PE/004324-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004324-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, D. Álvaro Lora Cumplido, D. Celestino Rodríguez Rubio y D. Óscar Álvarez Domínguez, relativa a funcionamiento del Centro de Diálisis de León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 192, de 3 de noviembre de 2016.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003795, PE/003796, PE/003798, PE/003851, PE/003921, PE/003924, PE/003934, PE/003936, PE/003941, PE/003942, PE/003948, PE/003963 a PE/003971, PE/003978, PE/003987, PE/003991 a PE/003998, PE/004003 a PE/004038, PE/004040, PE/004044, PE/004046 a PE/004063, PE/004082 a PE/004099, PE/004106, PE/004111, PE/004114, PE/004119 a PE/004127, PE/004130, PE/004135 a PE/004143, PE/004155, PE/004156, PE/004170 a PE/004172, PE/004180, PE/004182, PE/004183, PE/004185, PE/004248, PE/004250, PE/004255, PE/004265 a PE/004280, PE/004282, PE/004290, PE/004295, PE/004297, PE/004300, PE/004324, PE/004325, PE/004327, PE/004328, PE/004330 a PE/004338, PE/004342, PE/004344 a PE/004367, PE/004386, PE/004389, PE/004390, PE/004394 a PE/004398, PE/004406, PE/004408 a PE/004416, PE/004421 a PE/004446, PE/004454, PE/004460, PE/004461, PE/004463, PE/004464, PE/004467, PE/004469, PE/004470, PE/004472, PE/004480, PE/004482, PE/004484, PE/004513, PE/004555, PE/004556, PE/004557 y PE/004558, y las informaciones complementarias a la PE/003834 y PE/003944, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de diciembre de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./0904324, formulada por los Procuradores Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, D. Álvaro Lora Cumplido, D. Celestino Rodríguez Rubio y D. Óscar Álvarez Domínguez, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, referida a “Funcionamiento del Centro de Diálisis de León”.

Recabada información de las Consejerías de Empleo y de Sanidad en relación con las cuestiones planteadas en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información facilitada en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

•ANEXO I: Consejería de Empleo

•ANEXO II: Consejería de Sanidad

Valladolid, 2 de diciembre de 2016.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,Fdo.: José A. de Santiago-Juárez López.

ANEXO I

CONSEJERÍA DE EMPLEO

P.E./0904324

En contestación al punto segundo de la iniciativa parlamentaria presentada y en lo que se refiere al centro de trabajo de la empresa Fresenius Medical Care, en la provincia de León, al que hace referencia expresa la pregunta, las actuaciones que ha llevado a cabo el SERLA se concretan en la tramitación de los siguientes procedimientos:

CM/103/2016/LE.

Solicitud de inicio de procedimiento de conciliación-mediación: 29 de abril de 2016.

Reuniones celebradas: dos.

Fecha de finalización: 28 de julio de 2016.

CM/193/2016/LE.

Solicitud de inicio de procedimiento de conciliación-mediación: 20 de septiembre de 2016.

Reuniones celebradas: una.

Fecha de finalización: 23 de septiembre de 2016.

ANEXO II

CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./0904324

En el mismo orden de las cuestiones planteadas, se informa lo siguiente:

En el Expte. 17/2008, que rige la contratación de esta prestación, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares exige, entre otras cosas, una declaración certificada de que los profesionales que han de ejecutar o llevar a cabo las prestaciones objeto de este contrato no incurren en ninguna de las causas de incompatibilidad que rigen para el personal al servicio de las administraciones públicas.

Por otra parte el Pliego de Prescripciones Técnicas establece en su apartado 4 las exigencias sobre el personal que ha de prestar el servicio:

“El personal mínimo necesario será:

– Un Médico especialista en Nefrología de acuerdo a la legislación vigente. Se ocupará de la revisión y el control de todos los pacientes. Siempre se deberá garantizar la presencia permanente durante toda la diálisis, de al menos un médico con formación específica y experiencia mínima de tres meses en diálisis.

– Un ATS/DUE por cada cinco puestos y/o fracción de hemodiálisis en funcionamiento y ocupados por Sala, con presencia permanente durante la diálisis.

– Un Auxiliar de Enfermería por cada diez puestos y/o fracción de hemodiálisis en funcionamiento y ocupados por Sala.

– El resto del personal, bien sea Administrativo, de Mantenimiento, Limpieza etc...será el que cada concursante oferte y que garantice el correcto funcionamiento de los Centros.

– …”

Y añade que “Todo el personal será aportado por la Empresa adjudicataria y dependerá de la misma, jurídica, laboral y económicamente, sin vinculación, dependencia ni relación laboral alguna con SACYL.” Por lo tanto, la empresa deberá atender al régimen jurídico, laboral y económico que sea de aplicación, sin que éste sea determinado por el órgano contratante.

En cuanto al número de pacientes atendidos en 2016 en el Centro de diálisis de León (capital), a final de cada mes, es:

En cuanto a las distancias entre el domicilio y el centro para recibir el tratamiento de hemodiálisis, se aporta la siguiente información:

Por último, con relación a las condiciones de los traslados de los pacientes, se informa que en el caso de que el paciente que va a recibir asistencia requiera transporte sanitario y así sea prescrito, es una prestación incluida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.


PE/004324-2

CVE="BOCCL-09-013811"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 24837
BOCCL nº 222/9 del 24/1/2017
CVE: BOCCL-09-013811

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004324-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, D. Álvaro Lora Cumplido, D. Celestino Rodríguez Rubio y D. Óscar Álvarez Domínguez, relativa a funcionamiento del Centro de Diálisis de León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 192, de 3 de noviembre de 2016.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003795, PE/003796, PE/003798, PE/003851, PE/003921, PE/003924, PE/003934, PE/003936, PE/003941, PE/003942, PE/003948, PE/003963 a PE/003971, PE/003978, PE/003987, PE/003991 a PE/003998, PE/004003 a PE/004038, PE/004040, PE/004044, PE/004046 a PE/004063, PE/004082 a PE/004099, PE/004106, PE/004111, PE/004114, PE/004119 a PE/004127, PE/004130, PE/004135 a PE/004143, PE/004155, PE/004156, PE/004170 a PE/004172, PE/004180, PE/004182, PE/004183, PE/004185, PE/004248, PE/004250, PE/004255, PE/004265 a PE/004280, PE/004282, PE/004290, PE/004295, PE/004297, PE/004300, PE/004324, PE/004325, PE/004327, PE/004328, PE/004330 a PE/004338, PE/004342, PE/004344 a PE/004367, PE/004386, PE/004389, PE/004390, PE/004394 a PE/004398, PE/004406, PE/004408 a PE/004416, PE/004421 a PE/004446, PE/004454, PE/004460, PE/004461, PE/004463, PE/004464, PE/004467, PE/004469, PE/004470, PE/004472, PE/004480, PE/004482, PE/004484, PE/004513, PE/004555, PE/004556, PE/004557 y PE/004558, y las informaciones complementarias a la PE/003834 y PE/003944, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de diciembre de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./0904324, formulada por los Procuradores Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, D. Álvaro Lora Cumplido, D. Celestino Rodríguez Rubio y D. Óscar Álvarez Domínguez, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, referida a “Funcionamiento del Centro de Diálisis de León”.

Recabada información de las Consejerías de Empleo y de Sanidad en relación con las cuestiones planteadas en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información facilitada en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

•ANEXO I: Consejería de Empleo

•ANEXO II: Consejería de Sanidad

Valladolid, 2 de diciembre de 2016.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,Fdo.: José A. de Santiago-Juárez López.

ANEXO I

CONSEJERÍA DE EMPLEO

P.E./0904324

En contestación al punto segundo de la iniciativa parlamentaria presentada y en lo que se refiere al centro de trabajo de la empresa Fresenius Medical Care, en la provincia de León, al que hace referencia expresa la pregunta, las actuaciones que ha llevado a cabo el SERLA se concretan en la tramitación de los siguientes procedimientos:

CM/103/2016/LE.

Solicitud de inicio de procedimiento de conciliación-mediación: 29 de abril de 2016.

Reuniones celebradas: dos.

Fecha de finalización: 28 de julio de 2016.

CM/193/2016/LE.

Solicitud de inicio de procedimiento de conciliación-mediación: 20 de septiembre de 2016.

Reuniones celebradas: una.

Fecha de finalización: 23 de septiembre de 2016.

ANEXO II

CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./0904324

En el mismo orden de las cuestiones planteadas, se informa lo siguiente:

En el Expte. 17/2008, que rige la contratación de esta prestación, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares exige, entre otras cosas, una declaración certificada de que los profesionales que han de ejecutar o llevar a cabo las prestaciones objeto de este contrato no incurren en ninguna de las causas de incompatibilidad que rigen para el personal al servicio de las administraciones públicas.

Por otra parte el Pliego de Prescripciones Técnicas establece en su apartado 4 las exigencias sobre el personal que ha de prestar el servicio:

“El personal mínimo necesario será:

– Un Médico especialista en Nefrología de acuerdo a la legislación vigente. Se ocupará de la revisión y el control de todos los pacientes. Siempre se deberá garantizar la presencia permanente durante toda la diálisis, de al menos un médico con formación específica y experiencia mínima de tres meses en diálisis.

– Un ATS/DUE por cada cinco puestos y/o fracción de hemodiálisis en funcionamiento y ocupados por Sala, con presencia permanente durante la diálisis.

– Un Auxiliar de Enfermería por cada diez puestos y/o fracción de hemodiálisis en funcionamiento y ocupados por Sala.

– El resto del personal, bien sea Administrativo, de Mantenimiento, Limpieza etc...será el que cada concursante oferte y que garantice el correcto funcionamiento de los Centros.

– …”

Y añade que “Todo el personal será aportado por la Empresa adjudicataria y dependerá de la misma, jurídica, laboral y económicamente, sin vinculación, dependencia ni relación laboral alguna con SACYL.” Por lo tanto, la empresa deberá atender al régimen jurídico, laboral y económico que sea de aplicación, sin que éste sea determinado por el órgano contratante.

En cuanto al número de pacientes atendidos en 2016 en el Centro de diálisis de León (capital), a final de cada mes, es:

En cuanto a las distancias entre el domicilio y el centro para recibir el tratamiento de hemodiálisis, se aporta la siguiente información:

Por último, con relación a las condiciones de los traslados de los pacientes, se informa que en el caso de que el paciente que va a recibir asistencia requiera transporte sanitario y así sea prescrito, es una prestación incluida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.


PE/004324-2

CVE="BOCCL-09-013811"



Sede de las Cortes de Castilla y León