PNL/001418-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001418-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Isabel Muñoz Sánchez y Dña. Laura Domínguez Arroyo, para instar a la Junta a exhortar al Gobierno a realizar un nuevo Real Decreto que regule las especialidades en Ciencias de la Salud y a que la Junta derogue el Decreto 47/2016, de 29 de diciembre, para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de abril de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001416 a PNL/001449.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de abril de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Isabel Muñoz Sánchez y Laura Domínguez Arroyo, procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente proposición no de ley para su debate y votación en la Comisión de Sanidad.

ANTECEDENTES

La legislación vigente obliga a convocar concurso de traslados para ocupar las plazas vacantes de Sanidad al menos cada dos años. Aunque bien es verdad que la ley no dice que se deban sacar dichos traslados previos a concursos y oposiciones, lo lógico es hacerlo para poder determinar cuáles son las plazas que quedan libres.

La Junta de Castilla y León no ha cumplido dicha legislación. De hecho, el último concurso de traslados se remonta al año 2011, cuando se ofertaron muy pocas plazas y mayoritariamente periféricas.

Por esta causa, la Junta ha tenido que enfrentarse, hasta el momento, a 17 procesos judiciales. Procesos que ha perdido, con el agravante de que la Junta ha esquivado el cumplimiento de los sucesivos fallos judiciales con unos métodos cuanto menos poco éticos, que ordenaban el acatamiento de la ley mediante la convocatoria del citado concurso en el plazo de seis meses.

La consecuencia de estas prácticas es que hay plazas que son consideradas de difícil cobertura porque, como los profesionales saben que no podrán trasladarse de ellas en años, no las piden. Así mismo, la Junta ha hablado en numerosas ocasiones de implantar medidas para conseguir la fidelización de los profesionales respecto a estas plazas, sin que hasta ahora lo haya hecho.

Después de anunciarse por parte de la Consejería de Sanidad la implantación de un sistema abierto y permanente para cambiar de plaza, se ha aprobado el Decreto 47/2016, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 8/2011, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de selección y determinadas formas de provisión de plazas y puestos de trabajo de personal estatutario en centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud.

La intención de la Consejería con este Decreto, cuyo fin es regular el acceso a determinadas plazas mediante una vía excepcional, el concurso específico, es, en realidad, blindar determinadas plazas bajo el pretexto de la idoneidad de ciertas personas para ocuparlas, apelando a la asistencia de calidad. Así mismo, adjudicar por concurso específico los puestos que hasta ahora lo han sido por libre designación, ya que la libre designación debe eliminarse antes del 2018.

Este procedimiento de provisión de plazas puede atentar contra los principios constitucionales de acceso a la función pública, ya que el título que se requiere es único para toda España. La formación específica, los conocimientos, las capacidades y demás técnicas sanitarias se adquieren durante el periodo de formación, con el desempeño de su actividad y con la formación específica o el reciclaje correspondiente que el desarrollo profesional exija.

La reducción de plazas va, además, contra la legislación autonómica. En las especialidades que han salido hasta ahora, Cardiología, Pediatría y Radiodiagnóstico, se limita la oferta de plazas disponibles en un 57, 47 y 23 por ciento respectivamente.

Así mismo, el cambio en las plantillas orgánicas de las especialidades en Ciencias de la Salud no tiene ahora mismo cobertura legal, porque por la sentencia 2586/2016, de 13 de diciembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad del Real Decreto 639/2014, 25 de julio, que regulaba la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica y establecía las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y crea y modifica determinados títulos de especialista.

Por todo ello presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Exhortar al Gobierno de la Nación a realizar un nuevo Real Decreto conforme al ordenamiento jurídico que regule dichas especialidades.

2.- Derogar el Decreto 47/2016, de 29 de diciembre de 2016".

Valladolid, 16 de marzo de 2017.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Isabel Muñoz Sánchez y

Laura Domínguez Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/001418-01

CVE="BOCCL-09-016344"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 29712-29714
BOCCL nº 262/9 del 20/4/2017
CVE: BOCCL-09-016344

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001418-01
Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Isabel Muñoz Sánchez y Dña. Laura Domínguez Arroyo, para instar a la Junta a exhortar al Gobierno a realizar un nuevo Real Decreto que regule las especialidades en Ciencias de la Salud y a que la Junta derogue el Decreto 47/2016, de 29 de diciembre, para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de abril de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001416 a PNL/001449.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de abril de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Isabel Muñoz Sánchez y Laura Domínguez Arroyo, procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente proposición no de ley para su debate y votación en la Comisión de Sanidad.

ANTECEDENTES

La legislación vigente obliga a convocar concurso de traslados para ocupar las plazas vacantes de Sanidad al menos cada dos años. Aunque bien es verdad que la ley no dice que se deban sacar dichos traslados previos a concursos y oposiciones, lo lógico es hacerlo para poder determinar cuáles son las plazas que quedan libres.

La Junta de Castilla y León no ha cumplido dicha legislación. De hecho, el último concurso de traslados se remonta al año 2011, cuando se ofertaron muy pocas plazas y mayoritariamente periféricas.

Por esta causa, la Junta ha tenido que enfrentarse, hasta el momento, a 17 procesos judiciales. Procesos que ha perdido, con el agravante de que la Junta ha esquivado el cumplimiento de los sucesivos fallos judiciales con unos métodos cuanto menos poco éticos, que ordenaban el acatamiento de la ley mediante la convocatoria del citado concurso en el plazo de seis meses.

La consecuencia de estas prácticas es que hay plazas que son consideradas de difícil cobertura porque, como los profesionales saben que no podrán trasladarse de ellas en años, no las piden. Así mismo, la Junta ha hablado en numerosas ocasiones de implantar medidas para conseguir la fidelización de los profesionales respecto a estas plazas, sin que hasta ahora lo haya hecho.

Después de anunciarse por parte de la Consejería de Sanidad la implantación de un sistema abierto y permanente para cambiar de plaza, se ha aprobado el Decreto 47/2016, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 8/2011, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de selección y determinadas formas de provisión de plazas y puestos de trabajo de personal estatutario en centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud.

La intención de la Consejería con este Decreto, cuyo fin es regular el acceso a determinadas plazas mediante una vía excepcional, el concurso específico, es, en realidad, blindar determinadas plazas bajo el pretexto de la idoneidad de ciertas personas para ocuparlas, apelando a la asistencia de calidad. Así mismo, adjudicar por concurso específico los puestos que hasta ahora lo han sido por libre designación, ya que la libre designación debe eliminarse antes del 2018.

Este procedimiento de provisión de plazas puede atentar contra los principios constitucionales de acceso a la función pública, ya que el título que se requiere es único para toda España. La formación específica, los conocimientos, las capacidades y demás técnicas sanitarias se adquieren durante el periodo de formación, con el desempeño de su actividad y con la formación específica o el reciclaje correspondiente que el desarrollo profesional exija.

La reducción de plazas va, además, contra la legislación autonómica. En las especialidades que han salido hasta ahora, Cardiología, Pediatría y Radiodiagnóstico, se limita la oferta de plazas disponibles en un 57, 47 y 23 por ciento respectivamente.

Así mismo, el cambio en las plantillas orgánicas de las especialidades en Ciencias de la Salud no tiene ahora mismo cobertura legal, porque por la sentencia 2586/2016, de 13 de diciembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad del Real Decreto 639/2014, 25 de julio, que regulaba la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica y establecía las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y crea y modifica determinados títulos de especialista.

Por todo ello presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Exhortar al Gobierno de la Nación a realizar un nuevo Real Decreto conforme al ordenamiento jurídico que regule dichas especialidades.

2.- Derogar el Decreto 47/2016, de 29 de diciembre de 2016".

Valladolid, 16 de marzo de 2017.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Isabel Muñoz Sánchez y

Laura Domínguez Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/001418-01

CVE="BOCCL-09-016344"



Sede de las Cortes de Castilla y León