M/000199-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

451. Mociones
M/000199-01


Sumario:

Moción presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Sarrión Andaluz (IU-EQUO), relativa a política general en materia de políticas activas de empleo, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 21 de febrero de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 3 de marzo de 2017, ha admitido a trámite la Moción, M/000199, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Sarrión Andaluz (IU-EQUO), relativa a política general en materia de políticas activas de empleo, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 21 de febrero de 2017.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de marzo de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Procurador de Izquierda Unida-Equo de Castilla y León, D. José Sarrión Andaluz, al amparo de lo establecido en los artículos 154 del Reglamento de la Cámara, presentada la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000199 relativa a política general en materia de políticas activas de empleo.

ANTECEDENTES

Los certificados de profesionalidad, regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, son el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral.

Estos certificados acreditan el conjunto de competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral identificable en el sistema productivo sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional.

Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por el SEPE y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

Se obtienen a través de dos vías:

• Superando todos los módulos que integran el certificado de profesionalidad.

• Siguiendo los procedimientos establecidos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Los certificados de profesionalidad acreditan cualificaciones contenidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, correspondiéndose con los títulos de formación profesional.

Esta concepción integral de la formación profesional, tanto a nivel europeo -a través del proceso de Copenhague, enmarcado en el programa «Educación & formación 2010», como uno de los objetivos de la cumbre de Lisboa-, como en la integración de las ofertas de formación de las Administraciones educativa y laboral, busca asegurar la movilidad de los trabajadores, a través de la transparencia de las cualificaciones adquiridas en los diferentes subsistemas y Estados.

En Castilla y León tan solo han existido dos convocatorias de procesos de acreditaciones, en el 2011 que se ofertaron 4 cualificaciones a acreditar, en un total de tres fases y en el 2015 otras 4 cualificaciones, en dos fases.

En el año 2016 en Galicia se abrieron procesos de acreditaciones en 98 cualificaciones, en el País Vasco en 25, en Islas Baleares 24, en Murcia en 18, etc. Solo dos Comunidades Autónomas Madrid y Castilla y León no convocaron ninguna acreditación.

En lo que llevamos de 2017 Galicia ya ha puesto en marcha 78 cualificaciones para acreditar profesionalmente, las Islas Baleares 24, Andalucía 12, y Madrid 2. Castilla y León no ha sacado ninguna.

Quienes sufren las consecuencias de la falta de una apuesta política clara para poner en marcha de forma eficaz estos procesos es la clase trabajadora castellana y leonesa, en concreto, aquellas personas que pudiendo estar acreditadas en una profesión porque trabajan en ella o se han formado a través de la formación no formal, no se las da la oportunidad de obtener el certificado de profesionalidad. Ello conlleva que la capacidad de empleabilidad de nuestra población sea menor que la de otras comunidades y aun emigrando tengan menos oportunidades de encontrar un empleo.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Que se dé alternativa al pago telemático de tasas del modelo 046 para aquellas personas que soliciten participar en un proceso de acreditaciones de competencias profesionales y les sea dificultoso el acceso a esta plataforma.

2. Desarrollar y convocar, lo antes posible, el procedimiento para la concesión de la habilitación de forma excepcional de personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio mayores de 55 años con experiencia laboral.

3. Que antes de finalizar 2017 se vuelva a publicar convocatoria para acreditar a las cualificaciones profesionales de "Atención sociosanitaria a personas en el domicilio" y "Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales".

4. Que en el próximo "Plan de Trabajo del Observatorio Regional de Empleo" se incluya dentro de la "línea 2: formación" un punto para estudiar cualificaciones acreditables relacionadas con el sistema productivo castellano y leonés.

5. Que el programa informático utilizado en los procesos de acreditaciones profesionales abarque todas las fases del proceso y no solo asesoramiento y evaluación.

6. Que se tenga en cuenta las características de las personas que deben participar en un proceso de acreditación y se proceda a la distribución territorial de los centros gestores acordes con las posibilidades reales de movilidad que poseen. En los casos necesarios se habilitarán centros gestores en cabeceras comarcales.

7. A trabajar de manera conjunta entre la Consejería de Educación y la Consejería de Empleo, en aplicación del espíritu del artículo 21 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio "En cada comunidad autónoma, las administraciones educativa y laboral competentes establecerán conjuntamente la estructura organizativa responsable del procedimiento que se establece en este real decreto", dada su colaboración en el proceso de acreditaciones.

8. Promover y dar mayor visibilización al "formulario acreditación competencia" existente en la página web de Castilla y León, diseñado para que quienes están interesadas en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, puedan preinscribirse indicando la cualificación de su interés.

9. Dotar de competencias y funciones claras al "Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales" para el desarrollo de las funciones de acreditaciones de competencias.

10. Que en la próxima modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, se plantee, de acuerdo con la normativa vigente en materia de función pública, dotar del personal necesario al "Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales".

11. Que la comisión de admisión tenga, como única función, el examinar las solicitudes presentadas y verificar que cumplen los requisitos, sin ser necesaria la baremación de todos los méritos, ahorrando muchas horas de un trabajo que no aporta nada al proceso.

12. Que se elabore un Decreto de pago a asesores, evaluadores, miembros de la comisión de admisión, coordinadores y personal de logística independiente del "Decreto 252/1993, de 21 de octubre, de la Junta de Castilla y León, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal autónomo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León".

En Valladolid, a 24 de febrero de 2017.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Sarrión Andaluz


M/000199-01

CVE="BOCCL-09-015115"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 27263-27265
BOCCL nº 240/9 del 7/3/2017
CVE: BOCCL-09-015115

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
451. Mociones
M/000199-01
Moción presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Sarrión Andaluz (IU-EQUO), relativa a política general en materia de políticas activas de empleo, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 21 de febrero de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 3 de marzo de 2017, ha admitido a trámite la Moción, M/000199, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Sarrión Andaluz (IU-EQUO), relativa a política general en materia de políticas activas de empleo, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 21 de febrero de 2017.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de marzo de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Procurador de Izquierda Unida-Equo de Castilla y León, D. José Sarrión Andaluz, al amparo de lo establecido en los artículos 154 del Reglamento de la Cámara, presentada la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000199 relativa a política general en materia de políticas activas de empleo.

ANTECEDENTES

Los certificados de profesionalidad, regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, son el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral.

Estos certificados acreditan el conjunto de competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral identificable en el sistema productivo sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional.

Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por el SEPE y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

Se obtienen a través de dos vías:

• Superando todos los módulos que integran el certificado de profesionalidad.

• Siguiendo los procedimientos establecidos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Los certificados de profesionalidad acreditan cualificaciones contenidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, correspondiéndose con los títulos de formación profesional.

Esta concepción integral de la formación profesional, tanto a nivel europeo -a través del proceso de Copenhague, enmarcado en el programa «Educación & formación 2010», como uno de los objetivos de la cumbre de Lisboa-, como en la integración de las ofertas de formación de las Administraciones educativa y laboral, busca asegurar la movilidad de los trabajadores, a través de la transparencia de las cualificaciones adquiridas en los diferentes subsistemas y Estados.

En Castilla y León tan solo han existido dos convocatorias de procesos de acreditaciones, en el 2011 que se ofertaron 4 cualificaciones a acreditar, en un total de tres fases y en el 2015 otras 4 cualificaciones, en dos fases.

En el año 2016 en Galicia se abrieron procesos de acreditaciones en 98 cualificaciones, en el País Vasco en 25, en Islas Baleares 24, en Murcia en 18, etc. Solo dos Comunidades Autónomas Madrid y Castilla y León no convocaron ninguna acreditación.

En lo que llevamos de 2017 Galicia ya ha puesto en marcha 78 cualificaciones para acreditar profesionalmente, las Islas Baleares 24, Andalucía 12, y Madrid 2. Castilla y León no ha sacado ninguna.

Quienes sufren las consecuencias de la falta de una apuesta política clara para poner en marcha de forma eficaz estos procesos es la clase trabajadora castellana y leonesa, en concreto, aquellas personas que pudiendo estar acreditadas en una profesión porque trabajan en ella o se han formado a través de la formación no formal, no se las da la oportunidad de obtener el certificado de profesionalidad. Ello conlleva que la capacidad de empleabilidad de nuestra población sea menor que la de otras comunidades y aun emigrando tengan menos oportunidades de encontrar un empleo.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Que se dé alternativa al pago telemático de tasas del modelo 046 para aquellas personas que soliciten participar en un proceso de acreditaciones de competencias profesionales y les sea dificultoso el acceso a esta plataforma.

2. Desarrollar y convocar, lo antes posible, el procedimiento para la concesión de la habilitación de forma excepcional de personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio mayores de 55 años con experiencia laboral.

3. Que antes de finalizar 2017 se vuelva a publicar convocatoria para acreditar a las cualificaciones profesionales de "Atención sociosanitaria a personas en el domicilio" y "Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales".

4. Que en el próximo "Plan de Trabajo del Observatorio Regional de Empleo" se incluya dentro de la "línea 2: formación" un punto para estudiar cualificaciones acreditables relacionadas con el sistema productivo castellano y leonés.

5. Que el programa informático utilizado en los procesos de acreditaciones profesionales abarque todas las fases del proceso y no solo asesoramiento y evaluación.

6. Que se tenga en cuenta las características de las personas que deben participar en un proceso de acreditación y se proceda a la distribución territorial de los centros gestores acordes con las posibilidades reales de movilidad que poseen. En los casos necesarios se habilitarán centros gestores en cabeceras comarcales.

7. A trabajar de manera conjunta entre la Consejería de Educación y la Consejería de Empleo, en aplicación del espíritu del artículo 21 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio "En cada comunidad autónoma, las administraciones educativa y laboral competentes establecerán conjuntamente la estructura organizativa responsable del procedimiento que se establece en este real decreto", dada su colaboración en el proceso de acreditaciones.

8. Promover y dar mayor visibilización al "formulario acreditación competencia" existente en la página web de Castilla y León, diseñado para que quienes están interesadas en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, puedan preinscribirse indicando la cualificación de su interés.

9. Dotar de competencias y funciones claras al "Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales" para el desarrollo de las funciones de acreditaciones de competencias.

10. Que en la próxima modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, se plantee, de acuerdo con la normativa vigente en materia de función pública, dotar del personal necesario al "Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales".

11. Que la comisión de admisión tenga, como única función, el examinar las solicitudes presentadas y verificar que cumplen los requisitos, sin ser necesaria la baremación de todos los méritos, ahorrando muchas horas de un trabajo que no aporta nada al proceso.

12. Que se elabore un Decreto de pago a asesores, evaluadores, miembros de la comisión de admisión, coordinadores y personal de logística independiente del "Decreto 252/1993, de 21 de octubre, de la Junta de Castilla y León, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal autónomo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León".

En Valladolid, a 24 de febrero de 2017.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Sarrión Andaluz


M/000199-01

CVE="BOCCL-09-015115"



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