PE/006167-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/006167-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. José Sarrión Andaluz, relativa a situación de posible incompatibilidad en las relaciones del Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos (CLPU) y la empresa Proton Laser Applications (PLA).



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de mayo de 2017, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/006112 a PE/006167.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de mayo de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Sarrión Andaluz, Procurador de Izquierda Unida-Equo, perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

Según las informaciones publicadas por el diario Infolibre, en diciembre de 2007 se creó el Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos (CLPU), siendo una de las 29 Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) que existen en España. La creación del CLPU surgió debido a un convenio firmado entre el Ministerio de Economía, la Junta de Castilla y León y la Universidad de Salamanca, siendo partícipes el 50 %, 45 % y el 5 % respectivamente. El Consejo Rector del CLPU lo integran el Ministerio de Economía, la Junta de Castilla y León y la Universidad de Salamanca. La construcción y puesta en marcha del centro se presupuestó en 20,6 millones de euros. Este año, las tres administraciones le proveerán de 3,4 millones de euros de financiación.

El director del CLPU posee el 10 % de Proton Laser Applications (PLA), una empresa de base tecnológica de la cual su cónyuge es la titular de otro 15 % y preside el consejo de administración de dicha empresa. Proton Laser Applications se dedica a desarrollar sistemas de láseres ultrarrápidos y ultraintensos con aplicaciones industriales, médicas, electrónicas o energéticas.

En 2011 el centro de Salamanca recibió tres ayudas del programa Innpacto, del Ministerio de Economía, una de las cuales, de 242.477 euros, estaba destinada a un "proyecto de diseño y desarrollo de elementos tecnológicos para acelerar partículas mediante láseres ultracortos y ultraintensos" cuyo beneficiario fue Proton Laser Applicationes, según se indica en las cuentas anuales del CLPU.

La Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, en su artículo 12, prohíbe superar una participación del 10 % del capital de la empresa, a excepción de la autorización correspondiente por parte del consejo de gobierno de la universidad o el consejo rector del centro público correspondiente. Dicha norma también prohíbe a los profesores formar parte del consejo de administración de esas empresas, siempre que su actividad esté directamente relacionada con la que gestione la propia universidad.

PREGUNTAS

1. ¿Estaba la Junta de Castilla y León informada de dicha incompatibilidad?

2. ¿Qué contratos y trabajos han compartido o subcontratado el CLPU y la empresa PLA?

3. ¿Es PLA una spin-off del CLPU? Si no lo es, ¿era la Junta de Castilla y León consciente del uso que se estaba dando de la imagen de un centro público para el beneficio privado de la empresa PLA?

4. En el caso de atender a un permiso expreso para salvar dicha Ley de Incompatibilidad: ¿Cuáles son los criterios en los que se basó el Organismo competente para tal medida? ¿Qué mecanismos ha articulado la Junta de Castilla y León para solventar el evidente conflicto de intereses del director del CLPU? ¿Ha afectado la doble función como empresario y director del CLPU al cumplimiento de sus funciones como director de un centro público?

Valladolid, 9 de mayo de 2017.

EL PROCURADOR,

Fdo.: José Sarrión Andaluz


PE/006167-01

CVE="BOCCL-09-017478"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 33201-33202
BOCCL nº 279/9 del 24/5/2017
CVE: BOCCL-09-017478

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/006167-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. José Sarrión Andaluz, relativa a situación de posible incompatibilidad en las relaciones del Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos (CLPU) y la empresa Proton Laser Applications (PLA).

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de mayo de 2017, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/006112 a PE/006167.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de mayo de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Sarrión Andaluz, Procurador de Izquierda Unida-Equo, perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

Según las informaciones publicadas por el diario Infolibre, en diciembre de 2007 se creó el Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos (CLPU), siendo una de las 29 Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) que existen en España. La creación del CLPU surgió debido a un convenio firmado entre el Ministerio de Economía, la Junta de Castilla y León y la Universidad de Salamanca, siendo partícipes el 50 %, 45 % y el 5 % respectivamente. El Consejo Rector del CLPU lo integran el Ministerio de Economía, la Junta de Castilla y León y la Universidad de Salamanca. La construcción y puesta en marcha del centro se presupuestó en 20,6 millones de euros. Este año, las tres administraciones le proveerán de 3,4 millones de euros de financiación.

El director del CLPU posee el 10 % de Proton Laser Applications (PLA), una empresa de base tecnológica de la cual su cónyuge es la titular de otro 15 % y preside el consejo de administración de dicha empresa. Proton Laser Applications se dedica a desarrollar sistemas de láseres ultrarrápidos y ultraintensos con aplicaciones industriales, médicas, electrónicas o energéticas.

En 2011 el centro de Salamanca recibió tres ayudas del programa Innpacto, del Ministerio de Economía, una de las cuales, de 242.477 euros, estaba destinada a un "proyecto de diseño y desarrollo de elementos tecnológicos para acelerar partículas mediante láseres ultracortos y ultraintensos" cuyo beneficiario fue Proton Laser Applicationes, según se indica en las cuentas anuales del CLPU.

La Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, en su artículo 12, prohíbe superar una participación del 10 % del capital de la empresa, a excepción de la autorización correspondiente por parte del consejo de gobierno de la universidad o el consejo rector del centro público correspondiente. Dicha norma también prohíbe a los profesores formar parte del consejo de administración de esas empresas, siempre que su actividad esté directamente relacionada con la que gestione la propia universidad.

PREGUNTAS

1. ¿Estaba la Junta de Castilla y León informada de dicha incompatibilidad?

2. ¿Qué contratos y trabajos han compartido o subcontratado el CLPU y la empresa PLA?

3. ¿Es PLA una spin-off del CLPU? Si no lo es, ¿era la Junta de Castilla y León consciente del uso que se estaba dando de la imagen de un centro público para el beneficio privado de la empresa PLA?

4. En el caso de atender a un permiso expreso para salvar dicha Ley de Incompatibilidad: ¿Cuáles son los criterios en los que se basó el Organismo competente para tal medida? ¿Qué mecanismos ha articulado la Junta de Castilla y León para solventar el evidente conflicto de intereses del director del CLPU? ¿Ha afectado la doble función como empresario y director del CLPU al cumplimiento de sus funciones como director de un centro público?

Valladolid, 9 de mayo de 2017.

EL PROCURADOR,

Fdo.: José Sarrión Andaluz


PE/006167-01

CVE="BOCCL-09-017478"



Sede de las Cortes de Castilla y León