PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004572, PE/004596, PE/004679, PE/004729, PE/004834, PE/004845, PE/004848, PE/004856, PE/004878, PE/004925, PE/004927, PE/004948, PE/004956, PE/004963, PE/004967 a PE/004969, PE/004994, PE/005006, PE/005021, PE/005022, PE/005025 a PE/005029, PE/005032, PE/005053, PE/005054, PE/005058, PE/005065, PE/005076, PE/005078, PE/005079, PE/005095, PE/005151, PE/005160 a PE/005162, PE/005166, PE/005169, PE/005170, PE/005331, PE/005354, PE/005357, PE/005359, PE/005369, PE/005371 a PE/005391, PE/005394, PE/005399, PE/005463 a PE/005466, PE/005470, PE/005471, PE/005522, PE/005557, PE/005631, PE/005632, PE/005634, PE/005637 a PE/005640, PE/005642 a PE/005650, PE/005660, PE/005662 a PE/005664, PE/005667, PE/005668, PE/005672, PE/005673, PE/005677, PE/005683, PE/005692, PE/005706, PE/005707, PE/005710, PE/005712 a PE/005715, PE/005717, PE/005718, PE/005720, PE/005721, PE/005735, PE/005747 a PE/005770, PE/005772, PE/005775, PE/005778 a PE/005781, PE/005783 a PE/005785 y PE/005789, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de mayo de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905662, formulada por D. Pedro González Reglero y D.ª Laura Pelegrina Cortijo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al protocolo ante pacientes infartados y pacientes con ictus en la localidad de Megeces de Valladolid.
La atención del infarto agudo de miocardio con elevación del segmento ST (IAMCEST) se realiza siguiendo el Protocolo de Actuación recogido en la “Estrategia de Reperfusión del IAMCEST en Castilla y León: Código Infarto de Castilla y León”, y se encuentra disponible en el siguiente enlace:
http://www.saludcastillayleon.es/profesionales/es/programas-guias-clinicas/programas-salud/codigo-infarto-castilla-leon
Así, ante un paciente de la localidad de Megeces o cualquier otro municipio de Castilla y León que cumple los criterios clínicos y electrocardiográficos de diagnóstico de IAMCEST, a través del Centro Coordinador de Emergencias Sanitarias se activa el Código Infarto, coordinando los recursos asistenciales de Atención Primaria, Emergencias Sanitarias y Atención Especializada, para prestar la atención sanitaria más eficaz en cada caso.
De este modo, siguiendo los criterios clínicos y temporales establecidos en la Estrategia de Reperfusión, para los candidatos a recibir tratamiento de reperfusión mediante angioplastia primaria se activa el “código infarto 1”, mientras que para los candidatos a recibir tratamiento de reperfusión mediante fibrinólisis se activa el “código infarto 2”, iniciándose ésta durante el traslado al centro sanitario. En ambos casos el protocolo establece las medidas de asistencia necesarias para el paciente.
La asistencia al ictus agudo en el medio extrahospitalario se realiza siguiendo los protocolos de actuación disponibles para los profesionales en la intranet de la página web de Salud Castilla y León. El protocolo incluye una evaluación diagnóstica inicial con el objetivo de conseguir identificar de forma precoz a aquellos pacientes que presentan signos y síntomas de ictus de posible naturaleza isquémica y que pueden ser subsidiarios de recibir terapia trombolítica, instaurándose simultáneamente las medidas terapéuticas generales y específicas necesarias para estabilizar al paciente y realizar el traslado con la mayor celeridad posible al centro hospitalario más adecuado.
Para el traslado del paciente el Centro Coordinador de Emergencias Sanitarias activa el Código Ictus, coordinando los recursos de Atención Primaria, Gerencia de Emergencias Sanitarias y Atención Especializada, preavisando al hospital de destino.
En este sentido, los pacientes de la localidad de Megeces con criterios de activación de Código Ictus se trasladan al Hospital Clínico Universitario de Valladolid. Asimismo, el otro Centro Hospitalario al que los pacientes pudieran ser derivados en un primer momento por no cumplir los criterios de reperfusión o tener una clínica inicialmente no sugestiva de ictus es el Hospital de Medina del Campo, siendo éste también un centro con capacidad de fibrinólisis al estar dotado con la prestación de Teleictus.
Mediante esta prestación, tanto los pacientes derivados a ese centro como aquellos que hayan podido acudir a su Servicio de Urgencias, pueden ser evaluados por el Hospital Clínico Universitario de Valladolid a través de una videoconferencia. En el caso de que tras la evaluación clínica y valoración de las exploraciones complementarias se estableciera la indicación de trombólisis, ésta se iniciaría inmediatamente en el hospital de origen antes de iniciar el traslado del paciente.
Valladolid, 20 de abril de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/005662-2
CVE="BOCCL-09-018032"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004572, PE/004596, PE/004679, PE/004729, PE/004834, PE/004845, PE/004848, PE/004856, PE/004878, PE/004925, PE/004927, PE/004948, PE/004956, PE/004963, PE/004967 a PE/004969, PE/004994, PE/005006, PE/005021, PE/005022, PE/005025 a PE/005029, PE/005032, PE/005053, PE/005054, PE/005058, PE/005065, PE/005076, PE/005078, PE/005079, PE/005095, PE/005151, PE/005160 a PE/005162, PE/005166, PE/005169, PE/005170, PE/005331, PE/005354, PE/005357, PE/005359, PE/005369, PE/005371 a PE/005391, PE/005394, PE/005399, PE/005463 a PE/005466, PE/005470, PE/005471, PE/005522, PE/005557, PE/005631, PE/005632, PE/005634, PE/005637 a PE/005640, PE/005642 a PE/005650, PE/005660, PE/005662 a PE/005664, PE/005667, PE/005668, PE/005672, PE/005673, PE/005677, PE/005683, PE/005692, PE/005706, PE/005707, PE/005710, PE/005712 a PE/005715, PE/005717, PE/005718, PE/005720, PE/005721, PE/005735, PE/005747 a PE/005770, PE/005772, PE/005775, PE/005778 a PE/005781, PE/005783 a PE/005785 y PE/005789, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de mayo de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905662, formulada por D. Pedro González Reglero y D.ª Laura Pelegrina Cortijo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al protocolo ante pacientes infartados y pacientes con ictus en la localidad de Megeces de Valladolid.
La atención del infarto agudo de miocardio con elevación del segmento ST (IAMCEST) se realiza siguiendo el Protocolo de Actuación recogido en la “Estrategia de Reperfusión del IAMCEST en Castilla y León: Código Infarto de Castilla y León”, y se encuentra disponible en el siguiente enlace:
http://www.saludcastillayleon.es/profesionales/es/programas-guias-clinicas/programas-salud/codigo-infarto-castilla-leon
Así, ante un paciente de la localidad de Megeces o cualquier otro municipio de Castilla y León que cumple los criterios clínicos y electrocardiográficos de diagnóstico de IAMCEST, a través del Centro Coordinador de Emergencias Sanitarias se activa el Código Infarto, coordinando los recursos asistenciales de Atención Primaria, Emergencias Sanitarias y Atención Especializada, para prestar la atención sanitaria más eficaz en cada caso.
De este modo, siguiendo los criterios clínicos y temporales establecidos en la Estrategia de Reperfusión, para los candidatos a recibir tratamiento de reperfusión mediante angioplastia primaria se activa el “código infarto 1”, mientras que para los candidatos a recibir tratamiento de reperfusión mediante fibrinólisis se activa el “código infarto 2”, iniciándose ésta durante el traslado al centro sanitario. En ambos casos el protocolo establece las medidas de asistencia necesarias para el paciente.
La asistencia al ictus agudo en el medio extrahospitalario se realiza siguiendo los protocolos de actuación disponibles para los profesionales en la intranet de la página web de Salud Castilla y León. El protocolo incluye una evaluación diagnóstica inicial con el objetivo de conseguir identificar de forma precoz a aquellos pacientes que presentan signos y síntomas de ictus de posible naturaleza isquémica y que pueden ser subsidiarios de recibir terapia trombolítica, instaurándose simultáneamente las medidas terapéuticas generales y específicas necesarias para estabilizar al paciente y realizar el traslado con la mayor celeridad posible al centro hospitalario más adecuado.
Para el traslado del paciente el Centro Coordinador de Emergencias Sanitarias activa el Código Ictus, coordinando los recursos de Atención Primaria, Gerencia de Emergencias Sanitarias y Atención Especializada, preavisando al hospital de destino.
En este sentido, los pacientes de la localidad de Megeces con criterios de activación de Código Ictus se trasladan al Hospital Clínico Universitario de Valladolid. Asimismo, el otro Centro Hospitalario al que los pacientes pudieran ser derivados en un primer momento por no cumplir los criterios de reperfusión o tener una clínica inicialmente no sugestiva de ictus es el Hospital de Medina del Campo, siendo éste también un centro con capacidad de fibrinólisis al estar dotado con la prestación de Teleictus.
Mediante esta prestación, tanto los pacientes derivados a ese centro como aquellos que hayan podido acudir a su Servicio de Urgencias, pueden ser evaluados por el Hospital Clínico Universitario de Valladolid a través de una videoconferencia. En el caso de que tras la evaluación clínica y valoración de las exploraciones complementarias se estableciera la indicación de trombólisis, ésta se iniciaría inmediatamente en el hospital de origen antes de iniciar el traslado del paciente.
Valladolid, 20 de abril de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/005662-2
CVE="BOCCL-09-018032"