiza en el seno del Comité de Inversiones Públicas, donde la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía deciden de común acuerdo la asignación de los recursos a los proyectos de inversión. Los distintos informes que elabora el Consejo de Cuentas de Castilla y León sobre la fiscalización de los expedientes justificados el Fondo de Compensación Interterritorial en los últimos años ponen de manifiesto una desigualdad en algunas de las provincias de la Comunidad, existiendo diferencias en los porcentajes de asignación que no concuerdan con el espíritu de corregir los desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad que está previsto en los objetivos del Fondo de Compensación Interterritorial.

Por todo lo expuesto se propone la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1.- Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León al establecimiento de medidas en el reparto del Fondo de Compensación Interterritorial por el que se establezca que el volumen total de los proyectos se reparta entre las provincias de la Comunidad con el objetivo de corregir los desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad.

2.- Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a adoptar las medidas necesarias a fin de que en el momento de elaboración del Proyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad para cada ejercicio estén determinados los proyectos individuales que formarán parte de cada uno de los superproyectos que se presenten al Fondo de Compensación Interterritorial, de forma que los fondos destinados a estos proyectos puedan servir, además, como mecanismo de compensación de los desequilibrios territoriales de la propia Comunidad Autónoma.

Valladolid, 22 de septiembre de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ángel Hernández Martínez,

José Ignacio Martín Benito y

José Francisco Martín Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000985-01

CVE="BOCCL-09-011400"



Sede de las Cortes de Castilla y León