PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003711, PE/003753, PE/003776, PE/003787, PE/003819, PE/003820, PE/003832, PE/003848, PE/003852, PE/003861, PE/003882, PE/003888 a PE/003899, PE/003905, PE/003908, PE/003916, PE/003917, PE/003920, PE/003922, PE/003923, PE/003925 a PE/003933, PE/003935, PE/003937 a PE/003939, PE/003943, PE/003945, PE/003947, PE/003949 a PE/003956, PE/003959, PE/003960, PE/003962, PE/003972 a PE/003977, PE/003979 a PE/003984, PE/003986, PE/003988 a PE/003990, PE/003999 a PE/004001, PE/004043, PE/004045, PE/004064 a PE/004081, PE/004100 a PE/004105, PE/004107 a PE/004109, PE/004112, PE/004115, PE/004116, PE/004118, PE/004132 a PE/004134, PE/004144, PE/004145, PE/004149, PE/004151, PE/004160, PE/004167, PE/004175, PE/004178, PE/004179, PE/004186, PE/004259 y PE/004303 a PE/004320, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 21 de noviembre de 2016.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
ANEXO
CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
PE/ RELATIVA
004132 Compensación por no conceder las ayudas al pago de alquiler de viviendas.
004133 Previsiones para dotar un fondo para las ayudas al pago de alquiler de viviendas.
004134 Criterios de concesión de las ayudas al pago de alquiler de viviendas.
Contestación a las Preguntas Escritas número 0904132, 0904133 y 0904134 formuladas por D. Manuel Mitadiel Martínez y D.ª María Belén Rosado Diago, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativas a ayudas al pago de alquiler de viviendas.
La previsión de fondos para las ayudas al pago del alquiler de viviendas es la incluida en la distribución financiera prevista en el Convenio de Colaboración, suscrito con fecha 28 de agosto de 2014 entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la ejecución del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016, en función de las diferentes líneas y programas previstos en el citado Plan Estatal.
Los criterios para la concesión de subvenciones destinadas al alquiler de vivienda son los establecidos en las bases reguladoras aprobadas por Orden FYM/947/2014, de 3 de noviembre, modificadas por Orden FYM/1002/2015, de 11 de noviembre, y Orden FYM/183/2016, de 8 de marzo, conforme a lo establecido en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, cuyo artículo 2.2 establece que tales ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y cuyo artículo 12 el criterio de priorización de los solicitantes.
La posible compensación por parte de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente respecto de las solicitudes que cumpliendo con las condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en esta última, está prevista en la propia convocatoria a través de una cláusula de rescate de forma que una vez se conozca el número definitivo de beneficiarios se valorará dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes la posibilidad de conceder ayudas a quienes cumpliendo los requisitos no fueron finalmente beneficiarios.
Valladolid, 15 de noviembre de 2016.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/004134-2
CVE="BOCCL-09-013173"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003711, PE/003753, PE/003776, PE/003787, PE/003819, PE/003820, PE/003832, PE/003848, PE/003852, PE/003861, PE/003882, PE/003888 a PE/003899, PE/003905, PE/003908, PE/003916, PE/003917, PE/003920, PE/003922, PE/003923, PE/003925 a PE/003933, PE/003935, PE/003937 a PE/003939, PE/003943, PE/003945, PE/003947, PE/003949 a PE/003956, PE/003959, PE/003960, PE/003962, PE/003972 a PE/003977, PE/003979 a PE/003984, PE/003986, PE/003988 a PE/003990, PE/003999 a PE/004001, PE/004043, PE/004045, PE/004064 a PE/004081, PE/004100 a PE/004105, PE/004107 a PE/004109, PE/004112, PE/004115, PE/004116, PE/004118, PE/004132 a PE/004134, PE/004144, PE/004145, PE/004149, PE/004151, PE/004160, PE/004167, PE/004175, PE/004178, PE/004179, PE/004186, PE/004259 y PE/004303 a PE/004320, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 21 de noviembre de 2016.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
ANEXO
CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
PE/ RELATIVA
004132 Compensación por no conceder las ayudas al pago de alquiler de viviendas.
004133 Previsiones para dotar un fondo para las ayudas al pago de alquiler de viviendas.
004134 Criterios de concesión de las ayudas al pago de alquiler de viviendas.
Contestación a las Preguntas Escritas número 0904132, 0904133 y 0904134 formuladas por D. Manuel Mitadiel Martínez y D.ª María Belén Rosado Diago, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativas a ayudas al pago de alquiler de viviendas.
La previsión de fondos para las ayudas al pago del alquiler de viviendas es la incluida en la distribución financiera prevista en el Convenio de Colaboración, suscrito con fecha 28 de agosto de 2014 entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la ejecución del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016, en función de las diferentes líneas y programas previstos en el citado Plan Estatal.
Los criterios para la concesión de subvenciones destinadas al alquiler de vivienda son los establecidos en las bases reguladoras aprobadas por Orden FYM/947/2014, de 3 de noviembre, modificadas por Orden FYM/1002/2015, de 11 de noviembre, y Orden FYM/183/2016, de 8 de marzo, conforme a lo establecido en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, cuyo artículo 2.2 establece que tales ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y cuyo artículo 12 el criterio de priorización de los solicitantes.
La posible compensación por parte de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente respecto de las solicitudes que cumpliendo con las condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en esta última, está prevista en la propia convocatoria a través de una cláusula de rescate de forma que una vez se conozca el número definitivo de beneficiarios se valorará dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes la posibilidad de conceder ayudas a quienes cumpliendo los requisitos no fueron finalmente beneficiarios.
Valladolid, 15 de noviembre de 2016.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/004134-2
CVE="BOCCL-09-013173"