PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004579, PE/004580, PE/004636 a PE/004651, PE/004661 a PE/004669, PE/004823, PE/004825, PE/004835, PE/004851, PE/004853, PE/004885, PE/004932, PE/004949, PE/004973, PE/004975, PE/004987, PE/004992, PE/005004, PE/005010, PE/005019, PE/005034, PE/005050, PE/005082, PE/005083, PE/005093, PE/005094, PE/005185 a PE/005187, PE/005196 a PE/005201, PE/005203 a PE/005206, PE/005208 a PE/005212, PE/005220 a PE/005228, PE/005240 a PE/005248, PE/005256 a PE/005258, PE/005260 a PE/005272, PE/005274, PE/005275, PE/005277 a PE/005282, PE/005284, PE/005287 a PE/005289, PE/005292 a PE/005303, PE/005305 a PE/005311, PE/005330, PE/005332 a PE/005338, PE/005340, PE/005341, PE/005347, PE/005350, PE/005351, PE/005360, PE/005361, PE/005366, PE/005367, PE/005449, PE/005451, PE/005656, PE/005704, PE/005705, PE/005709, PE/005716, PE/005823 y PE/005843, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de abril de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./005197, formulada por la Procuradora D. Ana María Muñoz de la Peña González, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la Proposición No de Ley sobre financiación europea del FEIE para el Plan de Inversiones Sociales Prioritarias de Castilla y León 2016-2020.
En relación a la pregunta con respuesta escrita referida, se informa lo siguiente:
En el Reglamento (UE) 2015/1017, de 25 de junio de 2015, del Parlamento Europeo y del Consejo, no crean tres instrumentos para la financiación de los proyectos, como erróneamente se recoge en la defensa de la PNL indicada por su Señoría, sino que habilita un instrumento único denominado Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE).
El FEIE, no es, en sentido estricto, un fondo que aporte recursos para sufragar inversiones, sino un instrumento de garantía de cartera, con el que se pretende movilizar recursos tanto públicos como privados que incrementen las inversiones en la UE. Es decir, se pretende impulsar las inversiones a través del efecto multiplicador de la dotación inicial y la asunción de un mayor nivel de riesgos por parte del BEI, lo que permitiría compensar disfunciones del mercado y financiar proyectos con dificultad de acceso al mismo. De esta forma se conseguiría un incremento adicional de las inversiones respecto al resto de instrumentos existentes. La dotación inicial es de 21.000 millones de euros que se concretan en una garantía otorgada por la Unión Europea por valor de 16.000 millones de euros y de recursos procedentes del Banco Europeo de Inversiones (BEI) por importe de 5.000 millones de euros. La previsión es que esto genere una aportación de financiación BEI/FEI, por importe de 60.800 millones de euros, lo que provocaría una movilización de recursos adicionales por 315.000 millones de euros en inversiones en el trienio 2016-2018, mediante la atracción de capital privado. Es decir se prevé que multiplique por 15 la contribución inicial.
La mayor parte de Fondo se destinará al apoyo de inversiones en infraestructuras, y en menor medida a las inversiones de PYMES y empresas de mediana capitalización. Respecto a los sectores elegibles, los proyectos han de enmarcarse dentro de las políticas de la Unión Europea en relación con: Investigación, desarrollo e innovación; Energía; Infraestructura de transportes; Tecnologías de la información y la comunicación; Medio ambiente y eficiencia de los recursos; Capital humano, cultura y sanidad, asi como educación; y Apoyo a las pymes y empresas de mediana capitalización. Además los proyectos han de ser técnica y económicamente viables, y financiables por el sector privado. Es decir, el Fondo impulsa la participación del sector privado en la financiación de proyectos de inversión sobre la base de la confortabilidad que otorga su participación en la estructura financiera del proyecto.
En consecuencia, dado que el FEIE sirve exclusivamente de cobertura del riesgo de crédito para operaciones del BEI/FEI, la financiación de cualquier proyecto, incluso la referidas al citado Plan, se ha de enmarcar, en todo caso, dentro del cumplimiento de las reglas fiscales y, en concreto del objetivo de deuda fijado para la Comunidad, sin que la categorización como actuaciones que se enmarquen bajo el paraguas del citado Fondo suponga márgenes adicionales de incremento de la deuda autonómica.
No obstante, se indica que, a efectos de minimizar el coste de financiación de las inversiones de la Comunidad vía endeudamiento, siempre se analizan las posibilidades que ofrecen tanto los distintos instrumentos de la UE como del mercado de capitales, en general. No en vano el BEI es el primer prestamista de la Comunidad habiendo aprobado recursos destinados a proyectos de infraestructuras viarias, sociales, de abastecimiento y saneamiento etc..., además de contribuir al apoyo financiero prestado al tejido productivo autonómico. En concreto, en el ámbito de las inversiones de carácter estrictamente social, hay que destacar el apoyo financiero para infraestructuras sanitarias (hospitales de la Comunidad), para inversiones en educación (preuniversitaria y universitaria) y servicios sociales (residencias para personas mayores, centro de menores...). Además, en este ámbito, el año pasado se ha suscrito un préstamo con el Banco del Consejo de Europa destinado íntegramente a inversiones de mejora en el ámbito sanitario con el objetivo de reforzar la calidad asistencial del servicio.
Valladolid, 10 de abril de 2017.
LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.
PE/005197-2
CVE="BOCCL-09-017654"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004579, PE/004580, PE/004636 a PE/004651, PE/004661 a PE/004669, PE/004823, PE/004825, PE/004835, PE/004851, PE/004853, PE/004885, PE/004932, PE/004949, PE/004973, PE/004975, PE/004987, PE/004992, PE/005004, PE/005010, PE/005019, PE/005034, PE/005050, PE/005082, PE/005083, PE/005093, PE/005094, PE/005185 a PE/005187, PE/005196 a PE/005201, PE/005203 a PE/005206, PE/005208 a PE/005212, PE/005220 a PE/005228, PE/005240 a PE/005248, PE/005256 a PE/005258, PE/005260 a PE/005272, PE/005274, PE/005275, PE/005277 a PE/005282, PE/005284, PE/005287 a PE/005289, PE/005292 a PE/005303, PE/005305 a PE/005311, PE/005330, PE/005332 a PE/005338, PE/005340, PE/005341, PE/005347, PE/005350, PE/005351, PE/005360, PE/005361, PE/005366, PE/005367, PE/005449, PE/005451, PE/005656, PE/005704, PE/005705, PE/005709, PE/005716, PE/005823 y PE/005843, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de abril de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./005197, formulada por la Procuradora D. Ana María Muñoz de la Peña González, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la Proposición No de Ley sobre financiación europea del FEIE para el Plan de Inversiones Sociales Prioritarias de Castilla y León 2016-2020.
En relación a la pregunta con respuesta escrita referida, se informa lo siguiente:
En el Reglamento (UE) 2015/1017, de 25 de junio de 2015, del Parlamento Europeo y del Consejo, no crean tres instrumentos para la financiación de los proyectos, como erróneamente se recoge en la defensa de la PNL indicada por su Señoría, sino que habilita un instrumento único denominado Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE).
El FEIE, no es, en sentido estricto, un fondo que aporte recursos para sufragar inversiones, sino un instrumento de garantía de cartera, con el que se pretende movilizar recursos tanto públicos como privados que incrementen las inversiones en la UE. Es decir, se pretende impulsar las inversiones a través del efecto multiplicador de la dotación inicial y la asunción de un mayor nivel de riesgos por parte del BEI, lo que permitiría compensar disfunciones del mercado y financiar proyectos con dificultad de acceso al mismo. De esta forma se conseguiría un incremento adicional de las inversiones respecto al resto de instrumentos existentes. La dotación inicial es de 21.000 millones de euros que se concretan en una garantía otorgada por la Unión Europea por valor de 16.000 millones de euros y de recursos procedentes del Banco Europeo de Inversiones (BEI) por importe de 5.000 millones de euros. La previsión es que esto genere una aportación de financiación BEI/FEI, por importe de 60.800 millones de euros, lo que provocaría una movilización de recursos adicionales por 315.000 millones de euros en inversiones en el trienio 2016-2018, mediante la atracción de capital privado. Es decir se prevé que multiplique por 15 la contribución inicial.
La mayor parte de Fondo se destinará al apoyo de inversiones en infraestructuras, y en menor medida a las inversiones de PYMES y empresas de mediana capitalización. Respecto a los sectores elegibles, los proyectos han de enmarcarse dentro de las políticas de la Unión Europea en relación con: Investigación, desarrollo e innovación; Energía; Infraestructura de transportes; Tecnologías de la información y la comunicación; Medio ambiente y eficiencia de los recursos; Capital humano, cultura y sanidad, asi como educación; y Apoyo a las pymes y empresas de mediana capitalización. Además los proyectos han de ser técnica y económicamente viables, y financiables por el sector privado. Es decir, el Fondo impulsa la participación del sector privado en la financiación de proyectos de inversión sobre la base de la confortabilidad que otorga su participación en la estructura financiera del proyecto.
En consecuencia, dado que el FEIE sirve exclusivamente de cobertura del riesgo de crédito para operaciones del BEI/FEI, la financiación de cualquier proyecto, incluso la referidas al citado Plan, se ha de enmarcar, en todo caso, dentro del cumplimiento de las reglas fiscales y, en concreto del objetivo de deuda fijado para la Comunidad, sin que la categorización como actuaciones que se enmarquen bajo el paraguas del citado Fondo suponga márgenes adicionales de incremento de la deuda autonómica.
No obstante, se indica que, a efectos de minimizar el coste de financiación de las inversiones de la Comunidad vía endeudamiento, siempre se analizan las posibilidades que ofrecen tanto los distintos instrumentos de la UE como del mercado de capitales, en general. No en vano el BEI es el primer prestamista de la Comunidad habiendo aprobado recursos destinados a proyectos de infraestructuras viarias, sociales, de abastecimiento y saneamiento etc..., además de contribuir al apoyo financiero prestado al tejido productivo autonómico. En concreto, en el ámbito de las inversiones de carácter estrictamente social, hay que destacar el apoyo financiero para infraestructuras sanitarias (hospitales de la Comunidad), para inversiones en educación (preuniversitaria y universitaria) y servicios sociales (residencias para personas mayores, centro de menores...). Además, en este ámbito, el año pasado se ha suscrito un préstamo con el Banco del Consejo de Europa destinado íntegramente a inversiones de mejora en el ámbito sanitario con el objetivo de reforzar la calidad asistencial del servicio.
Valladolid, 10 de abril de 2017.
LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.
PE/005197-2
CVE="BOCCL-09-017654"