PNL/001396-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001396-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Natalia del Barrio Jiménez, Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, instando a la Junta de Castilla y León a dotar de certificado digital y firma electrónica corporativos a los empleados públicos, para su tramitación ante la Comisión de la Presidencia.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de marzo de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001388 a PNL/001408.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de marzo de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Natalia del Barrio Jiménez, Adela Pascual Álvarez y Lorena González Guerrero, pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Presidencia:

ANTECEDENTES

En octubre de 2015 se aprobó la nueva Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que daba paso a la implantación de la Administración Electrónica y que ha entrado en vigor un año después de su publicación.

El artículo 14 dice que estarán obligados a relacionarse ELECTRÓNICAMENTE con las Administraciones Públicas los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

La Ley permite diferentes sistemas de identificación, en concreto, el certificado digital corporativo o de empleado público y el DNI electrónico, PERO NO EL CERTIFICADO DIGITAL PERSONAL. Por una parte, el certificado corporativo identifica de forma conjunta al titular del puesto de trabajo o cargo, y a la Administración u órgano en la que presta sus servicios, por lo que cumple las obligaciones de la norma. Por otra parte, el DNI electrónico es un documento personal e intransferible, que va siempre con la persona, a diferencia del certificado digital personal, que se descarga en un ordenador de la Administración de carácter público.

Si vamos a la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) nos encontramos con que el Certificado digital de Persona Física es la certificación electrónica expedida por la FNMT que vincula a su suscriptor con unos datos de verificación de Firma y confirma su identidad.

En esta misma página vemos que el Certificado digital de Persona Física le permitirá realizar trámites de forma segura con la Administración Pública y Entidades Privadas a través de Internet.

En ningún sitio vemos expresamente que el empleado público tenga que usar su certificado de personas física para realizar sus funciones como trabajador.

En este tiempo, CC. OO. a nivel regional, y a través de iniciativas presentadas en diferentes Juntas de Personal, y secundadas por otras organizaciones, ha hecho llegar a la Administración estas demandas sin que se haya dado respuesta.

La Administración no ha avanzado un paso en la dirección de solucionar el problema, ni siquiera está siguiendo la actuación de la Administración General del Estado, que sí utiliza certificados corporativos, o los propios centros universitarios de la Comunidad Autónoma.

Consideramos que es un tema de vital importancia por, entre otras cosas, las consecuencias que podría acarrear un uso inadecuado de los certificados PERSONALES en equipos no particulares.

Por todo presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan al Gobierno de la Junta de Castilla y León a:

Dotar de un CERTIFICADO DIGITAL Y FIRMA ELECTRÓNICA CORPORATIVOS, para hacer desaparecer la práctica de la Administración de exigir a los empleados públicos la aportación de su certificado digital personal para el desempeño de su trabajo.

En Valladolid, a 21 de marzo de 2017.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Natalia del Barrio Jiménez,

Adela Pascual Álvarez y

Lorena González Guerrero

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/001396-01

CVE="BOCCL-09-016110"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 29500-29501
BOCCL nº 256/9 del 10/4/2017
CVE: BOCCL-09-016110

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001396-01
Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Natalia del Barrio Jiménez, Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, instando a la Junta de Castilla y León a dotar de certificado digital y firma electrónica corporativos a los empleados públicos, para su tramitación ante la Comisión de la Presidencia.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de marzo de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001388 a PNL/001408.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de marzo de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Natalia del Barrio Jiménez, Adela Pascual Álvarez y Lorena González Guerrero, pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Presidencia:

ANTECEDENTES

En octubre de 2015 se aprobó la nueva Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que daba paso a la implantación de la Administración Electrónica y que ha entrado en vigor un año después de su publicación.

El artículo 14 dice que estarán obligados a relacionarse ELECTRÓNICAMENTE con las Administraciones Públicas los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

La Ley permite diferentes sistemas de identificación, en concreto, el certificado digital corporativo o de empleado público y el DNI electrónico, PERO NO EL CERTIFICADO DIGITAL PERSONAL. Por una parte, el certificado corporativo identifica de forma conjunta al titular del puesto de trabajo o cargo, y a la Administración u órgano en la que presta sus servicios, por lo que cumple las obligaciones de la norma. Por otra parte, el DNI electrónico es un documento personal e intransferible, que va siempre con la persona, a diferencia del certificado digital personal, que se descarga en un ordenador de la Administración de carácter público.

Si vamos a la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) nos encontramos con que el Certificado digital de Persona Física es la certificación electrónica expedida por la FNMT que vincula a su suscriptor con unos datos de verificación de Firma y confirma su identidad.

En esta misma página vemos que el Certificado digital de Persona Física le permitirá realizar trámites de forma segura con la Administración Pública y Entidades Privadas a través de Internet.

En ningún sitio vemos expresamente que el empleado público tenga que usar su certificado de personas física para realizar sus funciones como trabajador.

En este tiempo, CC. OO. a nivel regional, y a través de iniciativas presentadas en diferentes Juntas de Personal, y secundadas por otras organizaciones, ha hecho llegar a la Administración estas demandas sin que se haya dado respuesta.

La Administración no ha avanzado un paso en la dirección de solucionar el problema, ni siquiera está siguiendo la actuación de la Administración General del Estado, que sí utiliza certificados corporativos, o los propios centros universitarios de la Comunidad Autónoma.

Consideramos que es un tema de vital importancia por, entre otras cosas, las consecuencias que podría acarrear un uso inadecuado de los certificados PERSONALES en equipos no particulares.

Por todo presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan al Gobierno de la Junta de Castilla y León a:

Dotar de un CERTIFICADO DIGITAL Y FIRMA ELECTRÓNICA CORPORATIVOS, para hacer desaparecer la práctica de la Administración de exigir a los empleados públicos la aportación de su certificado digital personal para el desempeño de su trabajo.

En Valladolid, a 21 de marzo de 2017.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Natalia del Barrio Jiménez,

Adela Pascual Álvarez y

Lorena González Guerrero

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/001396-01

CVE="BOCCL-09-016110"



Sede de las Cortes de Castilla y León