PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004572, PE/004596, PE/004679, PE/004729, PE/004834, PE/004845, PE/004848, PE/004856, PE/004878, PE/004925, PE/004927, PE/004948, PE/004956, PE/004963, PE/004967 a PE/004969, PE/004994, PE/005006, PE/005021, PE/005022, PE/005025 a PE/005029, PE/005032, PE/005053, PE/005054, PE/005058, PE/005065, PE/005076, PE/005078, PE/005079, PE/005095, PE/005151, PE/005160 a PE/005162, PE/005166, PE/005169, PE/005170, PE/005331, PE/005354, PE/005357, PE/005359, PE/005369, PE/005371 a PE/005391, PE/005394, PE/005399, PE/005463 a PE/005466, PE/005470, PE/005471, PE/005522, PE/005557, PE/005631, PE/005632, PE/005634, PE/005637 a PE/005640, PE/005642 a PE/005650, PE/005660, PE/005662 a PE/005664, PE/005667, PE/005668, PE/005672, PE/005673, PE/005677, PE/005683, PE/005692, PE/005706, PE/005707, PE/005710, PE/005712 a PE/005715, PE/005717, PE/005718, PE/005720, PE/005721, PE/005735, PE/005747 a PE/005770, PE/005772, PE/005775, PE/005778 a PE/005781, PE/005783 a PE/005785 y PE/005789, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de mayo de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905770, formulada por D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez, D. David Castaño Sequeros, D.ª Belén Rosado Diago y D. José Ignacio Delgado Palacios, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativa al estado en que se encuentra la publicación con carácter semestral de los tiempos de espera de las consultas y pruebas diagnósticas en atención especializada.
Con carácter previo a la contestación a la pregunta PE/0905770, es preciso aclarar los términos de la misma. El punto que fue aprobado como n° 24 de la Moción 121 al que se hace referencia en los antecedentes de dicha pregunta es “Publicación, semestral de las demoras en consultas externas y pruebas diagnósticas, desagregadas por centros y especialidades y clasificadas por prioridades, según criterios clínicos, previa modificación del actual sistema de registro” y no el que figura en la formulación de la misma.
Los tiempos de espera de las consultas y de las pruebas diagnósticas siempre se registran y obtienen en referencia a primeras consultas o primeras pruebas. Esto se debe a que las consultas y pruebas sucesivas están condicionadas por el criterio clínico que determina por una parte su necesidad y por otra el momento adecuado para su realización.
En relación con las primeras consultas, se pretende disponer de datos uniformes en todos los hospitales, incluyendo criterios de prioridad de la cita, ya que los esfuerzos en reducir los tiempos de espera deben dirigirse en primer lugar a las citas con carácter preferente.
Finalmente, y existiendo distintos criterios de interpretación en la forma de agrupar y desagregar las listas de espera de pruebas diagnósticas, se quiere definir una estrategia de normalización de dicho registro, al tiempo que se definen nuevas pruebas susceptibles de monitorización, lo que permitiría publicar mayor información y que ésta fuera comparable entre los distintos hospitales.
Valladolid, 25 de abril de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/005770-2
CVE="BOCCL-09-018077"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004572, PE/004596, PE/004679, PE/004729, PE/004834, PE/004845, PE/004848, PE/004856, PE/004878, PE/004925, PE/004927, PE/004948, PE/004956, PE/004963, PE/004967 a PE/004969, PE/004994, PE/005006, PE/005021, PE/005022, PE/005025 a PE/005029, PE/005032, PE/005053, PE/005054, PE/005058, PE/005065, PE/005076, PE/005078, PE/005079, PE/005095, PE/005151, PE/005160 a PE/005162, PE/005166, PE/005169, PE/005170, PE/005331, PE/005354, PE/005357, PE/005359, PE/005369, PE/005371 a PE/005391, PE/005394, PE/005399, PE/005463 a PE/005466, PE/005470, PE/005471, PE/005522, PE/005557, PE/005631, PE/005632, PE/005634, PE/005637 a PE/005640, PE/005642 a PE/005650, PE/005660, PE/005662 a PE/005664, PE/005667, PE/005668, PE/005672, PE/005673, PE/005677, PE/005683, PE/005692, PE/005706, PE/005707, PE/005710, PE/005712 a PE/005715, PE/005717, PE/005718, PE/005720, PE/005721, PE/005735, PE/005747 a PE/005770, PE/005772, PE/005775, PE/005778 a PE/005781, PE/005783 a PE/005785 y PE/005789, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de mayo de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905770, formulada por D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez, D. David Castaño Sequeros, D.ª Belén Rosado Diago y D. José Ignacio Delgado Palacios, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativa al estado en que se encuentra la publicación con carácter semestral de los tiempos de espera de las consultas y pruebas diagnósticas en atención especializada.
Con carácter previo a la contestación a la pregunta PE/0905770, es preciso aclarar los términos de la misma. El punto que fue aprobado como n° 24 de la Moción 121 al que se hace referencia en los antecedentes de dicha pregunta es “Publicación, semestral de las demoras en consultas externas y pruebas diagnósticas, desagregadas por centros y especialidades y clasificadas por prioridades, según criterios clínicos, previa modificación del actual sistema de registro” y no el que figura en la formulación de la misma.
Los tiempos de espera de las consultas y de las pruebas diagnósticas siempre se registran y obtienen en referencia a primeras consultas o primeras pruebas. Esto se debe a que las consultas y pruebas sucesivas están condicionadas por el criterio clínico que determina por una parte su necesidad y por otra el momento adecuado para su realización.
En relación con las primeras consultas, se pretende disponer de datos uniformes en todos los hospitales, incluyendo criterios de prioridad de la cita, ya que los esfuerzos en reducir los tiempos de espera deben dirigirse en primer lugar a las citas con carácter preferente.
Finalmente, y existiendo distintos criterios de interpretación en la forma de agrupar y desagregar las listas de espera de pruebas diagnósticas, se quiere definir una estrategia de normalización de dicho registro, al tiempo que se definen nuevas pruebas susceptibles de monitorización, lo que permitiría publicar mayor información y que ésta fuera comparable entre los distintos hospitales.
Valladolid, 25 de abril de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/005770-2
CVE="BOCCL-09-018077"