PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004188, PE/004199, PE/004329, PE/004339, PE/004377 a PE/004385, PE/004388, PE/004391 a PE/004393, PE/004399 a PE/004405, PE/004407, PE/004417, PE/004420, PE/004447, PE/004452, PE/004455, PE/004456, PE/004458, PE/004459, PE/004462, PE/004465, PE/004471, PE/004473, PE/004475, PE/004476, PE/004479, PE/004481, PE/004485, PE/004488 a PE/004495, PE/004505, PE/004507 a PE/004512, PE/004514 a PE/004517, PE/004520, PE/004521, PE/004523, PE/004525, PE/004526, PE/004528, PE/004529, PE/004532 a PE/004535, PE/004538, PE/004540 a PE/004548, PE/004550 a PE/004553, PE/004559 a PE/004563 y PE/004565 a PE/004567, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de enero de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0904552, formulada por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, en relación a plazo para inclusión del Servicio de Consejo Genético en la cartera de servicios.
La Orden SSI/2065/2014, de 31 de octubre, por la que se modifican los anexos I, II y III del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, establece la cartera de servicios que debe ofrecerse para llevar a cabo la atención a los pacientes y familiares en el área de genética, comprendiendo el consejo genético y los análisis genéticos. A tal efecto establece los requisitos de los análisis genéticos para su realización, y los de los centros, pero no fija criterios específicos para la realización del consejo genético, indicando únicamente que deberá realizarse por personal cualificado, no exigiendo que deba llevarse a cabo por un genetista clínico.
Las prestaciones de análisis genéticos y genética clínica están incluidas en la Cartera de Servicios de Sacyl. Se indican los análisis genéticos que cumplen con los requisitos establecidos, y se realizan en centros debidamente acreditados, Los especialistas de nuestra comunidad establecen la indicación de la realización del análisis genético, solicitan el consentimiento informado y expreso, realizan el consejo genético pre y post-test, y realizan el diagnóstico de la enfermedad o trastorno de base genética.Si así lo precisan, estos facultativos pueden recibir asesoramiento acerca del test más adecuado por parte del Servicio de Análisis Clínicos de su propio hospital, del centro de la Comunidad donde se realice la prueba, o del laboratorio externo al que se derivan los análisis no disponibles en la cartera de Servicios de Sacyl. Para la interpretación de los resultados del análisis, también pueden solicitar información adicional a los laboratorios que realizan la determinación.
En el caso del consejo genético preimplantacional, éste se lleva a cabo en la Unidad de Reproducción Humana Asistida (RHA) del Hospital Clínico Universitario de Valladolid.
En el caso del consejo prenatal, los facultativos que realizan los estudios genéticos en el Hospital Universitario Río Hortega, Complejo Asistencial Universitario de Salamanca y Complejo Asistencial Universitario de Burgos, están a disposición de toda la comunidad para establecer la indicación del análisis genético y consulta para consejo genético pre y post-test.
El consejo genético en cáncer hereditario se lleva a cabo por los facultativos de las tres Unidades de Referencia establecidas en el Complejo Asistencial Universitario de Burgos, el Complejo Asistencial Universitario de Salamanca y el Hospital Universitario Río Hortega de Valladolid.
Por su parte, la especialidad de Genética Clínica está en proceso de creación en nuestro país. Se desconoce la trascendencia que pueda tener en el proceso de creación de la especialidad la reciente anulación del Real Decreto de Troncalidad por el Tribunal Supremo de Justicia de Madrid el pasado 12 de diciembre de 2016.
A nivel nacional, algunas comunidades y/o centros sanitarios disponen de servicios de genética médica, ofreciendo una cartera de servicios variable en genética clínica, y careciendo algunos de estos centros de prestaciones disponibles en nuestra comunidad, tales como el consejo genético en cáncer hereditario debidamente organizado, o del diagnóstico genético preimplantacional.
El perfil de los profesionales que ofrecen este asesoramiento es variable en función de cada centro, variando su procedencia y su formación, dado el carácter multidisciplinar de la prestación.
Desde la Consejería de Sanidad de Castilla y León trabajamos para potenciar el Consejo Genético, organizar los recursos existentes, y poder adecuarlos a las necesidades de nuestra población y el desarrollo de la propia especialidad.
Valladolid, 11 de enero de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/004552-2
CVE="BOCCL-09-014467"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004188, PE/004199, PE/004329, PE/004339, PE/004377 a PE/004385, PE/004388, PE/004391 a PE/004393, PE/004399 a PE/004405, PE/004407, PE/004417, PE/004420, PE/004447, PE/004452, PE/004455, PE/004456, PE/004458, PE/004459, PE/004462, PE/004465, PE/004471, PE/004473, PE/004475, PE/004476, PE/004479, PE/004481, PE/004485, PE/004488 a PE/004495, PE/004505, PE/004507 a PE/004512, PE/004514 a PE/004517, PE/004520, PE/004521, PE/004523, PE/004525, PE/004526, PE/004528, PE/004529, PE/004532 a PE/004535, PE/004538, PE/004540 a PE/004548, PE/004550 a PE/004553, PE/004559 a PE/004563 y PE/004565 a PE/004567, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de enero de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0904552, formulada por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, en relación a plazo para inclusión del Servicio de Consejo Genético en la cartera de servicios.
La Orden SSI/2065/2014, de 31 de octubre, por la que se modifican los anexos I, II y III del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, establece la cartera de servicios que debe ofrecerse para llevar a cabo la atención a los pacientes y familiares en el área de genética, comprendiendo el consejo genético y los análisis genéticos. A tal efecto establece los requisitos de los análisis genéticos para su realización, y los de los centros, pero no fija criterios específicos para la realización del consejo genético, indicando únicamente que deberá realizarse por personal cualificado, no exigiendo que deba llevarse a cabo por un genetista clínico.
Las prestaciones de análisis genéticos y genética clínica están incluidas en la Cartera de Servicios de Sacyl. Se indican los análisis genéticos que cumplen con los requisitos establecidos, y se realizan en centros debidamente acreditados, Los especialistas de nuestra comunidad establecen la indicación de la realización del análisis genético, solicitan el consentimiento informado y expreso, realizan el consejo genético pre y post-test, y realizan el diagnóstico de la enfermedad o trastorno de base genética.Si así lo precisan, estos facultativos pueden recibir asesoramiento acerca del test más adecuado por parte del Servicio de Análisis Clínicos de su propio hospital, del centro de la Comunidad donde se realice la prueba, o del laboratorio externo al que se derivan los análisis no disponibles en la cartera de Servicios de Sacyl. Para la interpretación de los resultados del análisis, también pueden solicitar información adicional a los laboratorios que realizan la determinación.
En el caso del consejo genético preimplantacional, éste se lleva a cabo en la Unidad de Reproducción Humana Asistida (RHA) del Hospital Clínico Universitario de Valladolid.
En el caso del consejo prenatal, los facultativos que realizan los estudios genéticos en el Hospital Universitario Río Hortega, Complejo Asistencial Universitario de Salamanca y Complejo Asistencial Universitario de Burgos, están a disposición de toda la comunidad para establecer la indicación del análisis genético y consulta para consejo genético pre y post-test.
El consejo genético en cáncer hereditario se lleva a cabo por los facultativos de las tres Unidades de Referencia establecidas en el Complejo Asistencial Universitario de Burgos, el Complejo Asistencial Universitario de Salamanca y el Hospital Universitario Río Hortega de Valladolid.
Por su parte, la especialidad de Genética Clínica está en proceso de creación en nuestro país. Se desconoce la trascendencia que pueda tener en el proceso de creación de la especialidad la reciente anulación del Real Decreto de Troncalidad por el Tribunal Supremo de Justicia de Madrid el pasado 12 de diciembre de 2016.
A nivel nacional, algunas comunidades y/o centros sanitarios disponen de servicios de genética médica, ofreciendo una cartera de servicios variable en genética clínica, y careciendo algunos de estos centros de prestaciones disponibles en nuestra comunidad, tales como el consejo genético en cáncer hereditario debidamente organizado, o del diagnóstico genético preimplantacional.
El perfil de los profesionales que ofrecen este asesoramiento es variable en función de cada centro, variando su procedencia y su formación, dado el carácter multidisciplinar de la prestación.
Desde la Consejería de Sanidad de Castilla y León trabajamos para potenciar el Consejo Genético, organizar los recursos existentes, y poder adecuarlos a las necesidades de nuestra población y el desarrollo de la propia especialidad.
Valladolid, 11 de enero de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/004552-2
CVE="BOCCL-09-014467"