PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003795, PE/003796, PE/003798, PE/003851, PE/003921, PE/003924, PE/003934, PE/003936, PE/003941, PE/003942, PE/003948, PE/003963 a PE/003971, PE/003978, PE/003987, PE/003991 a PE/003998, PE/004003 a PE/004038, PE/004040, PE/004044, PE/004046 a PE/004063, PE/004082 a PE/004099, PE/004106, PE/004111, PE/004114, PE/004119 a PE/004127, PE/004130, PE/004135 a PE/004143, PE/004155, PE/004156, PE/004170 a PE/004172, PE/004180, PE/004182, PE/004183, PE/004185, PE/004248, PE/004250, PE/004255, PE/004265 a PE/004280, PE/004282, PE/004290, PE/004295, PE/004297, PE/004300, PE/004324, PE/004325, PE/004327, PE/004328, PE/004330 a PE/004338, PE/004342, PE/004344 a PE/004367, PE/004386, PE/004389, PE/004390, PE/004394 a PE/004398, PE/004406, PE/004408 a PE/004416, PE/004421 a PE/004446, PE/004454, PE/004460, PE/004461, PE/004463, PE/004464, PE/004467, PE/004469, PE/004470, PE/004472, PE/004480, PE/004482, PE/004484, PE/004513, PE/004555, PE/004556, PE/004557 y PE/004558, y las informaciones complementarias a la PE/003834 y PE/003944, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de diciembre de 2016.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita número 0903948 formulada por D. Jesús Guerrero Arroyo y D.ª Consolación Pablos Labajo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la garantía del transporte público en la línea regular entre Benavente y Palencia.
El establecimiento de los servicios de transporte público de viajeros por carretera se realiza de forma que puedan satisfacer las demandas habituales de los ciudadanos, prestándose el servicio de transporte público entre Benavente y Palencia por la empresa LINECAR con un vehículo de 32 plazas con una media de ocupación diaria de 7 plazas.
La circunstancia acaecida en el servicio de transporte regular de viajeros por carretera entre Benavente y Palencia el día 12 de septiembre, sin que se tenga constancia de la existencia de otros casos de este tipo en el citado servicio, se debió a que en la parada de Villarramiel pretendieron acceder al servicio 25 ciudadanos de tal forma que, al estar cubiertas ya algunas plazas, fue imposible atender la demanda de todos ellos.
Tratándose de un hecho puntual que nunca se había producido ni ha vuelto a suceder hasta el momento, fue imposible de prever para la Administración y para la empresa concesionaria, pudiendo haberse evitado, de tratarse de un hecho programado, mediante el aviso previo a la empresa o a la Administración para que pudieran adoptar las medidas oportunas.
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente para garantizar la adecuada prestación del servicio público de transporte de viajeros por carretera en toda la Comunidad, y en consecuencia también para la ruta entre Benavente y Palencia, realiza los controles oportunos a través de la Inspección de Transportes de la Junta de Castilla y León, dependiente de ella, y el seguimiento del Plan Anual de Inspección de Transportes de Castilla y León.
Valladolid, 13 de diciembre de 2016.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/003948-3
CVE="BOCCL-09-013662"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003795, PE/003796, PE/003798, PE/003851, PE/003921, PE/003924, PE/003934, PE/003936, PE/003941, PE/003942, PE/003948, PE/003963 a PE/003971, PE/003978, PE/003987, PE/003991 a PE/003998, PE/004003 a PE/004038, PE/004040, PE/004044, PE/004046 a PE/004063, PE/004082 a PE/004099, PE/004106, PE/004111, PE/004114, PE/004119 a PE/004127, PE/004130, PE/004135 a PE/004143, PE/004155, PE/004156, PE/004170 a PE/004172, PE/004180, PE/004182, PE/004183, PE/004185, PE/004248, PE/004250, PE/004255, PE/004265 a PE/004280, PE/004282, PE/004290, PE/004295, PE/004297, PE/004300, PE/004324, PE/004325, PE/004327, PE/004328, PE/004330 a PE/004338, PE/004342, PE/004344 a PE/004367, PE/004386, PE/004389, PE/004390, PE/004394 a PE/004398, PE/004406, PE/004408 a PE/004416, PE/004421 a PE/004446, PE/004454, PE/004460, PE/004461, PE/004463, PE/004464, PE/004467, PE/004469, PE/004470, PE/004472, PE/004480, PE/004482, PE/004484, PE/004513, PE/004555, PE/004556, PE/004557 y PE/004558, y las informaciones complementarias a la PE/003834 y PE/003944, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de diciembre de 2016.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita número 0903948 formulada por D. Jesús Guerrero Arroyo y D.ª Consolación Pablos Labajo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la garantía del transporte público en la línea regular entre Benavente y Palencia.
El establecimiento de los servicios de transporte público de viajeros por carretera se realiza de forma que puedan satisfacer las demandas habituales de los ciudadanos, prestándose el servicio de transporte público entre Benavente y Palencia por la empresa LINECAR con un vehículo de 32 plazas con una media de ocupación diaria de 7 plazas.
La circunstancia acaecida en el servicio de transporte regular de viajeros por carretera entre Benavente y Palencia el día 12 de septiembre, sin que se tenga constancia de la existencia de otros casos de este tipo en el citado servicio, se debió a que en la parada de Villarramiel pretendieron acceder al servicio 25 ciudadanos de tal forma que, al estar cubiertas ya algunas plazas, fue imposible atender la demanda de todos ellos.
Tratándose de un hecho puntual que nunca se había producido ni ha vuelto a suceder hasta el momento, fue imposible de prever para la Administración y para la empresa concesionaria, pudiendo haberse evitado, de tratarse de un hecho programado, mediante el aviso previo a la empresa o a la Administración para que pudieran adoptar las medidas oportunas.
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente para garantizar la adecuada prestación del servicio público de transporte de viajeros por carretera en toda la Comunidad, y en consecuencia también para la ruta entre Benavente y Palencia, realiza los controles oportunos a través de la Inspección de Transportes de la Junta de Castilla y León, dependiente de ella, y el seguimiento del Plan Anual de Inspección de Transportes de Castilla y León.
Valladolid, 13 de diciembre de 2016.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/003948-3
CVE="BOCCL-09-013662"