PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de abril de 2017, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita, PE/005846 a PE/005949.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de abril de 2017.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Mercedes Martín Juárez y Juan Carlos Montero Muñoz, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
En relación con el expediente sancionador relativo a vivienda de protección pública en la provincia de Ávila 126/2014 por incumplimiento de las obligaciones inherentes a la adjudicación de una vivienda situada en calle Maceros 25 Ávila y cuya resolución se produjo con fecha 3-11-2016.
Habiéndose acreditado que los titulares no utilizaban la vivienda de protección oficial adjudicada como domicilio habitual y permanente, incumpliendo por tanto la normativa vigente y en particular el artículo 55 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León, que dispone que "Las viviendas de protección pública se destinarán exclusivamente a residencia habitual y permanente de sus adquirentes o arrendatarios y, en su caso, de los miembros de su unidad familiar, debiendo ser ocupadas en el plazo de 3 meses desde la fecha de formalización de la escritura de compraventa".
Se formulan las siguientes
PREGUNTAS
¿Qué sanción ha sido impuesta en el expediente referenciado?
La resolución del citado expediente, ¿ha sido objeto de recurso?
¿Se ha impuesto algún tipo de sanción económica?
En caso afirmativo, ¿ha sido satisfecha esta?
¿Ha dado traslado de las circunstancias del expediente a la administración tributaria?
¿Qué actuaciones ha realizado o va a realizar la Junta de Castilla y León tendentes a adecuar a la legalidad la situación?
Valladolid, 29 de marzo de 2017.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: María Mercedes Martín Juárez y
Juan Carlos Montero Muñoz
PE/005847-01
CVE="BOCCL-09-016434"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de abril de 2017, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita, PE/005846 a PE/005949.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de abril de 2017.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Mercedes Martín Juárez y Juan Carlos Montero Muñoz, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
En relación con el expediente sancionador relativo a vivienda de protección pública en la provincia de Ávila 126/2014 por incumplimiento de las obligaciones inherentes a la adjudicación de una vivienda situada en calle Maceros 25 Ávila y cuya resolución se produjo con fecha 3-11-2016.
Habiéndose acreditado que los titulares no utilizaban la vivienda de protección oficial adjudicada como domicilio habitual y permanente, incumpliendo por tanto la normativa vigente y en particular el artículo 55 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León, que dispone que "Las viviendas de protección pública se destinarán exclusivamente a residencia habitual y permanente de sus adquirentes o arrendatarios y, en su caso, de los miembros de su unidad familiar, debiendo ser ocupadas en el plazo de 3 meses desde la fecha de formalización de la escritura de compraventa".
Se formulan las siguientes
PREGUNTAS
¿Qué sanción ha sido impuesta en el expediente referenciado?
La resolución del citado expediente, ¿ha sido objeto de recurso?
¿Se ha impuesto algún tipo de sanción económica?
En caso afirmativo, ¿ha sido satisfecha esta?
¿Ha dado traslado de las circunstancias del expediente a la administración tributaria?
¿Qué actuaciones ha realizado o va a realizar la Junta de Castilla y León tendentes a adecuar a la legalidad la situación?
Valladolid, 29 de marzo de 2017.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: María Mercedes Martín Juárez y
Juan Carlos Montero Muñoz
PE/005847-01
CVE="BOCCL-09-016434"