PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004572, PE/004596, PE/004679, PE/004729, PE/004834, PE/004845, PE/004848, PE/004856, PE/004878, PE/004925, PE/004927, PE/004948, PE/004956, PE/004963, PE/004967 a PE/004969, PE/004994, PE/005006, PE/005021, PE/005022, PE/005025 a PE/005029, PE/005032, PE/005053, PE/005054, PE/005058, PE/005065, PE/005076, PE/005078, PE/005079, PE/005095, PE/005151, PE/005160 a PE/005162, PE/005166, PE/005169, PE/005170, PE/005331, PE/005354, PE/005357, PE/005359, PE/005369, PE/005371 a PE/005391, PE/005394, PE/005399, PE/005463 a PE/005466, PE/005470, PE/005471, PE/005522, PE/005557, PE/005631, PE/005632, PE/005634, PE/005637 a PE/005640, PE/005642 a PE/005650, PE/005660, PE/005662 a PE/005664, PE/005667, PE/005668, PE/005672, PE/005673, PE/005677, PE/005683, PE/005692, PE/005706, PE/005707, PE/005710, PE/005712 a PE/005715, PE/005717, PE/005718, PE/005720, PE/005721, PE/005735, PE/005747 a PE/005770, PE/005772, PE/005775, PE/005778 a PE/005781, PE/005783 a PE/005785 y PE/005789, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de mayo de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905645, formulada por D. David Castaño Sequeros y D. Manuel Mitadiel Martínez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la situación laboral de los trabajadores del transporte sanitario terrestre.
En relación con la situación laboral de los trabajadores de las empresas que ejecutan los contratos de transporte sanitario terrestre, hay que señalar que sus condiciones laborales están recogidas en el Convenio Colectivo de trabajo para las empresas y trabajadores de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Dicho convenio es aplicable a las empresas y trabajadores de dicho sector, por lo que en ningún caso vincula a la Administración. No obstante, se han mantenido diversas reuniones con los representantes de los trabajadores y de las empresas para explorar alternativas que permitan mejorar la situación.
Asimismo, en los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares que rigen los contratos se establece la obligatoriedad de que la empresa adjudicataria se subrogue en los contratos de los trabajadores que venían prestando el servicio en las condiciones y requisitos recogidos en el Convenio Colectivo.
Por otro lado, respecto a los importes de los contratos, desde el ejercicio 2013, no se ha efectuado ninguna modificación ni revisión de precios de los mismos.
Valladolid, 26 de abril de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/005645-2
CVE="BOCCL-09-018025"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004572, PE/004596, PE/004679, PE/004729, PE/004834, PE/004845, PE/004848, PE/004856, PE/004878, PE/004925, PE/004927, PE/004948, PE/004956, PE/004963, PE/004967 a PE/004969, PE/004994, PE/005006, PE/005021, PE/005022, PE/005025 a PE/005029, PE/005032, PE/005053, PE/005054, PE/005058, PE/005065, PE/005076, PE/005078, PE/005079, PE/005095, PE/005151, PE/005160 a PE/005162, PE/005166, PE/005169, PE/005170, PE/005331, PE/005354, PE/005357, PE/005359, PE/005369, PE/005371 a PE/005391, PE/005394, PE/005399, PE/005463 a PE/005466, PE/005470, PE/005471, PE/005522, PE/005557, PE/005631, PE/005632, PE/005634, PE/005637 a PE/005640, PE/005642 a PE/005650, PE/005660, PE/005662 a PE/005664, PE/005667, PE/005668, PE/005672, PE/005673, PE/005677, PE/005683, PE/005692, PE/005706, PE/005707, PE/005710, PE/005712 a PE/005715, PE/005717, PE/005718, PE/005720, PE/005721, PE/005735, PE/005747 a PE/005770, PE/005772, PE/005775, PE/005778 a PE/005781, PE/005783 a PE/005785 y PE/005789, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de mayo de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905645, formulada por D. David Castaño Sequeros y D. Manuel Mitadiel Martínez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la situación laboral de los trabajadores del transporte sanitario terrestre.
En relación con la situación laboral de los trabajadores de las empresas que ejecutan los contratos de transporte sanitario terrestre, hay que señalar que sus condiciones laborales están recogidas en el Convenio Colectivo de trabajo para las empresas y trabajadores de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Dicho convenio es aplicable a las empresas y trabajadores de dicho sector, por lo que en ningún caso vincula a la Administración. No obstante, se han mantenido diversas reuniones con los representantes de los trabajadores y de las empresas para explorar alternativas que permitan mejorar la situación.
Asimismo, en los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares que rigen los contratos se establece la obligatoriedad de que la empresa adjudicataria se subrogue en los contratos de los trabajadores que venían prestando el servicio en las condiciones y requisitos recogidos en el Convenio Colectivo.
Por otro lado, respecto a los importes de los contratos, desde el ejercicio 2013, no se ha efectuado ninguna modificación ni revisión de precios de los mismos.
Valladolid, 26 de abril de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/005645-2
CVE="BOCCL-09-018025"