PE/003964-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/003964-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a investigaciones de la Junta de Castilla y León sobre la Torre de Guadramiro para la declaración de Bien de Interés Cultural.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de septiembre de 2016, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita, PE/003916 a PE/004112.

Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de septiembre de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto y Viceportavoz del mismo, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su respuesta por escrito.

ANTECEDENTES

E! 11 de diciembre de 2013 la asociación cultural "La Antanica" de Guadramiro registró un informe-solicitud para la declaración de Bien de Interés Cultural de la Torre de Guadramiro en la Delegación Territorial de la Junta en Salamanca, con número en el registro de entrada de la mencionada delegación número 20132730008002.

Posteriormente, la Junta de Castilla y León remitió una carta a dicha asociación para señalarle que dicha solicitud había sido recibida por la Consejería de Cultura y Turismo, cuya misiva de respuesta venía fechada el 10 de enero de 2014 en el registro único de las Consejerías de Educación y de Cultura y Turismo, con número de salida 20140820000614.

En esta carta se afirmaba que, de cara a una adecuada valoración de la propuesta como Bien de Interés Cultural (BIC) de la Torre de Guadramiro, la Junta podría "recabar toda aquella información que se precise sobre el bien y se llevarán a cabo las gestiones y actividades de investigación e inspección necesarias, en orden a su declaración como Bien de Interés Cultural".

Asimismo, se concretaba que, una vez conocidas las circunstancias del caso concreto, la Junta dictaría Resolución en el plazo máximo de 6 meses, transcurrido el cual podría entenderse como desestimada la solicitud, por lo que hemos de entender que la Junta ha desestimado la misma debido a su falta de respuesta posterior.

En cuanto al bien a valorar, la Torre de Guadramiro, es un edificio de estilo gótico plateresco de 22 metros de altura construido entre los siglos XIV y XV en piedra de granito, de la que varios autores, como Pascual Madoz o Gómez Moreno, se han hecho eco a lo largo de la historia debido a su imponente robustez. "Torre fortísima, coronada de almenas" que decía Madoz a mediados del siglo XIX.

Su singularidad arquitectónica gira en torno a su propia estructura, de gran anchura frontal, disminuida a media altura, con siete arcos en su parte superior y una bella crestería jalonada de una docena de pináculos con pomas, así como gárgolas en las esquinas. Pero sus elementos de valor se amplían con otros como el hecho de que en su estructura se hallen media docena de estelas romanas embutidas, o que todas sus esquinas y cornisas se encuentren decoradas con una ornamentación de bolas talladas.

En su interior, la escalera de caracol original da acceso a su parte superior, que actúa de campanario de la iglesia (posteriormente acoplada a la torre), aunque anteriormente fue defensa del palacio que los Maldonado poseían en la localidad junto a la propia torre. Asimismo, en la parte baja de la torre se hallan tanto un arco cegado en el exterior (que antes permitía el paso por debajo de la torre) como un arco bajo el cual hay un agujero actualmente relleno de arena, cuyos elementos apuntan a la existencia de una cripta, si bien la leyenda popular en Guadramiro es que existía un pasadizo que comunicaba este agujero con el palacio de los Maldonado.

En todo caso, considerando que la Torre de Guadramiro posee suficientes elementos de valor como para poder ser declarado Bien de Interés Cultural, y sobre todo, debido a que actualmente este monumento no tiene ningún tipo de protección, formulo la siguiente

PREGUNTA

¿Qué gestiones y actividades de investigación e inspección ha llevado a cabo la Junta sobre la Torre de Guadramiro para poder valorar su declaración como Bien de Interés Cultural?

Valladolid, 14 de septiembre de 2016.

EL PROCURADOR,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero


PE/003964-01

CVE="BOCCL-09-011531"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 21107-21108
BOCCL nº 184/9 del 18/10/2016
CVE: BOCCL-09-011531

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/003964-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a investigaciones de la Junta de Castilla y León sobre la Torre de Guadramiro para la declaración de Bien de Interés Cultural.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de septiembre de 2016, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita, PE/003916 a PE/004112.

Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de septiembre de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto y Viceportavoz del mismo, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su respuesta por escrito.

ANTECEDENTES

E! 11 de diciembre de 2013 la asociación cultural "La Antanica" de Guadramiro registró un informe-solicitud para la declaración de Bien de Interés Cultural de la Torre de Guadramiro en la Delegación Territorial de la Junta en Salamanca, con número en el registro de entrada de la mencionada delegación número 20132730008002.

Posteriormente, la Junta de Castilla y León remitió una carta a dicha asociación para señalarle que dicha solicitud había sido recibida por la Consejería de Cultura y Turismo, cuya misiva de respuesta venía fechada el 10 de enero de 2014 en el registro único de las Consejerías de Educación y de Cultura y Turismo, con número de salida 20140820000614.

En esta carta se afirmaba que, de cara a una adecuada valoración de la propuesta como Bien de Interés Cultural (BIC) de la Torre de Guadramiro, la Junta podría "recabar toda aquella información que se precise sobre el bien y se llevarán a cabo las gestiones y actividades de investigación e inspección necesarias, en orden a su declaración como Bien de Interés Cultural".

Asimismo, se concretaba que, una vez conocidas las circunstancias del caso concreto, la Junta dictaría Resolución en el plazo máximo de 6 meses, transcurrido el cual podría entenderse como desestimada la solicitud, por lo que hemos de entender que la Junta ha desestimado la misma debido a su falta de respuesta posterior.

En cuanto al bien a valorar, la Torre de Guadramiro, es un edificio de estilo gótico plateresco de 22 metros de altura construido entre los siglos XIV y XV en piedra de granito, de la que varios autores, como Pascual Madoz o Gómez Moreno, se han hecho eco a lo largo de la historia debido a su imponente robustez. "Torre fortísima, coronada de almenas" que decía Madoz a mediados del siglo XIX.

Su singularidad arquitectónica gira en torno a su propia estructura, de gran anchura frontal, disminuida a media altura, con siete arcos en su parte superior y una bella crestería jalonada de una docena de pináculos con pomas, así como gárgolas en las esquinas. Pero sus elementos de valor se amplían con otros como el hecho de que en su estructura se hallen media docena de estelas romanas embutidas, o que todas sus esquinas y cornisas se encuentren decoradas con una ornamentación de bolas talladas.

En su interior, la escalera de caracol original da acceso a su parte superior, que actúa de campanario de la iglesia (posteriormente acoplada a la torre), aunque anteriormente fue defensa del palacio que los Maldonado poseían en la localidad junto a la propia torre. Asimismo, en la parte baja de la torre se hallan tanto un arco cegado en el exterior (que antes permitía el paso por debajo de la torre) como un arco bajo el cual hay un agujero actualmente relleno de arena, cuyos elementos apuntan a la existencia de una cripta, si bien la leyenda popular en Guadramiro es que existía un pasadizo que comunicaba este agujero con el palacio de los Maldonado.

En todo caso, considerando que la Torre de Guadramiro posee suficientes elementos de valor como para poder ser declarado Bien de Interés Cultural, y sobre todo, debido a que actualmente este monumento no tiene ningún tipo de protección, formulo la siguiente

PREGUNTA

¿Qué gestiones y actividades de investigación e inspección ha llevado a cabo la Junta sobre la Torre de Guadramiro para poder valorar su declaración como Bien de Interés Cultural?

Valladolid, 14 de septiembre de 2016.

EL PROCURADOR,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero


PE/003964-01

CVE="BOCCL-09-011531"



Sede de las Cortes de Castilla y León