PNL/001272-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001272-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Laura Domínguez Arroyo y Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con la Comisión Autonómica y las Comisiones Territoriales contra la Violencia de Género en Castilla y León, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 31 de enero de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001235 a PNL/001274.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de enero de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Laura Domínguez Arroyo y María Josefa Rodríguez Tobal, Procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

ANTECEDENTES

La Junta de Castilla y León cuenta con varios órganos propios que tienen competencias propias en materia de igualdad y violencia de género, dependientes en su mayor parte de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Dichos órganos en teoría tienen entre sus competencias las de asesorar, proponer o evaluar las políticas de igualdad y contra la violencia de género.

Entre ellos se encuentra la Comisión Autonómica Contra la Violencia de Género así como sus respectivas Comisiones Territoriales en cada provincia. Su creación y funcionamiento están reguladas por la Orden FAM/1822/2007, de 25 de octubre, por la que se crean y regulan las Comisiones Territoriales contra la Violencia de Género en Castilla y León.

Las funciones que le son atribuidas son las siguientes, en virtud del Artículo 3 de dicha Orden:

a) Promover el acercamiento y la comunicación directa y flexible entre los profesionales implicados en la lucha contra la violencia de género.

b) Conocer las actuaciones que se estén llevando a cabo por cada entidad para la atención integral a la mujer.

c) Coordinar todos los recursos existentes para la atención integral a la mujer.

d) Detectar necesidades y hacer propuestas de mejoras de actuación para la consecución de la asistencia integral.

e) Hacer seguimiento de aquellos casos que lo precisen y, en particular, en caso de fallecimiento de la víctima o personación en los procesos penales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Asimismo, se recabará información sobre las circunstancias familiares de la víctima y aunar actuaciones para paliar la situación de menores y familiares dependientes.

f) Informar de las actuaciones que se estén realizando y proponer la adopción de nuevas medidas que contribuyan a la consecución del fin último de erradicación de la violencia de género.

g) Cualquier otra función relacionada con la consecución de sus fines.

Al igual que sucede con otros órganos cuyas funciones debieran tener mayor extensión y capacidad vinculante, las Comisiones Territoriales ven sesgado su funcionamiento además de poder ser demasiado parciales al no integrar entidades o personal independiente para asesorar y evaluar la actuación de las administraciones públicas. Su actuación se limita prácticamente a una vez al año o, en su defecto, en casos de asesinatos en su territorio o de fechas de especial relevancia a alguna sesión extraordinaria. No emiten informes propios propositivos ni en ningún caso tienen posibilidad de coordinar desde estas comisiones, sino que la coordinación se hace mediante otros mecanismos propios que ya tiene la Junta y que se establecen actualmente bajo el modelo Objetivo Violencia Cero.

Por todo presentamos la siguiente,

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Replantear las funciones y el organigrama de la Comisión Autonómica contra la violencia de género así como de sus Comisiones Territoriales con el fin de aumentar su capacidad propositiva y de coordinación.

2. Implementar mecanismos para que las propuestas resultantes de los equipos de trabajo sean recogidas y asimiladas por la Consejería competente.

3. Establecer reglamentariamente sus funciones de coordinación para una mejor gestión de todos los servicios de intervención en violencia de género dependientes de la Consejería.

4. Asegurar la asistencia a los plenarios y sesiones extraordinarias de especialistas en intervención en violencia de género de distintos ámbitos (jurídico, psicológico, atención a víctimas, formación y prevención) independientes de los organismos gestores.

5. Asegurar la existencia de al menos una especialista en intervención en violencia de género en cada uno de los grupos de trabajo creados.

6. Establecer como parte de sus funciones la evaluación anual territorializada de las políticas contra la violencia de género con el fin de detectar e intervenir en las posibles deficiencias.

Valladolid, 20 de enero de 2017.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo y

María Josefa Rodríguez Tobal

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/001272-01

CVE="BOCCL-09-014252"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 25595-25597
BOCCL nº 227/9 del 3/2/2017
CVE: BOCCL-09-014252

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001272-01
Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Laura Domínguez Arroyo y Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con la Comisión Autonómica y las Comisiones Territoriales contra la Violencia de Género en Castilla y León, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 31 de enero de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001235 a PNL/001274.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de enero de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Laura Domínguez Arroyo y María Josefa Rodríguez Tobal, Procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en los artículos 162 y ss. del reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

ANTECEDENTES

La Junta de Castilla y León cuenta con varios órganos propios que tienen competencias propias en materia de igualdad y violencia de género, dependientes en su mayor parte de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Dichos órganos en teoría tienen entre sus competencias las de asesorar, proponer o evaluar las políticas de igualdad y contra la violencia de género.

Entre ellos se encuentra la Comisión Autonómica Contra la Violencia de Género así como sus respectivas Comisiones Territoriales en cada provincia. Su creación y funcionamiento están reguladas por la Orden FAM/1822/2007, de 25 de octubre, por la que se crean y regulan las Comisiones Territoriales contra la Violencia de Género en Castilla y León.

Las funciones que le son atribuidas son las siguientes, en virtud del Artículo 3 de dicha Orden:

a) Promover el acercamiento y la comunicación directa y flexible entre los profesionales implicados en la lucha contra la violencia de género.

b) Conocer las actuaciones que se estén llevando a cabo por cada entidad para la atención integral a la mujer.

c) Coordinar todos los recursos existentes para la atención integral a la mujer.

d) Detectar necesidades y hacer propuestas de mejoras de actuación para la consecución de la asistencia integral.

e) Hacer seguimiento de aquellos casos que lo precisen y, en particular, en caso de fallecimiento de la víctima o personación en los procesos penales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Asimismo, se recabará información sobre las circunstancias familiares de la víctima y aunar actuaciones para paliar la situación de menores y familiares dependientes.

f) Informar de las actuaciones que se estén realizando y proponer la adopción de nuevas medidas que contribuyan a la consecución del fin último de erradicación de la violencia de género.

g) Cualquier otra función relacionada con la consecución de sus fines.

Al igual que sucede con otros órganos cuyas funciones debieran tener mayor extensión y capacidad vinculante, las Comisiones Territoriales ven sesgado su funcionamiento además de poder ser demasiado parciales al no integrar entidades o personal independiente para asesorar y evaluar la actuación de las administraciones públicas. Su actuación se limita prácticamente a una vez al año o, en su defecto, en casos de asesinatos en su territorio o de fechas de especial relevancia a alguna sesión extraordinaria. No emiten informes propios propositivos ni en ningún caso tienen posibilidad de coordinar desde estas comisiones, sino que la coordinación se hace mediante otros mecanismos propios que ya tiene la Junta y que se establecen actualmente bajo el modelo Objetivo Violencia Cero.

Por todo presentamos la siguiente,

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Replantear las funciones y el organigrama de la Comisión Autonómica contra la violencia de género así como de sus Comisiones Territoriales con el fin de aumentar su capacidad propositiva y de coordinación.

2. Implementar mecanismos para que las propuestas resultantes de los equipos de trabajo sean recogidas y asimiladas por la Consejería competente.

3. Establecer reglamentariamente sus funciones de coordinación para una mejor gestión de todos los servicios de intervención en violencia de género dependientes de la Consejería.

4. Asegurar la asistencia a los plenarios y sesiones extraordinarias de especialistas en intervención en violencia de género de distintos ámbitos (jurídico, psicológico, atención a víctimas, formación y prevención) independientes de los organismos gestores.

5. Asegurar la existencia de al menos una especialista en intervención en violencia de género en cada uno de los grupos de trabajo creados.

6. Establecer como parte de sus funciones la evaluación anual territorializada de las políticas contra la violencia de género con el fin de detectar e intervenir en las posibles deficiencias.

Valladolid, 20 de enero de 2017.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo y

María Josefa Rodríguez Tobal

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/001272-01

CVE="BOCCL-09-014252"



Sede de las Cortes de Castilla y León