PNL/001111-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001111-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Laura Domínguez Arroyo y Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, para instar a la Junta a introducir en los nuevos criterios de acreditación de las entidades que prestan la ayuda a domicilio los elementos que se detallan, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de noviembre de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001088 a PNL/001116.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de noviembre de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Las procuradoras Laura Domínguez Arroyo y María Josefa Rodríguez Tobal, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

El servicio de ayuda a domicilio fue uno de los más recortados a partir del Real Decreto 20/2012, de 13 de julio, para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, aprobado bajo el Gobierno de Mariano Rajoy.

La Ley para la Autonomía Personal sufrió una brutal pérdida en todos sus servicios, pero todos aquellos cuidados relacionados con el entorno del hogar fueron los más afectados: pérdidas de afiliación a la S. S. de las cuidadoras, recortes en teleasistencia, menor número de horas en la ayuda a domicilio, etc.

En concreto, en Castilla y León el recorte en 2012 fue del 40 % y aunque los últimos dos años ha habido una mayor inversión destinada a esta prestación, nunca se han vuelto a restablecer las condiciones de entonces. Se estima que en torno a un 39 % de los usuarios y usuarias fueron afectados con la salida del sistema, pero en realidad lo fue su totalidad al perder horas todos los grados de dependencia y también las personas no dependientes: por poner un ejemplo, una persona dependiente de Grado III, el mayor grado de dependencia (necesitan ayuda para todas sus tareas diarias y atención continuada), pasó de beneficiarse de 70 a 90 horas al mes a de 56 a 70. Además de esta situación, los copagos se establecieron en torno al 80 % en la mayoría de familias, siendo prácticamente nula la aportación de la Junta de Castilla y León y cargando sobre los hogares el peso de unos costes que son inasumibles para muchos de ellos.

La Gerencia de Servicios Sociales destina presupuesto a las entidades locales y Diputaciones para que sean las que gestionen posteriormente el servicio. De esta manera, se descentraliza el servicio para que sea gestionado desde lo más cercano, un acierto en el sentido de aportar cercanía a un servicio que se realiza en el ámbito íntimo del hogar. Sin embargo, esta descentralización lleva a problemas si no se realiza un correcto seguimiento de las empresas contratadas.

Hace unos días, la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades anunció que iba a establecer una mesa de trabajo con el Diálogo Social para regular los criterios de acreditación para las entidades que prestan el servicio de ayuda a domicilio. Tal y como se anunció, esta normativa recogerá los siguientes aspectos: criterios de acreditación, la definición de entidad acreditadora de servicios, las condiciones de las entidades prestadoras, los recursos materiales y medios técnicos de apoyo; en cuanto a los recursos humanos, los perfiles, ratios y formación; las condiciones de calidad; el procedimiento de acreditación; los efectos de la acreditación y el Registro de Entidades y Empresas prestadoras.

Nuestro Grupo Parlamentario siempre ha sido partidario de gestionar estas prestaciones desde lo público, eliminando a las empresas privadas como intermediarias de este proceso, pues creemos que la mejor forma de garantizar la eficiencia y calidad estaría en asumir la contratación de las trabajadoras de ayuda a domicilio desde las entidades locales. No obstante, a día de hoy la realidad es que este servicio se gestiona desde empresas privadas y, por tanto, toca garantizar que su acreditación sea lo más adecuada y de calidad posible.

Teniendo en cuenta la gestión que se ha hecho hasta hoy de la ayuda a domicilio en nuestra CC. AA. y estos criterios, proponemos la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a introducir en los nuevos criterios de acreditación para las entidades que prestan la ayuda a domicilio los siguientes elementos:

1) Constituirse o existir ya como una entidad proveedora de Servicios Sociales.

2) Certificar la solvencia de las entidades, eliminando aquellas que puedan incurrir en temeridad en sus ofertas de contratación.

3) Certificar una experiencia mínima en la gestión de la ayuda a domicilio o en la prestación de servicios relacionados con la dependencia.

4) Garantizar que las entidades integran cláusulas sociales en la contratación.

5) Disponer de un plan de calidad en base a la normativa internacional que regula la ayuda a domicilio.

6) Disponer de un plan específico para aquellas entidades que presten el servicio en el mundo rural para garantizar un acceso igualitario y una distribución adecuada de ratios materiales y humanos en relación a la demografía.

7) Asegurar el cumplimiento de derechos y deberes de los usuarios y usuarias, disponer de información para los mismos, así como tener un portal/hojas de quejas y sugerencias.

8) Acreditar que la entidad no está inmersa en conflictos laborales, tales como EREs, reducciones de plantilla o similares, así como asegurar las condiciones laborales de los y las trabajadoras que tengan en plantilla.

9) Garantizar un proceso transparente y establecer mecanismos para que la participación de entidades sea lo más heterogénea e igualitaria posible.

10) Asegurar que las entidades pasen una evaluación bianual realizada por la Gerencia de Servicios Sociales que garantice el cumplimiento de sus criterios de acreditación.

En Valladolid, a 11 de noviembre de 2016.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo y

María Josefa Rodríguez Tobal

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/001111-01

CVE="BOCCL-09-012404"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 22755-22757
BOCCL nº 204/9 del 25/11/2016
CVE: BOCCL-09-012404

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001111-01
Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Laura Domínguez Arroyo y Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, para instar a la Junta a introducir en los nuevos criterios de acreditación de las entidades que prestan la ayuda a domicilio los elementos que se detallan, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de noviembre de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001088 a PNL/001116.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de noviembre de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Las procuradoras Laura Domínguez Arroyo y María Josefa Rodríguez Tobal, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

El servicio de ayuda a domicilio fue uno de los más recortados a partir del Real Decreto 20/2012, de 13 de julio, para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, aprobado bajo el Gobierno de Mariano Rajoy.

La Ley para la Autonomía Personal sufrió una brutal pérdida en todos sus servicios, pero todos aquellos cuidados relacionados con el entorno del hogar fueron los más afectados: pérdidas de afiliación a la S. S. de las cuidadoras, recortes en teleasistencia, menor número de horas en la ayuda a domicilio, etc.

En concreto, en Castilla y León el recorte en 2012 fue del 40 % y aunque los últimos dos años ha habido una mayor inversión destinada a esta prestación, nunca se han vuelto a restablecer las condiciones de entonces. Se estima que en torno a un 39 % de los usuarios y usuarias fueron afectados con la salida del sistema, pero en realidad lo fue su totalidad al perder horas todos los grados de dependencia y también las personas no dependientes: por poner un ejemplo, una persona dependiente de Grado III, el mayor grado de dependencia (necesitan ayuda para todas sus tareas diarias y atención continuada), pasó de beneficiarse de 70 a 90 horas al mes a de 56 a 70. Además de esta situación, los copagos se establecieron en torno al 80 % en la mayoría de familias, siendo prácticamente nula la aportación de la Junta de Castilla y León y cargando sobre los hogares el peso de unos costes que son inasumibles para muchos de ellos.

La Gerencia de Servicios Sociales destina presupuesto a las entidades locales y Diputaciones para que sean las que gestionen posteriormente el servicio. De esta manera, se descentraliza el servicio para que sea gestionado desde lo más cercano, un acierto en el sentido de aportar cercanía a un servicio que se realiza en el ámbito íntimo del hogar. Sin embargo, esta descentralización lleva a problemas si no se realiza un correcto seguimiento de las empresas contratadas.

Hace unos días, la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades anunció que iba a establecer una mesa de trabajo con el Diálogo Social para regular los criterios de acreditación para las entidades que prestan el servicio de ayuda a domicilio. Tal y como se anunció, esta normativa recogerá los siguientes aspectos: criterios de acreditación, la definición de entidad acreditadora de servicios, las condiciones de las entidades prestadoras, los recursos materiales y medios técnicos de apoyo; en cuanto a los recursos humanos, los perfiles, ratios y formación; las condiciones de calidad; el procedimiento de acreditación; los efectos de la acreditación y el Registro de Entidades y Empresas prestadoras.

Nuestro Grupo Parlamentario siempre ha sido partidario de gestionar estas prestaciones desde lo público, eliminando a las empresas privadas como intermediarias de este proceso, pues creemos que la mejor forma de garantizar la eficiencia y calidad estaría en asumir la contratación de las trabajadoras de ayuda a domicilio desde las entidades locales. No obstante, a día de hoy la realidad es que este servicio se gestiona desde empresas privadas y, por tanto, toca garantizar que su acreditación sea lo más adecuada y de calidad posible.

Teniendo en cuenta la gestión que se ha hecho hasta hoy de la ayuda a domicilio en nuestra CC. AA. y estos criterios, proponemos la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a introducir en los nuevos criterios de acreditación para las entidades que prestan la ayuda a domicilio los siguientes elementos:

1) Constituirse o existir ya como una entidad proveedora de Servicios Sociales.

2) Certificar la solvencia de las entidades, eliminando aquellas que puedan incurrir en temeridad en sus ofertas de contratación.

3) Certificar una experiencia mínima en la gestión de la ayuda a domicilio o en la prestación de servicios relacionados con la dependencia.

4) Garantizar que las entidades integran cláusulas sociales en la contratación.

5) Disponer de un plan de calidad en base a la normativa internacional que regula la ayuda a domicilio.

6) Disponer de un plan específico para aquellas entidades que presten el servicio en el mundo rural para garantizar un acceso igualitario y una distribución adecuada de ratios materiales y humanos en relación a la demografía.

7) Asegurar el cumplimiento de derechos y deberes de los usuarios y usuarias, disponer de información para los mismos, así como tener un portal/hojas de quejas y sugerencias.

8) Acreditar que la entidad no está inmersa en conflictos laborales, tales como EREs, reducciones de plantilla o similares, así como asegurar las condiciones laborales de los y las trabajadoras que tengan en plantilla.

9) Garantizar un proceso transparente y establecer mecanismos para que la participación de entidades sea lo más heterogénea e igualitaria posible.

10) Asegurar que las entidades pasen una evaluación bianual realizada por la Gerencia de Servicios Sociales que garantice el cumplimiento de sus criterios de acreditación.

En Valladolid, a 11 de noviembre de 2016.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo y

María Josefa Rodríguez Tobal

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/001111-01

CVE="BOCCL-09-012404"



Sede de las Cortes de Castilla y León