PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004579, PE/004580, PE/004636 a PE/004651, PE/004661 a PE/004669, PE/004823, PE/004825, PE/004835, PE/004851, PE/004853, PE/004885, PE/004932, PE/004949, PE/004973, PE/004975, PE/004987, PE/004992, PE/005004, PE/005010, PE/005019, PE/005034, PE/005050, PE/005082, PE/005083, PE/005093, PE/005094, PE/005185 a PE/005187, PE/005196 a PE/005201, PE/005203 a PE/005206, PE/005208 a PE/005212, PE/005220 a PE/005228, PE/005240 a PE/005248, PE/005256 a PE/005258, PE/005260 a PE/005272, PE/005274, PE/005275, PE/005277 a PE/005282, PE/005284, PE/005287 a PE/005289, PE/005292 a PE/005303, PE/005305 a PE/005311, PE/005330, PE/005332 a PE/005338, PE/005340, PE/005341, PE/005347, PE/005350, PE/005351, PE/005360, PE/005361, PE/005366, PE/005367, PE/005449, PE/005451, PE/005656, PE/005704, PE/005705, PE/005709, PE/005716, PE/005823 y PE/005843, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de abril de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905271, formulada por D. Ricardo López Prieto, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a las farmacias de la provincia de Palencia que están reconocidas con la denominación de viabilidad económica reducida y a cuánto ascendió la compensación económica los años 2015 y 2016.
La aplicación del RD-L 9/2011 estableció una modificación de los márgenes de las oficinas de farmacia, incorporando un índice corrector al alza, que aplica a las farmacias que cumplen los requisitos establecidos en la normativa. En Castilla y León se ha aplicado dicha corrección desde el momento en que entró en vigor.
No existe una calificación de farmacias en relación a la “Viabilidad económica reducida”, o al menos no se realiza en esta Comunidad. Este término no se recoge en la normativa y por tanto no está establecido el criterio para su calificación.
Las cuantías correspondientes a la aplicación efectiva del ICM por Sacyl, en los años 2015 y 2016, fueron 24.432 € 22.019 € respectivamente. Por otra parte, cabe reseñar que para la aplicación del Índice Corrector de Márgenes, también se tienen en cuenta las dispensaciones de recetas de mutualidades, por tanto, la cuantía total es superior a la indicada, que se limita a la facturación de Sacyl.
Valladolid, 4 de abril de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/005271-2
CVE="BOCCL-09-017700"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004579, PE/004580, PE/004636 a PE/004651, PE/004661 a PE/004669, PE/004823, PE/004825, PE/004835, PE/004851, PE/004853, PE/004885, PE/004932, PE/004949, PE/004973, PE/004975, PE/004987, PE/004992, PE/005004, PE/005010, PE/005019, PE/005034, PE/005050, PE/005082, PE/005083, PE/005093, PE/005094, PE/005185 a PE/005187, PE/005196 a PE/005201, PE/005203 a PE/005206, PE/005208 a PE/005212, PE/005220 a PE/005228, PE/005240 a PE/005248, PE/005256 a PE/005258, PE/005260 a PE/005272, PE/005274, PE/005275, PE/005277 a PE/005282, PE/005284, PE/005287 a PE/005289, PE/005292 a PE/005303, PE/005305 a PE/005311, PE/005330, PE/005332 a PE/005338, PE/005340, PE/005341, PE/005347, PE/005350, PE/005351, PE/005360, PE/005361, PE/005366, PE/005367, PE/005449, PE/005451, PE/005656, PE/005704, PE/005705, PE/005709, PE/005716, PE/005823 y PE/005843, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de abril de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905271, formulada por D. Ricardo López Prieto, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a las farmacias de la provincia de Palencia que están reconocidas con la denominación de viabilidad económica reducida y a cuánto ascendió la compensación económica los años 2015 y 2016.
La aplicación del RD-L 9/2011 estableció una modificación de los márgenes de las oficinas de farmacia, incorporando un índice corrector al alza, que aplica a las farmacias que cumplen los requisitos establecidos en la normativa. En Castilla y León se ha aplicado dicha corrección desde el momento en que entró en vigor.
No existe una calificación de farmacias en relación a la “Viabilidad económica reducida”, o al menos no se realiza en esta Comunidad. Este término no se recoge en la normativa y por tanto no está establecido el criterio para su calificación.
Las cuantías correspondientes a la aplicación efectiva del ICM por Sacyl, en los años 2015 y 2016, fueron 24.432 € 22.019 € respectivamente. Por otra parte, cabe reseñar que para la aplicación del Índice Corrector de Márgenes, también se tienen en cuenta las dispensaciones de recetas de mutualidades, por tanto, la cuantía total es superior a la indicada, que se limita a la facturación de Sacyl.
Valladolid, 4 de abril de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/005271-2
CVE="BOCCL-09-017700"