PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de abril de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001416 a PNL/001449.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de abril de 2017.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Natalia del Barrio Jiménez y Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario PODEMOS CASTILLA Y LEÓN, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente Proposición No de Ley para su debate y votación en la Comisión de Presidencia.
ANTECEDENTES
El Ministerio de Exteriores define a los Consejos de Residentes en el Extranjero como "órganos consultivos de las oficinas consulares, entendiendo por tales tanto los Consulados Generales propiamente dichos como las secciones consulares de las Embajadas, en las cuestiones de interés para la comunidad española de residentes en su demarcación. Desarrollan sus actividades en materia de derechos civiles y laborales, acción educativa, social y cultural a favor de los españoles que integran dicha comunidad y su participación política en España".
Los CREs fueron regulados por primera vez con una norma de rango reglamentario, por el Real Decreto 1339/1987, de 30 de octubre (BOE núm. 262, de 2 de noviembre de 1987), sobre cauces de participación institucional de los españoles residentes en el extranjero, que fue desarrollado por la Orden del Ministerio de Asuntos Exteriores de 23 de febrero de 1988 (BOE núm. 53, de 2 de marzo de 1988), por la que se regula la constitución, funciones, elección y funcionamiento de los consejos de residentes españoles en el extranjero.
Posteriormente tuvieron su reconocimiento legal a través de la Ley 4/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior, desarrollada posteriormente, en cuanto a los CREs se refiere, por Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre.
Entre sus funciones, los CREs asesoran al Jefe de la Oficina Consular, siendo el mayor cauce de participación de los españoles en el exterior. Se puede crear un CRE en aquellas demarcaciones consulares donde haya más de 1200 electores inscritos en el censo electoral de residentes ausentes (CERA).
En las elecciones a los CREs, al igual que en las elecciones generales, debido al voto rogado, la participación suele ser muy baja. En el caso de que sólo se presentase una lista, es obligatorio que participen, al menos, el 7 % de los residentes en el extranjero. Teniendo en cuenta que en las últimas elecciones generales la participación de los residentes en el extranjero no llegó al 5 %, es muy difícil que se llegase a una cifra dos puntos por encima en las elecciones a los CREs.
Además de lo anterior, el conocimiento de los CREs entre los residentes en el exterior es ínfima, no habiéndose constituido en muchas demarcaciones consulares debido a la falta de información y a la poca diligencia de los responsables políticos para ello.
Por todo lo anterior, presentamos la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que exhorten al Gobierno de España a realizar las medidas oportunas para dar difusión a los CREs, aumentar las vías de comunicación con ellos e instar a los residentes españoles en el exterior a la participación en sus elecciones, así como a incentivar su creación en aquellas demarcaciones consulares donde aún no se hayan realizado y cumplan los requisitos para ello".
Valladolid, 3 de abril de 2017.
LA PROCURADORA,
Fdo.: Natalia del Barrio Jiménez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/001432-01
CVE="BOCCL-09-016358"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de abril de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001416 a PNL/001449.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de abril de 2017.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Natalia del Barrio Jiménez y Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario PODEMOS CASTILLA Y LEÓN, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente Proposición No de Ley para su debate y votación en la Comisión de Presidencia.
ANTECEDENTES
El Ministerio de Exteriores define a los Consejos de Residentes en el Extranjero como "órganos consultivos de las oficinas consulares, entendiendo por tales tanto los Consulados Generales propiamente dichos como las secciones consulares de las Embajadas, en las cuestiones de interés para la comunidad española de residentes en su demarcación. Desarrollan sus actividades en materia de derechos civiles y laborales, acción educativa, social y cultural a favor de los españoles que integran dicha comunidad y su participación política en España".
Los CREs fueron regulados por primera vez con una norma de rango reglamentario, por el Real Decreto 1339/1987, de 30 de octubre (BOE núm. 262, de 2 de noviembre de 1987), sobre cauces de participación institucional de los españoles residentes en el extranjero, que fue desarrollado por la Orden del Ministerio de Asuntos Exteriores de 23 de febrero de 1988 (BOE núm. 53, de 2 de marzo de 1988), por la que se regula la constitución, funciones, elección y funcionamiento de los consejos de residentes españoles en el extranjero.
Posteriormente tuvieron su reconocimiento legal a través de la Ley 4/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior, desarrollada posteriormente, en cuanto a los CREs se refiere, por Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre.
Entre sus funciones, los CREs asesoran al Jefe de la Oficina Consular, siendo el mayor cauce de participación de los españoles en el exterior. Se puede crear un CRE en aquellas demarcaciones consulares donde haya más de 1200 electores inscritos en el censo electoral de residentes ausentes (CERA).
En las elecciones a los CREs, al igual que en las elecciones generales, debido al voto rogado, la participación suele ser muy baja. En el caso de que sólo se presentase una lista, es obligatorio que participen, al menos, el 7 % de los residentes en el extranjero. Teniendo en cuenta que en las últimas elecciones generales la participación de los residentes en el extranjero no llegó al 5 %, es muy difícil que se llegase a una cifra dos puntos por encima en las elecciones a los CREs.
Además de lo anterior, el conocimiento de los CREs entre los residentes en el exterior es ínfima, no habiéndose constituido en muchas demarcaciones consulares debido a la falta de información y a la poca diligencia de los responsables políticos para ello.
Por todo lo anterior, presentamos la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que exhorten al Gobierno de España a realizar las medidas oportunas para dar difusión a los CREs, aumentar las vías de comunicación con ellos e instar a los residentes españoles en el exterior a la participación en sus elecciones, así como a incentivar su creación en aquellas demarcaciones consulares donde aún no se hayan realizado y cumplan los requisitos para ello".
Valladolid, 3 de abril de 2017.
LA PROCURADORA,
Fdo.: Natalia del Barrio Jiménez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/001432-01
CVE="BOCCL-09-016358"