PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003795, PE/003796, PE/003798, PE/003851, PE/003921, PE/003924, PE/003934, PE/003936, PE/003941, PE/003942, PE/003948, PE/003963 a PE/003971, PE/003978, PE/003987, PE/003991 a PE/003998, PE/004003 a PE/004038, PE/004040, PE/004044, PE/004046 a PE/004063, PE/004082 a PE/004099, PE/004106, PE/004111, PE/004114, PE/004119 a PE/004127, PE/004130, PE/004135 a PE/004143, PE/004155, PE/004156, PE/004170 a PE/004172, PE/004180, PE/004182, PE/004183, PE/004185, PE/004248, PE/004250, PE/004255, PE/004265 a PE/004280, PE/004282, PE/004290, PE/004295, PE/004297, PE/004300, PE/004324, PE/004325, PE/004327, PE/004328, PE/004330 a PE/004338, PE/004342, PE/004344 a PE/004367, PE/004386, PE/004389, PE/004390, PE/004394 a PE/004398, PE/004406, PE/004408 a PE/004416, PE/004421 a PE/004446, PE/004454, PE/004460, PE/004461, PE/004463, PE/004464, PE/004467, PE/004469, PE/004470, PE/004472, PE/004480, PE/004482, PE/004484, PE/004513, PE/004555, PE/004556, PE/004557 y PE/004558, y las informaciones complementarias a la PE/003834 y PE/003944, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de diciembre de 2016.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
ANEXO
CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
PE/ RELATIVA A
003963 Información de la Junta de Castilla y León sobre la Torre de Guadramiro para la declaración de Bien de Interés Cultural.
003964 Investigaciones de la Junta de Castilla y León sobre la Torre de Guadramiro para la declaración de Bien de Interés Cultural.
003965 Negativa de la Junta de Castilla y León sobre la Torre de Guadramiro para la declaración de Bien de Interés Cultural.
003967 Protección de la Torre de Guadramiro.
Contestación a las Preguntas con respuesta Escrita P.E./0903963, P.E./0903964, P.E./0903965 y P.E./0903967, formuladas a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, del Grupo Parlamentario Mixto, relativas a información de la Junta de Castilla y León sobre la Torre de Guadramiro para la declaración de Bien de Interés Cultural y su protección.
A finales de 2013 se recibió la solicitud de la Asociación Cultural La Antanica, de Guadramiro, para la declaración de Bien de Interés Cultural de la “Torre de Guadramiro”, acusándose el correspondiente recibo de la solicitud donde se indicaba la posibilidad de abrir un plazo de información previa para valorar las circunstancias del caso.
Atendiendo a sus características constructivas y a su supuesto carácter defensivo, la Torre se podría considerar una Torre Fortaleza y en consecuencia tendría la consideración de Bien de Interés Cultural en aplicación del Decreto de 22 de abril de 1949, sobre protección de los castillos españoles.
En este caso se incorporaría al catálogo de Bienes de Interés Cultural de Castilla y León y nos dirigiríamos al Ayuntamiento comunicándole dicha incorporación e instándole a que se acometa la redacción de unas normas urbanísticas adecuadas que incluyan esta Torre entre sus elementos catalogados.
Valladolid, 12 de diciembre de 2016.
Fdo.: María Josefa García Cirac.Consejera.
PE/003965-3
CVE="BOCCL-09-013665"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003795, PE/003796, PE/003798, PE/003851, PE/003921, PE/003924, PE/003934, PE/003936, PE/003941, PE/003942, PE/003948, PE/003963 a PE/003971, PE/003978, PE/003987, PE/003991 a PE/003998, PE/004003 a PE/004038, PE/004040, PE/004044, PE/004046 a PE/004063, PE/004082 a PE/004099, PE/004106, PE/004111, PE/004114, PE/004119 a PE/004127, PE/004130, PE/004135 a PE/004143, PE/004155, PE/004156, PE/004170 a PE/004172, PE/004180, PE/004182, PE/004183, PE/004185, PE/004248, PE/004250, PE/004255, PE/004265 a PE/004280, PE/004282, PE/004290, PE/004295, PE/004297, PE/004300, PE/004324, PE/004325, PE/004327, PE/004328, PE/004330 a PE/004338, PE/004342, PE/004344 a PE/004367, PE/004386, PE/004389, PE/004390, PE/004394 a PE/004398, PE/004406, PE/004408 a PE/004416, PE/004421 a PE/004446, PE/004454, PE/004460, PE/004461, PE/004463, PE/004464, PE/004467, PE/004469, PE/004470, PE/004472, PE/004480, PE/004482, PE/004484, PE/004513, PE/004555, PE/004556, PE/004557 y PE/004558, y las informaciones complementarias a la PE/003834 y PE/003944, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de diciembre de 2016.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
ANEXO
CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
PE/ RELATIVA A
003963 Información de la Junta de Castilla y León sobre la Torre de Guadramiro para la declaración de Bien de Interés Cultural.
003964 Investigaciones de la Junta de Castilla y León sobre la Torre de Guadramiro para la declaración de Bien de Interés Cultural.
003965 Negativa de la Junta de Castilla y León sobre la Torre de Guadramiro para la declaración de Bien de Interés Cultural.
003967 Protección de la Torre de Guadramiro.
Contestación a las Preguntas con respuesta Escrita P.E./0903963, P.E./0903964, P.E./0903965 y P.E./0903967, formuladas a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, del Grupo Parlamentario Mixto, relativas a información de la Junta de Castilla y León sobre la Torre de Guadramiro para la declaración de Bien de Interés Cultural y su protección.
A finales de 2013 se recibió la solicitud de la Asociación Cultural La Antanica, de Guadramiro, para la declaración de Bien de Interés Cultural de la “Torre de Guadramiro”, acusándose el correspondiente recibo de la solicitud donde se indicaba la posibilidad de abrir un plazo de información previa para valorar las circunstancias del caso.
Atendiendo a sus características constructivas y a su supuesto carácter defensivo, la Torre se podría considerar una Torre Fortaleza y en consecuencia tendría la consideración de Bien de Interés Cultural en aplicación del Decreto de 22 de abril de 1949, sobre protección de los castillos españoles.
En este caso se incorporaría al catálogo de Bienes de Interés Cultural de Castilla y León y nos dirigiríamos al Ayuntamiento comunicándole dicha incorporación e instándole a que se acometa la redacción de unas normas urbanísticas adecuadas que incluyan esta Torre entre sus elementos catalogados.
Valladolid, 12 de diciembre de 2016.
Fdo.: María Josefa García Cirac.Consejera.
PE/003965-3
CVE="BOCCL-09-013665"