PNL/000987-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000987-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Laura Domínguez Arroyo y Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, para instar a la Junta a realizar las Evaluaciones de Impacto de Género siguiente del Protocolo elaborado por la Dirección General de la Mujer, a incluir una persona especializada en enfoque de género en cada Consejería y a no aprobar normas que concluyan un impacto de género negativo hasta que no se introduzcan las medidas correctoras pertinentes, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de septiembre de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000885 a PNL/000992.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de septiembre de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Las procuradoras Laura Domínguez Arroyo y María Josefa Rodríguez Tobal, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

Castilla y León ha sido una de las Comunidades Autónomas pioneras en cuanto a la regulación por ley de la realización de evaluaciones de impacto de género en las leyes adoptadas en su territorio.

La LEY 1/2011, de 1 de marzo, de Evaluación del Impacto de Género en Castilla y León, establece en su Artículo 2. Ámbito de aplicación que:

"La evaluación del impacto de género se realizará en todos los procedimientos de elaboración de las normas, tanto en los de anteproyectos de Ley, como en los relativos a proyectos de disposiciones administrativas de carácter general, así como en los de aquellos planes que por su especial relevancia económica y social se sometan a informe del Consejo Económico y Social y cuya aprobación corresponda a la Junta de Castilla y León".

Por tanto, todos los anteproyectos de Ley así como otras normativas han debido llevar desde la fecha de aprobación de la ley hasta el día de hoy una memoria donde se incluye esta Evaluación, tal y como establece el punto d) del apartado 3 del artículo 75 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Para una correcta ejecución de las mismas la Junta de Castilla y León desarrolló un protocolo a través de la Dirección General de la Mujer. Dicho protocolo señala los pasos a seguir en la realización de una Evaluación de Impacto de Género. Básicamente al realizar una Evaluación se puede determinar que la ley o norma a la que se aplica es o no pertinente al género dependiendo de su contenido. Si se concluye de inicio que no lo es, no se desarrolla el resto del informe. Si en cambio sí lo es, el informe sigue desarrollándose bajo cuatro pilares: 1) En qué ámbito de intervención nos movemos y cómo se aplica en ella la normativa en igualdad. 2) Análisis de la situación entre hombres y mujeres relativos a la norma. 3) Desigualdades detectadas. 4) Valoración del impacto que requerirá medidas correctoras.

Tanto la Ley mencionada como el Protocolo responden al cumplimiento de la legislación estatal en materia de igualdad, a las recomendaciones de las Conferencias Mundiales sobre la Mujer de la ONU y a la Comisión Europea. Su objetivo fundamental es detectar las desigualdades que pueden cometerse en la acción legislativa, poniendo de manifiesto que desde las administraciones públicas pueden tomarse decisiones políticas que aumentan la desigualdad entre sexos: promoción de estereotipos sexistas, medidas económicas y sociales que afectan de distinto modo a mujeres y hombres, medidas que no incluyen la perspectiva de género en su ejecución, etc.

Sin embargo, las Evaluaciones de Impacto de Género realizadas por parte de la Junta de Castilla y León desde la aprobación de la Ley hasta el momento han sido realizadas de manera sesgada, errónea o sin desarrollar el protocolo mencionado.

Por todo lo expuesto se presenta la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Realizar las Evaluaciones de Impacto de Género siguiendo lo dispuesto en el Protocolo elaborado por la Dirección General de la Mujer.

2. Incluir una persona especializada en enfoque de género en cada Consejería de la Junta de Castilla y León entre cuyas competencias esté la redacción de las Evaluaciones de Impacto de Género que competan a su Consejería.

3. No aprobar normas que concluyan un impacto de género negativo hasta que se hayan realizado las medidas correctoras pertinentes.

En Valladolid, a 22 de septiembre de 2016.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo y

María Josefa Rodríguez Tobal

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000987-01

CVE="BOCCL-09-011402"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 20970-20971
BOCCL nº 182/9 del 11/10/2016
CVE: BOCCL-09-011402

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000987-01
Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Laura Domínguez Arroyo y Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, para instar a la Junta a realizar las Evaluaciones de Impacto de Género siguiente del Protocolo elaborado por la Dirección General de la Mujer, a incluir una persona especializada en enfoque de género en cada Consejería y a no aprobar normas que concluyan un impacto de género negativo hasta que no se introduzcan las medidas correctoras pertinentes, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de septiembre de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000885 a PNL/000992.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de septiembre de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Las procuradoras Laura Domínguez Arroyo y María Josefa Rodríguez Tobal, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

Castilla y León ha sido una de las Comunidades Autónomas pioneras en cuanto a la regulación por ley de la realización de evaluaciones de impacto de género en las leyes adoptadas en su territorio.

La LEY 1/2011, de 1 de marzo, de Evaluación del Impacto de Género en Castilla y León, establece en su Artículo 2. Ámbito de aplicación que:

"La evaluación del impacto de género se realizará en todos los procedimientos de elaboración de las normas, tanto en los de anteproyectos de Ley, como en los relativos a proyectos de disposiciones administrativas de carácter general, así como en los de aquellos planes que por su especial relevancia económica y social se sometan a informe del Consejo Económico y Social y cuya aprobación corresponda a la Junta de Castilla y León".

Por tanto, todos los anteproyectos de Ley así como otras normativas han debido llevar desde la fecha de aprobación de la ley hasta el día de hoy una memoria donde se incluye esta Evaluación, tal y como establece el punto d) del apartado 3 del artículo 75 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Para una correcta ejecución de las mismas la Junta de Castilla y León desarrolló un protocolo a través de la Dirección General de la Mujer. Dicho protocolo señala los pasos a seguir en la realización de una Evaluación de Impacto de Género. Básicamente al realizar una Evaluación se puede determinar que la ley o norma a la que se aplica es o no pertinente al género dependiendo de su contenido. Si se concluye de inicio que no lo es, no se desarrolla el resto del informe. Si en cambio sí lo es, el informe sigue desarrollándose bajo cuatro pilares: 1) En qué ámbito de intervención nos movemos y cómo se aplica en ella la normativa en igualdad. 2) Análisis de la situación entre hombres y mujeres relativos a la norma. 3) Desigualdades detectadas. 4) Valoración del impacto que requerirá medidas correctoras.

Tanto la Ley mencionada como el Protocolo responden al cumplimiento de la legislación estatal en materia de igualdad, a las recomendaciones de las Conferencias Mundiales sobre la Mujer de la ONU y a la Comisión Europea. Su objetivo fundamental es detectar las desigualdades que pueden cometerse en la acción legislativa, poniendo de manifiesto que desde las administraciones públicas pueden tomarse decisiones políticas que aumentan la desigualdad entre sexos: promoción de estereotipos sexistas, medidas económicas y sociales que afectan de distinto modo a mujeres y hombres, medidas que no incluyen la perspectiva de género en su ejecución, etc.

Sin embargo, las Evaluaciones de Impacto de Género realizadas por parte de la Junta de Castilla y León desde la aprobación de la Ley hasta el momento han sido realizadas de manera sesgada, errónea o sin desarrollar el protocolo mencionado.

Por todo lo expuesto se presenta la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Realizar las Evaluaciones de Impacto de Género siguiendo lo dispuesto en el Protocolo elaborado por la Dirección General de la Mujer.

2. Incluir una persona especializada en enfoque de género en cada Consejería de la Junta de Castilla y León entre cuyas competencias esté la redacción de las Evaluaciones de Impacto de Género que competan a su Consejería.

3. No aprobar normas que concluyan un impacto de género negativo hasta que se hayan realizado las medidas correctoras pertinentes.

En Valladolid, a 22 de septiembre de 2016.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo y

María Josefa Rodríguez Tobal

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000987-01

CVE="BOCCL-09-011402"



Sede de las Cortes de Castilla y León