PE/004144-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/004144-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y D. Juan Luis Cepa Álvarez, relativa a elaboración de informes sobre la existencia del lobo en el sur del río Duero.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de octubre de 2016, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita, PE/004113 a PE/004179.

Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Luis Aceves Galindo y Juan Luis Cepa Álvarez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

El pleno de las Cortes de Castilla y León del pasado 8 de junio de 2016 aprobó una propuesta de Resolución después de la Proposición no de Ley n.º 728, presentada por el Grupo Popular, instando a la Junta de Castilla y León a realizar determinadas actuaciones en relación con la población del lobo en Castilla y León.

La RESOLUCIÓN indicaba:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Que se recabe de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León y de la Administración General del Estado un informe jurídico sobre la posibilidad y consecuencias de que el lobo en la población existente al sur del río Duero en Castilla y León pase de estar bajo el régimen jurídico de régimen de protección estricta del Anexo Il y IV de la Directiva 92/43 de conservación de los hábitat naturales y de la flora y fauna silvestres, al régimen de especie gestionable del Anexo V de dicha Directiva.

2.- Que se recabe de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León y de la Administración General del Estado un informe jurídico sobre si es compatible el cambio de régimen jurídico del lobo a especie gestionable del Anexo V de la Directiva 92/43 antes indicada en la población del sur del río Duero con el mantenimiento del actual sistema de compensación de daños del lobo a la ganadería.

3.- Que se recabe de los servicios técnicos de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, un informe sobre la situación actual del manejo y gestión del lobo en relación a los daños que ocasiona a la ganadería extensiva al sur del río Duero, y sobre si el cambio de régimen jurídico del lobo por parte de la Directiva 92/43 antes indicada al régimen de especie gestionable del anexo V de la misma, mantendría un estado de conservación favorable de la especie en Castilla y León y a la vez permitiría disminuir los ataques del lobo a la ganadería extensiva de forma más efectiva que con el régimen actual.

4.- Que, de ser posible el cambio de régimen jurídico del lobo en la población al sur del río Duero a especie gestionable del Anexo V de la Directiva 92/43, de ser compatible con el mantenimiento del sistema de compensación de daños ocasionados por el lobo a la ganadería al sur del río Duero y de ser un régimen que, manteniendo un estado de conservación favorable de la especie en el territorio de Castilla y León permita disminuir los ataques del lobo a la ganadería extensiva de forma más efectiva que con el régimen actual, se inste al Gobierno de la Nación a que este inicie ante la Comisión Europea el procedimiento necesario para que la población de lobos del norte de España, incluida la totalidad del territorio de Castilla y León, sea incluida dentro del Anexo V de dicha directiva como especie gestionable, pero no siendo considerada por la Junta de Castilla y León como especie cinegética.

5.- Que producido ese cambio de régimen, se mantenga por la Junta de Castilla y León el sistema de compensación de daños del lobo a la ganadería extensiva al sur del río Duero".

Por lo tanto:

• ¿Se han realizado ya los informes jurídicos de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León y de la Administración General del Estado sobre la posibilidad y consecuencias de que el lobo en la población existente al sur del río Duero en Castilla y León pase de estar bajo el régimen jurídico de régimen de protección estricta del Anexo II y IV de la Directiva 92/43 de conservación de los hábitat naturales y de la flora y fauna silvestres, al régimen de especie gestionable del Anexo V de dicha Directiva? ¿Con qué fecha? ¿Qué es lo que indican dichos informes? En caso negativo, ¿por qué motivos no se han realizado?

• ¿Se han realizado ya los informes jurídicos de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León y de la Administración General del Estado sobre si es compatible el cambio de régimen jurídico del lobo a especie gestionable del Anexo V de la Directiva 92/43 antes indicada en la población del sur del río Duero con el mantenimiento del actual sistema de compensación de daños del lobo a la ganadería? ¿Con qué fecha? ¿Qué es lo que indican dichos informes? En caso negativo, ¿por qué motivos no se han realizado?

• ¿Se ha realizado ya el informe de los servicios técnicos de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, sobre la situación actual del manejo y gestión del lobo en relación a los daños que ocasiona a la ganadería extensiva al sur del río Duero, y sobre si el cambio de régimen jurídico del lobo por parte de la Directiva 92/43 antes indicada al régimen de especie gestionable del anexo V de la misma, mantendría un estado de conservación favorable de la especie en Castilla y León y a la vez permitiría disminuir los ataques del lobo a la ganadería extensiva de forma más efectiva que con el régimen actual? ¿Con qué fecha? ¿Qué es lo que indican dichos informes? En caso negativo, ¿por qué motivos no se han realizado?

Valladolid, 30 de septiembre de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Luis Aceves Galindo y

Juan Luis Cepa Álvarez


PE/004144-01

CVE="BOCCL-09-011787"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 21566-21568
BOCCL nº 188/9 del 24/10/2016
CVE: BOCCL-09-011787

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/004144-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y D. Juan Luis Cepa Álvarez, relativa a elaboración de informes sobre la existencia del lobo en el sur del río Duero.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de octubre de 2016, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita, PE/004113 a PE/004179.

Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Luis Aceves Galindo y Juan Luis Cepa Álvarez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

El pleno de las Cortes de Castilla y León del pasado 8 de junio de 2016 aprobó una propuesta de Resolución después de la Proposición no de Ley n.º 728, presentada por el Grupo Popular, instando a la Junta de Castilla y León a realizar determinadas actuaciones en relación con la población del lobo en Castilla y León.

La RESOLUCIÓN indicaba:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Que se recabe de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León y de la Administración General del Estado un informe jurídico sobre la posibilidad y consecuencias de que el lobo en la población existente al sur del río Duero en Castilla y León pase de estar bajo el régimen jurídico de régimen de protección estricta del Anexo Il y IV de la Directiva 92/43 de conservación de los hábitat naturales y de la flora y fauna silvestres, al régimen de especie gestionable del Anexo V de dicha Directiva.

2.- Que se recabe de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León y de la Administración General del Estado un informe jurídico sobre si es compatible el cambio de régimen jurídico del lobo a especie gestionable del Anexo V de la Directiva 92/43 antes indicada en la población del sur del río Duero con el mantenimiento del actual sistema de compensación de daños del lobo a la ganadería.

3.- Que se recabe de los servicios técnicos de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, un informe sobre la situación actual del manejo y gestión del lobo en relación a los daños que ocasiona a la ganadería extensiva al sur del río Duero, y sobre si el cambio de régimen jurídico del lobo por parte de la Directiva 92/43 antes indicada al régimen de especie gestionable del anexo V de la misma, mantendría un estado de conservación favorable de la especie en Castilla y León y a la vez permitiría disminuir los ataques del lobo a la ganadería extensiva de forma más efectiva que con el régimen actual.

4.- Que, de ser posible el cambio de régimen jurídico del lobo en la población al sur del río Duero a especie gestionable del Anexo V de la Directiva 92/43, de ser compatible con el mantenimiento del sistema de compensación de daños ocasionados por el lobo a la ganadería al sur del río Duero y de ser un régimen que, manteniendo un estado de conservación favorable de la especie en el territorio de Castilla y León permita disminuir los ataques del lobo a la ganadería extensiva de forma más efectiva que con el régimen actual, se inste al Gobierno de la Nación a que este inicie ante la Comisión Europea el procedimiento necesario para que la población de lobos del norte de España, incluida la totalidad del territorio de Castilla y León, sea incluida dentro del Anexo V de dicha directiva como especie gestionable, pero no siendo considerada por la Junta de Castilla y León como especie cinegética.

5.- Que producido ese cambio de régimen, se mantenga por la Junta de Castilla y León el sistema de compensación de daños del lobo a la ganadería extensiva al sur del río Duero".

Por lo tanto:

• ¿Se han realizado ya los informes jurídicos de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León y de la Administración General del Estado sobre la posibilidad y consecuencias de que el lobo en la población existente al sur del río Duero en Castilla y León pase de estar bajo el régimen jurídico de régimen de protección estricta del Anexo II y IV de la Directiva 92/43 de conservación de los hábitat naturales y de la flora y fauna silvestres, al régimen de especie gestionable del Anexo V de dicha Directiva? ¿Con qué fecha? ¿Qué es lo que indican dichos informes? En caso negativo, ¿por qué motivos no se han realizado?

• ¿Se han realizado ya los informes jurídicos de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León y de la Administración General del Estado sobre si es compatible el cambio de régimen jurídico del lobo a especie gestionable del Anexo V de la Directiva 92/43 antes indicada en la población del sur del río Duero con el mantenimiento del actual sistema de compensación de daños del lobo a la ganadería? ¿Con qué fecha? ¿Qué es lo que indican dichos informes? En caso negativo, ¿por qué motivos no se han realizado?

• ¿Se ha realizado ya el informe de los servicios técnicos de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, sobre la situación actual del manejo y gestión del lobo en relación a los daños que ocasiona a la ganadería extensiva al sur del río Duero, y sobre si el cambio de régimen jurídico del lobo por parte de la Directiva 92/43 antes indicada al régimen de especie gestionable del anexo V de la misma, mantendría un estado de conservación favorable de la especie en Castilla y León y a la vez permitiría disminuir los ataques del lobo a la ganadería extensiva de forma más efectiva que con el régimen actual? ¿Con qué fecha? ¿Qué es lo que indican dichos informes? En caso negativo, ¿por qué motivos no se han realizado?

Valladolid, 30 de septiembre de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Luis Aceves Galindo y

Juan Luis Cepa Álvarez


PE/004144-01

CVE="BOCCL-09-011787"



Sede de las Cortes de Castilla y León